EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 215, fracción V y adiciona un tercer párrafo al artículo 216 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Octubre-2021
- Salud


27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
12-Octubre-2021

Definir el término suplemento alimenticio, asimismo prohibir que en el etiquetado o en su publicidad se realicen declaraciones relacionadas a un efecto nutricional o fisiológico, a menos que éstas se encuentren debidamente aprobadas. Se definirán las medidas regulatorias y administrativas mediante las cuales se elaborarán y publicarán las declaraciones relacionadas a un efecto nutricional o de carácter fisiológico que serán permitidas y tendrán que relacionarse únicamente a los ingredientes de los productos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rosalina Mazari Espín (PRI) el 31 de agosto de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de abril de 2017. (LXIII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor y 1 en contra. (LXIII Legislatura)


4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos. (LXIII Legislatura)


6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018. (LXIII Legislatura)

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria el 12 de octubre de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 94 votos a favor. (LXV Legislatura)

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.