DICTAMENES DE PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS EN LA LXIII LEGISLATURA SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA RESOLUTIVOS SEGUIMIENTO
1   De la Segunda Comisión, punto de acuerdo que exhorta a la Procuraduría de Justicia del estado de Baja California Sur a aplicar las sanciones correspondientes a los funcionarios que, en el caso de la joven víctima de violación sexual, incumplieron con la NOM-046-SSA2-2005, violando sus derechos.


Aprobado: Por Dictamen

Fecha de respuesta:
14-Junio-2017
De la Secretaría de Gobernación, se recibió oficio del titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, por el que da respuesta al punto de acuerdo el 14 de junio de 2017.
- Segunda Comisión: Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública

Fecha de dictamen:
13-Julio-2016


Publicación en Gaceta:
13-Julio-2016
PRIMERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría de Justicia del Estado de Baja California Sur a:

a) aplicar las sanciones correspondientes a las y los funcionarios que en el caso de la joven víctima de violación sexual a la que hace referencia el presente punto de acuerdo, incumplieron con la NOM-046 violando sus derechos; e

b) implementar acciones destinadas a la debida diligencia, conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación y violencia de género, a fin de evitar la repetición de estos hechos y conductas que van en detrimento de la convivencia social, democrática y el pleno ejercicio de los derechos humanos.

SEGUNDO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del estado de Baja California Sur, a que instrumente medidas para garantizar el cumplimiento de la NOM-046 SSA2- 2005, en los casos de violencia sexual; así como a investigar y promover las sanciones correspondientes al personal médico que otorgó información sesgada a la joven víctima de violación sexual, violentado con ello sus derechos sexuales y reproductivos.

TERCERO. La Comisión Permanente del H Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Sudcaliforniano de la Mujer a que informe a esta asamblea sobre las acciones emprendidas para promover y garantizar el cumplimiento de la NOM-046 SSA2-2005, y la vigencia de los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia sexual.

CUARTO. La Comisión Permanente del H. · Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud Federal y a las Secretarias de Salud de las entidades federativas a informar, en el ámbito de sus competencias, sobre la existencia, contenido y alcances de la NOM-046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra /as mujeres. Criterios para la prevención y atención a /as habitantes; así como a garantizar su pleno cumplimiento y el respeto a los derechos de las mujeres víctimas de violencia sexual por parte de los servidores públicos encargados de aplicarla.

QUINTO. La Comisión Permanente del H Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) a implementar a nivel nacional una campaña de información sobre la NOM-046- SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra /as mujeres. Criterios para la prevención y atención a /as habitantes; así como a fortalecer las acciones para garantizar el respeto a los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia sexual; así como el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de todas las mujeres.
1. Proposición presentada por las senadoras Martha Tagle Martínez, Angélica de la Peña Gómez (PRD) , Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) e Iris Vianey Mendoza Mendoza (PRD) y del Sen. Zoé Robledo Aburto (PRD), en sesión permanente del 22 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en sesión permanente del 13 de julio de 2016.

3. Aprobado en Votación económica.

4. Comuniquese.