EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Noviembre-2019
- Puntos Constitucionales


26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
5-Noviembre-2019

Establecer que el Congreso tiene facultad para expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, electoral y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
La legislación única en materia de extinción de dominio, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
1. Iniciativa presentada por el Dip.José Hernán Córtes Berumen (PAN), el 14 de noviembre de 2017

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 326 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2019 en votación nominal por 102 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D del artículo 72 de la CPEUM.