EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017. Tipo de dictamen: Nueva Ley Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Ingresos y Hacienda Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 20-Octubre-2016 Gaceta Cámara de Senadores: 26-Octubre-2016 |
- Hacienda y Crédito Público 20-Octubre-2016 Aprobación en el Senado: 26-Octubre-2016 Publicación en el DOF: 15-Noviembre-2016 |
En el ejercicio fiscal de 2017, la Federación percibirá 4 billones 837 mil 512 millones 300 mil pesos (4,837,512.3) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 3 billones 219 mil 818 millones 100 mil pesos (3,219,818.1); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 089 mil 715 millones 500 mil pesos (1,089,715.5); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 283 mil 241 millones 700 mil pesos. Para el ejercicio fiscal 2016, de los recursos que se obtengan por concepto de coberturas o instrumentos de transferencia significativa de riesgos que hubieran sido contratados o adquiridos a través del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, así como de la subcuenta que se haya constituido como complemento para asegurar el precio del petróleo de la mezcla mexicana en el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, se podrán enterar a la Tesorería de la Federación las cantidades necesarias para compensar la disminución de los ingresos petroleros del Gobierno Federal respecto de las cantidades estimadas en este artículo. | 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2016. b) Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Álvarez Máyez (MC), el 25 de mayo de 2016. c) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Hernández Mirón (PRD), el 14 de septiembre de 2016. d) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Hernández Mirón (PRD), el 14 de septiembre de 2016. e) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Fernando Rubio Quiroz (PRD), el 27 de septiembre de 2016. f) Iniciativa presentada por el Dip. Santiago Torreblanca Engell (PAN), el 11 de octubre de 2016. g) Iniciativa presentada por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 11 de octubre de 2016. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 406 votos a favor y 43 en contra. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 83 votos a favor y 13 en contra. 6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2016. |