INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXIII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 3-Septiembre-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer la deducción inmediata de inversiones. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2015
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 17-Septiembre-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Enumerar dentro de los supuestos no deducibles del ISR los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. Suprimir dentro de los supuestos no deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior (es decir que se podrán deducir). Eliminar el tope de deducciones personales que las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, podrán hacer para calcular su impuesto anual podrán efectuar de los supuestos de deducciones que era de 4 salarios mínimos generales o el 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Aprobada
con fecha 20-Octubre-2016



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2015
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 22-Septiembre-2015

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Gobernación
Fortalecer la figura de candidaturas independientes. Prever que serán derechos del ciudadano el ser votado a través de la postulación por parte de un partido político o como candidato independiente. Establecer los tiempos en radio y televisión para candidatos independientes. Precisar elementos sobre los requisitos que deberán cumplir los candidatos independientes a un cargo de elección popular. Establecer que en la boleta electoral se destinará un recuadro para cada candidato independiente o fórmula de candidatos independientes, con el mismo tamaño y en un espacio de las mismas dimensiones que aquéllos que se destinen en la boleta a los partidos o coaliciones que participan. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Julio-2016



Publicación en Gaceta: 22-Septiembre-2015
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 22-Septiembre-2015

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer la obligación de que en las condiciones de trabajo, que deben constar por escrito, se establezca la manera en que se suministrarán alimentos y habitación, si así lo acordaran, así como la estimación de su valor que contará como salario, sin que esta exceda el equivalente al 25% de su salario. Los patrones tendrán la obligación de informar de manera adecuada, verificable y fácilmente comprensible, el alcance de las condiciones laborales. Señalar la obligación de distribuir el horario de trabajo de los trabajadores menores de 18 años de edad pero mayores de 15, de tal forma que no sean privados de la escolaridad obligatoria y que no se vean comprometidas sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior o a una formación profesional. Precisar que trabajador doméstico es toda persona, independientemente de su género. Asentar que los trabajadores domésticos tienen derecho a una jornada mínima de ocho horas, al pago de horas extras, a los días de descanso previstos en esta ley, prima vacacional, derecho a indemnización en caso de despido injustificado, prima de antigüedad y demás reconocidos en esta Ley. Indicar que los trabajadores domésticos no están obligados a permanecer en el hogar o acompañar a miembros del hogar durante los periodos de descanso diario y semanal o durante las vacaciones. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 22-Septiembre-2015
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 22-Septiembre-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Exentar a los Repecos de la obligación de expedir comprobantes fiscales cuando se trate de operaciones menores a 100 pesos y que tengan la posibilidad de expedir notas de ventas. Establecer que la recaudación que se obtenga específicamente por cuota fija en el régimen de Repecos, sean administradas al 100% por las Entidades Federativas. Simplificar las obligaciones fiscales de los pequeños contribuyentes con ingresos menores a 100 mil pesos anuales y con ventas al público en general. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 8-Septiembre-2015
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 24-Septiembre-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que aporten proyectos de inversión de artes plásticas, danza, obras literarias y música. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 22-Septiembre-2015
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 29-Septiembre-2015

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Establecer la prohibición de realizar obras y actividades de explotación minera metalúrgica a cielo abierto, en la cual se utilice cualquier compuesto que incluya cianuro o mercurio en las áreas naturales protegidas. Señalar que las obras y actividades de explotación minera distintas que se pretendan realizar en áreas naturales protegidas de competencia federal, deberán sujetarse a la evaluación del impacto ambiental prevista en la ley y a las demás disposiciones jurídicas que les resulten aplicables. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 29-Septiembre-2015
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 385 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 29-Septiembre-2015

  - Gobernación
Eliminar la disposición que establece que las firmas de apoyo ciudadano para candidaturas independientes no se computarán cuando no se acompañen las copias de la credencial para votar vigente. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 29-Septiembre-2015
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 29-Septiembre-2015

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Igualdad de Género
Adicionar el concepto de "Acoso laboral", entendido como el abuso de poder de quien ejerza actos de violencia verbales, físicas o psicológicas, entre otros. Sancionar de 250 a 5 mil días multa al patrón que cometa o permita acoso u hostigamiento laboral. Prohibir al patrón, la negativa ilegal de respetar la permanencia, condiciones generales de trabajo, oportunidades de ascenso y salario de los trabajadores. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 29-Septiembre-2015
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2015

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Seguridad Pública
Crear el Instituto Nacional de Seguridad Pública, como un organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, así como de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones. Facultar a dicho Instituto para reglamentar, supervisar y evaluar el ejercicio de competencias y facultades en materia de seguridad pública y administración penitenciaria de los distintos órganos de los tres órdenes de gobierno; regular y gestionar el Servicio Nacional de Carrera Policial; gestionar, administrar y regular las bases de datos de información en la materia; reglamentar los mecanismos de recopilación, intercambio y acceso a las mismas; proponer políticas públicas en el ámbito de sus competencias, atendiendo a mecanismos de participación ciudadana; y, emitir observaciones y recomendaciones para la corrección o mejora de capacidades y procesos de las evaluaciones y auditorías. Establecer la estructura del Instituto. Facultar al Congreso para expedir leyes que establezcan las bases de funcionamiento, organización y coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el sistema nacional de carrera policial. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Agosto-2016



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2015
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Adherente: Torreblanca Engell Santiago (PAN)
Fecha de presentación: 24-Noviembre-2015

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Comunicaciones
Establecer la obligación de que en las condiciones de trabajo, que deben constar por escrito, se establezca la manera en que se suministrarán alimentos y habitación, si así lo acordaran, así como la estimación de su valor que contará como salario, sin que esta exceda el equivalente al 25% de su salario. Los patrones tendrán la obligación de informar de manera adecuada, verificable y fácilmente comprensible, el alcance de las condiciones laborales. Señalar la obligación de distribuir el horario de trabajo de los trabajadores menores de 18 años de edad pero mayores de 15, de tal forma que no sean privados de la escolaridad obligatoria y que no se vean comprometidas sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior o a una formación profesional. Precisar que trabajador doméstico es toda persona, independientemente de su género. Asentar que los trabajadores domésticos tienen derecho a una jornada mínima de ocho horas, al pago de horas extras, a los días de descanso previstos en esta ley, prima vacacional, derecho a indemnización en caso de despido injustificado, prima de antigüedad y demás reconocidos en esta Ley. Indicar que los trabajadores domésticos no están obligados a permanecer en el hogar o acompañar a miembros del hogar durante los periodos de descanso diario y semanal o durante las vacaciones. Desechada (art. 89)
con fecha 11-Octubre-2018



Publicación en Gaceta: 15-Septiembre-2015