MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXIII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DERECHOS HUMANOS
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 14-Diciembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Gobernación
- Derechos Humanos
Publicación en Gaceta: 14-Diciembre-2015
Crear un ordenamiento jurídicon con objeto de regular el procedimiento mediante el cual el Ejecutivo de la Unión podrá ejercer su facultad de expulsar del territorio nacional a personas extranjeras, entendiéndose por éstas a aquéllas que no siendo mexicanas, ni por nacimiento ni por naturalización y que, encontrándose legalmente en territorio nacional, incurran en alguno de los supuestos previstos en este ordenamiento, para lo cual se respetarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas.

a) Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 22 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Senadoras y Senadores de la República a la LXII Legislatura el 14 de agosto de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 29 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos a favor y 6 en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2015.
2  Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos..








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 14-Diciembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Gobernación
- Derechos Humanos
Publicación en Gaceta: 14-Diciembre-2015
Crear un ordenamiento jurídicon con objeto de regular el procedimiento para decretar la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y garantías, la concesión de autorizaciones que se estimen necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación y el ejercicio de las facultades de las autoridades, en todo el país o en lugar determinado, con motivo de una amenaza excepcional conforme a los supuestos previstos en el siguiente artículo, a efecto de hacer frente a la situación de emergencia.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Senadoras y Senadores a la LXII Legislatura el 14 de agosto de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 29 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos a favor y 8 en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2015.
3  Proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o penas crueles, e inhumanos o degradantes; y se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal de la Ley de la Comisión Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de Extradición Internacional.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 29-Abril-2016

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Derechos Humanos
- Justicia
Publicación en Gaceta: 29-Abril-2016
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer que todas las autoridades en el ámbito de sus respetivas competencias deberán promover, respetar, proteger y garantizar en todo momento el derecho de toda persona a que se respete su integridad personal, protegiéndola contra cualquier acto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Abril-2017


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el Dictamen.

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las y los Senadores Angélica de la Peña Gómez, Lucero Saldaña Pérez, Arely Gómez González, Pablo Escudero Morales, Alejandra Barrales Magdalena y Mónica Arriola Gordillo el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica de la Peña Gómez, a nombre propio y de los Senadores del Grupo Parlamentario del PRD el 27 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 14 de diciembre de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos a favor y 4 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 417 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos, de Justicia, de Gobernación y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017.
4  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 8-Noviembre-2016

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Justicia
- Derechos Humanos
Con Opinión de  - Especial contra la Trata de Personas
Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2016
Establecer los tipos penales en materia de trata de personas , así como sus sanciones y circunstancias agravantes, con la finalidad de tutelar los derechos inherentes a la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad; distribuir competencias y formas de coordinación en materia de protección y asistencia a las víctimas; y, establecer criterios rectores en materia de prevención, atención, investigación, procesamiento y sanción para la protección integral de los derechos humanos de las víctimas.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Gabriela Cuevas Barron y Víctor Hermosillo Celada (PAN) el 10 de septiembre de 2013.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Adriana Dávila Fernández, Angélica de la Peña Gómez, María Lucero Saldaña Pérez, Margarita Flores Sánchez y Luisa María Calderón Hinojosa, integrantes de la Comisión Contra la Trata de Personas; y de Senadoras y Senadores de los distintos Grupos Parlamentarios, el 08 de octubre de 2013.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites del 12 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 102 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de febrero de 2014.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 371 votos a favor. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas para la Trata de Personas, de Derechos Humanos, de Justicia y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2016. (LXIII Legislatura)

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2016. Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 86 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2016.

1. Comunicación de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 17 de noviembre, 2016 sobre modificación de turno de la iniciativa para quedar como sigue: Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos, para dictamen y a la Comisión Especial de Trata de Personas, para opinión
5  Proyecto de decreto que reforma la Fracción III del artículo 84 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 14-Marzo-2017

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Justicia
- Derechos Humanos
Con Opinión de  - Especial contra la Trata de Personas
Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2017
Incluir como objeto de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas, la difusión de programas, acciones y tareas.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Benjamín Robles Montoya (PRD) el 01 de diciembre de 2015.

2. Dictamen de Primera Lectura del 02 de marzo de 2017.

3. Dictamen a Discusión del 07 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de 2017.
6  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 28-Abril-2017

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Justicia
- Derechos Humanos
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2017
Establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades para buscar a las personas desaparecidas y no localizadas, y esclarecer los hechos, así como prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares; y, los tipos penales en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, y otros delitos vinculados y sus sanciones; crear el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y la Comisión Nacional de Búsqueda, y ordenar la creación de las comisiones respectivas en las entidades federativas; garantizar la protección integral de los derechos de las personas hasta que se conozca su suerte o paradero; y, crear el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y establecer la forma de participación de los familiares en el diseño, implementación y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación. De igual manera, establece que los delitos de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares serán perseguidos de oficio; que se crea un consejo ciudadano para apoyar y proponer la formulación de acciones que fortalezcan la labor del Sistema Nacional; y se detalla el procedimiento de búsqueda de personas -protocolos emitidos por la autoridad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Octubre-2017


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 13 de febrero de 2014. (LXII Legislatura).

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN), el 18 de marzo de 2015. (LXII Legislatura).

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 24 de marzo de 2015. (LXII Legislatura).

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Omar Fayad Meneses (PRI), el 16 de abril de 2015. (LXII Legislatura).

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Angélica de la Peña Gómez (PRD), Adriana Dávila Fernández (PAN), Layda Elena Sansores San Román (PT) y Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN), el 17 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura).

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal, el 14 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura).

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2017.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto modificado por 396 votos a favor.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2017.