EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante y registro civil. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 15-Noviembre-2016 Gaceta Cámara de Senadores: 13-Diciembre-2016 |
- Puntos Constitucionales 15-Noviembre-2016 Aprobación en el Senado: 13-Diciembre-2016 Publicación en el DOF: 5-Febrero-2017 |
Facultar al Congreso para expedir las normas que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, Estados, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, en materia de aplicación en mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante. Disponer la obligación de los Poderes Legislativos de los Estados, de expedir leyes que rijan su corresponsabilidad en estas materias. | 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa suscrita por el Dip. Luis Fernando Antero Valle (PAN) el 27 de abril de 2016. b) Iniciativas suscritas por el Ejecutivo Federal (4), el 28 de abril de 2016. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 91 votos a favor y 5 en contra. 6. Se turnó a las Legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales. 7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017. 8. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales. 9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 02 de febrero de 2017. 10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 2017. |