PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXIII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEMARNAT, para que la actividad de preaclareo y aclareo en predios forestales sea considerada como una actividad de restauración forestal.


Proponente: Barrientos Cano Laura Mitzi (PRI)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2017

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
ÚNICO. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que la actividad de preaclareo y aclareo en predios forestales sea considerada como una actividad de restauración forestal. Actividad con amplios beneficios ecosistémicos, ya que promueve la ordenación, la protección, la conservación, la restauración y el aprovechamiento sustentables de todos los recursos naturales contenidos y servicios ambientales, respetando la integralidad funcional e interdependencia de recursos forestal, sin que merme la capacidad productiva de los ecosistemas y recursos existentes del mismo. . Desechada (art. 184, num 2)
con fecha 2-Febrero-2018



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2017
2   Punto de acuerdo relativo a fortalecer las políticas de conservación, protección, trato digno y manejo de las especies, poblaciones y hábitat de la vida silvestre.


Proponente: Barrientos Cano Laura Mitzi (PRI)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2017

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
ÚNICO. Se exhorta a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, que solicite a los promoventes que en los programas de restauración presentados, en lo que se refiere a las acciones de manejo y protección de la fauna silvestre, se realice con base en lo establecido por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y cuente con la autorización por parte de la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el objeto de fortalecer el campo de aplicación de las acciones y garantizar que los trabajos se hagan acorde a las políticas de conservación, protección, trato digno y manejo de las especies de vida silvestre, a efecto de continuar con los procesos evolutivos de las especies y mediante el manejo del ecosistema en conjunto y lograr el desarrollo sostenible. ÚNICO. Se exhorta a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, que solicite a los promoventes que en los programas de restauración presentados, en lo que se refiere a las acciones de manejo y protección de la fauna silvestre, se realice con base en lo establecido por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y cuente con la autorización por parte de la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el objeto de fortalecer el campo de aplicación de las acciones y garantizar que los trabajos se hagan acorde a las políticas de conservación, protección, trato digno y manejo de las especies de vida silvestre, a efecto de continuar con los procesos evolutivos de las especies y mediante el manejo del ecosistema en conjunto y lograr el desarrollo sostenible. Aprobada
con fecha 14-Diciembre-2017



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2017
3   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la SAGARPA, a fin de prohibir la práctica de quemas en los ecosistemas de pastizal alpino y páramos de altura.


Proponente: Barrientos Cano Laura Mitzi (PRI)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2017

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
PRIMERO. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a las dependencias en cada entidad federativa y de la Ciudad de México para prohibir la práctica de quemas en los ecosistemas de pastizal alpino y páramos de altura y donde los suelos están muy poco desarrollados, no se aplique ningún método de quemas o incendios, ya sea con fines de ganadería y pastoreo, toda vez que se genera un fuerte impacto ambiental hacia las mismas comunidades vegetales, así como a la función ecológica de recarga vertical del acuífero, y elevada generación de gases de efecto invernadero, generando fuertes pasivos ambientales.

SEGUNDO. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales excluir a estas zonas de la autorización de la aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario

TERCERO. Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y a los gobiernos de las entidades federativas, de la Ciudad de México y los gobiernos municipales coadyuvar con el Gobierno Federal, a emprender las acciones correspondientes para la preservación, restauración y conservación del medio ambiente y el equilibrio ecológico particularmente en áreas naturales protegidas bajo cualquiera de las categorías establecidas por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
PRIMERO. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a las dependencias en cada entidad federativa y de la Ciudad de México para prohibir la práctica de quemas en los ecosistemas de pastizal alpino y páramos de altura y donde los suelos están muy poco desarrollados, no se aplique ningún método de quemas o incendios, ya sea con fines de ganadería y pastoreo, toda vez que se genera un fuerte impacto ambiental hacia las mismas comunidades vegetales, así como a la función ecológica de recarga vertical del acuífero, y elevada generación de gases de efecto invernadero, generando fuertes pasivos ambientales.

SEGUNDO. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales excluir a estas zonas de la autorización de la aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario.

TERCERO. Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y a los gobiernos de las entidades federativas, de la Ciudad de México y los gobiernos municipales coadyuvar con el Gobierno Federal, a emprender las acciones correspondientes para la preservación, restauración y conservación del medio ambiente y el equilibrio ecológico particularmente en áreas naturales protegidas bajo cualquiera de las categorías establecidas por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Aprobada
con fecha 14-Diciembre-2017



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2017