EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Equidad y Género Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 14-Diciembre-2017 Gaceta Cámara de Senadores: 26-Abril-2018 |
- Derechos Humanos 14-Diciembre-2017 Aprobación en el Senado: 26-Abril-2018 |
Ampliar la definición de discriminación, considerando como discriminación cualquier tipo de acoso; y el catálogo de las conductas consideradas como actos discriminatorios; establecer que cada uno de los poderes públicos federales adoptarán las medidas que estén a su alcance para erradicar las prácticas que establezcan diferencias, que no sean objetivas ni racionales, en atención a la recepción y resolución de cualquier trámite, solicitud, servicio y/o producto, en instalaciones públicas y privadas. | 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa Suscrita por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 06 de abril de 2017. b) Iniciativa Suscrita por la Dip. Kathia María Bolio Pinelo (PAN), el 16 de noviembre de 2017. c) Iniciativa Suscrita por el Dip. Benjamín Medrano Quezada (PRI), el 30 de noviembre de 2017. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor y 1 bastención. 6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM. |