MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXIII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PUNTOS CONSTITUCIONALES
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 27-Octubre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: --
Indicar que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.
El organismo encargado, calculará en los términos que señale la ley, el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD, de MC y del PT el 11 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Julio César Moreno Rivera (PRD) el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

c) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 09 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 373 votos a favor y 3 en contra. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 14 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 22 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 a favor.

9. Pasa a la las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 07 de enero de 2016.

11. Se Remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.
2  Proyecto de decreto que adiciona la Fracción XXIX-X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 5-Abril-2016

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: --
Expedir la Ley General que establezca la concurrencia de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las víctimas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por la Sen. Enrique Burgos García (PRI), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 444 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobacion por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente el 29 de junio de 2016.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2016.
3  Proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 26-Abril-2016

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: --
Reconocer el derecho de toda persona a la condición de refugiado o a solicitar el otorgamiento de asilo político.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Gabriela Cuevas Barrón (PAN) el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobacion por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente el 13 de julio de 2016.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2016
4  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 20-Octubre-2016

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: --
Transferir la impartición de la justicia del trabajo ¿individual y colectivo- al ámbito del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, que hasta hoy está confiada a las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje; formular una referencia genérica a estos órganos, para agruparlos en la figura de -tribunales laborales; y, ampliar la dimensión de las tareas de conciliación, en un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo. A este organismo le corresponderá, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados; contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión; y regirá su actuación por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad; y, su titular será designado por la Cámara de Senadores, a partir de una terna propuesta por el Ejecutivo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 99 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2016, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 379 votos a favor, 2 en contra y 19 abstenciones.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 07 de febrero de 2017.

8. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2017.
5  Proyecto de decreto que reforma el artículo 16, y se adicionan los artículos 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia cotidiana. (Solución de fondo de conflicto y competencia legislativa sobre procedimientos civiles y familiares).








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 14-Diciembre-2016

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: --
Determinar que en los juicios en los que se establezca como regla la oralidad bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido; establecer que las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, siempre que no afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio; y, facultar al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016 (LXII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016 (LXII Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura el 06 de diciembre de 2016. (LXIII Legislatura)

4. Dictamen a Discusión el 13 de diciembre de 2016. Aprobado por 90 votos a favor y 6 votos en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular porpor 324 votos a favor.

6. Pasa a la las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 23 de agosto de 2017.

8. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2017.