EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Migración. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 1-Marzo-2016 |
- Asuntos Migratorios 1-Marzo-2016 |
Incluir los términos discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades, como conceptos no excluyentes para el reconocimiento de los derechos humanos de los migrantes y a los cuales deberá sujetarse la política migratoria del Estado mexicano. Establecer que los extranjeros no necesitarán visa cuando estén en tránsito aéreo hacia un tercer país y cuya conexión no exceda de un término de veinticuatro horas. Las autoridades migratorias deberán emitir su resolución por escrito, debidamente fundada y motivada cuando determinen negativa a la internación regular de extranjeros a territorio nacional. Establecer que el servidor público que niegue a los migrantes, sin mediar causa justificada o de fuerza mayor, la prestación de los servicios o el ejercicio de sus derechos, se hará acreedor a una multa de veinte a mil Unidades de Medida y Actualización y a la destitución del puesto. | 1. Iniciativa presentada por el Dip. Miguel Alva y Alva (MORENA), el 14 de octubre de 2015. 2. Iniciativa presentada por el Dip. Felipe Reyes Alvarez (PRD), el 20 de enero de 2016. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 01 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 426 votos a favor. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y Estiudios Legislativos. |