MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXIII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforman los artículos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 3-Septiembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Seguridad Social
Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2015
Establecer que los trabajadores podrán recibir créditos del Fondo de Vivienda hasta por dos ocasiones. En el caso del otorgamiento del segundo crédito se deberá cumplir con los mismos requisitos para el otorgamiento del primer crédito, relativos a contar con más de dieciocho meses de depósitos constituidos a favor del trabajador en el Subcuenta del Fondo de Vivienda, demostrar la liquidación del primer crédito y que fue de manera regular.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 16-Febrero-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA) el 01 de abril de 2014.

2. Dictamen a discusión del 06 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 333 votos a favor, 26 en contra y 12 abstenciones. . Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

3. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

4. Dictamen de Primera Lectura del 29 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión del 30 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 65 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de septiembre de 2015.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor y 5 abstenciones.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2016.
2  Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 22-Septiembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Pesca
Publicación en Gaceta: 22-Septiembre-2015
Señalar que los efectos de declaratoria de excedentes en especie, ocurran una vez acreditado que el recurso pesquero de que se trate ha sido sometido a concurso entre concesionarios y/o permisionarios pesqueros mexicanos.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Alfonso Inzunza Montoya (PRI), el 30 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 02 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 21 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por391 votos a favor y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 17 de septiembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de septiembre de 2015.
3  Proyecto de decreto por el que se reforma la Fracción II Bis del artículo 64 de la Ley General de Salud, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Septiembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2015
Señalar que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán al menos un banco de leche humana por cada entidad federativa, en alguno de sus establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 31-Marzo-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. Cristina Olvera Barrios (NA), el 28 de mayo de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 345 votos y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de noviembre de 2014.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de diciembre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 421 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2016.
4  Proyecto de decreto que reforma los artículos 24 y 143, y se adiciona un artículo 143 Bis a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 27-Octubre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 27-Octubre-2015
Agregar como función del Distrito Federal o de los estados, el aplicar los recursos provenientes del fondo por el cobro de la compensación ambiental por el cambio de uso de suelo en terrenos forestales dentro de su entidad, en tratándose de los convenios de coordinación con la Federación.
Indicar que el Fondo Forestal Mexicano se podrá integrar con el cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Astudillo Suárez (PVEM) el 04 de octubre de 2012. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 19 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 19 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 435 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 21 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 30 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 84votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.
5  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 27-Octubre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 27-Octubre-2015
Indicar que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.
El organismo encargado, calculará en los términos que señale la ley, el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Noviembre-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD, de MC y del PT el 11 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Julio César Moreno Rivera (PRD) el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

c) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 09 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 373 votos a favor y 3 en contra. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 14 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 22 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 a favor.

9. Pasa a la las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 07 de enero de 2016.

11. Se Remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.
6  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Octubre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Trámites
Publicación en Gaceta: 29-Octubre-2015
Ley del Impuesto sobre la Renta: establecer medidas para promover el ahorro y la inversión, a través de deducciones personales; deducción inmediata de inversiones a empresas de menor escala y en sectores estratégicos; inversión en energías renovables; capitalización delgada para la industria eléctrica; reinversión de utilidades en el impuesto adicional a dividendos; inversión inmobiliaria y en capital de riesgo; programa de repatriación de recursos mantenidos en el extranjero; pago de ISR de personas físicas que se dediquen a actividades del sector primario; actualización de la tarifa de ISR para el Régimen de Incorporación Fiscal; fortalecimiento del Régimen de Incorporación Fiscal; Régimen de los Coordinados en el ISR; limitantes para la deducibilidad y exención en materia de previsión social; fondos de inversión; intereses pagados a bancos extranjeros; combate a la evasión y elusión fiscal a partir de las declaraciones informativas en materia de precios de transferencia.

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: otorgar permisos a terceros para el expendio al público de combustibles a partir de 2016; que a partir del 2017 se permita la libre importación de gasolinas y diésel y en el 2018, los precios de los combustibles se determinen bajo condiciones de mercado. Código Fiscal de la Federación: establecer la figura de la lotería fiscal para promover el cumplimiento tributario; intercambio automático de información fiscal; revisiones electrónicas; programas crediticios a PYMES.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: permitir que los ingresos petroleros excedentes puedan ser utilizados para compensar faltantes de ingresos respecto a los aprobados en la Ley de Ingresos de la Federación.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Octubre-2015


1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por423 votos a favor y 33 en contra

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.


5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos a favor y 22 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de octubre de 2015, se dispensarón todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por414 votos a favor y 41 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
7  Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Octubre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Trámites
Publicación en Gaceta: 29-Octubre-2015
En el ejercicio fiscal de 2016, la Federación percibirá 4 billones 763 mil 899 millones 900 mil pesos (4,763,899.9) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 3 billones 102 mil 466 millones 200 mil pesos (3,102,466.2); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 052 mil 193 millones 100 mil pesos (1,052,193.1); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 260 mil 281 millones 100 mil pesos. Se faculta al Ejecutivo Federal para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Octubre-2015


1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 443 votos a favor, 36 en contra y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos a favor y 16 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de octubre de 2015, se dispensarón todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 410 votos a favor y 37 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
8  Proyecto de decreto que adiciona las fracciones XV y XVI al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 4-Noviembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Juventud
Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2015
Ampliar las facultades del IMJUVE para integrar, actualizar y publicar un catálogo nacional de programas y proyectos federales de fomento al empleo y autoempleo juvenil; y, proponer a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con prioridad a las STPS, SEDESOL, SEMARNAT, SE, SRE y SCT, programas y proyectos para el fomento del empleo y autoempleo juvenil.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Diputados por el Diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar (S/P) el 15 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad del 27 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 08 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 363 a favor, 3 en contra y 2 Abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 10 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 27 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 96 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2015.
9  Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 4-Noviembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Juventud
- Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2015
Facultar al IMJUVE para diseñar y coordinar políticas, planes y programas para los jóvenes, que promuevan las manifestaciones culturales, el desarrollo de sus habilidades artísticas y la gestión cultural.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Diputados por la Dip. Kenia López Rabadán (PAN) el 28 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad del 27 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 18 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 331 votos en pro y una abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 27 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2015.
10  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 4-Noviembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2015
Definir los ecosistemas costeros, entendidos como las playas, dunas costeras, acantilados, franjas intermareales, humedales costeros, arrecifes de coral, macroalgas, fondos marinos o bentos, y las costas rocosas que se localizan en la zona costera puede comprender porciones marinas, acuáticas y/o terrestres que abarcan en el mar a partir de una profundidad de menos 200 metros, hasta 100 km tierra adentro o 50 m de elevación; y determinar la zona costera nacional tomando en consideración las interacciones fisiográficas y biológicas particulares de la zona que se trate.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Febrero-2018


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 21 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 402 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.


7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos en pro. (LXIII Legislatura)

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

11. Declaratoria de Publicidad emitida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2017.

12. Declaratoria de Publicidad emitida el 22 de febrero de 2018.

13. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 330 votos a favor, 9 en contra y 7 abstenciones.

14. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

15. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2018.
11  Proyecto de decreto que expide la Ley de Transición Energética, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 3-Diciembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Energía
Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2015
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de regular el aprovechamiento sustentable de la energía, así como las obligaciones en materia de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica, manteniendo la competitividad de los sectores productivos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 9-Diciembre-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Isabel Ortiz Mantilla (PAN) y por diputados de su Grupo Parlamentario, el 27 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 299 votos a favor, 83 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda en la Cámara de Senadores el 01 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de diciembre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor, 31 en contra y 10 abstenciones

9. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, se le dispensarón todoos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

11. Dictamen a discusion presentado en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, Protecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor y 8 en contra.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2015.
12  Proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social y el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado b) del artículo 123 Constitucional, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 14-Diciembre-2015

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Seguridad Social
Publicación en Gaceta: 14-Diciembre-2015
A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social, se podrá transferir hasta medio mes del mes de descanso previo al parto para después del mismo. En caso de que los hijos hayan nacido con discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta medio mes adicional posterior al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Luisa María Alcalde Luján (MC) el 25 de febrero de 2014. (LXII Legislatura).

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 02 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 09 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 376 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Iniciativas consideradas.

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Ivonne Liliana Álvarez García (PRI) el 18 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Héctor Larios Córdova (PAN) el 18 de junio de 2014. (LXII Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura del 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

7. Dictamen a discusión del 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.