MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXIII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

TRABAJO Y PREVISIóN SOCIAL
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 20-Octubre-2016

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: --
Transferir la impartición de la justicia del trabajo ¿individual y colectivo- al ámbito del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, que hasta hoy está confiada a las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje; formular una referencia genérica a estos órganos, para agruparlos en la figura de -tribunales laborales; y, ampliar la dimensión de las tareas de conciliación, en un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo. A este organismo le corresponderá, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados; contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión; y regirá su actuación por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad; y, su titular será designado por la Cámara de Senadores, a partir de una terna propuesta por el Ejecutivo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 99 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2016, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 379 votos a favor, 2 en contra y 19 abstenciones.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 07 de febrero de 2017.

8. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2017.