DICTÁMENES APROBADOS EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se declara el 26 de septiembre de cada año, como "Día Nacional contra de la Desaparición Forzada de Personas".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Septiembre-2015
- Dispensa de Trámites

Fecha de dictamen:
17-Septiembre-2015

Establecer el 26 de septiembre de cada año, "Día Nacional contra la Desaparición Forzada de Personas" 1. Iniciativa presentada por los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios el 17 de septiembre de 2015.

2. Se dispensaron todos los trámites y sometió a discusión y votación.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de septiembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 463 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Justicia, Derechos Humanos y de Estudios Legislativos.
2   Decreto por el que se convoca a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LXIII Legislatura del H. Congreso de La Unión en el Distrito Electoral Federal 01, del Estado de Aguascalientes.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Elecciones Extraordinarias


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Septiembre-2015
- Dispensa de Trámites

Fecha de dictamen:
24-Septiembre-2015

Publicación en el DOF:
28-Septiembre-2015

PRIMERO. Se convoca a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, en el distrito electoral federal 1, con cabecera en Jesús María, Aguascalientes.

SEGUNDO. Las elecciones extraordinarias se celebrarán el domingo 6 de diciembre de 2015, conforme a io dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y las disposiciones de la presente convocatoria.

TERCERO. Los candidatos a diputados federales, tanto el propietario como el suplente, deberán cumplir los requisitos de elegibilidad previstos en el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 10 y 11 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

CUARTO. Con fundamento en los artículos 63, primer párrafo, y 77, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23, numerales 1 y 2, y 24 de la Ley General de Instituciones y Procedimiento Electorales, así como en acatamiento del resolutivo TERCERO de la sentencia SM-JIN-35/2015, emitida y ratificada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se instruye al Instituto Nacional Electoral para que proceda conforme a dicha sentencia, y disponga lo necesario para realizar la elección señalada en el resolutivo PRIMERO del presente Decreto.

QUINTO. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral, conforme a lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ajustará los plazos previstos por la ley, tomando en consideración la fecha establecida por este decreto para la realización de la elección extraordinaria.

SEXTO. Los diputados federales que resulten electos conforme al presente decreto, concluirán su periodo constitucional el 31 de agosto de 2018.
1. Iniciativa presentada por los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios el 24 de septiembre de 2015.

2. Se dispensaron todos los trámites y sometió a discusión y votación.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de septiembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 votos a favor.

4. Publiquese en el Diario Oficial de la Federación

5. Publicación en el Diario Oficial de la Federacion el 28 de septiembre de 2015
3   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Octubre-2015
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
15-Octubre-2015

Aprobación en el Senado:
28-Octubre-2015

Publicación en el DOF:
18-Noviembre-2015
Actualizar el marco normativo fiscal en cuanto al cobro o exención de pago de derechos por la prestación de servicios y por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación. Exentar del pago de derechos por la expedición de la primera copia certificada del acta del registro de nacimiento en los consulados mexicanos en el extranjero. Exentar a las personas físicas o morales del sector social y privado, inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas, del pago de derechos por el uso o aprovechamiento de bienes de uso común del dominio público federal para labores de investigación científica. Exentar del pago de derechos por la autorización para realizar actividades remuneradas al residente temporal y al residente temporal estudiante cuando ingresen a territorio nacional al amparo de un instrumento jurídico de movilidad de personas o convenios de cooperación internacional en consideración a aspectos de reciprocidad internacional. Exentar del pago de derechos por servicios migratorios a los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Gobernación el otorgamiento de protección complementaria. Disminuir el costo del trámite de la licencia federal de conductor, cuando sea solicitada a través de medios electrónicos. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 419 votos a favor y 36 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor y 27 en contra.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
4   Decreto por el que se adiciona el artículo 19 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Octubre-2015
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
19-Octubre-2015

Aprobación en el Senado:
28-Octubre-2015

Publicación en el DOF:
18-Noviembre-2015
Establecer el destino de los ingresos que correspondan al importe del remanente de operación que el Banco de México entere al Gobierno Federal; al menos el setenta por ciento a la amortización de la deuda pública contratada en ejercicios fiscales anteriores o a la reducción del monto de financiamiento necesario para cubrir el Déficit Presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal en que se entere el remanente o una combinación de ambos conceptos, y el monto restante a fortalecer el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios o al incremento de activos que fortalezcan la posición financiera del Gobierno Federal. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 358 votos a favor, 88 en contra y 23 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos a favor y 19 en contra.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
5   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Octubre-2015
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
19-Octubre-2015

Aprobación en el Senado:
28-Octubre-2015

Publicación en el DOF:
18-Noviembre-2015
Proponer modificaciones para otorgar claridad y certidumbre jurídica a los contribuyentes, a facilitar el cumplimiento de compromisos internacionales en materia de combate a la evasión fiscal y a promover la formalización y el cumplimiento de las disposiciones tributarias.

Ley del Impuesto sobre la Renta: establecer medidas para promover el ahorro y la inversión, a través de deducciones personales; deducción inmediata de inversiones a empresas de menor escala y en sectores estratégicos; inversión en energías renovables; capitalización delgada para la industria eléctrica; reinversión de utilidades en el impuesto adicional a dividendos; inversión inmobiliaria y en capital de riesgo; programa de repatriación de recursos mantenidos en el extranjero; pago de ISR de personas físicas que se dediquen a actividades del sector primario; actualización de la tarifa de ISR para el Régimen de Incorporación Fiscal; fortalecimiento del Régimen de Incorporación Fiscal; Régimen de los Coordinados en el ISR; limitantes para la deducibilidad y exención en materia de previsión social; fondos de inversión; intereses pagados a bancos extranjeros; combate a la evasión y elusión fiscal a partir de las declaraciones informativas en materia de precios de transferencia.

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: otorgar permisos a terceros para el expendio al público de combustibles a partir de 2016; que a partir del 2017 se permita la libre importación de gasolinas y diésel y en el 2018, los precios de los combustibles se determinen bajo condiciones de mercado.

Código Fiscal de la Federación: establecer la figura de la lotería fiscal para promover el cumplimiento tributario; intercambio automático de información fiscal; revisiones electrónicas; programas crediticios a PYMES.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: permitir que los ingresos petroleros excedentes puedan ser utilizados para compensar faltantes de ingresos respecto a los aprobados en la Ley de Ingresos de la Federación.
1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por423 votos a favor y 33 en contra

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.


5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos a favor y 22 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de octubre de 2015, se dispensarón todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por414 votos a favor y 41 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
6   Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Octubre-2015
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
19-Octubre-2015

Aprobación en el Senado:
28-Octubre-2015

Publicación en el DOF:
18-Noviembre-2015
En el ejercicio fiscal de 2016, la Federación percibirá 4 billones 763 mil 899 millones 900 mil pesos (4,763,899.9) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 3 billones 102 mil 466 millones 200 mil pesos (3,102,466.2); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 052 mil 193 millones 100 mil pesos (1,052,193.1); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 260 mil 281 millones 100 mil pesos. Se faculta al Ejecutivo Federal para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 443 votos a favor, 36 en contra y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos a favor y 16 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de octubre de 2015, se dispensarón todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 410 votos a favor y 37 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
7   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2015
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
21-Octubre-2015

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
30-Diciembre-2015
Ley General de Contabilidad Gubernamental. Establecer que los Consejos de Armonización Contable de las Entidades Federativas, serán órganos locales auxiliares del Consejo Nacional de Armonización Contable, a efecto de apoyar y fortalecer la interacción entre los entes públicos locales. Establecer que dichos Consejos facilitarán el cumplimiento a los entes públicos estatales y municipales de las normas en materia de contabilidad gubernamental y generación de información financiera. Adicionar como requerimiento de información contable para la Federación, el "Estado de Actividades" y el "Estado de Flujos de Efectivo".

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Atribuir de forma exclusiva a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la regulación y organización del Sistema de Evaluación del Desempeño. Prever que las funciones a cargo de la Administración Pública Federal relativas a la evaluación del gasto público federal, de las políticas públicas y programas, se concentren en la Secretaría de Hacienda.
1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 402 votos a favor y 31 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor, cero en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015.
8   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Organizaciones Sociales, Cooperativas, de Fomento y Crédito Popular


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
17-Marzo-2016
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
29-Octubre-2015

Aprobación en el Senado:
17-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
21-Abril-2016
Establecer que los proyectos de asociaciones público privadas serán viables cuando así lo determine la dependencia y entidad interesada, mediante dictamen que la misma emita. Para la elaboración de dicho dictamen, la dependencia o entidad que pretenda participar con recursos públicos federales en proyectos de asociación público privada que hayan dictaminado como viables deberán obtener el registro en la cartera de inversión. Cuando se trate de proyectos de asociación público privada que involucren recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación deberán contar con el dictamen de viabilidad, el registro en la cartera de inversión y la autorización de la Comisión Intersecretarial de Gasto Público Financiamiento y Desincorporación; para el caso de que los proyectos involucren recursos públicos federales en numerario deberán contar con el dictamen de viabilidad y el registro en la cartera de inversión; los proyectos que involucren recursos públicos federales distintos a numerario, deberán contra con el dictamen de viabilidad correspondiente. Establecer que los proyectos de asociaciones público privadas autorizadas por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación deberán incluirse en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, así como la estimación de máximo anual de gasto programable. El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, remitirá los proyectos a la Cámara de Diputados para someterlos a consideración de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, la cual deberá emitir resolución en un plazo no mayor de treinta días naturales contados a partir de recibida la información, en caso de que dicha Comisión no resuelva en el plazo señalado los proyectos se entenderán por aprobados. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá incluir en los informes trimestrales que presenta al Congreso de la Unión, las propuestas no solicitadas que las dependencias y entidades hayan recibido durante el periodo que se reporta y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley. 1. Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 406 votos a favor y 36 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 17 de marzo de 2016. Aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril de 2016
9   Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Egresos, Presupuesto, Cuenta Pública y Responsabilidad Hacendaria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Noviembre-2015
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
12-Noviembre-2015

Publicación en el DOF:
27-Noviembre-2015
Establecer como gasto total neto: $ 4¿746,945¿700,000 correspondiente al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos; distribuido conforme a lo establecido en los anexos correspondientes y observando lo siguiente: erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales (Anexo 1); gasto corriente estructural (Anexo 2); erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios (Anexo 3); proyectos de inversión en infraestructura que cuentan con aprobación para realizar erogaciones plurianuales (Anexo 4); erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales, sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes (Anexo 5); obligaciones presupuestarias de los proyectos de asociación público-privada (Anexo 5.A.); erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo (Anexo 6); previsiones salariales y económicas (Anexos 7 y 24); erogaciones derivadas de operaciones y programas de saneamiento financiero, así como aquéllas para programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca (Anexo 8); montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación (Anexo 9); recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas (Anexo 10); recursos que conforman el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (Anexo 11); recursos para el programa en materia de ciencia, tecnología e innovación (Anexo 12); erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Anexo 13); presupuesto consolidado de la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (Anexo 15); erogaciones para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas (Anexo 20); erogaciones para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos (Anexo 21); erogaciones para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios (Anexo 22); límites de las remuneraciones de los servidores públicos de la Federación (Anexo 23); previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas para los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios (Anexo 24); programas sujetos a reglas de operación (Anexo 25); Principales programas (Anexo 26); PROSPERA (Anexo 27); recursos para la atención a grupos vulnerables; adaptación y mitigación de los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la atención de niñas, niños y adolescentes; la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos; conservación, mantenimiento carretero; subsidio ordinario para organismos descentralizados estatales; distribución de los programas estatales de salud y la distribución del programa hidráulico: subsidios para entidades federativas (Anexos 14, 16 al 19 y 28 al 31). 1. Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 441 a favor, 38 en contra y 7 abstenciones.

3. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015.
10   Decreto por el que se expide la Ley de Tesorería de la Federación.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Noviembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2015
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
18-Noviembre-2015

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
30-Diciembre-2015
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las funciones de tesorería, así como las demás actividades relacionadas con éstas, las cuales estarán a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Tesorería de la Federación. 1. Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 375 a favor y 22 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de noviembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 a favor y 0 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015.
11   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Noviembre-2015
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
18-Noviembre-2015

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
30-Diciembre-2015
Ley de la Economía Social y Solidaria. Modificar el nombre de la Ley, para ser reglamentaria del párrafo octavo, del artículo 25 Constitucional. Desconcentrar el Instituto Nacional de la Economía Social de la Secretaría de Economía para trasladarlo a la Secretaría de Desarrollo Social.

Formular las adecuaciones necesarias a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal derivado de la trasferencia del Instituto Nacional de la Economía Social.
1. Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 338 a favor, 22 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de noviembre de 2015, se turno a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015.
12   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Noviembre-2015
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
19-Noviembre-2015

Publicación en el DOF:
27-Enero-2016
Indicar que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. El organismo encargado, calculará en los términos que señale la ley, el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD, de MC y del PT el 11 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Julio César Moreno Rivera (PRD) el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

c) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 373 votos a favor y 3 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 a favor.

9. Pasa a la las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 07 de enero de 2016.

11. Se Remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.
13   Decreto por el que se reforman los artículos 29, fracción VI, y 35, primer párrafo, y se adicionan los artículos 29 Ter y 29 Quáter de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Noviembre-2015
- Vivienda

Fecha de dictamen:
19-Noviembre-2015

Publicación en el DOF:
6-Enero-2016
Incorporar el uso de medios electrónicos en los trámites ante el INFONAVIT, que beneficien la labor de las autoridades y ofrezcan opciones viables y coherentes para el correcto cumplimiento de las obligaciones de acreditados, derechohabientes y patrones, para lo cual se incorpora la posibilidad de atender los requerimientos de pago e información formulados por el INFONAVIT, la presentación de solicitudes o promociones; y, el pago de aportaciones y entero de descuentos para los trabajadores.

Asimismo, proponen facultar al INFONAVIT como autoridad certificadora para aplicar el uso de la Firma Electrónica Avanzada en las formas y procedimientos a sus cargo, para reconocer el uso de los certificados digitales emitidos por otras autoridades certificadoras, y para que su consejo de administración apruebe la normatividad en materia de uso de medios electrónicos, mensajes de datos, firma electrónica avanzada y esquemas de almacenamiento electrónico.
1. Iniciativa suscrita por el Sen. Pablo Escudero Morales (PVEM), el 11 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 16 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 21 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 382 a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de enero de 2016.
14   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Noviembre-2015
- Ciencia y Tecnología

Fecha de dictamen:
24-Noviembre-2015

Publicación en el DOF:
8-Diciembre-2015
Impulsar el desarrollo científico y tecnológico y de innovación del país, al incentivar el establecimiento e instancias de gestión para la transferencia tecnológica y vinculación en todas las instituciones que desarrollan actividades científicas, tecnológicas y de innovación, así como eliminar el impedimento legal que tienen los investigadores para participar en actividades de vinculación con el sector privado mediante la conformación de consorcios, alianzas tecnológicas, nuevas empresas privadas de base tecnológica, participación como socios, y otras figuras. Ampliar a todas las instituciones de educación el supuesto jurídico que permite la creación de alianzas estratégicas con el sector productivo; ampliar a cualquier entidad de la administración la posibilidad de vincularse con el sector productivo. Establecer una serie de principios que deberán contener y observar la normatividad interna para las alianzas tecnológicas. 1. Iniciativa del Dip. Alejandro Rangel Segovia (PRI), a nombre de los Diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Irazema González Martínez Olivares y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI) y suscrita por los Diputados Marco Alonso Vela Reyes, Miguel Ángel Aguayo López, Salvador Barajas Del Toro, Rosalba Gualito Castañeda, Benito Caballero Garza, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, Minerva Castillo Rodríguez, José Everardo Nava Gómez, Patricia Elena Retamoza Vega y Fernando Zamora Morales, conformantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Grupo Parlamentario del PRI, y por las Diputadas María del Rocío Corona Nakamura, Dulce María Muñiz Martínez (PRI) y los Diputados Juan Pablo Adame Alemán (PAN), Marco Antonio González Valdez, Faustino Félix Chávez y Rafael González Reséndiz (PRI), el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2014 aprobado por 373 votos a favor y 18 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 16 de abril de 2015, aprobado por 70 votos.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 438 a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de diciembre de 2015.
15   Decreto por el que se reforma la Fracción XI del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Noviembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Noviembre-2019
- Deporte

Fecha de dictamen:
24-Noviembre-2015

Aprobación en el Senado:
5-Noviembre-2019

La Comisión de Deporte de la Cámara de Diputados reitera la necesidad de incluir los conceptos de origen étnico y preferencias sexuales como garantías de las personas para acceder a la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen. La colegisladora considera que el concepto de preferencias ya encuadra las de cualquier índole y el concepto de condición social abarca entonces el origen étnico, ambos incluidos en la redacción actual de la fracción XI del artículo 2. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (PAN) el 02 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión Presentado en la Cámara de Diputados el 11 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 434 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del aparatado A, del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2015. Aprobado por 76 votos.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de marzo de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 409 a favor, 6 en contra y 6 abstenciones.

9. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de noviembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.

11. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2019 en votación nominal por 102 votos a favor. (LXIV Legislatura)

12. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D del artículo 72 de la CPEUM.
16   Decreto por el que se deroga el artículo 2o. de la Ley del Servicio Militar.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Noviembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
26-Noviembre-2015

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Derogar la disposición que establece el objetivo y las características de la instrucción militar. 1. Iniciativa del Dip. Germán Ernesto Ralis Cumplido (MC), el 13 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
17   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
1-Diciembre-2015
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
1-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
23-Febrero-2016

Establecer que no se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años y que se acredite a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que el ecosistema se ha regenerado.

Tipificar como infracción el realizar en terrenos incendiados, cualquier actividad o uso distintos a la restauración o al manejo forestal sustentable, dentro de los 20 años siguientes a que haya ocurrido un incendio, conducta sancionable con multa de 150 a 30,000 días de salario mínimo.
1. Iniciativa presentada por la Dip. Alma Lucia Arzaluz Alonso (PVEM) el 22 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 01 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 416 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
18   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara, el día 25 de octubre de cada año, como el "Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Diciembre-2015
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
8-Enero-2016

Declarar el día 25 de octubre de cada año, como el "Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña". 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Sens. Hilda Esthela Flores Escalera, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Itzel Sarahí Ríos De La Mora, María Cristina Díaz Salazar, Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, Juana Leticia Herrera Ale (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM) el 04 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicción en el Diario Oficial de la Federación el 08 de enero de 2016.
19   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara la última semana del mes de abril de cada año, como la "Semana Nacional de la Seguridad Social".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Diciembre-2015
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
18-Enero-2016

Declarar la última semana del mes de abril de cada año, como la "Semana Nacional de la Seguridad Social". 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD) el 03 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 2016.
20   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión, declara el 28 de mayo de cada año, "Día Nacional por la Salud de la Mujer"


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Diciembre-2015
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
30-Diciembre-2015

Que el Honorable Congreso de la Unión, declare el 28 de mayo de cada año, como el "Día Nacional por la Salud de la Mujer". 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras María Elena Barrera Tapia, Hilda Esthela Flores Escalera, María Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Angélica Araujo Lara y Maki Esther Ortiz Domínguez (PRI), el 05 de marzo de 2015 (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 66 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015.
21   Decreto por el que se declara el día 28 de noviembre, como el "Día Nacional del artista intérprete".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Diciembre-2015
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
7-Enero-2016

Declarar el día 28 de noviembre como "Día Nacional del Artista Intérprete o Ejecutante" 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Mariana Gómez del Campo, Blanca María Alcalá Ruiz, Miguel Barbosa Huerta, Jorge Luis Lavalle Maury, Francisco Salvador López Brito y Zoé Robledo Aburto, el 10 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales

7. Publicción en el Diario Oficial de la Federación el 07 de enero de 2016.
22   Decreto por el que se Expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Diciembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Marzo-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
3-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
15-Marzo-2016

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria que regirán a las entidades federativas y los municipios, así como a sus respectivos entes públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 19 de agosto de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 325 votos a favor, 1 en contra y 34 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas deHacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor, 9 en contra y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion E) del artículo 72 de la CPEUM.
23   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Diciembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Diciembre-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
8-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
4-Diciembre-2018

Establecer que la administración de los seguros, prestaciones y servicios establecidos, así como el fondo de vivienda, estarán a cargo del organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Prever un régimen especial en materia de control interno y servicios personales. Los procedimientos para acreditar en las Cuentas Individuales los Bonos de Pensión el ISSSTE y su traspaso a las Administradoras se deberán sujetar a las disposiciones que emita la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. 1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 343 votos en pro, 116 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Social y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 107 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
24   Decreto por el que se expide la Ley de Transición Energética.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Diciembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
10-Diciembre-2015
- Energía

Fecha de dictamen:
9-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
10-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
24-Diciembre-2015
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de regular el aprovechamiento sustentable de la energía, así como las obligaciones en materia de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica, manteniendo la competitividad de los sectores productivos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Isabel Ortiz Mantilla (PAN) y por diputados de su Grupo Parlamentario, el 27 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 299 votos a favor, 83 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda en la Cámara de Senadores el 01 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de diciembre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor, 31 en contra y 10 abstenciones

9. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor y 8 en contra.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2015.
25   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Reforma del Estado


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Diciembre-2015
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
9-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
29-Enero-2016
Incluir a la Ciudad de México como parte integrante de la Federación y como entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización político y administrativa. El gobierno de la Ciudad de México, está a cargo de sus poderes locales, en los términos establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México. La cual se ajustará en o dispuesto a la Constitución Política de los Estados Unidos. La Ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático y laico. El poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal como órgano constituyente, se conformará por 100 Diputados; 60 de los cuales serán electos por el principio de representación proporcional, en una sola circunscripción para la Ciudad de México, y 40 designados por órganos de representación federal. Quienes sean constituyentes de la Ciudad de México no percibirían emolumento alguno por sus servicios. Los actuales órganos de gobierno Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Distrito Federal, se transformarían en poderes locales con esas funciones. El primero, se integrará por miembros electos cada tres años con posibilidad de tres reelecciones adicionales consecutivas; el segundo, por un titular electo popularmente para un mandato de seis años; y el tercero, es decir, el Poder Judicial conformado en los términos que dicte la Constitucional local con base en la actuación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, y a quienes se les dotará de las garantías para su desempeño imparcial. La competencia del futuro Poder Legislativo local será en términos homólogos a los de las legislaturas de los estados, es decir, con el ejercicio de las facultades no conferidas expresamente al Poder Legislativo Federal, salvo la restricción expresa que se haga en la Constitución General de la República. Se encomienda la titularidad de la administración pública local al Jefe de Gobierno, para el funcionamiento de la hacienda pública en materia de presupuesto, en materia patrimonial, en seguridad pública, así como en la prestación de servicios de carácter integral como el agua potable, el drenaje, alcantarillado y el tratamiento de aguas residuales. La división territorial de la Ciudad de México para efectos de su organización político administrativa, así como el número, las denominaciones y los límites de sus demarcaciones territoriales serán definidos con lo dispuesto en la Constitución Política loca. El gobierno de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México estará a cargo de las Alcaldías. 1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por diversos Senadores entonces integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD y Partido Convergencia, el 14 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los entonces Senadores Manlio Fabio Beltrones Rivera, Carlos Aceves del Olmo y María de los Ángeles Moreno Uriegas (PRI), el 02 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Mariana Gómez del Campo Gurza, (PAN) el 30 de enero de 2013. (LXII Legislatura)

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Pablo Escudero Morales (PVEM) el 05 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Miguel Barbosa Huerta (PRD) e integrantes de su Grupo Parlamentario el 20 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Mario Delgado Carrillo (PRD) el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) el 26 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

h) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Mariana Gómez del Campo Gurza y Gabriela Cuevas Barrón (PAN) el 05 de diciembre. (LXII Legislatura)

i) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) el 14 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)


2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 88 a favor, 27 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 386 votos a favor, 33 en contra y 1 abstención

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, del Distrito Federal, de Estudios Legislativos, de Estudios Legislativos Primera y de Estudios Legislativos Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor, 20 en contra y 1 abstención.

9. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 20 de enero de 2016.

11. Se Remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016.
26   Decreto por el que se reforma el artículo décimo noveno transitorio del "decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Diciembre-2015
- Radio y Televisión

Fecha de dictamen:
9-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
18-Diciembre-2015
Aquellos permisionarios o concesionarios de uso público o social, incluyendo las comunitarias e indígenas, que presten el servicio de radiodifusión que no estén en condiciones de iniciar transmisiones digitales al 31 de diciembre de 2015, deberán, con antelación a esa fecha, dar aviso al Instituto Federal de Telecomunicaciones, a efecto de que se les autorice la suspensión temporal de sus transmisiones o, en su caso, reduzcan su potencia radiada aparente. Los plazos que autorice el Instituto en ningún caso excederán del 31 de diciembre de 2016.

Los titulares de las estaciones deberán realizar las inversiones e instalaciones necesarias conforme a los plazos previstos en el programa. En ningún caso las acciones derivadas de este programa excederán al 31 de diciembre de 2016.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN) el 24 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda lectura presentado en la Cámara de Senadores el 01 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos a favor; 15 en contra; y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 03 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 322 votos a favor, 71 en contra y 4 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015.
27   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como de otras leyes para crear la Secretaría de Cultura.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Diciembre-2015
- Cultura y Cinematografía

Fecha de dictamen:
10-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
17-Diciembre-2015
Incluir a la Secretaría de Cultura como dependencia del Poder Ejecutivo. Le corresponderá el despacho de los siguientes asuntos: elaborar y conducir la política nacional en materia de cultura con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; conservar, proteger y mantener los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que conforman el patrimonio cultural de la Nación; conducir la elaboración del Programa Nacional de Cultura, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como su implementación y evaluación; coordinar, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, las acciones que realizan las unidades administrativas e instituciones públicas pertenecientes a la Administración Pública Federal centralizada y paraestatal en materias de investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población de) país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural, arqueológico e histórico, así como el paleontológico; la protección, conservación, restauración y recuperación de ese patrimonio y la promoción y difusión de dichas materias, y b) Cultivo, fomento, estimulo, creación, educación profesional, artística y literaria, investigación y difusión de las bellas artes en las ramas de la música, las artes plásticas, las artes dramáticas y la danza, las bellas letras en todos sus géneros y la arquitectura; organizar y administrar bibliotecas públicas y museos, exposiciones artísticas, congresos y oíros eventos de interés cultural, entre otros. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 369 votos a favor, 26 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Cultura, Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2015.
28   Decreto por el que se reforma la Fracción XXIX-G del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Diciembre-2015
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
10-Diciembre-2015

Facultar al Congreso de Unión para expedir leyes en materia de bienestar animal. 1. Iniciativa presentada por los Dips. Jesús Sesma Suárez y Alma Lucía Arzaluz Alonso (PVEM), el 27 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos Primera.
29   Decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en materia de hidrocarburos, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Diciembre-2015
- Justicia

Fecha de dictamen:
10-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
12-Enero-2016
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer delitos y sanciones aplicables en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos ¿bienes asociados a la producción, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos. Seguir de oficio todos los casos observados en la ley; determinar que la acreditación de los delitos relacionados con el sector de hidrocarburos, se presumirá propiedad federal salvo prueba en contrario; sancionar con prisión y multas económicas a quien: sustraiga sin la autorización correspondiente, hidrocarburos y sus derivados, de ductos, vehículos, equipos o instalaciones de la industria; y, compre, reciba, negocie, resguarde, transporte, descargue o deposite cualquier forma hidrocarburos ilícitos; y, catalogar como miembros de la delincuencia organizada a quienes realicen las actividades señaladas. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Omar Fayad Meneses (PRI) el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos en pro y 7 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 340 votos a favor, 7 en contra y 54 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Justicia, de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 65 votos a favor, 21 en contra y 4 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2016.
30   Decreto por el que se otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Diciembre-2015
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
10-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
14-Diciembre-2015

Otorgar la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente al Primer Año de Ejercicio, al ciudadano Rodolfo Neri Vela. 1. Decreto Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

2. Convocatoria emitida por la Cámara de Diputados el 30 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos a favor y 7 en contra.

4. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

5. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2015.
31   Decreto por el que se expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y se adiciona el artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Octubre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Abril-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
14-Abril-2016

Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto, en el marco de la planeación nacional del desarrollo, regular la planeación, el establecimiento y la operación de Zonas Económicas Especiales para impulsar el crecimiento económico sostenible social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 29 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 366 votos a favor, 1 en contra y 54 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, con opinión de las comisiones especiales Sur-Sureste y de Productividad.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 66 votos a favor, 8 en contra y abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
32   Decreto por el que se adiciona la fracción XXI al artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2015
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
13-Enero-2016
Incluir en la convocatoria a licitación pública el porcentaje mínimo de mano de obra local que los licitantes deberán incorporar en las obras o servicios a realizarse. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el senador Oscar Román Rosas González y suscrita por el senador Raúl Aarón Pozos Lanz (PRI) el 13 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de febrero de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 100 votos a favor; 3 en contra, y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 409 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 2016.
33   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2015
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Ampliar de 3 a 4 los secretarios de la Mesa Directiva, para posibilitar la participación de los diputados independientes. Regular la asignación de recursos, oficinas, curules, participación en comisiones, incorporación de asuntos en el orden del día, participación en las discusiones, formulación de preguntas parlamentarias y sustituciones por baja a los diputados independientes. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Gabriela Ramírez Ramos (PAN) a nombre propio y de los Dips. Enrique Cambranis Torres y Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza (PAN) el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 412 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos.
34   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de candidaturas independientes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Octubre-2015
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
18-Diciembre-2015
Ampliar de 3 a 4 los secretarios de la Mesa Directiva, para posibilitar la participación de los diputados independientes. Regular la asignación de recursos, oficinas, curules, participación en comisiones, incorporación de asuntos en el orden del día, participación en las discusiones, formulación de preguntas parlamentarias y sustituciones por baja a los diputados independientes. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Gabriela Ramírez Ramos (PAN) a nombre propio y de los Dips. Enrique Cambranis Torres y Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza (PAN) el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015.
35   Decreto por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de creación de la Comisión Ordinaria de las Familias, la No Violencia y la No Discriminación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2015
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Incluir la Comisión "De las Familias, la no Violencia y la no Discriminación" a las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados. 1. Iniciativa presentada por los Dips. Yolanda de la Torre Valdez, César Octavio Camacho Quiroz y Jorge Carlos Ramírez Marín (PRI) el 19 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor, 34 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de la Familia y Desarrollo Humano.
36   Decreto por el que se reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de creación del Centro de Estudios de los Derechos Humanos y de la Población en Situación de Vulnerabilidad y su Inclusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2015
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Crear el Centro de Estudios de los Derechos Humanos y de la Población en Situación de Vulnerabilidad y su Inclusión. 1. Iniciativa presentada por los diputados Yolanda de la Torre Valdez (PRI), César Octavio Camacho Quiroz (PRI), Jorge Carlos Ramírez Marín (PRI), Jesús Sesma Suárez (PVEM); Francisco Martínez Neri (PRD), Luis Alfredo Valles Mendoza (NA) y Alejando González Murillo (PES), el 29 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 407 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos.
37   Decreto por el que se adiciona un numeral 2 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para instituir la Medalla de Honor "Gilberto Rincón Gallardo" de la Honorable Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2015
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Publicación en el DOF:
18-Diciembre-2015

Establecer que la Cámara otorgará anualmente la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo de la H. Cámara de Diputados de conformidad con lo que estable el decreto de su institución, así como su reglamento. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), y suscrita por integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, el 03 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015.
38   Decreto por el que se declara el 19 de noviembre de cada año. Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Marzo-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2015

Aprobación en el Senado:
29-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
6-Mayo-2016
Declarar el 19 de noviembre de cada año como "Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil". 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mariana Arámbula Meléndez PAN) el 08 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 90 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de mayo de 2016.
39   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de condecoraciones


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
1-Febrero-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Octubre-2016
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
1-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
6-Octubre-2016

Otorgar las condecoraciones de "Mérito Militar" y "De Servicios Distinguidos" a personas que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas. Establecer el objeto de la Condecoración al Mérito Militar. Explicitar los casos en los que se otorgará la Condecoración de Servicios Distinguidos. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI) el 01 de diciembre de 2015.


2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 01 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 437 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones undas de Defensa Nacional y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 06 de octubre de 2016. Aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso E) del artículo 72 de la CPEUM.
40   Decreto por el que se reforma el artículo 91 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Febrero-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
18-Octubre-2022
- Deporte

Fecha de dictamen:
3-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
18-Octubre-2022

Considerar criterios de calidad, sustentabilidad y pertinencia determinados en la norma oficial mexicana, para la planificación y construcción de instalaciones de cultura física y deporte financiada con recursos provenientes del erario público. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (PAN), el 30 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

1. Declaratoria de publicidad emitida el 01 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor. (LXIII Legislatura)

3. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones undas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2022, aprobado en votación nominal por 78 votos a favor. (LXV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
41   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3, 18 y 19 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Febrero-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
18-Octubre-2016
- Competitividad

Fecha de dictamen:
9-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
18-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
1-Diciembre-2016
Integrar al presidente del Instituto Nacional del Emprendedor en el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y precisar que el Consejo contará con un secretario técnico a cargo del presidente del Instituto. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), el 14 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 18 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 68 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de diciembre de 2016.
42   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Febrero-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
9-Febrero-2016

Publicación en el DOF:
14-Marzo-2016
Incorporar a la Sociedad por Acciones Simplificada como parte de las sociedades mercantiles. Establecer que ésta sociedad deberá constituirse con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones y no podrán ser simultáneamente accionistas de otro tipo de sociedad mercantil. Crear un Sistema Electrónico de Sociedades Mercantiles para permitir la constitución, disolución o liquidación de las sociedades mercantiles de responsabilidad limitada de capital variable, estando a cargo de la Secretaria de Economía, ofreciendo formularios sencillos que permitan completar la operación en un solo día y de forma gratuita. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Ernesto Javier Cordero Arroyo (PAN), Héctor Larios Córdova(PAN), Zoé Robledo Aburto (PRD), José Francisco Yunes Zorrilla (PRI), Roberto Albores Gleason (PAN )y Francisco de Paula Búrquez Valenzuela (PAN) el 09 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 428 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2016.
43   Decreto por el que se reforma el artículo 182 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Febrero-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Abril-2018
- Desarrollo Rural

Fecha de dictamen:
11-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
19-Abril-2018

Considerar de manera prioritaria a los pequeños productores en condiciones de pobreza en las acciones para la soberanía y la seguridad alimentaria. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Lisbeth Hernández Lecona, Ivonne Liliana Álvarez García, Angélica del Rosario Araujo Lara, Margarita Flores Sánchez, Ma. del Rocío Pineda Gochi y Mely Romero Celis (PRI) el 23 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Rural, de Autosuficiencia Alimentaria y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor.

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
44   Decreto por el que se reforman los artículos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Febrero-2016
- Seguridad Social

Fecha de dictamen:
16-Febrero-2016

Publicación en el DOF:
24-Marzo-2016
Establecer que los trabajadores podrán recibir créditos del Fondo de Vivienda hasta por dos ocasiones, una vez que el primer crédito se encuentre totalmente liquidado. Para el caso del otorgamiento del segundo crédito, los trabajadores deberán cumplir con los mismos requisitos que para el otorgamiento del primer crédito, relativos a contar con más de dieciocho meses de depósitos constituidos a favor del trabajador en el Subcuenta del Fondo de Vivienda y demostrar que el primer crédito se encuentra totalmente liquidado y que fue pagado de manera regular. La Junta Directiva del Instituto incluirá las reglas operativas que al efecto emita, los términos, modalidades, proporciones y condiciones bajo las cuales se otorgue el segundo crédito. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA) el 01 de abril de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 06 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 333 votos a favor, 26 en contra y 12 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 65 votos.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor y 5 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2016.
45   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión, declara el día 09 de mayo de cada año, como el "Día Nacional de la Salud Materna y Perinatal".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Febrero-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
16-Febrero-2016

Publicación en el DOF:
24-Marzo-2016

Declarar el 9 de mayo de cada año como "Día Nacional de la Salud Materna y Perinatal". 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Diva Hadamira Gastélum Bajo, Cristina Díaz Salazar, Hilda Esthela Flores Escalera, Juana Leticia Herrera Ale, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza y Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (PRI) el 18 de marzo de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2016.
46   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión, declara el día 8 de Noviembre de cada año, como el "Día del Urbanista Mexicano".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Febrero-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
16-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
11-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
7-Noviembre-2016

Declarar el 8 de noviembre de cada año, "Día del Urbanista Mexicano". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Lorenzo Rivera Sosa (PRI) el 11 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Urbanoy Ordenación Territorial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de noviembre de 2016.
47   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de Puertos; de Aeropuertos; y Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Febrero-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2016
- Infraestructura

Fecha de dictamen:
18-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
8-Junio-2016
Establecer que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes deberá tramitar ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, la opinión favorable sobre la rentabilidad económica del otorgamiento de títulos de concesión o resolución de prórrogas en materia de caminos, puentes, autotransporte federal, puertos, aeropuertos y del servicio ferroviario. Incluir como atribución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público elaborar el registro en la cartera de programas y proyectos de inversión en caso de que se consideren recursos públicos federales como parte de su financiamiento; y la determinación de las contraprestaciones que el concesionario deba cubrir al gobierno federal. 1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal del 10 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 403 votos a favor y 33 en contra

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público; de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de junio de 2016.
48   Decreto por el que se reforma el primer párrafo y se adiciona un segundo a la fracción V del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
12-Julio-2018

Incluir como derecho de las personas adultas mayores sus capacidades económicas y ser sujetos de acciones y políticas públicas de las instituciones federales, estatales y municipales, para fortalecer su plena integración social. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Érika Irazema Briones Pérez (PRD) el 10 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2018
49   Decreto por el que se adiciona una fracción XXI al artículo 10 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2016
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2016

Incluir como objetivo de la Política Nacional sobre personas adultas mayores, promover programas especiales para ampliar la cobertura de espacios de asistencia integral para las personas adultas mayores. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI), el 08 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Primera.
50   Decreto por el que se reforma el artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2016
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2016

Establecer que el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, impulsara mecanismos para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad. 1. Iniciativa presentada por las Dip. Yolanda de la Torre Valdez y Claudia Edith Anaya Mota (PRI), el 03 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de febrero de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Primera.
51   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Febrero-2016
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
25-Febrero-2016

Publicación en el DOF:
24-Marzo-2016
Promover el respeto a los derechos humanos al interior de la Administración Pública Federal, sustituyendo el concepto de violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales por el de violaciones a los derechos humanos; incluir dentro de las obligaciones de los servidores públicos el observar buena conducta en el empleo con respeto, diligencia, igualdad y sin discriminación a las personas con las que tenga relación con motivo de esté; promover un trato digno, de respeto y no discriminación hacia las personas con las que se relacione con motivo laboral; y, abstenerse de autorizar a sus subordinados a no asistir sin causa justificada, o en su caso, no otorgar indebidamente licencias de maternidad o paternidad. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Diva Hadamira Gastélum Bajo, Hilda Esthela Flores Escalera, María Cristina Díaz Salazar, Juana Leticia Herrera Ale, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza y Mayela María Quiroga Tamez (PRI) el 26 de febrero de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2016.
52   Decreto por el que se establecen las características de una Moneda Conmemorativa del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el 5 de febrero de 1917.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Febrero-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
25-Febrero-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016

Emitir una moneda conmemorativa por el Centenario de la promulgación de la Constitución de 1917. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Alberto Martínez Urincho, María Cristina Teresa García Bravo y Carlos Hernández Mirón (PRD), el 15 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y es Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 91 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
53   Decreto por el que se abroga la Ley para la Depuración y Liquidación de Cuentas de la Hacienda Pública Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Febrero-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
25-Febrero-2016

Abrogar la Ley para la Depuración y Liquidación de Cuentas de la Hacienda Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1950. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Eloísa Chavarrias Barajas (PAN) el 04 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 388 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y es Estiudios Legislativos Segunda.
54   Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 52 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
1-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Abril-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
1-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
6-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Mayo-2017
Ampliar la temporalidad a un plazo de 7 días de permanencia para el extranjero nacional o residente de los países vecinos para ingresar a las regiones fronterizas con derecho a entrar y salir de las mismas cuantas veces lo deseen, y que no cuenten con permiso para recibir remuneración. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Enrique Zamora Morlet (PVEM), el 6 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 1 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2017.
55   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
1-Marzo-2016
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
1-Marzo-2016

Incluir los términos discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades, como conceptos no excluyentes para el reconocimiento de los derechos humanos de los migrantes y a los cuales deberá sujetarse la política migratoria del Estado mexicano. Establecer que los extranjeros no necesitarán visa cuando estén en tránsito aéreo hacia un tercer país y cuya conexión no exceda de un término de veinticuatro horas. Las autoridades migratorias deberán emitir su resolución por escrito, debidamente fundada y motivada cuando determinen negativa a la internación regular de extranjeros a territorio nacional. Establecer que el servidor público que niegue a los migrantes, sin mediar causa justificada o de fuerza mayor, la prestación de los servicios o el ejercicio de sus derechos, se hará acreedor a una multa de veinte a mil Unidades de Medida y Actualización y a la destitución del puesto. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Miguel Alva y Alva (MORENA), el 14 de octubre de 2015.

2. Iniciativa presentada por el Dip. Felipe Reyes Alvarez (PRD), el 20 de enero de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 01 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 426 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y Estiudios Legislativos.
56   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Marzo-2016
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
3-Marzo-2016

Establecer que en el caso de licitación pública para la
adquisición de bienes, arrendamientos o servicios que
utilicen la evaluación de puntos y porcentajes, éstos se
otorgarán a la empresa que cuente con trabajadores jóvenes en el rango de edad de 18 a 25 años, cuando menos en una porción del cinco por ciento de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, condición que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Las dependencias y entidades deberán recurrir primero al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), o a los Consejos Estatales de Ciencia y Tecnología para contratar asesorías, estudios e investigaciones. Las dependencia o entidades podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y
servicios sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa cuando se trate adquisiciones, arrendamientos o servicios cuya contratación se realice con artesanos y ganaderos considerados como pequeños productores afiliados al régimen de incorporación fiscal.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Omar Noé Bernardino Vargas (PVEM) el 29 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 3 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos Segunda.
57   Decreto por el que se declara el año "2016, Centenario de los Congresos Feministas de Yucatán".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Marzo-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
29-Septiembre-2016

Publicación en el DOF:
8-Noviembre-2016

Declarar el año "2016, Centenario de los Congresos
Feministas de Yucatán".
1. Iniciativa presentada por la Dip. Lucely del Perpetuo Socorro Alpízar Carrillo (PRI), el 03 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 3 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016. Aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de noviembre de 2016
58   Decreto por el que se adicionan las fechas 16 de enero "Aniversario del nacimiento de Mariano Escobedo, en 1826" al inciso a); y 22 de mayo "Aniversario de la muerte de Mariano Escobedo, en 1902" al inciso b) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Gobernación (Armas de Fuego, Himno y Bandera, Cultos, Juegos y Sorteos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Marzo-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
3-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
11-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
1-Diciembre-2016
Izar la Bandera Nacional a toda asta el 16 de enero de cada año en conmemoración del nacimiento de Mariano Escobedo, en 1826; y a media asta el 22 de mayo de cada año, en conmemoración de la muerte de Mariano Escobedo, en 1902. 1. Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Nuevo León, el 22 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 3 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de diciembre de 2016.
59   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 3 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Marzo-2016
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
8-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
7-Abril-2016
Establecer que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas regirá sus acciones incluyendo también la promoción de igualdad para las mujeres indígenas. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Aída Fabiola Valencia Ramírez (MC) el 29 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 427 votos.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2013 (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 3 de febrero de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 418 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de abril de 2016.
60   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
8-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Añadir como facultad de la Secretaría de Cultura definir y difundir en las políticas culturales la equidad de género y no exclusión entre hombres y mujeres y el pleno respeto a los derechos humanos; incluir en los programas culturales de todas las disciplinas artísticas aspectos que fomenten la cultura de una vida libre de violencia contra las mujeres y el respeto a su dignidad; garantizar acciones y mecanismos de participación de las mujeres en todos los programas y actividades de la propia Secretaría; promover el derecho de las niñas y mujeres para realizar actividades creativas sin perjuicio de género; propiciar la investigación de los procesos creativos de las disciplinas artísticas encaminada a crear modelos de atención de violencia contra las mujeres en el ámbito profesional; promover un sentido crítico en actividades culturales que tengan referencias relacionadas con la violencia contra las mujeres o contribuyan a la promoción de estereotipos que discriminen negativamente y fomenten la desigualdad entre mujeres y hombres, sin menoscabo del derecho de autores, intérpretes o ejecutantes. 1. Iniciativa presentada por los Dips. Norma Rocío Nahle García y Virgilio Dante Caballero Pedraza (MORENA), el 22 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 401 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 101 votos a favor.

6.Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
61   Decreto por el que se reforma el artículo 42 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Marzo-2016
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
10-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
7-Abril-2016
Establecer que los Centros de Atención deberán contar también con equipos portátiles y fijos contra incendios, de acuerdo con los reglamentos establecidos por la Federación, las entidades federativas y el Distrito Federal; todas las instalaciones y equipos de esos centros deberán observar la clasificación de riesgos establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 09 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de abril de 2016.
62   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Marzo-2016
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
10-Marzo-2016

Incluir como derecho de las niñas, niños y adolescentes el derecho a la paz. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hugo Cabrera Ruiz (PRI) el 01 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 416 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y Estudios Legislativos.
63   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Marzo-2016
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
10-Marzo-2016

Implementar diversas acciones a cargo de los tres órdenes de gobierno a fin de garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia, implementando políticas públicas tendientes a garantizar espacios públicos libres de violencia, así mismo; campañas de sensibilización destinadas a prevenir, atender y erradicar la violencia contra las mujeres en la comunidad; y garantizando un transporte público seguro para las mujeres. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Erika Irazema Briones Pérez (PRD) el 05 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos Primera.
64   Decreto por el que se adiciona una fracción VI al artículo 61 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Marzo-2016

Incluir dentro de la atención materno-infantil la orientación alimenticia que debe tener la mujer durante el embarazo y el puerperio. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Claudia Sofía Corichi García (MC) el 14 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 426 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de de Salud y de Estudios Legislatvos.
65   Decreto por el que se reforma el artículo 268 Bis-1 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Marzo-2016

Prohibir los tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones en puestos semifijos o ambulantes y a personas menores de 18 años de edad. En caso de ser menor de edad deberá estar acompañado de uno de sus padres o tutor, o en su caso, contar con la autorización por escrito. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Luis Orozco Sánchez Aldana (PRI) el 19 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 426 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de de Salud y de Estudios Legislatvos.
66   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Fomento Cooperativo y Economía Social

Fecha de dictamen:
15-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Establecer que las sociedades de solidaridad social se constituyen sin fines de lucro, sustituir el concepto de "explotación racional" por el de "explotación sustentable" de los recursos naturales, disminuir de 15 a 5 el número de socios requerido para constituir una sociedad de solidaridad social, actualizar el nombre de la Secretaría interviniente sustituyendo "Secretaría de la Reforma Agraria" por "Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", actualizar la ley educativa sustituyendo la "Ley Nacional de Educación para Adultos" por la Ley General de Educación. Establecer que en caso, de recibir estímulos, franquicias o subsidios públicos las sociedades deben sujetarse a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en la materia, así como informar sobre su uso y resultados derivados de los mismos a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la cual llevará para estos fines un registro de las sociedades constituidas y de aquéllas que reciban estímulos, franquicias o subsidios públicos para el fomento de sus actividades, garantizando así la transparencia y rendición de cuentas sobre acciones y recursos públicos. 1. Iniciativa presentada por la Diputada Eloisa Chavarrias Barajas (PAN) el 27 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 408 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
67   Decreto por el que se Expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Marzo-2016
- Dispensa de Trámites

Fecha de dictamen:
17-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
27-Abril-2016
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria que regirán a las entidades federativas y los municipios, así como a sus respectivos entes públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 19 de agosto de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 325 votos a favor, 1 en contra y 34 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor, 9 en contra y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de marzo de 2016, se le dispensarón todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 382 votos a favor y 32 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016.
68   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Abril-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
17-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
19-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Crear bajo el principio de inclusión e igualdad sustantiva, programas de capacitación, asesoría y apoyo a los maestros que atiendan alumnos con discapacidad y con aptitudes sobresalientes, permitiendo al educando su plena inclusión y participación en la sociedad. Proceso Legislativo:

MINUTA 1.

1. Iniciativas Consideradas en el dictamen.

A. Iniciativa presentada por la Dip. Paz Gutiérrez Cortina, (PAN) el 14 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

B. Iniciativa presentada por los Diputados María de Jesús Aguirre Maldonado y Eduardo Alonso Bailey Elizondo, (PRI) el 4 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

C. Iniciativa presentada por la Dip. Nely Edith Miranda Herrera, (PRI) el 24 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 23 de febrero de 2012. Se aprobó por 305 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones. (LXI Legislatura)

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del Art. 72 de la CPEUM.

4. Minuta Recibida en la Cámara de Senadores 28 de febrero de 2012.

MINUTA 2

1. Iniciativas Consideradas en el dictamen.

A. Iniciativa presentada por los Senadores Silvano Aureoles Conejo, José Luis Máximo García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro y Lázaro Mazón Alonso (PRD) el 25 de noviembre de 2014. (LXI Legislatura)

B. Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón, (PRI) el 12 de mayo de 2010. (LXI Legislatura)

C. Iniciativa presentada por el Sen. María del Socorro García Quiroz, (PRI) el 5 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

D. Iniciativa presentada por el Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, (PAN) el 13 de julio de 2010. (LXI Legislatura)

E. Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón, (PRI) el 10 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 14 de Diciembre de 2011. Se aprobó por 72 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones. (LXI Legislatura)

3. Se turna a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del Art. 72 de la CPEUM.

4. Minuta Recibida en la Cámara de Diputados 1 de febrero de 2012.

5. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2013. Se aprobó por 382 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. (LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta Recibida en la Cámara de Senadores 30 de abril de 2013.

8. Debido a la coincidencia normativa de ambos proyectos, por acuerdo de las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Educación del Senado de la República, se dictaminan las dos Minutas correspondientes,

9. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 14 de Diciembre de 2014. Se aprobó por 105 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones. (LXII Legislatura)

10. Se devolvió a la cámara de diputados, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

11. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de febrero de 2015.

12. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor.

13. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

14. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos Segunda.

15. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 95 votos a favor.

16. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

17. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
69   Decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
20-Septiembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
29-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
20-Septiembre-2016

Publicación en el DOF:
4-Octubre-2016
Crear la Comisión Ordinaria de la Ciudad de México y eliminar la Comisión del Distrito Federal. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Cecilia Guadalupe Soto González (PRD), y suscrita por integrantes de la Comisión del Distrito Federal, el 16 de febrero de 2016.

2. Iniciativa presentada por la Dip. Sharón María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), el 27 de enero de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor y 30 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de marzo de 2016. se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 20 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor y 1 abstención.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de octubre de 2016.
70   Decreto que reforma el artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Radio, Televisión y Cine


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2016
- Radio y Televisión

Fecha de dictamen:
29-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Establecer que las radiodifusoras podrán hacer uso de cualquiera de las lenguas nacionales, las concesiones de uso indígena podrán hacer uso de la lengua del pueblo originario que corresponda. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de marzo de 2016. se turnó a las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
71   Decreto por el que reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Marzo-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
31-Marzo-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Establecer que en la atención médica los prestadores de servicios de salud podrán apoyarse de las Guías de Práctica Clínica, de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas emitidas la Secretaría de Salud. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. María Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Hilda Esthela Flores Escalera, Lilia Merodio Reza, Claudia Pavlovich Arellano, Leticia Herrera Ale, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM) el 27 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
72   Decreto por el que se adiciona el artículo 53 Bis a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Marzo-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
31-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
10-Mayo-2016
Establecer que los prestadores de servicio de salud, para efectos de identificación de usuarios de los servicios de salud, incluyendo los derechohabientes de los organismos de seguridad social, podrán implementar registros biométricos y otros medios de identificación electrónica. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2016.
73   Decreto por el que se reforma la fracción II Bis del artículo 64 de la Ley General de Salud, en materia de bancos de leche.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Marzo-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
31-Marzo-2016

Publicación en el DOF:
10-Mayo-2016
Establecer que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil las autoridades sanitarias establecerán al menos un banco de leche humana por cada entidad federativa en alguno de los establecimientos de salud que cuente con servicios neonatales. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Cristina Olvera Barrios (NA), el 28 de mayo de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 345 votos y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de noviembre de 2014.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de diciembre de 2015.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 421 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2016.
74   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 177 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Marzo-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
31-Marzo-2016

Establecer que en el caso de discapacidad auditiva, se garantizará a los niños menores de tres años, atención gratuita y prioritaria mediante los avances científicos existentes e implantes cocleares. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Guadalupe Hernández Alcalá (PRD), el 27 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
75   Decreto por el que se reforman los artículos 19 y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Marzo-2016
- Deporte

Fecha de dictamen:
31-Marzo-2016

Adicionar como facultad de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) el establecer, conforme al programa sectorial, políticas específicas en materia de cultura física y deporte para el desarrollo e integración de los adultos mayores. Incluir como atribución de la CONADE el formular programas para promover la cultura física y deporte para los adultos mayores. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Adrián González Navarro (PAN) el 10 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
76   Decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 2o. de la Ley General de Asentamientos Humanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Urbano y Metropolitano


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2016
- Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

Fecha de dictamen:
5-Abril-2016

Precisar el concepto de "Desarrollo Urbano Sustentable" como el proceso de planeación y regulación que permitan satisfacer las necesidades básicas de los centros de población: alimentación, salud, educación, trabajo, cultura y vivienda en un ambiente armónico, en el que se respeten los derechos humanos de las personas con estricta observancia a la preservación del medio natural que los rodea. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Alberto Couttolenc Buentello (PVEM), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
77   Decreto por el que se reforma el artículo 18 de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2016
- Turismo

Fecha de dictamen:
5-Abril-2016

Establecer que la Secretaría de Turismo diseñara, aplicara y fomentará una Política Nacional que atienda al Turismo accesible, en la cual deberá tomar en cuenta el fomento a la infraestructura accesible, programas de calidad turística con criterios de accesibilidad e inclusión, e impulsar a los destinos turísticos a que faciliten el uso y disfrute de su infraestructura a personas con discapacidad. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) el 01 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Miniuta recibida en la Cámara de Senadore el 07 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y de Estudios Legislativos Primera.
78   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Agraria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Reforma Agraria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Abril-2016
- Reforma Agraria

Fecha de dictamen:
7-Abril-2016

Modificar el nombre de Secretaría de la Reforma Agraria, por el de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Oscar García Barrón (PRI), el 09 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Miniuta recibida en la Cámara de Senadore el 12 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos.
79   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Abril-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
7-Abril-2016

Publicación en el DOF:
10-Mayo-2016
Establecer que no se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años y sin que se acredite ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que el ecosistema se ha regenerado.

Establecer que se considerará como infracción realizar cualquier actividad o uso distintos a la restauración o al manejo forestal sustentable, en terrenos incendiados dentro de los 20 años siguientes a que haya ocurrido un incendio, esta infracción será sancionada con multa de 150 a 30,000 días de salario mínimo.
1. Iniciativa presentada por la Dip. Alma Lucia Arzaluz Alonso (PVEM) el 22 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 01 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 416 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de marzo de 2016.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 415 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2016.
80   Decreto por el que se adiciona un numeral 3 al artículo 283 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
12-Abril-2016

Publicación en el DOF:
15-Abril-2016
Investigaciones Parlamentarias, en el ámbito de sus atribuciones, podrá crear y organizar una academia de formación de cuadros y personal parlamentarios denominada Academia de Gobierno y Derecho Parlamentario, que podrá actuar interinstitucionalmente con instancias afines, y cuyos programas se establecerán considerando las observaciones y opiniones de la Instituciones Nacionales Públicas de Educación Superior. 1. Iniciativa presentada por los Diputados César Octavio Camacho Quiroz y Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI), el 10 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor y 1 abstención.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de 2016.
81   Decreto por el que se reforma el primer párrafo y se adiciona un quinto párrafo al artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Abril-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
12-Abril-2016

Publicación en el DOF:
13-Mayo-2016
Facultar a la Procuraduría de Protección al Consumidor, para que, en el análisis y verificación de la información o publicidad, comprobará que la misma sea veraz, comprobable, clara y apegada a la Ley. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Graciela Ortiz González, Blanca Alcalá Ruíz, Marcela Guerra Castillo y Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) el 4 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
82   Decreto por el que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Febrero-2019
- Economía

Fecha de dictamen:
12-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
19-Febrero-2019

Establecer que queda prohibido incluir en la información o publicidad en la que se comercialice un producto o servicio, toda leyenda o información que indique que han sido avalados, aprobados, recomendados o certificados por sociedades o asociaciones profesionales, cuando éstas carezcan de la documentación apropiada que soporte la evidencia científica, objetiva y fehaciente, las cualidades o propiedades del producto o servicio. 1. Iniciativa presentada por el Senador Tomás Torres Mercado (PRD) en la Cámara de Senadores el 25 de septiembre de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 08 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 104 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 409 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 19 de febrero de 2019, proyecto de decreto aprobado en votación nominal por 117 votos a favor.

9. Comuníquese a la Cámara de Diputados y archivese como asunto totalmente concluido.
83   Decreto por el que se reforman los artículos 121 y 135 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Abril-2016
- Deporte

Fecha de dictamen:
14-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Establecer que será el Comité Nacional Antidopaje la única autoridad deportiva facultada para recolectar muestras biológicas y en su caso, iniciar la investigación para los resultados adversos o atípicos. Explicitar que el laboratorio central antidopaje se denominará Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje, cuando se trate de eventos internacionales y la autoridad de gestión de los resultados tenga carácter internacional, se deberá observar el mandato del Código Mundial Antidopaje. 1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 05 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 409 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor y 4 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
84   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 53, 54, 55, 122 y 127 de la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Abril-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Abril-2016

Publicación en el DOF:
13-Mayo-2016
Establecer la prohibición de la exportación del marfil, en cualquiera de sus tipos y derivados, cuando no cumplen con los tratados internacionales de los que México es parte y con la legislación aplicable y se busca establecer infracciones a quien importe, exporte, reexporte y comercialice dicho material. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 09 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
85   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Abril-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Abril-2016

Publicación en el DOF:
13-Mayo-2016
Incluir dentro de la facultad de las autoridades competentes promover la incorporación de contenidos ecológicos, hacia el desarrollo sustentable, mitigación, adaptación y reducción de la vulnerabilidad al cambio climático y protección del ambiente, en los diversos ciclos educativos. 1. Iniciativa suscrita por la Sen. Diva Hadamira Gastélum Bajo el 25 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 16 de abril de 2015, aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 21 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
86   Decreto por el que adiciona un segundo párrafo al artículo 60 Bis1 a la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Abril-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Abril-2016

Publicación en el DOF:
13-Mayo-2016
Prohibir el aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comercial, de las especies de tiburón blanco, tiburón ballena, tiburón peregrino, pez sierra peine y pez sierra de estero, autorizar su captura para actividades de restauración, repoblamiento y de reintroducción de dichas especies en su hábitat natural. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 09 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 27 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 386 votos a favor y 9 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
87   Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2016
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
19-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
21-Abril-2016

Publicación en el DOF:
9-Mayo-2016
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de proveer lo necesario en el ámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la Información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos federales o realice actos de autoridad en los términos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. 1. Iniciativas Consideradas:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Pablo Escudero Morales (PVEM), María Cristina Díaz Salazar (PRI), Roberto Albores Gleason (PRI) y Miguel Ángel Chico Herrera (PRI) el 29 de julio de 2015. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores
Laura Angélica Rojas Hernández y Alejandro Encinas Rodríguez (PT) el 05 de agosto de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos a favor, 6 en contra y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 383 votos a favor, 1 en contra y 32 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda.

8. Se le dispensarón todos los trámites en votación nominal y se sometió a discusión y votación de inmediato, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 72 votos a favor y 4 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de mayo de 2016.
88   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Abril-2016
- Vivienda

Fecha de dictamen:
20-Abril-2016

Publicación en el DOF:
27-Abril-2016
Establecer que la cantidad básica con la que se integrará el interés anual para las subcuentas de vivienda se obtendrá con base en las tasas aplicables a cada una de las denominaciones que integren los activos financieros del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores, la proporción asociada a los créditos hipotecarios denominados en Salarios Mínimos, será la que resulte del incremento al Salario Mínimo sin que pueda exceder la tasa de incremento porcentual a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el mismo periodo; la proporción asociada a los créditos hipotecarios denominado en Pesos, será la tasa de interés nominal anual que resulte de promediar de manera aritmética, los incrementos anuales que hubiese observado el Índice Nacional de Precios al Consumidor durante los últimos cinco años calendario; para la proporción asociada a los activos financieros se aplicará el retorno del portafolio de referencia que haya aprobado para tal fin el Consejo de Administración a través del Comité de Inversiones o cualquier otro órgano colegiado designado para la gestión de las inversiones del Instituto. Los créditos otorgados a los trabajadores en veces salario mínimo, en el evento de que el salario mínimo se incremente por encima de la Unidad de Medida y Actualización y el Instituto no podrá actualizar el saldo en moneda nacional a una tasa que supere el crecimiento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización durante el mismo año. El Instituto podrá otorgar, a solicitud del trabajador, créditos en Unidad de Medida y Actualización. Las infracciones que cometan los patrones en perjuicio de los trabajadores, se castigarán con multas por el equivalente de tres a trescientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores María Elena Barrera Tapia, Joel Ayala Almeida, Angélica Araujo Lara, Isaías González Cuevas, Jesús Casillas Romero, Hilda Flores Escalera, Itzel Ríos de La Mora, Anabel Acosta Islas, Lilia Merodio Reza, Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Silvia Garza Galván, Javier Lozano Alarcón, Erika Ayala Ríos, César Octavio Pedroza Gaitán, María Hilaria Domínguez Arvizu, María Lucero Saldaña Pérez, Manuel Cárdenas Fonseca, Carmen Dorantes Martínez y Rosa Adriana Díaz Lizama, integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 07 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 373 votos a favor y 33 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016.
89   Decreto por el que se adiciona un Título Séptimo con un Capítulo Único y los artículos 145, 146 y 147 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
20-Abril-2016

Incluir en la Ley un Título denominado "De la transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, archivo y apertura gubernamental". Establecer que toda la información del Congreso de la Unión y de cada una de sus Cámaras es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijan las leyes. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso a la información pública del Congreso de la Unión y de cada una de sus Cámaras, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. Establecer que para la conducción de las actividades y políticas en materia del derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, archivo, transparencia y apertura gubernamental del Congreso de la Unión y cada una de sus Cámaras, constituirán una Comisión Bicamaral de Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Gobierno Abierto. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González (PRI), Javier Corral Jurado (PAN), Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), Laura Angélica Rojas Hernández (PAN), Zoé Robledo Aburto (PRD), Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM) y Manuel Bartlett Díaz (PT), el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 3 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 418 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos.
90   Decreto por el que se reforman los artículos 13, 51, 53 y 69 de la Ley General de Educación, en materia de calendario escolar.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Abril-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
21-Abril-2016

Publicación en el DOF:
9-Mayo-2016
Autorizar, previa verificación del cumplimiento de los lineamientos emitidos por la autoridad educativa federal, los ajustes que realicen las escuelas al calendario escolar determinado por la Secretaría para cada ciclo lectivo de educación básica y normal y demás para la formación de maestros de educación básica. La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la República, para cada ciclo lectivo de la educación básica y normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener un mínimo de ciento ochenta y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos. Incluir que las autoridades escolares, previa autorización de la autoridad educativa local, podrán ajustar el calendario escolar previendo las medidas para cubrir los planes y programas aplicables. La autoridad educativa de cada entidad federativa publicará en el órgano informativo oficial de la propia entidad, las autorizaciones de ajustes al calendario escolar. Dichos ajustes deberán prever las medidas para cubrir los planes y programas aplicables. 1. Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 17 de marzo de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 07 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos a favor y 2 votos en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 12 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor, 54 en contra y 10 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de mayo de 2016.
91   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar y se Expide el Código Militar de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Abril-2016
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
21-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
16-Mayo-2016
Suprimir los consejos de Guerra y crear los juzgados militares de control y tribunales militares de juicio oral, la Procuraduría General de Justicia Militar se transforma en Fiscalía General de Justicia Militar. Crear la Coordinación de Servicios Periciales y Ciencias Forenses con el objeto de otorgar servicios periciales tanto al Ministerio Público como a la Defensa. Establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, que se repare el daño y, mediante la ejemplaridad de la pena, prevenir que se vuelva a cometer, contribuyendo a la protección de la disciplina militar, asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos. 1. Dos iniciativas presentadas por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI), el 23 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 253 votos a favor, 67 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia, Defensa Nacional, de Marina y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 78 votos a favor y 24 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federacoón el16 de mayo de 2016.
92   Decreto por el que se reforma el artículo 9 del Decreto por el que se autoriza la suscripción del Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y que Establece bases para su ejecución en México.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016

Establecer que la Cámara de Senadores deberá autorizar al Gobierno Federal para la terminación, denuncia, suspensión, modificación, enmienda, retiro de reservas y formulación de declaraciones interpretativas del Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones. Autorizar al Gobierno Federal para que por conducto del Banco de México efectúe la suscripción adicional de 207 acciones de la Corporación Interamericana de Inversiones hasta por el equivalente 2,070,000 (dos millones setenta mil) dólares de los Estados Unidos de América y autorizar al Ejecutivo Federal para actualizar la suscripción adicional de acciones de la Corporación Interamericana de Inversiones hasta por los montos máximos autorizados. 1. Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 19 de agosto de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 10 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos en pro.

3. Pasa a la Cámara Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de marzo de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 421 votos a favor y 31 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
93   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Diciembre-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
4-Diciembre-2018

Establecer que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente propondrá a las autoridades competentes, programas para difundir la cultura tributaria, a partir de las bases que para tales efectos expida su órgano de gobierno. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Luis Alfredo Valles Mendoza (NA), el 01 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos por 436 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 107 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
94   Decreto por el que se adiciona una fracción XII al artículo 6o. y un tercer párrafo al artículo 66 de la Ley General de Salud, en materia de acoso y violencia escolar.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Establecer que el Sistema Nacional de Salud tendrá como objetivo promover la creación de programas de atención integral para la atención de las víctimas y victimarios de acoso y violencia escolar, en coordinación con las autoridades educativas. En el diseño de las Normas Oficiales Mexicanas las autoridades sanitarias podrán promover mecanismos de atención a las víctimas y victimarios del acoso y la violencia escolar. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María Cristina Díaz Salazar (PRI), el 24 de julio de 2013. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 444 a favor y 1 en contra

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
95   Decreto por el que por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 70 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Establecer que la Secretaría de Salud en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, impulsará acciones en materia de educación sexual y planificación familiar dirigida a la población adolescente. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María Cristina Díaz Salazar, Miguel Romo Medina, Lucero Saldaña Pérez (PRI) y Luisa María Calderón Hinojosa (PAN) el 14 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 441 a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
96   Decreto por el que por el que se reforma la fracción III del artículo 112 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Incluir como objeto de la educación para la salud la prevención, diagnóstico y control de las enfermedades cardiovasculares. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Hilda Esthela Flores Escalera (PRI) el 21 de mayo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 438 a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
97   Decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 134 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Incluir al virus del papiloma humano como enfermedad de trasmisión sexual sobre la cual la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas deberán realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y de control. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Sens. María Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Hilda Esthela Flores Escalera, Lilia Merodio Reza, Claudia Pavlovich Arellano, Leticia Herrera Ale, Itzel Sarahí Ríos de la Mora (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM) el 06 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre 2015. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 437 a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
98   Decreto por el que se reforma el artículo 7o. de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Establecer que los directores de área del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, podrán ser civiles o militares en activo del Ejército, la Fuerza Aérea o la Armada de México, en ambos casos deberán cumplir con los perfiles establecidos. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Edith Anabel Alvarado Varela (PRI), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 441 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Defensa Nacional, de Marina, de Seguridad Social y de Estudios Legislativos.
99   Decreto por el que se adiciona el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Abril-2017
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
26-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
4-Abril-2017

Publicación en el DOF:
24-Mayo-2017
Establecer que se podrán mancomunar los crédito de cónyuges que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por actividad laboral sean beneficiarios de créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Comisión Nacional de Vivienda o de cualquier otra institución de seguridad social que otorgue esta prestación a cónyuges o concubinos de militares para adquirir vivienda; así como para la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones o al pago de los pasivos que tengan por conceptos anteriores. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Claudia Sánchez Juárez (PAN), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 439 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Defensa Nacional, de Marina, de Seguridad Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 04 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Ofical de la Federación el 24 de mayo de 2017.
100   Decreto por el que se expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y se adiciona el artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto, en el marco de la planeación nacional del desarrollo, regular la planeación, el establecimiento y la operación de Zonas Económicas Especiales para impulsar el crecimiento económico sostenible social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 29 de septiembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 366 votos a favor, 1 en contra y 54 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, con opinión de las comisiones especiales Sur-Sureste y de Productividad.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 66 votos a favor, 8 en contra y abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2016.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 389 a favor y 31 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
101   Decreto por el que se reforman los artículos 15, 22 y 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
10-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
10-Abril-2018

Sustituir los términos "Estados" y "Distrito Federal" por los de "Entidades Federativas" y "Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Práctivas Parllamentarias y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 10 de abril de 2018. Desechado en votación nominal por 74 votos a favor y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM
102   Decreto por el que se reforman los artículos 9, 12 y 59 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Publicación en el DOF:
4-Mayo-2016
Sustituir los términos "Estados" y "Distrito Federal" por los de "Entidades Federativas" y Ciudad de México". 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM) el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016.
103   Decreto por el que se reforma el numeral 1 y adiciona el numeral 2 del artículo 97 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Publicación en el DOF:
4-Mayo-2016
Facultar a la Junta Directiva de cada Comisión, para circular a los diputados en formato impreso o electrónico, en un plazo máximo de 24 horas a partir de su aprobación en el seno de la Comisión, el dictamen o la opinión que se turnará al pleno de la Cámara para su discusión y eventual aprobación. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Santiago Torreblanca Engell (PAN), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016.
104   Decreto por el que se reforma los artículos 239 y 241 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Publicación en el DOF:
13-Mayo-2016
Precisar que la Gaceta Parlamentaria será el órgano oficial de difusión electrónico de la Cámara, por lo que los días de sesión estará disponible en cada curul. Asimismo, señala que la versión impresa solamente se entregará a petición de los y las diputadas que los soliciten. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC) el 10 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 429 votos a favor.

3. Pubííquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
105   Decreto por el que se adiciona un numeral 3, al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de mérito deportivo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Publicación en el DOF:
13-Mayo-2016
Establecer que la Cámara de Diputados otorgará anualmente la medalla de reconocimiento al mérito deportivo a ciudadanos nacionales, destacados por su actuación y trayectoria en el deporte mexicano, o a aquellos destacados por el fomento, la protección o el impulso del deporte social, de conformidad con lo que establece el decreto de su creación, así como el Reglamento que regula su entrega. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Ramos Hernández (PAN), el 07 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos a favor.

3. Pubííquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2016.
106   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Considerar como objetivo de la Política Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres, propiciar la igualdad de oportunidades para las mujeres en el uso y aprovechamiento de sus propiedades para su beneficio. Garantizar el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres con relación a los derechos reales de propiedad, así como el uso y disfrute de tierras y del derecho fundamental a la no discriminación en materia agraria. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Martha Lorena Covarrubias Anaya (PRI) el 30 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 434 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
107   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Crear el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos y Delitos de Violencia contra las Mujeres. Establecer que será responsabilidad de la Secretaría de Gobernación el coordinar, integrar y actualizar dicho Banco; determinar que la Secretaría de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Seguridad, las Secretarías de Salud, de Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, la Procuraduría General de la República y entidades federativas deberán proporcionar de manera periódica la información completa y oportuna al sistema en comento; asimismo, los estados tendrán que crear un Banco estatal en el mismo sentido. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA), 03 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 410 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.
108   Decreto por el que se reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Incluir dentro de las acciones para la adaptación y la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional y los programas respectivos, el desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN) el 17 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2015, aprobado por 90 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 30 de abril de 2015. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 418 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
109   Decreto por el que se adiciona una fracción VII y un párrafo final al artículo 49 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Prever que la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático contará con un Grupo de trabajo de Educación en materia de cambio climático, el cual deberá ser coordinado por el representante de la Secretaría de Educación Pública. De manera concreta, fomentará la inclusión de información sobre la materia en el contenido de los materiales educativos. 1. Iniciativa suscrita por el Diputado Tomás Roberto Montoya Díaz (PRI), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda, con opinión de Cambio Climático.
110   Decreto por el que se reforma la fracción X del artículo 47 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Considerar en la formulación de la política nacional de cambio climático, impulsar acuerdos internacionales que favorezcan la inclusión del medio ambiente global y la coexistencia de todas las formas de vida en el planeta Tierra como un bien jurídico tutelado por el Derecho Internacional. La Comisión consideró realizar modificaciones al artículo 47 de la Ley General de Cambio Climático y no así al artículo 26 como era la intención del proponente. 1. Iniciativa suscrita por el Diputado Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI), el 12 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 415 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda, con opinión de Cambio Climático.
111   Decreto por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Dispensa de Trámites

Fecha de dictamen:
27-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
30-Diciembre-2016
Establecer el método de cálculo que debe aplicar el Instituto Nacional de Estadística y Geografía para determinar el valor actualizado de la Unidad de Medida y Actualización. 1. Iniciativa presentada por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios el 27 de abril de 2016.

2. Se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 368 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2016.
112   Decreto, por el que se adicionan un segundo, tercero y cuarto párrafos a la fracción III del artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Relaciones Exteriores


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Dispensa de Trámites

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Los jefes de oficinas consulares en funciones de Juez del Registro Civil expedirán actas del registro civil a favor de mexicanos con domicilio fuera de territorio nacional, incluyendo actas de nacimiento de los que no fueron registrados en su oportunidad conforme a las disposiciones aplicables. Asimismo, deberán procurar la protección más amplia de los derechos de los mexicanos en el exterior, bajo el principio de no discriminación.

La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá celebrar convenios de coordinación con las entidades federativas, para establecer acciones conjuntas que permitan el adecuado cumplimiento de las funciones del registro civil en las oficinas consulares.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Gabriela Cuevas Barran, Benjamin Robles Montoya, Arturo Zamora Jiménez, Ana Gabriela Guevara Espinoza, Rabindranath Salazar Solario, Mariana Gómez del Campo, Marcela Guerra Castillo, Alejandro Encinas Rodríguez, Dolores Padierna Luna, Javier Corral Jurado y Fidel Demédicis Hidalgo el 19 de febrero de 2015 (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2015, aprobado por 76 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 28 de abril de 2015, se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
113   Decreto por el que se declara el año 2017 como "Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
6-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017

Declarar el año 2017 como "Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos". 1. Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD), el 25 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
114   Decreto por el que se adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Incluir como obligación del patrón otorgar permiso por luto de cuando menos tres días hábiles con goce de sueldo, a las y los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario, estos días serán inmediatos al deceso. El trabajador deberá justificar el evento y dispondrá de quince días hábiles para presentar al patrón, o a quien este designe, el Acta de Defunción correspondiente. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José del Pilar Córdova Hernández (PRI), el 19 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 428 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Prevención Social y de Estudios Legislativos Primera.
115   Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Señalar que no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación en el ingreso, permanencia, promoción y ascenso entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Luz Argelia Paniagua Figueroa (PAN) el 03 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 428 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
116   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Simplificar el juicio contencioso administrativo que garantice el principio de tutela judicial efectiva, implementar del mecanismo de aviso electrónico de las resoluciones contempladas en el boletín jurisdiccional; permitir la utilización de la firma electrónica avanzada para la presentación de demandas; y, reglamentar los términos de operación de dicha notificación y el boletín jurisdiccional. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Arely Gómez González, Dolores Padierna Luna, María del Pilar Ortega Martínez, Teófilo Torres Corzo, Graciela Ortiz González, Ana Lilia Herrera Anzaldo, Marcela Guerra Castillo y Blanca María Alcalá Ruiz el 14 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 17 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 31 de marzo de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
117   Decreto por el que se adiciona una fracción XII al artículo 6o. de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Establecer que el Sistema Nacional de Salud deberá impulsar los servicios de salud para prevenir los embarazos no planeados en adolescentes, así como el contagio de infecciones de transmisión sexual. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez (PVEM), el 04 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 434 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
118   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
1-Junio-2016
Crear un sistema de oposición en materia de solicitudes de propiedad industrial, para lo cual deberán publicarse las resoluciones definitivas emitidas en los procedimientos de declaración administrativa, así como las que modifiquen condiciones o alcance de patentes o registros concedidos, las solicitudes de propiedad, especificando los requerimientos para acreditar la personalidad en las solicitudes de registro de marca, marca colectiva, aviso comercial, renovaciones, inscripciones, cambios de domicilio y ubicación, entre otras. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Senadores integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial el 12 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 432 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicacion en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2016.
119   Decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asilo y condición de refugiados.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
15-Agosto-2016
Reconocer el derecho de toda persona a la condición de refugiado o a solicitar el otorgamiento de asilo político. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Gabriela Cuevas Barrón (PAN) el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente el 13 de julio de 2016.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2016
120   Decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vigilancia del interés superior de la niñas, niños y adolescentes


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Febrero-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
13-Febrero-2018

Establecer que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos deberá velar por que el Estado, salvaguarde y promueva la correcta aplicación y cumplimiento del principio de interés superior de la niñez, y observar que se respeten y garanticen los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Crear una Visitaduría Especial que vigile que en los Centros de Reclusión se garanticen los derechos fundamentales de todos los niños que ahí viven y se adecue su infraestructura para contribuir con su correcto desarrollo. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mónica Rodríguez de la Vecchia (PAN), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 445 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 02 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
121   Decreto por el que se adiciona la fracción XXIX-X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para regular la atención a víctimas como materia concurrente.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
25-Julio-2016
Expedir la Ley General que establezca la concurrencia de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las víctimas. 1. Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por la Sen. Enrique Burgos García (PRI), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 444 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobacion por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente el 29 de junio de 2016.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2016.
122   Decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adicionan sendos artículos 1-bis a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, en materia de protección al ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Incluir los principios de atendiéndose los principios generales de derecho ambiental precautorio, preventivo, de obligatoriedad, para la restauración de daños y de participación informada a efecto de preservar y restaurar el equilibrio ecológico. Añadir diversos principios rectores que servirán de marco para el desarrollo normativo de protección ambiental. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Isaura Ivanova Pool Pech (PRD) el 14 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 446 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
123   Decreto que reforma el artículo 102, apartado B, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autonomía de organismos estatales de derechos humanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Dotar de autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios a los organismos estatales de derechos humanos de las entidades federativas. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), el 04 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 436 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos Primera.
124   Decreto por el se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Fortalecer los derechos de los infantes. Establecer que será derecho de niñas, niños y adolescentes el adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad. Prever que los tres órdenes de gobierno deberán establecer políticas de fortalecimiento familiar para evitar la separación de infantes de su entorno familiar. Precisar que el DIF, en coordinación con las Procuradurías de Protección, deberán otorgar medidas especiales de protección cuando éstos se encuentren en desamparo familiar. Prever el procedimiento que deberá seguirse en caso de que los centros de asistencia social reciban a un infante en situación de indefensión o desamparo familiar. Establecer los criterios relativos al proceso de adopción. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (PRI), Rocío Matesanz Santamaría (PAN), Norma Edith Martínez Guzmán (PES), Daniela de los Santos Torres (PVEM) y Jesús Salvador Valencia Guzmán (PRD), el 29 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 441 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.
125   Decreto por el se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-216
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Septiembre-2019
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
5-Septiembre-2019

Publicación en el DOF:
17-Octubre-2019
Establecer que por Sistema Municipal de Protección se entenderá como el Sistema de Protección de Niñas, niños y adolescentes de cada Municipios. En caso de que los Sistemas DIF identifiquen mediante una evaluación inicial, a niñas, niños o adolescentes extranjeros que sean susceptibles de reconocimiento de condición de refugiado o de asilo, lo comunicará al Instituto Nacional de Migración, quien en colaboración con la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, adoptarán medidas de protección especial. El Instituto Nacional de Migración y en su caso la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, deberán proporcionar la información y colaborar con el Sistema Nacional DIF para efectos de brindar dicha protección especial. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD) el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 434 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 98 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2019.
126   Decreto por el que se adiciona un artículo 213 Bis y reforma el artículo 215 de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Cultura y Cinematografía

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
1-Junio-2018
Establecer que los titulares de los derechos de autor, sus representantes o las sociedades de gestión colectiva que los representen podrán solicitar a los tribunales federales o estatales el otorgamiento y ejecución de medidas precautorias para prevenir, impedir o evitar la violación a los derechos patrimoniales, tales como la suspensión de la representación, comunicación o ejecución; el embargo de las entradas o ingresos que se obtengan ya sea antes o durante la representación, comunicación o ejecución; el aseguramiento cautelar de los instrumentos, materiales, equipos o insumos utilizados en la representación, comunicación o ejecución; y embargo de la negociación mercantil. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Araceli Guerrero Esquivel (PRI) el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Cultura y de Estudios Legislativos Segunda.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 63 votos a favor, 11 en contra y 23 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2018
127   Decreto por el que se reforman los artículos 4, fracción III y 10 fracción VII de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Establecer dentro de los objetivos de la Ley del Fomento para la Lectura y el Libro, el fomentar y apoyar el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas tradicionales y virtuales, corresponde a la Secretaría de Educación Pública promover el acceso y distribución de libros, en formato físico y digital. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Matías Nazario Morales (PRI), el 10 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Cultura y de Estudios Legislativos Primera.
128   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley Federal de Defensoría Pública; del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de Instituciones de Crédito.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Establecer que durante todo el proceso penal, se podrán utilizar los medios electrónicos en todas las actuaciones para facilitar su operación, incluyendo el informe policial, también se podrán instrumentar para la presentación de denuncias o querellas en línea que permitan su seguimiento. El Juez de control resolverá la solicitud de orden de aprehensión exclusivamente con la presencia del Ministerio Público, para el caso de la solicitud de comparecencia el Juez de Control deberá resolver dentro de un plazo máximo de veinticuatro horas, siguientes al momento en que se haya recibido la solicitud. No se considerará dilación indebida en la puesta a disposición de los detenidos cuando por cuestiones de seguridad o atendiendo las características del hecho investigado, se realice ante el Ministerio Público distinto al del lugar de la comisión de los hechos, siempre y cuando exista el registro inmediato de su detención y de su traslado La prisión preventiva no podrá exceder de dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado cuando éste o su defensor gestionen incidencias evidentemente dilatorias, con el fin de prolongar el proceso para que transcurra el tiempo para dictar sentencia; cuando el imputado o su defensor manifieste o el juzgador advierta la existencia de tortura y esta deba resolverse primeramente; durante el tiempo en que el proceso penal esté suspendido a causa de un mandato judicial, o cuando el proceso se encuentre suspendido o se aplace por impedimento o por inasistencia del imputado o su defensor. Para las Entidades federativas se considerarán delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, el de homicidio doloso, violación, delitos cometidos con medios violentos como armas de fuego y explosivos, aquellos delitos graves contra el libre desarrollo de la personalidad, que determine su legislación penal. En caso que el imputado notificado no comparezca injustificadamente a la audiencia a la que fue citado, el Ministerio Público deberá solicitar la orden de aprehensión. En caso de que el imputado sea sorprendido incumpliendo flagrantemente una medida cautelar, inmediatamente será puesto a disposición del Juez de Control, quien convocará a las partes a una audiencia para la revisión de dicha medida. La Autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, tendrá por objeto realizar la evaluación de riesgo del imputado, así como llevar a cabo el seguimiento de las medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, y se podrá auxiliar de la instancia policial correspondiente para el desarrollo de sus funciones. Los registros de la investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes, podrán tener acceso a los mismos. La intervención de comunicaciones privadas, abarca todo sistema de comunicación, o programas que sean resultado de la evolución tecnológica, que permitan el intercambio de datos, informaciones, audio, video, mensajes, así como archivos electrónicos que graben, conserven el contenido de las conversaciones o registren datos que identifiquen la comunicación, los cuales se pueden presentar en tiempo real. Tratándose de una víctima menor de doce años, se observará el principio de interés superior de la niñez. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González y Roberto Gil Zuarth (PAN), el 21 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 403 votos a favor y 24 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
129   Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de cultura de paz en el deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Diciembre-2016
- Deporte

Fecha de dictamen:
29-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
8-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
25-Enero-2017
Fomentar actitudes solidarias, propiciar la cultura de paz, de la legalidad y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como incluir la cultura de paz en el deporte, como principio en el ejercicio y desarrollo del derecho a la cultura física y el deporte. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Fidel Kuri Grajales (PRI), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 322 favor, 25 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 08 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de neereo de 2017.
130   Decreto por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
29-Abril-2016

Adecuar el nombre de la Comisión de Competitividad a Comisión de Competitividad e Impulso a Estrategias en Zonas Prioritarias. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Francisco Martínez Neri, Héctor Peralta Grappin, Omar Ortega Álvarez y Felipe Reyes Álvarez (PRD), el 15 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 322 favor, 25 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos.
131   Decreto por el que se adiciona una fracción XX al artículo 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y se expide el Código de Ética de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
29-Abril-2016

Publicación en el DOF:
10-Mayo-2016
Incluir como obligación de los Diputados acatar las disposiciones y procedimientos del Código de Conducta de la Cámara de Diputados. Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las normas éticas que regirán la aplicación de las y los diputados del Honorable Congreso de la Unión y el procedimiento para su cumplimiento. La aplicación de este Código, en ninguna circunstancia, obstaculizará el fuero constitucional, ni impedirá el libre ejercicio de sus derechos a Diputadas y Diputados, así como la libre manifestación de sus ideas y libertad de expresión. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Diputada Carolina Monroy del Mazo (PRI), el 25 de febrero de 2016.

B) Iniciativa suscrita por el Diputado Jorge Triana Tena (PAN), el 07 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 322 favor, 25 en contra y 6 abstenciones.

3.Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2016.
132   Acuerdo por el que se nombran los legisladores de la Cámara de Diputados que habrán de integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2016
- Junta de Coordinación Política

Fecha de dictamen:
29-Abril-2016

Publicación en el DOF:
24-Mayo-2016
PRIMERO.- La Cámara de Diputados nombra los legisladores que integrarán la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, conforme a lo siguiente:

1. María de La Paz Quiñones Cornejo PRI
2 . Jesús Enrique Jackson Ramírez PRI
3 . María Esther de Jesús Scherman Leaño PRI
4 . César Camacho Quiroz PRI
5 . Federico Dóring Casar PAN
6 . María Guadalupe Cecilia Romero Castillo PAN
7 . Santiago Taboada Cortina PAN
8 . Cecilia Guadalupe Soto González PRD
9 . Jesús Salvador Valencia Guzmán PRD
10 . Jesús Sesma Suárez PVEM
11. Por designar MORENA
12 . René Cervera García MC
13 . Maria Eugenia Ocampo Bedolla NA
14 . Hugo Eric Flores Cervantes PES

SEGUNDO.- De conformidad con el r~6imen transitorio del Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México, los legisladores designados como diputados constituyentes continuarán ejerciendo sus cargos federales de elección popular, sin que resulte aplicable el artículo 62 constitucional.

TERCERO.- Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria, así como en el Diario Oficial de la Federación.
1. Acuerdo de la Junta de Coordinación Política presentado en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

2. Aprobado en votación nominal por 321 votos en pro, 25 en contra y 6 abstenciones.

3. Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria, así como en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2016.
133   De la Sección Instructora del expediente SI/LXIII/01/2016, relativo al procedimiento de declaración de procedencia solicitado en contra de la ciudadana Lucero Guadalupe Sánchez López, Diputada del Congreso del Estado de Sinaloa.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Junio-2016
- Sección Instructora

Fecha de dictamen:
13-Junio-2016

Publicación en el DOF:
14-Junio-2016

PRIMERO.- Ha lugar a proceder penalmente en contra de la Diputada al Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa LUCERO GUADALUPE SÁNCHEZ LÓPEZ, como consecuencia del procedimiento de Declaración de Procedencia solicitado en su contra por el Ministerio Público de la Federación por su probable responsabilidad en la comisión del delito de uso de documento público falso, previsto en el artículo 246 fracción VII y sancionado en el artículo 243 párrafo primero del Código Penal Federal vigente el día en que se llevó a cabo la conducta.

SEGUNDO.- Queda expedita la facultad del Ministerio Público Federal, para ejercer la acción penal correspondiente en el momento que lo determine respecto a la ciudadana LUCERO GUADALUPE SANCHEZ LÓPEZ, por el delito de uso de documento público falso previsto en el artículo 246 fracción VII y sancionado en el artículo 243 párrafo primero del Código Penal Federal vigente el día en que se llevó a cabo la conducta.

TERCERO.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 28, segundo párrafo de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de acuerdo a lo establecido por el quinto párrafo del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y segundo párrafo del artículo 136 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, la presente Declaración de Procedencia se remite al Congreso de dicho Estado, para que en ejercicio de sus atribuciones, proceda como corresponda, esto es para el sólo efecto de que ponga a disposición del Ministerio Público Federal a la denunciada, sin perjuicio de la facultad ya concedida en este dictamen a dicho órgano investigador, contenida en el resolutivo anterior.

CUARTO.- La presente determinación de Declaración de Procedencia, deja a salvo la plena jurisdicción que tienen las autoridades de procuración e impartición de justicia.


2. Aprobado el dictamen en votación nominal por 414 votos a favor y 37 abstenciones.

3. Se remitió la Declaración de Procedencia al Congreso del estado de Sinaloa y se instruyó la notificación correspondiente a la imputada.

4. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

5. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2016.
134   Decreto por el que se Expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Junio-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Junio-2016

Publicación en el DOF:
16-Junio-2016
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer las normas que deben de observarse durante el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial; establecer los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de le ejecución penal; y regular los medios para lograr la reinserción social. Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la senadora Angélica de la Peña (PRD) el 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

b. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las y los senadores Martha Elena García Gómez, María del Pilar Ortega Martínez, Mariana Gómez del Campo, Fernando Yunes Márquez, María Cristina Díaz Salazar, Enrique Burgos García, Alejandro Encinas Rodríguez, Armando Ríos Piter y Martha Tagle Martínez, de diversos grupos parlamentarios, el 18 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos a favor y 3 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016.
135   Decreto por el que se Expide la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Junio-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Junio-2016

Publicación en el DOF:
16-Junio-2016
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto aplicarse a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, y que sean competencia de la Federación o de las entidades federativas, en el marco de los principios y derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas.

a. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la senadora Angélica de la Peña (PRD) el 28 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

b. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las y los senadores Martha Elena García Gómez, María del Pilar Ortega Martínez, Mariana Gómez del Campo, Fernando Yunes Márquez, María Cristina Díaz Salazar, Enrique Burgos García, Alejandro Encinas Rodríguez, Armando Ríos Piter y Martha Tagle Martínez, de diversos grupos parlamentarios, el 18 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos a favor y 3 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 460 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016.
136   Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Junio-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Junio-2016

Publicación en el DOF:
16-Junio-2016
Incluir como delitos cometidos por la delincuencia organizada los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo; Contrabando y su equiparable, y todos los contenidos en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos. Establecer que se sancionará con las penas contenidas' en el artículo 4 de esta Ley a quien a sabiendas de la finalidad y actividad delictiva general de una organización criminal, participe intencional y activamente en sus actividades ilícitas u otras de distinta naturaleza cuando conozca que con su participación contribuye al logro de la finalidad delictiva. Si con posterioridad a la emisión del auto de vinculación a proceso por delincuencia organizada el imputado evade la acción de la justicia o es puesto a disposición de otro juez que lo reclame en el extranjero, se suspenderá el proceso junto con los plazos para la prescripción de la acción penal. Los procedimientos que se sigan por delincuencia organizada se desahogarán de conformidad con lo previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales en lo que no se oponga a lo previsto en esta Ley. Los agentes de la fuerzas de orden público que participen en dichas investigaciones, con base en las circunstancias del caso, se les proporcionará una nueva identidad, dotándolos para tal efecto de la documentación correspondiente. Ninguna persona podrá ser obligada a actuar en operaciones encubiertas. Si el auto de vinculación a proceso no se dicta por el delito de delincuencia organizada, la reserva de identidad podrá subsistir a petición de la Representación Social de la Federación, con base en un análisis de riesgo y amenaza que realice la autoridad judicial, en donde se establecerá la pertinencia o no de la protección y, en su caso, las medidas que se aplicarán al caso concreto para salvaguardar el derecho de defensa. En caso de la interposición del recurso de apelación contra el auto de no vinculación a proceso, subsistirá la reserva de identidad hasta en tanto no haya sido resuelto en definitiva. Toda actuación que implique desapego a las instrucciones o actividades legalmente autorizadas será sancionada en términos de la legislación civil, administrativa o penal, según corresponda. A quien divulgue' o revele información relacionada con las técnicas de investigación utilizadas en procedimientos seguidos contra la delincuencia organizada, a quien no tenga derecho a conocerla, se le impondrá prisión de cuatro a ocho años, y de dos mil a tres mil unidades de medida y actualización. Tratándose de servidores públicos, la punibilidad será de seis a doce años y de tres mil a cuatro mil quinientos unidades de medida y actualización, así como la destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público hasta por el mismo plazo de la pena de prisión impuesta. Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Arturo Jiménez Zamora (PRI), el 09 de enero de 2013. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en le Cámara de Senadores por la Senadora Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 19 de junio de 2013. (LXII Legislatura)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora María Cristina Díaz Salazar (PRI), el 10 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Francisco García Cabeza de Vaca y de diversos Senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Francisco Javier García Cabeza de Vaca, Roberto Gil Zuarth, Jorge Luis Lavalle Maury, Víctor Hermosillo y Celada, Raúl Gracia Guzmán, Francisco Domínguez Servién, Fernando Yunes Márquez, Luis Fernando Salazar Fernández, Luisa María Calderón Hinojosa y Salvador Vega Casillas (PAN), el 21 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Francisco García Cabeza de Vaca, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Roberto Gil Zuarth, Jorge Luis Lavalle Maury, Francisco Domínguez Servién, Fernando Yunes Márquez, ,Luis Fernando Salazar Fernández, Víctor Hermosillo y Celada y Fernando Herrera Avila (PAN), el 07 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Arely Gómez González, Roberto Gil Zuarth, Graciela Ortiz González Ana Ulia Herrera Anzaldo, Marcela Guerra Castillo y Blanca Alcalá Ruiz, de diversos grupos parlamentarios, el 25 de noviembre de 2104 . (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda Presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos a favor y 4 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 394 votos en pro y 33 votos en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016.
137   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Códigos Nacional de Procedimientos Penales, y Penal Federal; de las Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal, General para prevenir y sancionar los Delitos en materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y Federal de Defensoría Pública; del Código Fiscal de la Federación; y de la Ley de Instituciones de Crédito.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Junio-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Junio-2016

Publicación en el DOF:
17-Junio-2016
Establecer que durante todo el proceso penal, se podrán utilizar los medios electrónicos en todas las actuaciones para facilitar su operación, incluyendo el informe policial, también se podrán instrumentar para la presentación de denuncias o querellas en línea que permitan su seguimiento. El Juez de control resolverá la solicitud de orden de aprehensión exclusivamente con la presencia del Ministerio Público, para el caso de la solicitud de comparecencia el Juez de Control deberá resolver dentro de un plazo máximo de veinticuatro horas, siguientes al momento en que se haya recibido la solicitud. No se considerará dilación indebida en la puesta a disposición de los detenidos cuando por cuestiones de seguridad o atendiendo las características del hecho investigado, se realice ante el Ministerio Público distinto al del lugar de la comisión de los hechos, siempre y cuando exista el registro inmediato de su detención y de su traslado La prisión preventiva no podrá exceder de dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado cuando éste o su defensor gestionen incidencias evidentemente dilatorias, con el fin de prolongar el proceso para que transcurra el tiempo para dictar sentencia; cuando el imputado o su defensor manifieste o el juzgador advierta la existencia de tortura y esta deba resolverse primeramente; durante el tiempo en que el proceso penal esté suspendido a causa de un mandato judicial, o cuando el proceso se encuentre suspendido o se aplace por impedimento o por inasistencia del imputado o su defensor. Para las Entidades federativas se considerarán delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, el de homicidio doloso, violación, delitos cometidos con medios violentos como armas de fuego y explosivos, aquellos delitos graves contra el libre desarrollo de la personalidad, que determine su legislación penal. En caso que el imputado notificado no comparezca injustificadamente a la audiencia a la que fue citado, el Ministerio Público deberá solicitar la orden de aprehensión. En caso de que el imputado sea sorprendido incumpliendo flagrantemente una medida cautelar, inmediatamente será puesto a disposición del Juez de Control, quien convocará a las partes a una audiencia para la revisión de dicha medida. La Autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, tendrá por objeto realizar la evaluación de riesgo del imputado, así como llevar a cabo el seguimiento de las medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, y se podrá auxiliar de la instancia policial correspondiente para el desarrollo de sus funciones. Los registros de la investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes, podrán tener acceso a los mismos. La intervención de comunicaciones privadas, abarca todo sistema de comunicación, o programas que sean resultado de la evolución tecnológica, que permitan el intercambio de datos, informaciones, audio, video, mensajes, así como archivos electrónicos que graben, conserven el contenido de las conversaciones o registren datos que identifiquen la comunicación, los cuales se pueden presentar en tiempo real. Tratándose de una víctima menor de doce años, se observará el principio de interés superior de la niñez. Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González y Roberto Gil Zuarth (PAN), el 21 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 403 votos a favor y 24 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

8. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda en la Cámara de Senadores el día 14 de junio de 2016. (LXIII Legislatura)

9. Dictamen a discusión aprobado en la en la Cámara de Senadores por 109 votos a favor y 5 en contra Se devuelve a la Cámara de Diputados para efectos del Apartado E) del artículo 72 constitucional.

10. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 15 de junio de 2016, se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 445 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2016.
138   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de control interno del Ejecutivo federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Junio-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
16-Junio-2016

Aprobación en el Senado:
17-Junio-2016

Publicación en el DOF:
18-Julio-2016
Establecer que el titular de cada Secretaría de Estado tendrá la obligación de poner a disposición del público en consulta a través de un registro electrónico a cargo de la Secretaría de la Función Pública, los manuales de procedimientos y de servicios al público. Incluir a la Secretaría de la Función Púbica como parte de las dependencias del Poder Ejecutivo de la Unión para el despacho de los asuntos del orden administrativo. Incluir como atribución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico la de establecer normas, políticas y lineamientos en materia de desincorporación de activos de la Administración Pública Federal y establecer normas y lineamientos en materia de control del gasto. Establecer que la Secretaría de la Función Pública le corresponde organizar y coordinar el sistema de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos, así como concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y validar los indicadores para la evaluación de la gestión gubernamental, en los términos de las disposiciones aplicables; expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control interno de la Administración Pública Federal, para lo cual podrá requerir de las dependencias competentes la expedición de normas complementarias para el ejercicio del control administrativo. Lo anterior, sin menoscabo de las bases y principios de coordinación y recomendaciones emitidas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción; vigilar, en colaboración con las autoridades que integren el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, el cumplimiento de las normas de control interno y fiscalización, así como asesorar y apoyar a los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; coordinar y supervisar el sistema de control interno, establecer las bases generales para la realización de auditorías internas, transversales y externas; expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos en dichas materias en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en la Procuraduría General de la República, así como realizar las auditorías que se requieran en éstas, en sustitución o apoyo de sus propios órganos internos de control; vigilar el cumplimiento, por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, de las disposiciones en materia de planeación, presupuestación, ingresos, financiamiento, inversión, deuda, patrimonio; organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y emitir las normas para que los recursos humanos, patrimoniales y los procedimientos técnicos de la misma, sean aprovechados y aplicados, respectivamente, con criterios de eficacia, legalidad, eficiencia y simplificación administrativa; así como, realizar o encomendar las investigaciones, estudios y análisis necesarios sobre estas materias; entre otras. Establecer que a los titulares de los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de sus áreas de auditoría, quejas y responsabilidades, serán responsables de mantener el control interno de la dependencia o entidad a la que se encuentren adscritos. Asimismo, tendrán como función apoyar la política de control interno y la toma de decisiones relativas al cumplimiento de los objetivos y políticas institucionales, así como al óptimo desempeño de servidores públicos y órganos, a la modernización continua y desarrollo eficiente de la gestión administrativa y al correcto manejo de los recursos públicos. Los órganos internos de control de las sociedades nacionales de crédito, así como aquéllos de otras entidades que cuenten con un régimen específico de control interno, se sujetarán a las funciones y organización establecidas en las disposiciones mediante las que se crea la respectiva entidad, Las unidades encargadas de la función de auditoría de la Secretaría de la Función Pública y los órganos internos de control de la Administración Pública Federal formarán parte del Sistema Nacional de Fiscalización, e incorporarán en su ejercicio las normas técnicas y códigos de ética, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y las mejores prácticas que considere el referido sistema. Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública emitirán los criterios para la clasificación de las entidades paraestatales conforme a sus objetivos y actividades, en aquellas que cumplan una función institucional y las que realicen fines comerciales con el propósito de, en su caso, establecer mecanismos diferenciados que hagan eficiente su organización, funcionamiento, control y evaluación. Proceso Legislativo:

Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Lorena del Carmen Alfaro García (PAN), del 04 de noviembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por el Dip. José Alfredo Ferreiro Velazco (PES), el 01 de marzo de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD), el 04 de mayo de 2016.

d) Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Dante Caballero Pedraza (MORENA), el 25 de mayo de 2016.

e) Iniciativa presentada por el Sen. Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (PRD), el 01 de marzo de 2016.

f) Iniciativa presentada por el Sen. Pablo Escudero Morales (PVEM), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 450 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de Junio de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 17 de junio de 2016, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 105 votos a favor y 4 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.
139   Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
16-Junio-2016

Aprobación en el Senado:
17-Junio-2016

Publicación en el DOF:
18-Julio-2016
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de reglamentar la facultad del Congreso de la Unión para expedir las leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior de la Federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales; así como para expedir la ley general que establezca las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción, para la revisión y fiscalización de:
¿ La Cuenta Pública;
¿ Las situaciones irregulares que se denuncien en términos de esta Ley, respecto al ejercicio fiscal en curso o a ejercicios anteriores distintos al de la Cuenta Pública en revisión;
¿ La aplicación de las fórmulas de distribución, ministración y ejercicio de las participaciones federales, y
¿ El destino y ejercicio de los recursos provenientes de financiamientos contratados por los estados y municipios, que cuenten con la garantía de la Federación.
Proceso Legislativo:

Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (PRI) el 15 de diciembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Luis Gilberto Marrón Agustín (PAN), del 01 de marzo de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Vidal Llerenas Morales (MORENA), el 26 de abril de 2016.

d) Iniciativa presentada por el Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD), el 26 de abril de 2016.

e) Iniciativa presentada por diversos Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 459 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de Junio de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 17 de junio de 2016, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 107 votos a favor y 4 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.
140   Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Junio-2016
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
16-Junio-2016

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento del Sistema Nacional previsto en el 'artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las autoridades competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación. Crear aun ordenamiento jurídico tiene por objeto determinar la integración, organización, atribuciones y funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena. Formará parte del Sistema Nacional Anticorrupción y estará sujeto a las bases establecidas en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General correspondiente y en el presente ordenamiento. Las resoluciones que emita el Tribunal deberán apegarse a los principios de legalidad, máxima publicidad, respeto a los derechos humanos, verdad material, razonabilidad, proporcionalidad, presunción de inocencia, tipicidad y debido proceso. Proceso Legislativo:

1. Catorce iniciativas presentados por Senadores y Senadoras durante la LXII y LXIII Legislatura.

2. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Senadores el 15 de junio de 2016 por 116 votos a favor y 4 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados, para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de junio de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de junio de 2016, Proyecto de deceto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados de la siguiente manera:

a) Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por 456 votos a favor.

b) Decreto por el que expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción por 449 votos a favor y 1 en contra.

c) Decreto por el que se expide la Ley General de Responsabilidades Administrativas por 338 votos a favor y 110 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Observaciones del Ejecutivo Federal recibidas el 23 de junio de 2016.
141   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Junio-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Junio-2016

Publicación en el DOF:
18-Julio-2016
Establecer que el procurador General de la República se auxiliará para el despacho de los asuntos, también de fiscales especializados. Crear la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción;. Facultar a la Fiscalía para participar como integrante en el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción; coordinar y supervisar la actuación de la policía de investigación, instrumentar mecanismos de colaboración para diseñar e implementar estrategias y líneas de acción para combatir los hechos que la ley considera como delitos en materia de corrupción; diseñar e implementar proyectos, estudios y programas permanentes de información y fomento de la cultura de la denuncia y de la legalidad en materia de los hechos que la ley considera como delitos en materia de corrupción; y, conducir la investigación para la obtención de datos o medios de prueba vinculados a hechos que la ley considera como delitos en materia de corrupción, entre otras. Puntualizar que el titular de la Fiscalía deberá ser mexicano por nacimiento, tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación, contar diez años de antigüedad, con título profesional de licenciado en derecho, gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso. Determinar que la Fiscalía se auxiliará para su funcionamiento de la unidad administrativa en materia de servicios periciales, de agentes del Ministerio Público Especializados. Anotar en el régimen transitorio que el decreto entrará en vigor a partir del nombramiento que el Senado realice del titular de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción, y que se faculta al Ejecutivo federal para proveer de los recursos que requiera la Fiscalía para su funcionamiento. 1. Iniciativa presentada por senadores integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática, el 12 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión Presentado en la Cámara de Senadores el 15 de junio de 2016, Proyecto de decreto aprobado por 100 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de junio de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 416 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.
142   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de Combate a la corrupción.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Junio-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Junio-2016

Publicación en el DOF:
18-Julio-2016
Establecer que para efectos de los delitos por hechos de corrupción se considerará como servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en la del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, empresas productivas del Estado, en los órganos constitucionales autónomos, en el Congreso de la Unión, o en el Poder Judicial Federal, o que manejen recursos económicos federales. Las disposiciones contenidas en el Título de "Delitos por Hechos de Corrupción", son aplicables a los Gobernadores de los Estados, a los Diputados a las Legislaturas Locales y a los Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales, por la comisión de los delitos previstos en este Título, en materia federal. Establecer que se impondrá a los responsables de la comisión de estos delitos, la pena de destitución y la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Federación por un plazo de uno a veinte años, atendiendo a los siguientes criterios: será por un plazo de uno hasta diez años cuando no exista daño o perjuicio o cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito no exceda de doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y será por un plazo de diez a veinte años si dicho monto excede el límite señalado en la fracción anterior. Para efectos de lo anterior, el juez deberá considerar, en caso de que el responsable tenga el carácter de servidor público, los elementos del empleo, cargo o comisión que desempeñaba cuando incurrió en el delito. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la senadora Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 10 de septiembre de 2015.

b) Iniciativa presentada el senador Luis Humberto Fernández Fuentes (PRD), el 7 de abril de 2016.

c) Iniciativa presentada el senador Luis Humberto Fernández Fuentes (PRD), el 12 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 105 votos a favor y 8 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de junio de 2016. (LXIII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de junio de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 388 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.
143   Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sobre las observaciones del Ejecutivo Federal.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
6-Julio-2016

Publicación en el DOF:
18-Julio-2016
Modificar diversas disposiciones del artículo segundo del decreto, por el que se expide la Ley General de Responsabilidades Administrativas, eliminando la sujeción a esta Ley, a las personas físicas y morales cuando reciban o ejerzan recursos públicos, o que contraten bajo cualquier modalidad con entes públicos de la Federación, de las entidades federativas y los municipios, y por lo tanto también se elimina la obligación de dichas personas, de presentar declaración de situación patrimonial y de intereses. Proceso Legislativo:

1. Catorce iniciativas presentados por Senadores y Senadoras durante la LXII y LXIII Legislatura.

2. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Senadores el 15 de junio de 2016 por 116 votos a favor y 4 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados, para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de junio de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de junio de 2016, Proyecto de deceto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados de la siguiente manera:

a) Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por 456 votos a favor.

b) Decreto por el que expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción por 449 votos a favor y 1 en contra.

c) Decreto por el que se expide la Ley General de Responsabilidades Administrativas por 338 votos a favor y 110 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Observaciones presentadas al Decreto, por el Ejecutivo Federal ante la Comisión Permanente para su remisión a la Cámara de Senadores el 24 de junio de 2016.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de julio de 2016, en sesión extraordinaria aprobado por 77 votos a favor y 22 en contra.

9. Se remite a la Cámara de Diputados, para los efectos del Apartado C del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de julio de 2016.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de julio de 2016 en sesión extraordinaria, Proyecto de deceto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 346 votos a favor y 82 en contra.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.


13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.
144   Decreto por el que el Congreso de la Unión declara el 22 de septiembre "Día Nacional sin automóvil".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Septiembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
3-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
20-Septiembre-2016

Aprobación en el Senado:
3-Abril-2018

Publicación en el DOF:
11-Mayo-2018

Declarar el 22 de septiembre como Día Nacional sin automóvil. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Verónica Delgadillo García (MC), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 88 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018.
145   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Fomento Cooperativo y Economía Social

Fecha de dictamen:
25-Septiembre-2016

Incluir como fin del Sector Social de la Economía, promover los valores de los Derechos Humanos, de la inclusión social y en general, el desarrollo integral del ser humano. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga (PRI), el 10 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos Segunda.
146   Decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 33 y el inciso b) de la fracción II del artículo 34 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Septiembre-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
25-Septiembre-2016

Incluir como objetivos de las políticas públicas para la mitigación, a través del enfoque de cuenca atmosférica, los valores de concentración permisibles respecto de la calidad del aire, con el objetivo de no rebasar su capacidad de asimilación. Crear mecanismos que lleven a cabo la sustitución progresiva del transporte que utiliza combustibles fósiles por eléctricos e híbridos. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (PAN), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 435 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera, con opinión de la Comisión Especial de Cambio Climático.
147   Decreto por el que se reforman los artículos 7 y 115 de la Ley General de Salud, en materia de obesidad y sobrepeso.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Septiembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
25-Septiembre-2016

Promover estilos de vida saludable en los programas y campañas de información sobre los buenos hábitos alimenticios. Considerar los trastornos de sobrepeso y obesidad, en el sistema de vigilancia epidemiológica de la Secretaría de Salud. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Eva Florinda Cruz Molina (PRD), el 19 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 426 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
148   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Diciembre-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
4-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
25-Enero-2017
Implementar el juicio oral mercantil sin importar la cuantía del asunto. Modificar el ofrecimiento, desahogo y valoración de medios de convicción en los juicios ejecutivos mercantiles. Modificar las causas de suspensión de las audiencias. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 385 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.
149   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de innovación tecnológica.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
4-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Amplia el concepto de "Infraestructura Estratégica". Establece que las instituciones o los particulares, de acuerdo a su presupuesto o responsabilidad económica, procurarán incorporar las innovaciones tecnológicas, digitales o virtuales, en la elaboración y difusión del Programa Interno de Protección Civil, así como para su vinculación con los Atlas de Riegos. Incluir dentro de las funciones de la Escuela Nacional de Protección Civil la de fijar las competencias y conocimientos necesarios para la acreditación de la capacitación formal de protección civil que ofrezcan o comercialicen personas físicas y morales, dicha capacitación será temática o en grado ascendente una Ruta de Capacitación de acuerdo a los establecido por el Sistema Educativo Nacional en materia de acumulación de créditos y el marco cualificaciones, así mismo, las entidades federativa promoverán en el ámbito de su competencia, que el atlas nacional de riegos sea de fácil acceso a la población, procurando que su elaboración siga los directrices del Cenapred. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Sarabia Camacho (PRI) 11 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 424 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
150   Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Diciembre-2016
- Vivienda

Fecha de dictamen:
4-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017
Modificar la denominación del Comité de Trasparencia y Acceso a la Información por el de Comité de Transparencia, establecer que el Comité del Instituto deberá aprobar la normatividad en materia de trasparencia y acceso a la información pública conforme a la legislación general y federal aplicable. La Comisión de Vigilancia del Instituto deberá proponer a la Asamblea General la designación y remoción de los miembros del Comité de Transparencia, incluir como atribuciones del Comité de Transparencia las contenidas en la Ley Federal en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tendrá como atribución garantizar el ejercicios de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición. 1.Iniciativa suscrita por la Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI), el 27 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Vivienda y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
151   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Noviembre-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Noviembre-2022

Crear las residencias de día para personas adultas mayores, definiendo a éstas como los lugares operados por las autoridades de los tres órdenes de gobierno en los que se brindará a las personas adultas mayores una atención integral; indicar que las personas adultas mayores tendrán acceso a estas residencias, en las que se les otorgará asistencia para la salud, alimentación, aseo, fomento a la cultura y recreación. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Waldo Fernández González (PRD) el 01 de marzo de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 27 de septiembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 394 votos a favor y una abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Primera.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022. Aprobado en votación nominal por 82 votos a favor y 3 votos en contra.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
152   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Abril-2018
- Turismo

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
5-Abril-2018

Reconocer el derecho al turismo, entendido como la posibilidad de acceso directo y personal al descubrimiento de las riquezas naturales, culturales y de recreación de nuestro país. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Genoveva Huerta Villegas a nombre de la Dip. Gretel Culin Jaime (PAN) el 11 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas deTurismo y de Estudios Segundo.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor y 1 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
153   Decreto por el que se declara el 3 de octubre de cada año, como "Día Nacional del Emprendedor".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
28-Septiembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
28-Septiembre-2017

Publicación en el DOF:
16-Noviembre-2017

Declarar el 03 de octubre de cada año como "Día Nacional del Emprendedor". 1. Iniciativa suscrita por el Diputado Alejandro Juraidini Villaseñor (PRI), el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 28 de septiembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre de 2017.
154   Decreto por el que se declara a la primera semana del mes de octubre de cada año, como "La Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
8-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017

Declarar la primera semana de octubre de cada año como Semana Nacional de la Cultura Física y el Deporte. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Jacqueline Nava Mouett (PAN), el 06 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 382 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 08 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor

6. Se devuelve a la Cámara de de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2016, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 354 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
155   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara el día 17 de julio de cada año, como "Día Nacional del Defensor Ambiental".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Septiembre-2021
- Gobernación

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
29-Septiembre-2021

Declarar el 17 de julio de cada año como el "Día Nacional del Defensor Ambiental". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Fernando Rubio Quiroz (PRD), el 15 de marzo de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 04 de octubre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de octubre de 2016. Aprobado por 383 votos a favor.

4. Se turnó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. (LXIII Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016. (LXIII Legislatura).

6. Dictamen de primera lectura en el Senado de la República el 6 de abril de 2021. (LXIV Legislatura)

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2021. Aprobado por 86 votos a favor.

8. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso E), del artículo 72 de la CPEUM.
156   Decreto por el que se reforma la fracción I, apartado B del artículo 13, y se adiciona una fracción IV Bis 3 al artículo 3o. de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
11-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
28-Noviembre-2016
Incluir como materia de salubridad general la salud bucodental. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Benjamín Robles Montoya (PRD) el 05 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadore del 08 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016.
157   Decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2016
- Turismo

Fecha de dictamen:
11-Octubre-2016

Incluir a la Secretaría de Gobernación para analizar y coadyuvar en los casos en que se determine que sea necesaria la protección de la integridad física de los turistas. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Azul Etcheverry Aranda (PRI), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y Estudios Legislativos Primera.
158   Decreto por el que se adicionan los artículos 14 y 66 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
11-Octubre-2016

Atribuir a las autoridades educativas federales y locales de manera concurrente, informar a la comunidad escolar los beneficios, el sentido y las modalidades de participación que se tiene en las escuelas. Incluir a las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela, inculcar a sus hijos o pupilos el respeto a las autoridades escolares y a las normas de convivencia en la escuela. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rocío Matesanz Santamaría (PAN) el 03 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
159   Decreto por el que se expide la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; y se reforma el artículo 3o. de la Ley de Planeación.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Desarrollo Urbano y Metropolitano


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Octubre-2016
- Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

Fecha de dictamen:
12-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
13-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
28-Noviembre-2016
Crear la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo objeto es fijar normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los asentamientos humanos en el país, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente; y establecer la concurrencia de los tres órdenes de gobierno en la planeación, ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional, mismas que deberán conducirse bajo los principios de política pública: derecho a la ciudad, equidad e inclusión, derecho a la propiedad urbana, coherencia y racionalidad, participación democrática y transparencia, productividad y eficiencia, protección y progresividad del espacio público, resiliencia, seguridad urbana y riesgos, sustentabilidad ambiental y accesibilidad universal y movilidad. Establecer dentro de las finalidades de las NOMs establecer los lineamientos, criterios, especificaciones técnicas y procedimientos que deberán observar los tres órdenes de gobierno para garantizar las medidas adecuadas para el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano y metropolitano en los términos de la Ley. 1. Iniciativa suscrita por los senadores Francisco Búrquez Valenzuela (PAN), Fernando Herrera Ávila (PAN), Emilio Gamboa Patrón (PRI), Miguel Barbosa Huerta (PRD), Víctor Hermosillo y Celada (PAN), Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), Zoé Robledo Aburto (PRD), Armando Ríos Piter (PRD), Juan Carlos Romero Hicks (PAN), Ernesto Ruffo Appel (PAN), Héctor Larios Córdova (PAN), Jesús Casillas Romero (PRI), Enrique Burgos García (PRI), Daniel Amador Gaxiola (PRI), Carlos Romero Deschamps (PRI), Roberto Albores Gleason (PRI), Miguel Romo Medina (PRI), Ismael Hernández Deras (PRI), Jorge Luis Lavalle Maury (PAN), Ernesto Cordero Arroyo (PAN), Daniel Ávila Ruiz (PAN) y Héctor David Flores Ávalos (PAN); y las senadoras Angélica Araujo Lara (PRI), Lorena Marín Moreno (PRI), Cristina Díaz Salazar, Marcela Torres Peimbert (PAN), Carmen Dorantes Martínez (PRI), Yolanda de la Torre Valdez (PRI), Lisbeth Hernández Lecona (PRI), Ma. Del Rocío Pineda Gochi (PRI), Margarita Flores Sánchez (PRI), Ivonne Álvarez García (PRI), Graciela Ortiz González (PRI), el 13 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de septiembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 303 votos a favor, 31 en contra y 15 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Urban, Ordenamiento Territorial; de Vivienda y de Estudios Legislativos Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016.
160   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2017
- Asuntos Indígenas
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Establecer que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas coadyuve con el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y dar seguimiento a las acciones de las autoridades federales, estatales y municipales para la prevención, protección, sanción y erradicación de todas las formas de discriminación cometidas contra las mujeres y niñas indígenas. Incluir al titular del Instituto Nacional de las Mujeres en la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Isidro Pedraza Chávez (PRD) a nombre propio y de los Senadores Angélica de la Peña Gómez (PRD), Eviel Pérez Magaña (PRI), Juana Leticia Herrera Ale (PRI) y Teófilo Torres Corzo (PRI), el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la cámara de Senadores el 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
161   Decreto por el que se adicionan un tercer, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo párrafos al artículo 51 bis 1 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Establecer que los usuarios de servicios de salud en el ámbito público y privado, tienen el derecho de acceso a la información contenida en su expediente clínico. Este derecho también podrá ejercerse por el representante legal debidamente acreditado por el tutor, quien ejerza la patria potestad, quien acredite el parentesco en línea recta y el cónyuge o concubino del usuario de servicios médicos. El personal médico que acceda a los datos del expediente clínico en el ejercicio de sus funciones, deberá resguardar dicha información conforme al deber del secreto profesional. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Arlet Mólgora Glover (PRI), el 23 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
162   Decreto por el que se adiciona una fracción V Bis 1 al artículo 73 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Establecer que la Secretaría de Salud deberá coordinarse con las instituciones de salud, los gobiernos de las entidades federativas y con las autoridades competentes, para fomentar y apoyar la realización y promoción de programas para la prevención del suicidio, preferentemente en niñas, niños y adolescentes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Karla Karina Osuna Carranco (PAN), el 11 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos a favor. 1 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

3. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
163   Decreto por el que se adiciona una fracción XIX, recorriéndose en su orden actual, al artículo 6 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
18-Octubre-2016
Prever que los diputados y diputadas, en ejercicio de sus derechos lingüísticos, quienes pertenezcan a una comunidad indígena, podrán participar en tribuna y demás espacios legislativos en su lengua materna, facilitándoles la traducción simultánea y servicios de interpretación u otros medios adecuados. Para hacer uso de esta prerrogativa, previamente lo harán saber a la Mesa Directiva con el objeto de tomar las previsiones correspondientes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Lluvia Flores Sonduk y suscrita por la Dip. Karen Orney Ramírez Peralta (PRD), el 08 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2016.
164   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
18-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
7-Diciembre-2016
Establecer que el Mecanismo de Ajuste es la fórmula que establece la Secretaría en cada contrato que aumenta las contraprestaciones a favor del Estado, mediante la modificación de alguno de los parámetros que determinan las Contraprestaciones del Contrato, La aplicación del Mecanismo de Ajuste tiene el propósito de que el Estado Mexicano capture la rentabilidad extraordinaria que, en su caso, se genere por el Contrato. Establecer que para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta las personas morales o las empresas productivas del Estado deberán celebrar un acuerdo de operación conjunta que refleje el porcentaje de la participación que le corresponda a cada integrante del consorcio, y establezcan los mecanismos mediante los cuales dicha participación pudiera variar durante la vigencia del contrato. Para efectos del cálculo del derecho por la utilidad compartida y el monto de la deducción por concepto de los costos, gastos e inversiones se establece que tratándose de los Hidrocarburos distintos al Gas Natural No Asociado y sus Condensados, extraídos en áreas terrestres, el monto que resulte mayor de entre 12.500% del valor anual de los Hidrocarburos, y 8.30 dólares de los Estados Unidos de América por Barril de petróleo crudo equivalente extraído en el periodo de que se trate; y para el caso de Tratándose de los Hidrocarburos distintos al Gas Natural No Asociado y sus Condensados, extraídos en áreas marítimas con tirante de agua inferior a quinientos metros, el monto que resulte mayor de entre 12.500% del valor anual de los Hidrocarburos, y 6.10 dólares de los Estados Unidos de América por Barril de petróleo crudo equivalente extraído en el periodo de que se trate. Se considerará como Barril de petróleo crudo equivalente a la suma del volumen de Petróleo y Condensados extraídos en Barriles más el volumen de Gas Natural extraído en millones de BTU dividido entre el factor de 5.15. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal 08 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 360 votos en pro y 53 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 82 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de diciembre de 2016.
165   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
18-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
7-Diciembre-2016
Actualizar el marco normativo fiscal en cuanto al cobro o exención de pago de derechos por la prestación de servicios y por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación. Exentar del pago de derechos por la compulsa de documentos, para la tramitación de credenciales para votar en el extranjero; exentar del pago de derechos por la autorización para el acceso a la multiprogramación cuando se vincule a concesiones para uso social comunitario o indígena; ajuste a la cuota del derecho por la obtención de la condición de estancia de "visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas", eliminación del derecho por la prestación del servicio consistente en la autorización o renovación para ser miembro del Programa Viajero Confiable, exención del pago de derechos por servicios migratorios a los extranjeros cuando reciban una remuneración menor al salario mínimo, establecer una cuota por cada quince minutos o fracción de duración de los materiales grabados, tanto en materia de televisión como de radio, tomando en cuenta que el tiempo para realizar la revisión y clasificación de los materiales grabados depende directamente de la duración de éstos, prevé el pago de derechos por conceptos de trámite y estudio y, en su caso, clasificación y autorización de películas, telenovelas y teleteatros, y series filmadas; incorporar una exención a los connacionales en el extranjero por la solicitud de la compulsa de documentos cuando la misma tenga como finalidad la tramitación de la credencial para votar en el extranjero, ampliar la exención para la expedición de los certificados de capacidad, licencias o permisos, cuando sean solicitados por personal de vuelo y tierra que guarde un vínculo laboral con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; sustituir la referencia a la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales por la de Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, sustituir la referencia al "Banco de México" así como a las "Entidades Paraestatales" por la de "las instituciones y entidades financieras autorizadas"; asignar un 2.5% de la recaudación total que se obtenga de los derechos especial, adicional y extraordinario sobre minería, a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para la operación y administración del Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2016.

b) 17 Iniciativas suscritas por diputados y senadores de diversos grupos parlamentarios.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 371 votos en pro, 41 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor y 7 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de diciembre de 2016.
166   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de los Impuestos sobre la Renta, al Valor Agregado, así como del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
20-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2016
Establecer que las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de ISR podrán obtener ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron autorizados, siempre que no excedan del 10% de sus ingresos totales. Determinar que las personas morales constituidas por personas físicas cuyos ingresos no excedan cinco millones de pesos podrán pagar el ISR bajo la opción de acumulación de ingresos. Otorgar estímulos fiscales a los contribuyentes del ISR que efectúen proyectos de investigación y desarrollo tecnológico; aporten a proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas, así como a programas para el desarrollo de atletas de alto rendimiento; y realicen inversiones en equipos de alimentación para vehículos eléctricos. Exentar del impuesto correspondiente la importación y enajenación de automóviles eléctricos híbridos. Establecer requisitos para que sea acreditable el IVA en inversiones o gastos en periodos pre operativos; eliminar la disposición que señala que no se pagará IVA por el uso o goce temporal de bienes tangibles cuyo uso o goce sea otorgado por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional; señalar que las empresas calcularán el IVA aplicando la tasa del 0% por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en materia de tecnologías de la información. Referir que los particulares que acuerden el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de dichas firmas. Facultar al SAT para autorizar el uso del buzón tributario cuando se cuente con el consentimiento de los particulares; resaltar que los comprobantes fiscales digitales por internet sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación; indicar que el SAT podrá autorizar a personas morales para que funjan como órganos certificadores que se encargarán de garantizar y verificar que los terceros autorizados cumplan con los requisitos y obligaciones para obtener y conservar las autorizaciones que emita el SAT; regular las visitas domiciliarias que podrán practicar las autoridades fiscales, a fin de verificar que cumplan con las obligaciones en la materia e, implementar diversas infracciones relacionadas con omisiones en responsabilidades tributarias. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2016.

b) 95 iniciativas suscritas por diputados y senadores de diversos Grupos Parlamentarios en la LXIII Legislatura

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 411 votos a favor, 42 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 85 votos a favor y 9 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016.
167   Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
20-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
15-Noviembre-2016
En el ejercicio fiscal de 2017, la Federación percibirá 4 billones 837 mil 512 millones 300 mil pesos (4,837,512.3) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 3 billones 219 mil 818 millones 100 mil pesos (3,219,818.1); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 089 mil 715 millones 500 mil pesos (1,089,715.5); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 283 mil 241 millones 700 mil pesos. Para el ejercicio fiscal 2016, de los recursos que se obtengan por concepto de coberturas o instrumentos de transferencia significativa de riesgos que hubieran sido contratados o adquiridos a través del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, así como de la subcuenta que se haya constituido como complemento para asegurar el precio del petróleo de la mezcla mexicana en el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, se podrán enterar a la Tesorería de la Federación las cantidades necesarias para compensar la disminución de los ingresos petroleros del Gobierno Federal respecto de las cantidades estimadas en este artículo. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Álvarez Máyez (MC), el 25 de mayo de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Hernández Mirón (PRD), el 14 de septiembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Hernández Mirón (PRD), el 14 de septiembre de 2016.

e) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Fernando Rubio Quiroz (PRD), el 27 de septiembre de 2016.

f) Iniciativa presentada por el Dip. Santiago Torreblanca Engell (PAN), el 11 de octubre de 2016.

g) Iniciativa presentada por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 11 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 406 votos a favor y 43 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 83 votos a favor y 13 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2016.
168   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Octubre-2016
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
25-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
1-Diciembre-2016
Promover que la persona que ocupe la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) pueda emitir y suscribir resoluciones, así como establecer medidas administrativas y de reparación derivadas de las quejas que por los presuntos actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias. Las personar integrantes de la Asamblea Consultiva cada año podrán renovarse máximo seis de sus integrantes. 1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por las Sens. Lilia Merodio Reza, Hilda Flores Escalera, Diva Gastélum Bajo, Leticia Herrera Ale, Cristina Díaz Salazar, Itzel Ríos de la Mora, Anabel Acosta Islas (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM), el 27 de octubre de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor,1 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de diciembre de 2016.
169   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para incorporar el principio de interés superior de la niñez.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Octubre-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
25-Octubre-2016

Establecer que la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares deberá atender en todo momento el interés superior de la niñez. Incluir que las actuaciones y decisiones que tomen dichas autoridades, deberán considerar, primordialmente, el interés superior de la niñez, cuando se trate de la educación que concierna niñas, niños y adolescentes. Las autoridades establecerán los mecanismos necesarios para garantizar este principio. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 11 de abril de 2013.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 14 de abril de 2015. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 422 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos Segunda.
170   Decreto por el que se adiciona una fracción IV al Decreto por el que se Establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Energía

Fecha de dictamen:
25-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Aplicar el horario estacional a partir de las dos horas del primer domingo de abril, terminando a las dos horas del último domingo de octubre de cada año, al Estado de Quintana Roo, sujeto al meridiano 75 grados oeste por ubicación y 75 grados oeste por horario estacional. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Gretel Culin Jaime (PAN) el 17 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 438 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
171   Decreto por el que se establecen las características de una Moneda Conmemorativa del Quincuagésimo Aniversario de la Aplicación del Plan DN-III-E.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Diciembre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017

Emitir una moneda conmemorativa del Quincuagésimo Aniversario de la Aplicación del Plan DN-III-E. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI), el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 407 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
172   Decreto que reforma la fracción IV del artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Noviembre-2023
- Seguridad Pública

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
8-Noviembre-2023

Proponer mecanismos para implementar la salud integral, psicológica, psiquiátrica y prevención social, como medios de reinserción social, dentro de las funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario. 1. Iniciativa suscrita por el Diputado José Máximo García López (PAN), el 29 de abril de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de octubre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos Segunda.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2023. Aprobado en votación nominal por 83 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
173   Decreto por el que se adicionan los artículos 61 y 64 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
16-Diciembre-2016
Incorporar a los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil y la promoción de la salud materna, el diagnóstico oportuno y atención temprana de la displasia en el desarrollo de cadera, durante el crecimiento y desarrollo de los menores de cinco años, a través del examen clínico en la primera semana del nacimiento, en el primer mes de edad y a los dos, cuatro, seis, nueve y doce meses, así como la toma de ultrasonido de cadera o radiografía anteroposterior de pelvis, entre el primer y cuarto mes de vida. 1. Iniciativa suscrita por el Senador Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD), el 20 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 10 de abril de 2014 en la Cámara de Senadores. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2016.
174   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Establecer que la prestación del servicio social de los pasantes de las profesiones para la salud, respetara los ciclos de descanso, salvaguardando su integridad física y mental; con la finalidad de mejorar la calidad de la atención médica. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Bernardo Quezada Salas (NA), el 5 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
175   Decreto por el que se reforma el inciso m) y se adiciona un inciso n) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Noviembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
3-Noviembre-2016

Considerar como sujetos de asistencia social a todas las niñas o niños de madres de reclusas, que nazcan y permanezcan en cualquier centro de prevención y/o readaptación social. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María García Pérez (PAN), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.
176   Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del registro nacional de cáncer.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Noviembre-216
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
3-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Considerar el diseño, la organización, coordinación, vigilancia así como promover y vigilar el Registro Nacional de Cáncer. Crear una base poblacional, y se integrará de la información proveniente del Sistema Nacional de Salud. Prever la información con la que contará dicho registro. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Sylvana Beltrones Sánchez (PRI), el 03 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 440 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
177   Decreto por el que se reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 1 de julio de 2008.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Federalismo (Distribución de atribuciones entre la Federación y las Entidades Federativas)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Noviembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
3-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
3-Noviembre-2016
Precisar el escalonamiento en el término de las funciones de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que fueron electos el 20 de octubre de 2016 y cuyo mandato dará inicio el 4 de noviembre de 2016, para lo cual propone que los dos magistrados electos originalmente para el periodo del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2019, durarán en su encargo hasta el 31 de octubre de 2023; los dos magistrados electos originalmente para el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2022, durarán en su encargo hasta el 31 de octubre de 2024; y, los tres magistrados restantes, que ejercerán su encargo en el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2025. Asimismo, establece que a la entrada en vigor del decreto, la Cámara de Senadores realizará, las acciones necesarias para dar cumplimiento en relación con los dos magistrados cuyo mandato concluirá el 31 de octubre de 2019 y el 31 de octubre de 2022. 1. Iniciativa suscrita por los senadores Emilio Gamboa Patrón (PRI), Fernando Herrera Ávila (PAN), Luis Miguel Gerónimo Barbosa (PRD), Carlos Alberto Puente Salas (PVEM), Fernando Yunes Márquez (PAN) y las Senadoras Ivonne Liliana Álvarez García (PRI) y Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 25 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 67 votos a favor, 17 en contra y 0 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 335 votos a favor, 84 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos consititucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de noviembre de 2016.
178   Decreto por el que se reforman los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Noviembre-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
4-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Febrero-2017
Transferir la impartición de la justicia del trabajo ¿individual y colectivo- al ámbito del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, que hasta hoy está confiada a las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje; formular una referencia genérica a estos órganos, para agruparlos en la figura de -tribunales laborales; y, ampliar la dimensión de las tareas de conciliación, en un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo. A este organismo le corresponderá, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados; contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión; y regirá su actuación por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad; y, su titular será designado por la Cámara de Senadores, a partir de una terna propuesta por el Ejecutivo. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 99 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2016, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 379 votos a favor, 2 en contra y 19 abstenciones.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 07 de febrero de 2017.

8. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2017.
179   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Noviembre-2021
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
8-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
11-Noviembre-2021

Crear "Centros de Justicia para las mujeres", como órganos de la Secretaría de Gobernación, encargados de diseñar y ejecutar políticas orientadas a la prevención y sanción de la violencia contra las mujeres, además de proporcionar orientación, asesoría y atención a las mujeres víctimas de violencia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD), el 20 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Emilse Etcheverry Aranda (PRI), el 29 de abril de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRI), el 07 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen presentado en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2021, aprobado en lo geneal y en lo particular por 91 votos a favor. (LXV LEgislatura

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

** el Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores contempla dos minutas recibidas en sesión del 10 de noviembre de 2016 y del 09 de diciembre de 2020.**
180   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 127 de la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Noviembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
8-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
19-Diciembre-2016
Establecer que la imposición de multas se realizarán con base en el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción. Incrementar las sanciones por cacería ilegal por el equivalente de 200 a 75000 veces de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice actividades de aprovechamiento que impliquen dar muerte a ejemplares de la vida silvestre, sin la autorización correspondiente o en contravención a los términos en que ésta hubiera sido otorgada y a las disposiciones aplicables. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 11 de marzo de 2014.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de marzo de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016.
181   Decreto por el que se reforman los artículos 150, 155 y 189 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de convocatoria a comisión a diputadas y diputados promoventes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Noviembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
8-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
14-Noviembre-2016
Convocar al diputado proponente de una iniciativa o proposición, a la Reunión de Comisión en donde se prevea la discusión del dictamen respectivo. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada María Verónica Agundis Estrada (PAN), el 29 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14/ de noviembre de 2016.
182   Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Egresos, Presupuesto, Cuenta Pública y Responsabilidad Hacendaria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Noviembre-2016
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
10-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2016

Prevé un gasto neto total 4 billones 888 mil 892 millones 500 mil pesos, asimismo, un déficit presupuestario de 494 mil 872 millones500 mil pesos. Otorgar a la Comisión Federal de Electricidad de 31, 491, 993,267 millones de pesos. Otorgar de 2,480 millones de pesos para el Programa de Apoyo a Pequeños Productores, 2 mil millones de pesos al Programa de Concurrencia de las Entidades Federativas y 1,550 millones de pesos al Programa de Apoyo a la Comercialización. Una ampliación por 3,451 millones adicionales para la educación. Otorgar 6,904 millones de pesos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 438 votos a favor, 36 en contra y 0 abstenciones.

3. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016.
183   Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante y registro civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Diciembre-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
15-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
13-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
5-Febrero-2017
Facultar al Congreso para expedir las normas que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, Estados, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, en materia de aplicación en mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante. Disponer la obligación de los Poderes Legislativos de los Estados, de expedir leyes que rijan su corresponsabilidad en estas materias. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Luis Fernando Antero Valle (PAN) el 27 de abril de 2016.

b) Iniciativas suscritas por el Ejecutivo Federal (4), el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 91 votos a favor y 5 en contra.

6. Se turnó a las Legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017.

8. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 02 de febrero de 2017.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 2017.
184   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de accesibilidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Noviembre-2016
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
15-Noviembre-2016

Incluir el término de accesibilidad, como parte de los principios rectores en la observación y aplicación de la ley. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Arlette Ivette Muñoz Cervantes (PAN), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turno a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.
185   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 29 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Noviembre-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
15-Noviembre-2016

Considerar dentro de las acciones de adaptación; el establecimiento de centros de población o asentamientos humanos bajo criterios de resiliencia, así como las acciones de desarrollo, mejoramiento y conservación de los mismos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC), el 20 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turno a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
186   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y al Código Fiscal de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Establecer que en el juicio existirá una audiencia de conciliación en los asuntos provenientes de una resolución de recurso de revocación exclusiva de fondo y adicionar en el Código Fiscal de la Federación, en el Título V, Capítulo I, la Sección Cuarta denominada "Del Trámite y Resolución del Recurso de Revocación Exclusivo de Fondo" para precisar el concepto de agravio de fondo como aquel que se refiera al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, respecto de las contribuciones revisadas que pretendan controvertir y los requisitos para su interposición. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a). Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal, el 08 de septiembre de 2016.

b). Iniciativa suscrita por los Diputados Candelario Pérez Alvarado (PRD) y Charbel Jorge Estefan Chidiac (PRI) el 20 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 361 votos a favor, 31 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
187   Decreto por el que se reforman los artículos 153 y 154; y se deroga el 151 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
2-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
2-Febrero-2017

Publicación en el DOF:
27-Marzo-2017
Establecer que la persona privada de su libertad que se fugue, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión, esta pena se incrementará en un tercio cuando la persona obre de concierto con otra u otras personas privadas de su libertad y se fugue alguna de ellas o ejerciere violencia en las personas. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Federico Döring Casar (PAN), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2017.
188   Decreto por el que se reforman los artículos 140 y 141 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
17-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
28-Diciembre-2016
Establecer que el Congreso de la Unión contará con un órgano denominado "Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos", el cual funcionará con base en los permisos y las autorizaciones que le asigne la autoridad competente. El Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos tiene por objeto, reseñar y difundir, a través de las distintas plataformas de comunicación y canales de programación la actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a las de las Cámaras del Congreso de la Unión y de la Comisión Permanente, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas de la realidad nacional vinculados con la difusión de la cultura democrática y los valores nacionales; gozará de autonomía técnica y de gestión para la consecución de su objeto, mismas que son dictadas por esta Ley, el Reglamento del Canal, los linchamientos administrativos, políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe y emita la Comisión Bicamaral. Para la realización de su objeto, contará con el presupuesto que cada Cámara le haya asignado y que será acorde a las necesidades del Canal, para asegurar la transmisión y la calidad de los contenidos. En las reuniones de la Comisión que se discutan temas de contrataciones, adquisiciones y licitaciones que lleve a cabo el Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, deberán estar presentes, con voz pero sin voto, el Secretario General de la Cámara de Diputados y el Secretario General de Servicios Administrativos de la Cámara de Senadores. Para el mejor desempeño de las labores propias del Canal, este contará con una Comisión Bicamaral, una Dirección General, un Consejo Consultivo, así como de un Defensor de Audiencia, los dos últimos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Cualquier legislador de las Cámaras que integran el Congreso de la Unión podrá solicitar al responsable del Canal copia del material videográfico transmitido a través del mismo. La organización y funcionamiento del Canal se sujetará a las disposiciones legales aplicables y a las reglamentarias específicas que al efecto dicte el Congreso de la Unión, así como a las políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe la Comisión Bicamaral. En ejercicio de las facultades delegatorias para la representación de las Cámaras, los presidentes de ambas Cámaras otorgarán un poder especial para actos de administración, pleitos y cobranzas, en favor del titular de la Dirección General del Canal para llevar a cabo las contrataciones, adquisiciones y licitaciones de equipo y de servicios que realice el Canal, en apego a los lineamientos administrativos emitidos para tal efecto por la Comisión Bicamaral. 1. Iniciativa suscrita por el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN) y el Dip. José Jesús Zambrano Grijalva (PRD); los senadores Daniel Gabriel Ávila Ruiz (PAN), Jesús Casillas Romero (PRI) y Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (PRD); y, los diputados Tristán Manuel Canales Najjar (PRI), Armando Soto Espino (PRD) y la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN), integrantes de la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión, el 03 de agosto de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 29 de septiembre de 2016.

3. Proyecto de decreto aprobado en la Cámara de Senadores por 88 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de septiembre de 2016.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 347 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y Estudios Legislativos Segunda.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2016.
189   Decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Noviembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
22-Noviembre-2016

Establecer que los servicios de asesoría jurídica se prestarán preferentemente a las personas que por diferentes factores enfrenten situaciones de riesgo o discriminación. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Cecilia Romero Castillo (PAN) y suscrita por la Dip. Eloísa Chavarrías Barajas (PAN), el 22 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 410 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidad de Justicia y de Estudios Legislativos.
190   Decreto que adiciona el artículo 125 Bis a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Noviembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
22-Noviembre-2016

Incluir que la Secretaría de Salud en coordinación con las demás dependencias involucradas, implementará mecanismos que prevengan los riesgos asociados con interferencias electromagnéticas que puedan afectar tanto a los equipos médicos como a los pacientes dentro de los hospitales.

Regular el uso de telefonía móvil en determinadas áreas como quirófanos y de terapia intensiva en los hospitales.
1. Iniciativa suscrita por los Diputados César Camacho Quiroz, Miguel Ángel Sulub Caamal, Jorge Carlos Ramírez Marín y Manuel Vallejo Barragán (PRI), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 416 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidad de Salud y de Estudios Legislativos.
191   Decreto por el que se adiciona un inciso d) a la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de centros penitenciarios.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Septiembre-2019
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
22-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
12-Septiembre-2019

Establecer que el Congreso tiene la facultad para expedir la ley general que establezca las bases y principios generales en materia de administración de centros penitenciarios, así como la distribución de competencias entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en la materia. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo del Rivero Martínez (PAN), y suscrita por la Dip. Karina Padilla Ávila (PAN), el 04 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Seguridad Pública; y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores del 12 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos a favor y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
192   Proyecto de decreto que reforma los artículos 79, 83 y 425 de la Ley General de Salud, en materia de cirugía estética.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Noviembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
24-Noviembre-2016

Incluir a la cirugía estética y reconstructiva, y a la medicina estética dentro de las actividades que requieren que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades competentes. Clausurar temporal o definitivamente, parcial o totalmente según la gravedad de la infracción y las características de la actividad o establecimiento cuando se ofrezcan o realicen servicios de cirugía estética o reconstructiva sin que el personal profesional a cargo cuente con los títulos profesionales y certificados de especialización o subespecialización, o cuando se ofrezcan estos servicios mediante anuncios, documentos, papelería o publicidad sin los datos de registro ante las autoridades educativas. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Elvia Graciela Palomares Ramírez (PRI) el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidad de Salud y de Estudios Legislativos.
193   Decreto por el que reforma el artículo 135 de la Ley Agraria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Noviembre-2016
- Reforma Agraria

Fecha de dictamen:
24-Noviembre-2016

Incluir a los posesionarios dentro de los que la Procuraduría Agraria, debe proteger sus derechos. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Óscar García Barrón (PRI) el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor, 2 en contra y 30 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos.
194   Decreto por el que se adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal, en materia de usurpación de identidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Adicionar un Título Vigésimo al Código, denominado "Delitos contra la identidad de las personas", con la finalidad de sancionar la usurpación de identidad. Estableciendo una pena de uno a seis años de prisión y cuatrocientos a seiscientos días de multa y, en su caso, la reparación del daño que se hubiere causado, a quien cometa el delito de usurpación de identidad. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. César Flores Sosa (PAN), el 15 de diciembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Lorena Corona Valdés (PVEM), el 09 de febrero de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Gloria Himelda Félix Niebla (PRI), el 10 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
195   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Turismo

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 408 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Turismo y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.
196   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Armonizar el texto de las leyes con el cambio de denominación de "Distrito Federal" por "Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 390 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Los Derechos de La Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
197   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Marzo-2017
- Competitividad

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Marzo-2017

Publicación en el DOF:
17-Mayo-2017
Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 402 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2017.
198   Decreto por el que se reforman los artículos 1o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; y 7 y 15 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Asuntos Indigenas y de Estudios Legislativos, Primera.
199   Decreto por el que se reforma el artículo 1 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
2-Abril-2019
- Juventud

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
2-Abril-2019

Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Ciudad de México". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 17 de agosto de 2016.

2. Declaratoria de publicidad el 29 de noviembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidasde Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 26 de marzo de 2019.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 02 de abril de 2019. Aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
200   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de la Ley de Vías Generales de Comunicación; de la Ley del Registro Público Vehicular y la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Marzo-2017
- Transportes

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
22-Marzo-2017

Armonizar el texto de las Leyes con el cambio de denominación de "Distrito Federal" por "Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
201   Decreto por el que se reforman los artículos 29 y 112 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Septiembre-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Septiembre-2017

Publicación en el DOF:
9-Noviembre-2017
Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de septiembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federacion el 09 de noviembre de 2017.
202   Decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 4, y el cuarto párrafo del artículo 18 de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
- Agricultura y Sistemas de Riego

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
21-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
11-Mayo-2018
Considerar la formación de recursos humanos y redes de conocimiento para la generación de empresas semilleras nacionales con apoyo de Instituciones de enseñanza Superior y Tecnológica y Centros de Investigación. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Erandi Bermúdez Méndez (PAN) el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 21 de marzo de 2018, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 63 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018.
203   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
- Igualdad de Género
- Justicia

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Establecer que el banco de datos sobre las órdenes de protección, deberá contener las que han sido emitidas incluyendo datos de las víctimas y de las personas sujetas a ellas, el tipo de orden, así como el seguimiento e incumplimiento de las mismas y con estricto apego a la protección de datos personales. Establecer que las órdenes de protección de emergencia y preventivas tendrán na temporalidad hasta que la víctima de la violencia deje de estar expuesta al riesgo y deberán expedirse de forma inmediata máximo en el transcurso de las seis horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generen. El Ministerio Público dictará oficiosamente cualquiera de las órdenes de protección preventivas o de emergencia sin necesidad de autorización judicial previa o posterior sin perjuicios de que pueda sustituirla por alguna medida de protección o providencia de las previstas en el Código Nacional de Procedimientos penales. Modificar la duración de las medidas de protección y de las providencias precautorias de sesenta a noventa días naturales. Para la duración de estas medidas, tratándose de delitos por razón de género, se aplicará de manera supletoria la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En casos de violencia contra las mujeres, cuando el Ministerio Público o la víctima u ofendido no hubiera solicitado medida cautelar alguna, pero el Juez advierte algún riesgo para la víctima u ofendido, deberá emitir alguna orden de protección preventiva o de emergencia prevista en la Lay General de Acceso a una Vida Libre de Violencia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), el 08 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.
204   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Abril-2017
- Competitividad

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Mayo-2017
Modificar el término Distrito Federal por el de Ciudad de México e incluir el término "demarcaciones territoriales de la Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro González Murillo (PES), el 17 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 394 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2017.
205   Decreto por el que se adiciona una fracción XIV al artículo 7 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Incluir como objeto de las Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, promover entre sus afiliados principios éticos que prevengan acciones de corrupción con las dependencias de los tres niveles de gobierno y demás dependencias del sector público. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRI), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.
206   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nombramiento de los titulares de los órganos internos de control de los organismos constitucionales autónomos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
8-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Cambiar las denominaciones de "Contraloría Interna" por la de "Órgano Interno de Control"; y la de "Contralor Interno" por la de "Titular del Órgano Interno de Control" en los órganos constitucionales autónomos. Adicionar causales por las que los titulares de los órganos internos de control de éstos órganos constitucionales podrán ser destituidos y normar sus atribuciones. Establecer el procedimiento para su designación, remoción y rendición de cuentas. Adicionar un Capítulo Octavo al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos denominado "De la designación de los titulares de los Órganos Internos de Control de los Órganos Constitucionales Autónomos". 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (PRI), el 01 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI), el 20 de abril de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. María Cecilia Guadalupe Romero Castillo (PAN), el 29 de septiembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 15 de noviembre de 2016.

e) Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 316 votos a favor, 3 en contra y 35 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
207   Decreto por el que se adiciona el artículo 419 Bis al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
8-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Incluir las peleas de perros como delito. Sancionar con seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días de multa a quien posea, crie o entrene un perro con el propósito de hacerlo participar en actividades que involucre una pelea entre dos o más perros; a quien organice, promueva, patrocine o venda entradas para asistir a peleas de perros; a quien posea o administre una propiedad donde se realicen peleas de perros; a quien ocasione que menores de edad presencien peleas de perros, y a quien con fines de lucro las realice; incrementándose la sanción hasta en una mitad cuando se trate de servidores públicos. Se impondrá un tercio de la pena en el caso de espectadores o asistentes a peleas de perros. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM), e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 24 de noviembre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich, Verónica Delgadillo García (MC) y Elías Octavio Íñiguez Mejía (PAN), el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 316 votos a favor, 3 en contra y 35 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
208   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 420 del Código Penal Federal, y se adiciona una fracción X al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
21-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
13-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
21-Febrero-2017

Publicación en el DOF:
7-Abril-2017
Imponer pena de dos a dieciocho años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa a quien ilícitamente de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie, camarón, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda. Sancionar penalmente a quien capture, transforme, acopie, transporte o dañe ejemplares de la especie Totoaba Macdonaldi dentro o fuera de los periodos de veda. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Antonio López Rodríguez (PAN), el 15 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Álvarez Angli (PVEM), el 14 de septiembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. María Cristina Teresa García Bravo (PRD), 12 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 412 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 21 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de abril de 2017.
209   Decreto por el que se reforman los artículos 420 y 422 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
13-Diciembre-2016

Incrementar las penas en materia de delitos contra la Biodiversidad y en materia de Actividades Tecnológicas y Peligrosas. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Sesma Suarez, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 14 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Sesma Suarez, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
210   Decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión Sujetos Obligados.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Diciembre-2016
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
13-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
26-Enero-2017
Crear un ordenamiento jurídico reglamentario de los artículos 6 y 16, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados. Son sujetos obligados en el ámbito federal, estatal y municipal, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partido políticos, fideicomisos y fondos públicos. Los sindicatos y cualquier otra persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal serán responsables de los datos personales. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras y Senadores Cristina Díaz Salazar, Laura Angélica Rojas Hernández, Alejandro Encinas Rodríguez, Héctor Larios Córdova, Fernando Yunes Márquez, Marcela Torres Peimbert, Zoé Robledo Aburto, Pablo Escudero Morales, Isidro Pedraza Chávez y Armando Ríos Piter, el 30 de abril de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 101 votos a favor y tres en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 06 de septiembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 318 votos a favor y 77 en contra y 34 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017.
211   Decreto por el que se reforman los artículos 24 y 366 Ter, y se adiciona el 209 Quáter al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Considerar como pena y medida de seguridad, la inscripción en el Registro de personas con Sentencia Firme a las que se les ha impuesto la medida de seguridad consistente en la prohibición de ir a lugar determinado y la de publicación especial de sentencia a quienes cometan delitos contra la libertad y el desarrollo psicosexual. Establecer que quienes cometan el delito de tráfico de menores tendrán prohibido acudir a lugares donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN) el 21 de abril de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN) el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. aprobado por 81 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción d) del artículo 72 de la CPEUM.
212   Decreto por el que se otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
15-Diciembre-2016

Otorgar la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente al Segundo Año de Ejercicio, al ciudadano José Luis Solorzano Zavala. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2016.
213   Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
3-Enero-2017
Integrar el interés superior de la niñez, como principio rector de los similares que guían los mecanismos, medidas y procedimientos de la Ley. Facultar a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para atraer los casos del fuero local relacionados con la atención y reparación de las víctimas, y como órgano operativo y rector en materia de atención a víctimas y de violaciones de derechos humanos, ésta contará con una Junta de Gobierno y un Comisionado Ejecutivo para su administración, así como con una Asamblea Consultiva, como órgano de consulta y vinculación con las víctimas y la sociedad, en este sentido, la CEAV deja de ser un órgano colegiado y esta responsabilidad recaerá en un Comisionado Ejecutivo, que será nombrado por el presidente de la República, previa consulta pública entre colectivos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención a víctimas, y ratificado por el Senado de la República. Establecer la obligación de las entidades federativas para contar con un fondo de ayuda, asistencia y reparación integral, una asesoría jurídica y un registro de víctimas, a fin de flexibilizar los mecanismos de acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y definir la figura de recursos de ayuda, como diversos gastos: alimentación, hospedaje, trasportación, entre otros, que deben ser concebidos como gastos operativos ordinarios que les permita a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva. Garantizarán los criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y rendición de cuentas respecto a los convenios de coordinación firmados entre la CEAV y las comisiones de víctimas de las entidades federativas, para establecer las reglas de reintegración de los recursos erogados. Fortalecer la actuación del asesor jurídico federal, como mecanismo para hacer valer los derechos de las víctimas y que cubra todos los procedimientos derivados de un hecho victimizante. La figura de asesor jurídico estará adscrita a las comisiones ejecutivas y estará integrada por las y los abogados, peritos, profesionales y técnicos de las diversas disciplinas que se requieren para la defensa de los derechos previstos en la Ley y contará con un servicio civil de carrera que comprenda la selección, ingreso, adscripción, permanencia, formación, promoción, capacitación, prestaciones, estímulos y sanciones; y, puntualizar que se otorgará atención inmediata a las poblaciones víctimas de desplazamiento para cubrir sus necesidades prioritarias. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 08 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 08 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa suscrita por la Sen. Sonia Mendoza Díaz (PAN) el 02 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

d) Iniciativa suscrita por diversos integrantes de Comisiones Unidas de Gobernación; de Derechos Humanos; y de Justicia; y de Estudios Legislativos el 05 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

e) Iniciativa suscrita por la Sen. Adriana Dávila Fernández (PRI) el 09 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

f) Iniciativa suscrita por la Sen. Adriana Dávila Fernández (PRI) el 14 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

g) Iniciativa suscrita por la Sen. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 27 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

h) Iniciativa suscrita por diversos legisladores del Grupo Parlamentario del PRI el 19 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

i) Iniciativa suscrita por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 12 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

j) Iniciativa suscrita por la Sen. Mónica Arriola Gordillo (PANAL) el 29 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)

k) Iniciativa suscrita por el Sen. Venancio Luis Sánchez Jiménez (PRD) el 14 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

l) Iniciativa suscrita por la Sen. Mariana Gómez del Campo Gurza (PAN) el 14 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos a favor y 7 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 323 votos a favor y 41 en contra y 34 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de enero de 2017.
214   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; y de la Ley de Puertos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
19-Diciembre-2016
Incluir dentro del despacho de la Secretaría de Marina la seguridad marítima, salvamento en caso de accidentes o incidentes de embarcaciones y el control de tráfico sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal; así como regular, vigilar la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar y supervisar a la marina mercante; administrar y operar el señalamiento marítimo, así como proporcionar los servicios de información y seguridad para la navegación marítima. Incluir dentro del despacho de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, intervenir en las leyes otorga a la Secretaría de Marina respecto al transporte por agua. Definir una autoridad marítima nacional, que ejercerá la administración marítima de México, por el Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Marina para el ejercicio de la soberanía, protección y seguridad marítima, así como el mantenimiento del estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias. Delimitar y redistribuir las atribuciones que en materia marítima y portuaria poseen la Secretaría de Marina y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entre otras, transfiere las capitanías de puerto a la Secretaría de Marina y estipula reglas específicas para el buen funcionamiento portuario. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 03 marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 63 votos a favor y 13 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 06 de diciembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 339 votos a favor y 38 en contra y 11 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016.
215   Decreto por el que se reforman los artículos 211, la denominación del Capítulo I del Título Décimo Quinto, 259 Bis y se adicionan los artículos 210 Bis; 259 Ter; 259 Quáter y una fracción V al artículo 266 Bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Tipificar el ciberacoso sexual, entendiéndose quien con fines lascivos y utilizando la coacción, intimidación, inducción, seducción o engaño entable comunicación a través de cualquier tecnología de la información con una persona menor de 18 años o con quien no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, imponiéndose una pena de 2 a 6 años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa. Así mismo, el acoso sexual, entendiéndose el que asedie a una persona solicitándole favores sexuales para sí o un tercero, imponiéndose una pena de 1 a 3 años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI) el 04 de octubre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES) el 14 de septiembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Felipe Cervera Hernández (PRI) a nombre del Diputado César Camacho Quiroz (PRI) el 13 de septiembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Mariana Arámbula Meléndez (PAN), suscrita por los diputados Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn y José Antonio Salas Valencia (PAN) e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 08 de septiembre de 2016.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Evelyng Soraya Flores Carranza (PVEM) y suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario, el 24 de agosto de 2016.

f) Iniciativa suscrita por los Dips. Clemente Castañeda Hoeflich y Verónica Delgadillo García (MC), el 27 de julio de 2016.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. María Eloísa Talavera Hernández (PAN) el 25 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 108 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
216   Decreto por el que se expide el Reglamento de la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
28-Diciembre-2016

Establecer que la Cámara de Diputados otorgará anualmente la medalla de reconocimiento al mérito deportivo a ciudadanos nacionales, destacados por su actuación y trayectoria en el deporte mexicano, o a aquellos destacados por el fomento, la protección o el impulso del deporte social, de conformidad con lo que establece el decreto de su creación, así como el Reglamento que regula su entrega. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Ramos Hernández (PAN), el 07 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2016, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. El 13 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Decreto por el que se adiciona un numeral 3 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Con fundamento en el artículo Segundo Transitorio del decreto, se faculta a la Comisión de Régimen Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para expedir dicho Reglamento.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor.

6. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2016.
217   Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de Infraestructura Física Educativa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Incluir a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad como parte del marco normativo que rige a la Infraestructura Física Educativa. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Adolfo Mota Hernández (PRI), el 18 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.
218   Decreto por el que se adiciona un artículo 233 bis a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Obligar a que los envases de medicamentos contengan la impresión de fecha de caducidad con al menos 5 mm de altura con un color contrastante e indeleble. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Rosalina Mazari Espín (PRI) el 14 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
219   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 310 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

requieran receta médica, su publicidad se realizará exclusivamente por medios impresos, debiendo contener su leyenda visual, así como las que correspondan conforme a su naturaleza, la advertencia de sus riesgos o efectos secundarios. La vigilancia del cumplimiento de lo anterior, será llevada a cabo por la Secretaría de Salud, en términos de las disposiciones reglamentarias respectivas. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Rosalina Mazari Espín (PRI), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
220   Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Diciembre-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
12-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
16-Febrero-2018
Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realicen los Institutos Nacionales de Salud, mediante un proceso organizado y sistemático de difusión y divulgación por los medios de información asequibles de los Institutos, que permita dar a conocer avances médicos especializados. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Rosalina Mazari Espín (PRI), el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.
221   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 35 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Indicar que los servicios públicos a la población serán preferentemente a favor de personas pertenecientes a grupos sociales en situación de vulnerabilidad. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José María Martínez Martínez (PAN) el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Adolfo Romero Lainas, Fernando Mayans Canabal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Salvador López Brito, Martha Elena García Gómez, integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, Braulio Manuel Fernández Aguirre y Armando Neyra Chávez (PRI) y Martha Palafox Gutiérrez (PT) el 05 de Marzo de 2015. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 07 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 12 de abril de 2016.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
222   Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Actualizar la denominación de "Reforma Agraria" por "Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano". 1. Iniciativa presentada por la Dip. Genoveva Huerta Villegas (PAN) a nombre del Diputado Luis de León Martínez Sánchez (PAN) el 24 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos.
223   Decreto por el que se adicionan los artículos 12 y 19 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Implementar mecanismos de participación de los padres de familia o de quien ejerza la tutela de niñas y niños, respecto de su educación y atención, en los Centros de Atención y en la Política Nacional para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de los servicios que presten los Centros. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES), el 06 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
224   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Establecer que la coordinación operativa del Sistema Nacional de Protección Integral recaerá en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva. Proponer al Sistema Nacional de Protección Integral las acciones, lineamientos y demás instrumentos normativos administrativos, necesarios para dar cumplimiento pleno a los objetivos de la Ley. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD), el 11 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. desechado por 81 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción d) del artículo 72 de la CPEUM.
225   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Marzo-2022
- Atención a Grupos Vulnerables
- Vivienda

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
29-Marzo-2022

Establecer lo que se entiende por vivienda adaptada. Incluir dentro de los lineamientos de la ley el promover que los proyectos urbanos y arquitectónicos de vivienda, así como sus procesos productivos y la utilización de materiales se adecuen a los rasgos culturales y locales para procurar su identidad y diversidad; así como a las condiciones y necesidades físicas de las personas adultas mayores y personas con discapacidad. Establecer como uno de los elementos del Programa Nacional de Vivienda las estrategias y líneas de acción para facilitar el acceso al financiamiento público y privado para construcción y mejoramiento de vivienda para pueblos y comunidades rurales indígenas; así como para la adaptación de la misma, de acuerdo con las condiciones y necesidades físicas de sus habitantes. Incluir en las tareas de la Comisión Nacional de Vivienda el establecer vínculos institucionales, convenios de asistencia técnica, innovación arquitectónica y tecnológica e intercambio de información con gobiernos nacionales y organismos nacionales e internacionales, en coordinación con las autoridades competentes.
Establecer como tarea que corresponde a las instituciones públicas de vivienda de interés social, garantizar las acciones necesarias a fin de concretar programas de vivienda que permitan a las personas adultas mayores la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o remodelarla y adaptarla en caso de ya contar con ella. Incluir a la Comisión Nacional de Vivienda dentro del Consejo Directivo del INAPAM.
Asentar que los programas de vivienda del sector público o sector privado deberán incluir proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren sus necesidades de accesibilidad. Las instituciones públicas de vivienda otorgarán facilidades para recibir créditos o subsidios para la adquisición, redención de pasivos y construcción, remodelación o adaptación de vivienda. Incluir a la Comisión Nacional de Vivienda en el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Manuel Celis Aguirre (PVEM) el 05 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Seguna.

5. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 102 votos a favor. (LXV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
226   Decreto por el que se reforma el párrafo séptimo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Precisar que toda persona tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Soralla Bañuelos de la Torre (NA), el 27 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Vivienda y de Estudios Legislativos, Primera.
227   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 7 y 16 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017
Incluir la regulación de los subproductos forestales, definiéndolos como aquellos bienes obtenidos de un proceso de transformación de productos forestales, con otra denominación, nuevas características y un uso final distinto; facultar a la SEMARNAT para expedir los certificados y demás documentación fitosanitaria para la exportación e importación de los subproductos forestales. 1. Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por el Senador Jorge Aréchiga Ávila (PVEM) el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
228   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Establecer que no se considerará que exista daño al ambiente cuando se demuestre que la actividad u obra asociada a los daños ambientales constituya el objeto expreso y específico de una autorización administrativa, y que en la realización de la actividad u obra, el agente económico se haya ajustado estrictamente a los términos y condiciones de la autorización y a la normativa que le sea aplicable. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Javier Pinto Torres (NA) el 20 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
229   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 176 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Precisar que la resolución del procedimiento administrativo y la que recaiga al recurso administrativo de revisión, podrán controvertirse optativamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, o a través de juicio ordinario administrativo ante los juzgados de distrito con jurisdicción especial en materia ambiental. Los jueces de distrito en materia administrativa serán competentes para conocer de los juicios ordinarios. 1.Iniciativa suscrita por los diputados Sara Latife Ruiz Chávez (PRI) y Arturo Álvarez Angli (PVEM), el 27 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 360 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
230   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión Declara el 9 de agosto de cada año "Día Nacional contra el Cáncer Cervicouterino".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Declarar el 9 de agosto de cada año como Día Nacional contra el Cáncer Cervicouterino. 1. Iniciativa presentad por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA), el 16 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 352 a favor, 2 en contra y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
231   Decreto por el que se reforman los artículos 5, 14, 24 y 31 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Organizaciones Sociales, Cooperativas, de Fomento y Crédito Popular


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Sustituir la referencia a las Leyes sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social por la Ley de Asistencia Social, de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, de Transparencia y Acceso a la Información (Pública Gubernamental) y la de Fiscalización Superior de la Federación por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, respectivamente. Eliminar las referencias al salario mínimo y sustituirla por la relativa a la Unidad de Medida y Actualización. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Alejandro González Murillo (PES), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
232   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley General de Población.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
12-Julio-2018

Establecer los lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad en los registros administrativos de la administración pública, del Censo Nacional de Población y de las Encuestas Nacionales. Incluir en el Sistema Nacional de Información en Discapacidad el Registro Nacional de Población con Discapacidad, y actualizarlo a través de los registros administrativos de certificación de discapacidad del Sector Salud. Extender los certificados de discapacidad por autoridades sanitarias; los menores de edad con discapacidad y los neonatos en los que se identifique una discapacidad congénita o genética, al momento del nacimiento o como resultado del Tamiz neonatal, deberán ser incluidos en el Registro de Menores de Edad, incluyendo la correspondiente certificación de discapacidad para garantizar el interés superior de la niñez. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Gianni Raúl Ramírez Ocampo (PRI), el 05 de noviembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Miguel Ángel Sulub Caamal (PRI), el 15 de diciembre de 2015.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), y por los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, el 26 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 362 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2018.
233   Decreto por el que el Congreso de la Unión declara el 18 de noviembre como "Día Nacional de las MIPyMES Mexicanas"


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Declarar el 18 de noviembre Día Nacional de las Mipyme Mexicana. 1. Iniciativa presentada por los diputados Miguel Ángel Sulub Caamal (PRI) y Jorge Enrique Dávila Flores (PRI) el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 350 a favor y 5 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos, Segunda.
234   Decreto que reforma los artículos octavo y noveno de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Robustecer las atribuciones de las entidades federativas y de los municipios en materia de movilidad sustentable. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 321 a favor, 34 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda, con opinión de la Comisión Especial de Cambio Climático.
235   Decreto por el que se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017
Especificar prohibiciones para garantizar desde los tres niveles de gobierno el trato digno y respetuoso hacia los animales, incluyendo el organizar, inducir o provocar peleas de perros. ampliar la facultad del gobierno federal para expedir NOMs que determinen principio básicos de trato digno y respetuoso que incluyan captura, cautiverio, comercialización, cuarentena, entrenamiento, exhibición, explotación, manutención, transporte y sacrificio de animales. 1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 356 a favor, 0 en contra y 4 abstenciones.

6. Pasa Al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
236   Decreto por el que se reforma la fracción XV del artículo 3o. y se adiciona un segundo párrafo y las fracciones I, II y III, al artículo 29 de la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Facultar a los Estados y a la Ciudad de México para llevar a cabo la creación y administración del padrón estatal de mascotas o animales de compañía; establecer que los Municipios llevarán a cabo el control, inspección, vigilancia y , en su caso, imposición de sanciones, de los establecimientos de cualquier índole en donde se comercialicen mascotas o animales de compañía; prever las condiciones de espacio, seguridad, ventilación, iluminación, alimentación, así como las necesarias para la exhibición de ejemplares por medios remotos o a través de herramientas tecnológicas estableciendo que esta no podrá realizarse por periodos prolongados ni continuos. 1. Iniciativa presentada por diputados integrantes del PVEM, el 06 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 348 a favor, 0 en contra y 9 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
237   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
28-Diciembre-2016
Considerar que los legisladores deberán renunciar a obtener, por la realización de actividades inherentes a su cargo o su impacto, beneficios económicos o en especie para parientes civiles o por afinidad hasta el cuarto grado. Reducir el número de días para que proceda la suplencia. Derogar la Sección Sexta, que contempla las Sesiones Secretas, con el objeto de alcanzar mayores niveles de transparencia. Establecer que en el Salón de Sesiones habrá un lugar denominado galerías, destinado al público que concurra a presenciar las Sesiones del Pleno de la Cámara; se abrirán antes de comenzar cada una de ellas, y sólo se cerrarán en el momento que las sesiones se levanten, o sea necesario cerrarlas para restaurar el orden. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI), el 03 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 347 a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2016.
238   Decreto por el que se declara el 4 de agosto de cada año, el "Día Nacional de Calakmul, Campeche, Primer Patrimonio Mixto de la Humanidad en México".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Declarar el día 4 de agosto de cada año, como el "Día Nacional de Calakmul, Campeche, Primer Patrimonio Mixto de la Humanidad en México" 1. Iniciativa presentada por la Dip. Adriana del Pilar Ortiz Lanz (PRI)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 350 a favor y 4 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
239   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Energía

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Prever los requisitos que deberán cubrir los consejeros independientes de PEMEX y CFE para poder desempeñar el cargo. Establecer que los consejeros de ambas empresas productivas del Estado no podrán ocupar durante el tiempo de su gestión cargos en entes privados con los que tengan conflicto de interés. Precisar que dichos consejeros estarán sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal, el 08 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 359 votos a favor y 53 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Segunda.
240   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Nacional de Ejecución Penal; y de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 24 de noviembre de 2016

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 386 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
241   Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 119 de la Ley General de Salud, en Materia de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Atribuir a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las
entidades federativas, en su ámbito de competencia,
prevenir contingencias, así como implementar y sugerir
medidas de auxilio a la población afectada por efectos del
cambio climático, de acuerdo con la información generada
por el Subsistema de Información de Riesgos, Peligros y
Vulnerabilidades del Consejo Nacional de Protección Civil.
1. Iniciativa suscrita por el Diputado Evelio Plata Inzunza (PRI), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
242   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 198 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
24-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
21-Junio-2018
Obligar a los establecimientos que presten servicios de hemodiálisis a contar con autorización sanitaria para su funcionamiento. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María Guadalupe Oyervides Valdez (PRI) el 25 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2018.
243   Decreto por el que se adiciona una fracción XXII al artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Impulsar la coordinación entre las autoridades educativas y las Procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes para la identificación y denuncia de los casos de asistencia irregular, abandono y deserción escolar. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Tomas Roberto Montoya Díaz (PRI), el 03 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 400 votos a favor y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
244   Decreto que reforma el artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Ciencia y Tecnología

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Considerar como prioritarios a todos aquellos proyectos
que contribuyan a la prevención y combate de los efectos
del cambio climático.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI) el 12 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Ciencia y Tecnología y de Estudios Legislativos, Primera.
245   Decreto que reforma el artículo 19 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Enero-2018
Considerar como día inhábil el 14 septiembre, en los órganos del Poder Judicial de la Federación. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Ramírez Nieto (PRI), el 15 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 337 votos a favor, 44 en contra y 8 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2018.
246   Decreto por el que se reforma el artículo 46 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Establecer que los permisionarios que brindan servicio público de transporte ferroviario, deberán registrar ante la Agencia Reguladora del Servicio Ferroviario las tarifas máximas aplicables a la prestación del servicio público de transporte, servicios auxiliares y servicios diversos; precisar que para el caso de servicios diversos, deberán de registrarse en el catálogo correspondiente, incluyendo sus cargos y reglas de aplicación; y señalar que cualquier modificación a las tarifas máximas de servicios diversos y cargos tendrá que ser registrada y acompañada de la justificación correspondiente por parte del permisionario. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Bárbara Botello Santibáñez (PRI) el 08 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
247   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Incluir el concepto de "Acoso Laboral". Sancionar el acoso laboral como violación a los derechos de las y los trabajadores. Modificar "Distrito Federal" por "Ciudad de México" y las multas equivalentes en salarios mínimos, a la unidad de medida. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Edgar Romo García (PRI), el 18 de mayo de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 25 de mayo de 2016.

c) Iniciativa suscrita por los diputados Virgilio Dante Caballero Pedraza, Laura Beatriz Esquivel Valdés y Mario Ariel Juárez Rodríguez (MORENA), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda.
248   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Otorgar las condecoraciones de "Mérito Militar" y "De Servicios Distinguidos" a personas que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas. Establecer el objeto de la Condecoración al Mérito Militar. Explicitar los casos en los que se otorgará la Condecoración de Servicios Distinguidos. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI) el 01 de diciembre de 2015.

2. . Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 437 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2016.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de trámite presentado el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la CPEUM

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2016.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal ara sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
249   Decreto por el que se reforman veinticuatro ordenamientos en materia de reconocimiento de la Ciudad de México como entidad federativa, sustitución de nombre de Distrito Federal y definición, en su caso, de las facultades concurrentes para las demarcaciones territoriales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Distrito Federal


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Noviembre-2017
- Ciudad de México

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Enero-2018
En materia de reconocimiento de la Ciudad de México como Entidad Federativa, sustitución del nombre de Distrito Federal y definición de las facultades concurrentes para las Demarcaciones Territoriales. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa prestada por diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal, el 29 de septiembre de 2016.

b) Iniciativas presentadas por el diputado José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 27 de septiembre de 2016. (3)

c) Iniciativas presentadas por el diputado José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 04 de octubre de 2016. (2)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2018.
250   Decreto por el que se reforma el artículo 126 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Establecer que los documentos, datos e informes que los ciudadanos proporcionen al Registro Federal de Electores, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer, salvo cuando se trate de juicios, recursos o procedimientos en los que el instituto fuese parte, para cumplir con las obligaciones previstas por la Ley, en materia electoral y por la Ley General de Población en lo referente al Registro Nacional Ciudadano, a solicitud del Ministerio Público tratándose de delitos en que se aplique la medida cautelar de prisión preventiva. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Alfredo Bejos Nicolás (PRI), el 03 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor y 1 abstencion.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Primera.
251   Decreto por el que se reforma el artículo 1915 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Enero-2018
Establecer que cuando el daño se cause a las personas y produzca la muerte, incapacidad total permanente, parcial permanente, total temporal o parcial temporal, la indemnización correspondiente será calculada tomando como base la unidad de medida y actualización y se extenderá al número de unidades que para cada una de las incapacidades corresponda. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN), el 27 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 255 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 72 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2018.
252   Decreto por el que se adicionan las fracciones XII y XIII, recorriendose la subsecuente del artículo 29 de la Ley Federal de Defensoría Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Waldo Fernández González (PRD), el 13 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 243 votos a favor, 1 en contra y 11 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
253   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara, el 5 de abril de cada año como Día Nacional Contra el Cáncer de Pulmón.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
2-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018

Declarar el 5 de abril de cada año como el "Día Nacional contra el Cáncer de Pulmón". 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Teresa Cuenca Ayala Sharon (PVEM) y diputados integrantes del PVEM, el 06 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 396 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a facor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
254   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión, declara el día 5 de mayo de cada año, como el Día Nacional de la Lucha contra la Hipertensión Pulmonar.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
7-Septiembre-2021
- Salud

Fecha de dictamen:
2-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
7-Septiembre-2021

Publicación en el DOF:
7-Octubre-2021
Declarar el 5 de mayo de cada año, el "El día nacional de la
lucha contra la hipertensión pulmonar".
1. Iniciativa suscrita por la Diputada Maricela Contreras Julián y los Senadores Angélica de la Peña Gómez y Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), el 27 de octubre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 15 de diciembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor, 3 en contra y 41 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2020.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 07 de septiembre de 2021. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 99 votos a favor. (LXV Legislatura)

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de octubre de 2021.
255   Decreto por el que se reforma el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
2-Febrero-2017

Establecer que cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad o adulto mayor, el Ministerio Público ordenará de manera oficiosa o a petición de parte, la aplicación de medidas de protección, en ambos casos se otorgará de forma inmediata y por el tiempo que sea necesario de acuerdo a los protocolos que para tal efecto se emitan. 1. Iniciativa presentada por los diputados María Gloria Hernández Madrid y Jorge Carlos Ramírez Marín (PRI), el 25 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
256   Decreto por el que se reforma el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
2-Febrero-2017

Incluir al feminicidio como delito que amerita prisión preventiva oficiosa. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRI) el 10 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
257   Decreto por el que se reforman los artículos 110, 111, 154 y 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Desarrollo Rural
- Ganadería

Fecha de dictamen:
7-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Establecer un apoyo de carácter integral a los productores agropecuarios nacionales., para ello propone indicar que el Ejecutivo federal aplicará las medidas que los Comités Sistema-Producto específicos le propongan para el crecimiento y fortalecimiento de la producción por presupuesto anual; precisar que la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable definirá los productos elegibles de apoyo con base en la afectación que causen en el ingreso de los productores agropecuarios nacionales; y, establecer que se le dará prioridad a la producción nacional para procurar el abasto de alimentos y productos básicos, a fin de cubrir la demanda que requieran los programas que aplique el Ejecutivo federal. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Gerardo Federico Salas Díaz (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Rural y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor y 2 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
258   Decreto que reforma los artículos 150 y 164 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
7-Febrero-2017

Establecer que al servidor público que favoreciere la evasión de algún detenido, procesado o condenado, además de las penas establecidas, será inhabilitado para obtener otro empleo por un periodo que podrá ser hasta de veinte años. Establecer que cuando el miembro de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, si pertenece a las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, reserva o en activo, además de la penas establecidas, serán inhabilitados para desempeñar cargo o comisión públicos por un periodo que podrá ser hasta de veinte años. 1. Iniciativas presentadas por la Dip. María Guadalupe Oyervides Valdez (PRI), el 12 y 27 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
259   Decreto por el que se reforma el artículo 4 de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Noviembre-2023
- Seguridad Pública

Fecha de dictamen:
9-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
8-Noviembre-2023

Integrar en el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, la clasificación de historia de violencia de género. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. J. Jesús Zúñiga Mendoza (PRI), el 29 de abril de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 07 de febrero de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2023. Aprobado en votación nominal por 83 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
260   Decreto que reforma y adiciona los artículos 19 de la Ley General de Protección Civil y 118 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Marzo-2020
- Protección Civil
- Comunicaciones

Fecha de dictamen:
9-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
19-Marzo-2020

Facultar a la Coordinación Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Civil, promover, en colaboración con el Instituto Federal de Telecomunicaciones, que los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones, la inclusión de respaldo de energía eléctrica ante la presencia de fenómenos perturbadores. Determinar que los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones establecerán mecanismos de acuerdo a las condiciones operativas y económicas, y protocolos para evitar que los servicios se interrumpan por falta de suministro de energía eléctrica ante situaciones de emergencia y desastres, por un plazo no menor de 48 horas. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Joaquín Jesús Díaz Mena (PAN) el 06 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2020, desechado en votación nominal por 66 votos a favor.(LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D del artículo 72 de la CPEUM.
261   Decreto por el que se reforman los artículos 50 y 59 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
9-Febrero-2022
- Deporte

Fecha de dictamen:
16-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
9-Febrero-2022

Publicación en el DOF:
25-Marzo-2022
Establecer como obligación de las asociaciones deportivas nacionales, observar los principios de igualdad de trato, de oportunidades y de paridad entre hombres y mujeres en el acceso a sus órganos de gobierno y representación. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Karina Padilla Ávila (PAN), el 08 de noviembre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 09 de febrero de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 01 de febrero de 2022.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria el 09 de febrero de 2022, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 99 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo de 2022.
262   Decreto por el que se reforman los artículos 513 y 515; y se adiciona el artículo 515 Bis de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Febrero-2017
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
21-Febrero-2017

Establecer que la Secretaria de Trabajo y Previsión Social previa aprobación del proyecto respectivo por parte de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo actualizaran las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación delas incapacidades permanentes resultante de los riesgos de trabajo, la Secretaría realizara investigaciones y estudios necesarios, conforme al progreso de la medicina del trabajo a fin de actualizar las tablas de enfermedades de trabajo. El Reglamento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo establecerá los aspectos y tipo de información que deberán contener las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Ana Georgina Zapata Lucero (PRI), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 303 votos a favor, 86 en contra y 10 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.
263   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2017

Publicación en el DOF:
8-Marzo-2017

Armonizar el Reglamento en congruencia a las modificaciones aprobadas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, e incorporar los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, suficiencia, oportunidad y pleno respeto a los derechos fundamentales, estableciendo mecanismos para su cumplimiento; ampliar el glosario de términos con los términos órgano rector y al medio de comunicación; favorecer el acceso a los contenidos legislativos de personas con discapacidad, con la incorporación de la guía electrónica de programación para personas ciegas y débiles visuales; ampliar la explicación de la Comisión Bicamaral como representante de las fuerzas políticas e ideológicas, que a su vez representan a la población; crear una figura del consejo consultivo ciudadano más ciudadana, plural e incluyente, que coadyuvará con la independencia editorial y las reglas de inclusión; y, fortalecer el apartado de transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidades de los servidores públicos del canal, normando la obligación de preservar los acervos videográficos de valor histórico legislativo. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN) el 03 de agosto de 2016

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de marzo de 2017.
264   Decreto que reforma y adiciona los artículos 171 y 172 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2017

Ampliar las sanciones para quienes conduzcan un vehículo
en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes y cometa alguna infracción a los reglamentos de tránsito se le impondrá prisión de hasta tres años y hasta 300 días multa, además de la suspensión o pérdida de la licencia. Así mismo, aquel que conduzca utilizando algún equipo de radio comunicación, salvo que se emplee con tecnología de manos libres, se le impondrá, además de la sanción correspondiente al delito cometido, una sanción de uno a tres años de prisión.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Manuel Cavazos Balderas (PRI) el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 313 votos a favor, 46 en contra y 36 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 defebrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
265   Decreto por el que se reforma la Fracción I del artículo 3 de la Ley de Transición Energética.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Febrero-2017
- Energía

Fecha de dictamen:
28-Febrero-2017

Precisar como finalidad del aprovechamiento sustentable de la energía, proteger el medio ambiente y mantener el equilibrio en los ecosistemas, para el adecuado desarrollo, bienestar y salud de las personas. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Guadalupe Hernández Correa (MORENA) el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
266   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Febrero-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Diciembre-2017
- Cultura y Cinematografía

Fecha de dictamen:
28-Febrero-2017

Aprobación en el Senado:
12-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
16-Febrero-2018
Transferir las facultades otorgadas a la Secretaria de Educación Pública en esta Ley, a la recién creada Secretaría de Cultura. 1. Iniciativa suscrita por los diputados Ángel Antonio Hernández de la Piedra, Laura Beatriz Esquivel Valdés, y Mario Ariel Juárez Rodríguez (MORENA), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Cultura y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.
267   Decreto por el que se reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
7-Diciembre-2017
- Gobernación
- Justicia

Fecha de dictamen:
2-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
7-Diciembre-2017

Incluir la religión o discapacidades, dentro las razones que atenten contra la dignidad humana, anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Hugo Eric Flores Cervantes (PES) el 10 marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 366 votos a favor, 2 en contra y 32 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 07 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artítulo 72 de la CPEUM.
268   Decreto por el que se adiciona el numeral 4 al artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
2-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
24-Mayo-2018
Crear en el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, una Dirección para desarrollar estudios de transparencia, rendición de cuentas y políticas anticorrupción. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM) el 08 noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 323 votos a favor, 49 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y Estudios Legislativos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2018.
269   Decreto por el que se adiciona una fracción X al artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Marzo-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
7-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
29-Marzo-2022

Publicación en el DOF:
10-Mayo-2022
Adicionar dentro de los derechos de las personas adultas mayores, el de información, plural, oportuna y accesible, el cual será garantizado por el Estado. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Antonia Cárdenas Mariscal (MORENA), el 11 de octubre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 21 de febrero de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 407 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 106 votos a favor. (LXV Legislatura)

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 10 de mayo de 2022.
270   Decreto por el que se reforma el artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Marzo-2017
- Juventud

Fecha de dictamen:
7-Marzo-2017

Incluir al Secretario de Cultura como miembro de la Junta Directiva del Instituto Mexicano de la Juventud. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Bugarín Rodríguez (PRI), el 13 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 401 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.
271   Decreto por el que se abroga la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de febrero de 2003, y se expide la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
17-Abril-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
7-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
17-Abril-2018

Expedir un ordenamiento jurídico con el objeto de regular y fomentar el manejo integral y sustentable de los territorios forestales, la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a los tres órdenes de gobierno. Abrogar la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable publicada el 25 de febrero de 2003. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Alma Lucía Arzaluz Alonso (PVEM) el 20 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 238 votos a favor, 94 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Zacil Leonor Moguel Manzur (PRI), el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 382 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 17 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 60 votos a favor. 20 en contra y 3 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
272   Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 50 a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
14-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Establecer dentro de las atribuciones de los municipios, integrar un Sistema Municipal de Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e incorporar su contenido al Sistema Estatal. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Sasil Dora Luz De León Villard (PVEM), el 13 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas para la igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
273   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de perspectiva de género.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Marzo-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Marzo-2017

Publicación en el DOF:
22-Marzo-2017
Incluir a la Perspectiva de Género, como elemento para la elaboración de iniciativas y dictámenes. 1.Iniciativa suscrita por la Dip. Érika Araceli Rodríguez Hernández (PRI) el 20 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 407 votos a favor y 8 en contra.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2017.
274   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia y discriminación salarial.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Marzo-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
14-Marzo-2017

Incluir en las definiciones de "violencia económica", "violencia laboral y docente" y "violencia laboral" la percepción de un salario menor en el desempeño de un trabajo igual, desempeñando en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales dentro de un mismo centro de trabajo. Diseñar programas que promuevan la igualdad salarial entre mujeres y hombres. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Arlette lvette Muñoz Cervantes, (PAN) el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 423 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas para la igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.
275   Decreto que adiciona una fracción IV al Decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Marzo-2017
- Energía

Fecha de dictamen:
16-Marzo-2017

Publicación en el DOF:
28-Abril-2017
Establecer en la Zona Sureste del territorio nacional que el Estado de Quintana Roo, está sujeto al meridiano 75 grados por ubicación y 75 grados por horario estacional. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Gretel Culin Jaime (PAN) el 17 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 438 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 26 de octubre del 2016.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 02 de febrero de 2017.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor y 1 abstención.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2017.
276   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Marzo-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
16-Marzo-2017

Publicación en el DOF:
22-Marzo-2017
Actualizar el marco normativo regulatorio necesario para la revalidación de estudios, con el fin de que nacionales, extranjeros y toda persona que vive en el país acceda plenamente al derecho a la educación, y que este sea incluido de manera equitativa, sin limitaciones en su acceso, tránsito y permanencia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores.

a) Iniciativa de trámite preferente enviada al Congreso de la Unión por el Ejecutivo Federal el 01 de febrero de 2017, remitida y recibida en la Cámara de Senadores en la misma fecha.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Óscar Román Rosas González (PRI) el 28 de noviembre de 2013.

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Rabindranath Salazar Solorio (PRD) el 27 de noviembre de 2014.

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Ana Gabriela Guevara Espinoza (PT), Marcela Guerra Castillo (PRI) y Juan Carlos Romero Hick (PAN) el 14 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Mónica Arriola Gordillo el 24 de junio de 2015. (LXII Legislatura)

f) Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por el Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC) el 17 de enero de 2017. (LXIII Legislatura)

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Lorena Cuéllar Cisneros (PRD) el 08 de febrero de 2017. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 28 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 112 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 28 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 366 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2017.
277   Decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Marzo-2017
- Ciencia y Tecnología

Fecha de dictamen:
21-Marzo-2017

Incluir dentro de las bases de una política de Estado que sustente la integración del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, el impulsar el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación con el objeto de fortalecer el conocimiento y la investigación de la resiliencia y reducción de riesgos para el caso de desastres naturales y antropogénicos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Ciencia y Tecnología y de Estudios Legislativos Primera.
278   Decreto que reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Septiembre-2021
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
21-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
23-Septiembre-2021

Establecer que corresponderá al Gobierno Federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa, así como a los Ayuntamientos de que se trate. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Renato Josafat Molina Arias (MORENA), a nombre propio y de la Dip. Rocío Nahle García (MORENA), el 12 de octubre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 09 de marzo de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 21 de septiembre de 2021.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 23 de septiembre de 2021, decreto aprobado en lo general y en lo particular por 103 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
279   Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
23-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Adicionar como objetivo de la política nacional de desarrollo social, el de promover el desarrollo sostenible y sustentable en el ejercicio de los derechos sociales. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ángel García Yáñez (NA), el 04 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
280   Decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
23-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Eliminar la denominación de Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a fin de precisar que todas las legislaturas de las entidades federativas emitan normas en materia de desarrollo social. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Norma Xóchitl Hernández Colín (MORENA) el 18 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
281   Decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 41 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Marzo-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
30-Marzo-2017

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Promover la producción cinematográfica, de radio y televisión y en la industria editorial temas de interés cultural y artístico y de aquellas tendientes al mejoramiento cultural y la propiedad de las lenguas nacionales. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 11 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 30 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
282   Acuerdo por el que se propone al Pleno la elección de tres Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que ejercerán el cargo por el periodo que va del 5 de abril de 2017 al 4 de abril de 2026.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Marzo-2017
- Junta de Coordinación Política

Fecha de dictamen:
30-Marzo-2017

Publicación en el DOF:
3-Abril-2017

Primero.- La Cámara de Diputados declara electa a la Ciudadana Dania Paola Ravel Cuevas, para ocupar el cargo de Consejera Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el periodo que va del 5 de abril de 2017 al 4 de abril de 2026.

Segundo.- La Cámara de Diputados declara electo al Ciudadano Jaime Rivera Velázquez, para ocupar el cargo de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el periodo que va del 5 de abril de 2017 al 4 de abril de 2026.

Tercero.- La Cámara de Diputados declara electa a la Ciudadana Beatriz Claudia Zavala Pérez, para ocupar el cargo de Consejera Electoral del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el periodo que va del 5 de abril de 2017 al 4 de abril de 2026.

Cuarto.- Los Consejeros electos rendirán protesta ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en sesión que se convoque para tal efecto conforme a lo dispuesto por el artículo 36, numeral 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
1. Acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados el 30 de marzo de 2017 en votación nominal por 336 votos a favor, 32 en contra y 5 abstenciones.

2. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

3. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de abril de 2017.
283   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo, y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, en materia de maternidad y lactancia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Abril-2017
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
4-Abril-2017

Transferir a solicitud de la trabajadora hasta cinco de las seis semanas de descanso previas al parto, para después del mismo. Presentar una notificación formal dirigida al patrón, que deberá contar con el acuse de recibo y fecharse con al menos cinco días hábiles de anticipación al día en que decida transferir sus días de descanso. Incluir que durante la lactancia podrán decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a su hijo o hija o para realizar la extracción mensual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa en su centro de trabajo o reducir en una hora su jornada laboral durante el periodo de seis meses, sin afectar su salario o percepciones por la jornada completa. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por las Diputadas Claudia Sofía Corichi García y Verónica Delgadillo García (MC), el 18 de mayo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Edith Anabel Alvarado Varela (PRI), el 20 de julio de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Rosalinda Muñoz Sánchez (PRI), el 24 de agosto de 2016.

d) Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM) y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 06 de octubre de 2016.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (PAN), el 04 de noviembre de 2016.

f) Iniciativa suscrita por el Dip. Jonadab Martínez García (MC), el 08 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 399 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de abril de 2016, se turnnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.
284   Decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo y se adiciona un artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, en materia de permisos de paternidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Abril-2017
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
4-Abril-2017

Establecer como obligación del patrón otorgar a los padres trabajadores el derecho al permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos o cuando concluya el proceso de adopción y se reciba al menor. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por las Diputadas María Guadalupe Oyervides Valdez y Ana María Boone Godoy (PRI), el 29 de abril de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Karina Padilla Ávila (PAN), el 13 de septiembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Sasil Dora Luz De León Villard (PVEM) y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 29 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 375 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de abril de 2016, se turnnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.
285   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de diplomacia parlamentaria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
5-Abril-2017

Publicación en el DOF:
14-Abril-2017
Establecer los objetivos de la diplomacia parlamentaria y mediante ésta vincular a los diputados y diputadas con organizaciones académicas gubernamentales y no gubernamentales del ámbito internacional. Delegar las representaciones protocolarias de la Cámara por el propio Presidente hacia los Presidentes de Comisión o Secretarios. Precisar las expresiones de la diplomacia parlamentaria y las funciones del área de asuntos internacionales y relaciones parlamentarias. Aprobar la agenda internacional de la Cámara e informar de actividades de diplomacia parlamentaria y asistencia a los eventos de las delegaciones y Grupos de Amistad. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 373 votos a favor y 2 abstenciones.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril de 2017.
286   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en consonancia con la reforma política de la Ciudad de México.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
5-Abril-2017

Publicación en el DOF:
2-Mayo-2017
Cambiar "Distrito Federal" por "Ciudad de México". Cambiar el nombre de la Comisión del "Distrito Federal" en la Cámara de Senadores por el de Comisión "de la Ciudad de México" 1. Iniciativas presentados en la Cámara de Senadores y consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Mario Delgado Carrillo (PRD) y la Sen. Mariana Gómez del Campo Gurza (PAN), el 17 de febrero de 2016.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Enrique Burgos García (PRI) el 18 de febrero de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda en la Cámara de Senadores el 20 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 27 de septiembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 371 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos Constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 02 de mayo de 2017.
287   Decreto por el que se reforma el artículo 381 Bis, y se adicionan los artículos 381 Ter y 381 Quáter al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
5-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Incluir el delito de abigeato, y se impondrán penas de tres días a diez años de prisión, sin perjuicio de las sanciones que le puedan corresponder por la comisión de otros delitos. Se aplicarán de dos a cinco años de prisión cuando el abigeato sea cometido por tres o más personas; sea cometido por quienes tengan relación laboral o de parentesco con el propietario del ganado; se ejecute con violencia física o moral, o sea cometido por servidor público. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Gerardo Federico Salas Díaz (PAN), el 08 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Omar Noé Bernardino Vargas (PVEM), el 13 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 368 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
288   Decreto por el que se reforman los artículos 7o. y 34 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Noviembre-2019
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
5-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Noviembre-2019

Indicar que la atribución de la Federación relativa a desarrollar estrategias, programas y proyectos integrales de mitigación y adaptación al cambio climático en materia de hidrocarburos y energía eléctrica para lograr el uso eficiente y sustentable de los recursos energéticos fósiles y renovables del país, será conforme a lo que establece la Ley de Transición Energética, en lo que resulte aplicable.
Establecer que para las políticas de Reducción de emisiones en la generación y uso de energía, las dependencias y entidades de la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de su competencia, deberán fomentar prácticas de eficiencia energética y promover el uso de fuentes renovables de energía; así como la transferencia de tecnología de bajas emisiones de carbono, de conformidad con lo que establece para tal efecto la Ley de Transición Energética; así como expedir disposiciones reglamentarias para la construcción de edificaciones sustentables, incluyendo el uso de instalaciones que permitan la eficiencia y sustentabilidad energética y que contribuyan de manera diversa a la mitigación de emisiones y la captura de carbono; las dependencias de los tres órdenes de gobierno deberán adoptar las disposiciones reglamentarias a fin de que operen de manera sustentable considerando sus capacidades presupuestarias.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Mariano Lara Salazar (NA) el 14 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Tomás Roberto Díaz Montoya (PRI) el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 26 de noviembre de 2019, aprobado en votación nominal por 93 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo de la CPEUM.
289   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 12, 14, 54, 55 y 59 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Abril-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
5-Abril-2017

Atribuir exclusivamente a la autoridad educativa federal, fijar los lineamientos a los que deberán sujetarse las autoridades educativas para el otorgamiento del reconocimiento de validez oficial a estudios distintos de los de preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica que impartan los particulares y sujetar a los particulares que prestan servicios educativos a los objetivos, metas y criterios emanados de los lineamientos emitidos por la Secretaría de Educación Pública. 1. Iniciativa suscrita por las Dips. Adriana del Pilar Ortiz Lanz y Yulma Rocha Aguilar (PRI) el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 355 votos a favor y 4 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
290   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Transportes

Fecha de dictamen:
18-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
26-Junio-2017
Incluir los conceptos de boleto, pasajero y procuraduría, entendiéndose esta como la Procuraduría Federal del Consumidor. Establece los derechos y las obligaciones de los pasajeros de aerolíneas asimismo, las obligaciones de los concesionarios y permisionarios de servicio al público de transporte aéreo, de tal forma que en caso de incumplimiento se aplicaran las sanciones conforme a ley independientemente de las compensaciones señaladas para el pasajero. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (PRI) e Integrantes de la Comisión de Comunicaciones, el 06 de octubre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Manuel Cavazos Balderas (PR), el 27 de octubre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 27 de octubre de 2016.

d) Iniciativa suscrita por el Dip. Enrique Zamora Morlet (PVEM) e integrantes de su Grupo Parlamentario, el 04 de noviembre de 2016.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Rosa Alba Ramírez Nachis (MC) el 29 de noviembre de 2016.

f) Iniciativa suscrita por el Dip. Francisco Saracho Navarro (PRI) el 14 de diciembre de 2016.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (PRI) el 14 de diciembre de 2016.

h) Iniciativa suscrita por los Dips. Miguel Ángel Salim Alle y Ulises Ramírez Núñez (PAN) el 15 de diciembre de 2016.

i) Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Moya Marín (PAN) a nombre propio y del Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN) el 17 de enero de 2017.

j) Iniciativa suscrita por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC) el 25 de enero de 2017.

k) Iniciativa suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC) el 02 de febrero de 2017.

l) Iniciativa suscrita por el Dip. Daniel Torres Cantú (PRI) el 21 de febrero de 2017.

m) Iniciativa suscrita por el Dip. Jonadab Martínez García (MC) el 23 de febrero de 2017.

n) Iniciativa suscrita por la Dip. Cynthia Gissel García Soberanes (PES) el 23 de febrero de 2017.

o) Dos iniciativas suscritas por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC) el 09 de marzo de 2017.

p) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge López Martín (PAN) el 09 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 422 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión Especial de Productividad.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017.
291   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Economía

Fecha de dictamen:
18-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
26-Junio-2017
Establecer que en caso de una demora imputable a las aerolíneas, éstas tendrán que otorgar una indemnización al pasajero, que no podrá ser inferior al veinte por ciento del boleto o billete.

Establecer que las aerolíneas informen a los pasajeros a través de medios electrónicos y en el área de abordaje, las razones o causas que originen la demora, así como poner a su alcance la dirección electrónica de la Procuraduría Federal del Consumidor, para interponer queja.
1. Iniciativa suscrita por los Diputados Miguel Ángel Salim Alle (PAN) y Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), el 14 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 408 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión Especial de Productividad.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017.
292   Decreto por el que se reforman los incisos w) y x), y se adiciona el y) a la fracción II del artículo 7; y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Economía

Fecha de dictamen:
18-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
26-Junio-2017
Ampliar hasta 49% el margen de participación de inversión extranjera para las actividades económicas y sociedades relacionadas con el transporte aéreo nacional, transporte en aerotaxi y transporte aéreo especializado. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 280 votos a favor. 83 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión Especial de Productividad.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor y 10 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017.
293   Decreto por el que se expide la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, así como de las Leyes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y de Extradición Internacional.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2017
- Justicia
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
19-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2017

Publicación en el DOF:
26-Junio-2017
Crear aun ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Establecer los tipos penales de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y sus sanciones; las reglas generales para su investigación, procesamiento y sanción, así como las normas aplicables ante la comisión de otros delitos vinculados. Establecer medidas específicas de atención, ayuda, asistencia, protección integral y reparación para garantizar los derechos de las Víctimas de los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. 1. Iniciativas consideradas en el Dictamen.

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las y los Senadores Angélica de la Peña Gómez, Lucero Saldaña Pérez, Arely Gómez González, Pablo Escudero Morales, Alejandra Barrales Magdalena y Mónica Arriola Gordillo el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica de la Peña Gómez, a nombre propio y de los Senadores del Grupo Parlamentario del PRD el 27 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 14 de diciembre de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos a favor y 4 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 417 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos, de Justicia, de Gobernación y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017.
294   Decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de mamíferos marinos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
25-Abril-2017

Prohibir el uso de mamíferos marinos en espectáculos fijos o itinerantes, así como cualquier otra actividad que involucre a estas especies y no tenga por objeto la investigación científica y la educación superior de instituciones acreditadas. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Javier Octavio Herrera Borunda (PVEM), el 05 de enero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 242 votos a favor y 190 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.
295   Decreto, por el que se reforma el párrafo segundo del artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Abril-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
25-Abril-2017

Mantener en su encargo a los titulares de los Órganos Internos de Control de los organismos a los que la Constitución les otorga autonomía, que se encontraban en funciones antes de la entrada en vigor del decreto en materia de combate de la corrupción, los cuales continuarán fungiendo en los términos en los que fueron nombrados hasta la conclusión de su encargo. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Rogerio Castro Vázquez (MORENA) el 16 de febrero de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM) y por integrantes de su Grupo Parlamentario el 2 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 442 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos Primera.
296   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o. de la Ley Orgánica de la Armada de México.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
25-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Mayo-2017
Atribuir a la Secretaría de Marina ejercer la visita, inspección y acciones en zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, y a la Armada de México ejercer funciones de guardia costera, seguridad y protección marítima, y ante la posible comisión de un hecho delictivo, poner a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados al mismo. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Federico Quinto Guillén (PRI), el 21 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 391 votos a favor, 1 en contra y 30 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Marina y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor y 10 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2017.
297   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2017
- Radio y Televisión

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
31-Octubre-2017
Facultar al Instituto Federal de Telecomunicaciones para ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias. Eliminar el régimen de la suspensión precautoria de las transmisiones y establecer los derechos de las audiencias. Establecer que la actuación del defensor de la audiencia se sujetará, exclusivamente, al Código de Ética del concesionario, y únicamente rendirá cuentas a la audiencia y a las instancias que, en su caso, prevea el propio Código de Ética; los concesionarios designaran libremente al defensor de audiencia, el nombramiento de este deberá inscribirse en el Registro Público de Concesionarios, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que ello se haya llevado a cabo por parte del concesionario. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip Castañeda Hoeflich (MC), el 14 de febrero de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip Federico Doring Casar (PAN), el 30 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 288 votos a favor, 114 en contra y 38 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciónes y Transportes y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 72 votos a favor y 13 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2017.
298   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Seguridad Social

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Establecer que los ascendientes mayores de sesenta años de edad, podrán acreditar ante juzgado cívico la dependencia económica entre los trabajadores y sus familiares derechohabientes. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Rafael Yerena Zambrano (PRI), el 20 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 356 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos.
299   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 89 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Marzo-2020
- Radio y Televisión

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
19-Marzo-2020

Establecer que los concesionarios de uso social para prestar el Servicio de Radiodifusión podrán obtener ingresos atendiendo a los principios de transparencia, control y pertinencia cultural de la publicidad que se difunda en las concesiones de usos social comunitarias e indígenas, con pleno respeto a los usos, costumbres y uso de la lengua indígena de que se trate, el Instituto Federal de Telecomunicaciones elaborará y mantendrá actualizado el Padrón Nacional de Concesiones de Uso Social con los datos específicos de cada concesión comunitarias o indígenas existentes. 1. Iniciativa suscrita por el Diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza (MORENA), el 06 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 356 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2020, desechado en votación nominal por 70 votos a favor.(LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D del artículo 72 de la CPEUM.
300   Decreto por el que se adicionan las fracciones XXXI y XXXII al artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Facultar al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores para celebrar convenios con el Sistema Nacional de Salud, a fin promover descuentos en los bienes y servicios que presta la iniciativa privada en materia de salud, especialmente en materia de atención hospitalaria. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Ana Guadalupe Perea Santos (PES) a nombre del Dip. Alejandro González Murillo (PES) el 25 octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.
301   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 78 de la Ley Federal de Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Indicar que los patrones no podrán considerar los días de descanso obligatorios como parte o a cuenta de las vacaciones, así como los días que la empresa o institución otorgue por concepto de aniversario o efeméride. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Germán Ernesto Ralis Cumplido (MC) el 29 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 356 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda.
302   Decreto por el que se reforman los artículos 12 y 26 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
16-Noviembre-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
16-Noviembre-2022

Prohibir la segregación de las personas con discapacidad en los centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional. Incluir dentro de las obligaciones de la Secretaria de Cultura diseñar programas orientados para combatir cualquier tipo de discriminación. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Sergio René Cancino Barffuson (MORENA) el 12 de abril de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Alicia Barrientos Pantoja (MORENA) el 20 de abril de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA) el 13 de julio de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 04 de abril de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
303   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 10 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y 45 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Asuntos Indígenas
- Justicia

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Establecer que las procuradurías, las fiscalías y los poderes judiciales de los tres órdenes de gobierno deberán contar con peritos intérpretes y traductores en lenguas indígenas acreditados, indicar que dichos peritos, quienes intervendrán durante todo el proceso, deberán estar acreditados e inscritos en el Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), así mismo, señalar que el imputado, la víctima o el ofendido podrán nombrar traductor o intérprete de su confianza, por su cuenta; y, referir que el INALI será el responsable de la capacitación, acreditación e inscripción en el Padrón de las personas que soliciten los órganos de justicia. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI) el 15 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos.
304   Decreto que reforma el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Prever que la propaganda electoral debe promover el empleo de un lenguaje incluyente, para garantizar el principio de igualdad entre la mujer y el hombre, que no aliente desigualdades de género. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Liliana Ivette Madrigal Méndez (PRI) el 04 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 a favor, 1 en contra y 3 abstenciones..

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.
305   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2022
- Deporte

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2022

Fomentar oportunidades para la práctica deportiva de las personas con discapacidades tanto en deporte de alto rendimiento, como social; fomentar competiciones deportivas, como medio para el desarrollo integral de los atletas; proponer a la CONADE los mecanismos, disciplinas, categorías, tiempos, formatos y procedimientos para la celebración de competiciones deportivas, criterios que se establecerán respetando los principios de equidad en la contienda y certeza. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. José Adrián González Navarro (PAN), el 13 de octubre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (PRI), el 27 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativo, Segunda.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2022. Aprobado en lo general y lo particular por 90 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la CPEUM.
306   Decreto por el que se adiciona la fracción VI al artículo 27 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Fomentar el consumo de productos compuestos por materiales biodegradables, orientando su adecuada segregación. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Valeria Guzmán Vázquez (PRI), el 25 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativo, Primera.
307   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 451 y se deroga la fracción III del artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Armonizar y dar certeza jurídica actualizando la referencia a los artículos relativos a la suspensión de trabajo por huelga. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Marco Antonio Aguilar Yunes (PRI) el 08 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Primera.
308   Decreto que adiciona un artículo 276 Ter al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Prever que tratándose de los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, cuyo sujeto pasivo sea un menor de edad, sólo procederá el perdón del ofendido cuando éste alcance la mayoría de edad y solamente respecto de los tipos penales en los que dicha figura pueda proceder. En ningún caso podrá darse el perdón vía sus tutores o representantes legales. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Armando Luna Canales (PRI), el 10 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Marbella Toledo Ibarra (MC), el 11 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
309   Decreto que reforma el artículo 2° de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
16-Noviembre-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
16-Noviembre-2022

Incluir la educación media superior en el concepto de Educación Inclusiva. 1. Iniciativa suscrita por las Diputadas Claudia Edith Anaya Mota (PRI) y Lorena Corona Valdés (PVEM) el 11 octubre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de abril de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 402 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
310   Decreto que adiciona un Capítulo X Bis y los artículos 32 Bis y 32 Ter a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Noviembre-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
15-Noviembre-2022

Establecer que el Instituto Nacional Electoral deberá asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer plena y efectivamente sus derechos políticos sin discriminación. Asimismo, los partidos políticos impulsaran la participación de las personas con discapacidad en los cargos de elección popular. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Edith Anabel Alvarado Varela (PRI) el 16 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Armando Luna Canales (PRI) el 29 de abril de 2016.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Armando Luna Canales y Jericó Abramo Masso (PRI) el 26 de mayo de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de abril de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 401 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022. Aprobado en votación nominal por 82 votos a favor y 3 votos en contra.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
311   Decreto por el que se reforma el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social, en materia de asistencia Social básica a madres solteras.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incluir en los servicios básicos de salud el apoyo a madres solas que tengan a su cuidado menores de dieciocho años de edad. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rosalinda Muñoz Sánchez (PRI) el 29 agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 400 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.
312   Decreto que se reforma el inciso h) del párrafo primero, del artículo 21 y la fracción I del artículo 48 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Abril-2018
- Desarrollo Rural

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
19-Abril-2018

Publicación en el DOF:
20-Junio-2018
Actualizar la denominación de "Reforma Agraria" por "Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano". 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rosalinda Muñoz Sánchez (PRI), el 17 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2018.
313   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 215, fracción V y adiciona un tercer párrafo al artículo 216 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Octubre-2021
- Salud

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
12-Octubre-2021

Definir el término suplemento alimenticio, asimismo prohibir que en el etiquetado o en su publicidad se realicen declaraciones relacionadas a un efecto nutricional o fisiológico, a menos que éstas se encuentren debidamente aprobadas. Se definirán las medidas regulatorias y administrativas mediante las cuales se elaborarán y publicarán las declaraciones relacionadas a un efecto nutricional o de carácter fisiológico que serán permitidas y tendrán que relacionarse únicamente a los ingredientes de los productos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rosalina Mazari Espín (PRI) el 31 de agosto de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de abril de 2017. (LXIII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor y 1 en contra. (LXIII Legislatura)


4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos. (LXIII Legislatura)


6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018. (LXIII Legislatura)

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria el 12 de octubre de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 94 votos a favor. (LXV Legislatura)

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
314   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara el 27 de abril de cada año como "Día Nacional de la Prevención de Quemaduras en Niñas, Niños y Adolescentes."


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018

Declarar el 27 de abril como Día Nacional de la Prevención de Quemaduras en Niñas, Niños y Adolescentes. 1. Iniciativa suscrita por los Dips. Sylvana Beltrones Sánchez, Luis Agustín Rodríguez Torres, Jesús Salvador Valencia Guzmán, Lía Limón García, Ariadna Montiel Reyes, Refugio Trinidad Garzón Canchola, Angélica Reyes Ávila y Norma Edith Martínez Guzmán, integrantes del Grupo de Trabajo para dar seguimiento a las investigaciones y recomendaciones relacionadas con el caso de la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora, el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 390 votos a favor, 0 en contra y 14 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
315   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Vivienda.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Septiembre-2019
- Vivienda

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
12-Septiembre-2019

Incorporar los conceptos de marginación y vulnerabilidad como indicadores de atención prioritaria para el acceso a la vivienda. Incluir la evaluación, de los programas, fondos y recursos federales destinados a satisfacer las necesidades de vivienda, para posteriormente fortalecerlos atendiendo a mejores prácticas nacionales o internacionales; así como la integración del principio de responsabilidad social empresarial en los programas de créditos fomentados por las instituciones de banca de desarrollo y las instituciones privadas de crédito. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora María Elena Barrera Tapia (PVEM) el 25 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 17 de septiembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 102 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de septiembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Vivienda y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 12 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 101 votos. (LXIV Legislatura)

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
316   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 33 de la Ley de Vivienda.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Vivienda

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Establecer que el titular del Ejecutivo Federal presidirá a través del titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la Comisión Intersecretarial de Vivienda. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadores María Elena Barrera Tapia, Lilia Merodio Reza, Hilda Flores Escalera, Cristina Díaz Salazar, Itzel Ríos de la Mora, Anabel Acosta Isla y el Senador Víctor Hermosillo y Celada el 03 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 06 de septiembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
317   Decreto por el que se reforma el artículo 81 de la Ley de Vivienda.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Vivienda

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Asegurar la calidad y sustentabilidad de la vivienda fomentando la utilización de insumos básicos para la construcción de vivienda en los tres órdenes de gobierno. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Hilda Esthela Flores Escalera, Juana Leticia Herrera Ale, María Cristina Días Salazar, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Anabel Acosta Islas, Mayela Quiroga Tamez, y el Senador Braulio Fernández Aguirre (PRI) el 03 de junio de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 401 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
318   Decreto por el que se reforman los artículos 335, 336 y 337 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aplicar de un mes a cuatro años de prisión a quien abandone a un adulto mayor, teniendo la obligación de cuidarlo.Al que sin motivo justificado abandone a un adulto mayor, sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa.El delito de abandono de adulto mayor se perseguirá a petición de la parte agraviada. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. José Luis Orozco Sánchez Aldana (PRI) el 17 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Armando Soto Espino (PRD) el 07 de diciembre de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez (PVEM) el 16 de febrero de 2016.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Karina Sánchez Ruiz (NA) el 09 de febrero de 2017.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Ana Guadalupe Perea Santos (PES) el 14 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 396 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
319   Decreto por el que se adiciona un inciso n) a la fracción II del artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incluir a la integración de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas al titular de la Secretaría de Cultura. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Luis del León Martínez Sánchez (PAN), el 15 de diciembre de 2016.


2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos, Segunda.
320   Decreto por el que se reforma el Artículo 109 Bis, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Indicar que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, deberá poner a disposición del público, la información del registro de emisiones y transferencias contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, así como mantenerla actualizada en forma permanente y oportuna, asegurando la máxima publicidad. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Carlos Ruíz García (PAN), el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativo, Primera.
321   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Sustituir la denominación de Distrito Federal por el de Ciudad de México. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 17 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
322   Decreto por el que se reforman los artículos 107 y 108, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Establecer que en el uso, aprovechamiento, exploración, explotación y beneficio de los recursos naturales no renovables se evitará la destrucción de paisajes, ecosistemas o áreas relevantes o frágiles, para cualquier desequilibrio ecológico, quien incumpla con ello deberá realizar la restauración ecológica de los paisajes, ecosistemas o áreas afectadas. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Fernando Rubio Quiroz (PRD) el 12 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
323   Decreto por el que se reforman y derogan los artículos 3, 10, 16 y 17 de la Ley General para la Atención y Protección a personas con la condición del Espectro Autista.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incluir como derechos fundamentales de las personas con la condición del espectro autista y/o de sus familias, disponer de su ficha personal cuando les sean requeridos por autoridad competente. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Evelyn Parra Álvarez (PRD), el 18 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
324   Decreto que reforman y adicionan los artículos 1° y 3° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incluir el concepto de "Patrimonio natural", como el conjunto de bienes y recursos de la biosfera, compuestos por la diversidad biológica y geológica que tiene un interés nacional y universal excepcional por su valor, estético, paisajístico, científico y cultural. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD), el 27 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
325   Decreto por el que se declara el 11 de octubre de cada año, como el "Día Nacional de Combate al Contrabando y Delitos en Materia de Derechos de Autor".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Octubre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
19-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
1-Diciembre-2017

Declarar el 11 de octubre como Día Nacional de Combate al Contrabando y Delitos en Materia de Derechos de Autor. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Waldo Fernández González (PRD) el 22 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 345 votos a favor, 12 en contra y 20 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de diciembre de 2017.
326   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Eliminar las franquicias telegráficas, debido a su desuso como medio de comunicación para las actividades de los partidos políticos. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Ángel Barrientos Ríos (PRD), el 09 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favory 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.
327   Decreto que reforma el artículo 30 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Incluir a las atribuciones del Instituto Nacional de las Mujeres, realizar acciones interinstitucionales, de manera coordinada con el Instituto Nacional de Migración, que permitan la prevención de la violencia contra las mujeres migrantes. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) e integrantes de diversos grupos parlamentarios, el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
328   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incorporar los paisajes bioculturales como un tipo de área natural protegida. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM) a nombre propio y de integrantes de su Grupo Parlamentario, el 20 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 340 votos a favor, 23 en contra y 12 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
329   Decreto que adicionan los artículos 7 y 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incluir como facultad de los Estados y Municipios, el formular, establecer y evaluar los sistemas de manejo ambiental de sus gobiernos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena Corona Valdés, (PVEM) el 15 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
330   Decreto que adiciona el artículo 49 Bis de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Establecer que los centros de atención destinados al cuidado y desarrollo integral infantil podrán hacer uso de equipos o sistemas tecnológicos para la captación o grabación de imágenes o sonidos como una medida adicional para prevenir cualquier riego o emergencia que se presente en las instalaciones, salvaguardando la integridad de los menores. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (PVEM) el 07 de diciembre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Congreso de Nuevo León el 14 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
331   Decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Incorporar dentro del concepto de violencia laboral, la negativa a oportunidades de ascenso y las demás referidas en la Ley Federal del Trabajo. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Diva Adamira Gastélum Bajo, Margarita Flores Sánchez, Ivonne Liliana Álvarez García, Angélica del Rosario Araujo Lara, Arely Gómez González, Lisbeth Hernández Lecona, María del Rocío Pineda Gochi y Meli Romero Celis (PRI), el 11 de febrero de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de mayo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 366 votos a favor, o en contra y 5 abstenciones.

3. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 101 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
332   Decreto por el que se reforma el artículo 174 de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Ganadería

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Sancionar al que distribuya sustancias o alimentos prohibidos con tres a siete años de prisión y de diez mil a cincuenta mil días de salario mínimo. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 15 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos , Segunda.
333   Decreto que reforma la fracción III y se adiciona el inciso d) al artículo 5° de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Precisar en el objeto de la Ley, garantizar a las personas adultas mayores el derecho de la protección de la salud. Garantizar como derecho de las personas adultas mayores, el de desarrollar y fomentar la capacidad funcional que les permita ejecutar sus tareas y desempeñar sus roles sociales. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Carmen Victoria Campa Almaral (NA), el 06 de diciembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Ángel García Yañez (NA), el 25 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
334   Decreto por el que se reforman los artículos 6°, 9° y 10, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
21-Noviembre-2019
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
21-Noviembre-2019

Publicación en el DOF:
24-Enero-2020

Establecer dentro de las obligaciones de la familia del adulto mayor, la de atender sus necesidades psicoemocionales cuando el adulto mayor se encuentre en alguna institución pública o privada, casa hogar, albergue, residencia de día o cualquier otro centro de atención. Incluir dentro de los objetivos de la Política Nacional sobre Personas Adultas Mayores, la de proporcionar altos niveles de calidad de vida física y mental. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Karina Sánchez Ruíz (NA), el 15 de noviembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Erika Irazema Briones Pérez (PRD), el 04 de noviembre de 2016. (LXIII Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 21 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 102 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 24 de enero de 2020.
335   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
16-Febrero-2018
Sustituir en la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres el concepto de equidad por el de igualdad, homologando su aplicabilidad en la Ley con lo dispuesto en instrumentos internacionales en la materia, tal y como ya se ha argumentado, en función de que la igualdad es el derecho y la meta común establecida, como referencia, en el ámbito internacional y nacional. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA), el 10 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 373 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 109 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.
336   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículo 16 y 19 de la Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
16-Noviembre-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
16-Noviembre-2022

Establecer dentro las normas, lineamientos y reglamentos, que garanticen la accesibilidad obligatoria a las personas con discapacidad, en instalaciones públicas o privadas, no tener restricciones por el uso de ayudas técnicas o animales de servicio. Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para promover que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de condiciones que los demás usuarios a los servicios de telecomunicaciones, incluido el de internet y banda ancha. Promover, en el ámbito de su competencia y conforme a las disposiciones aplicables, que los concesionarios de servicios de telecomunicaciones, observen los derechos de los usuarios con discapacidad contemplados en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos aplicables en la materia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Marbella Toledo Ibarra (MC), el 11 de octubre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA), el 22 de noviembre de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Kathia María Bolio Pinelo (PAN), el 15 de diciembre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de abril de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
337   Decreto por el que se reforma el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Indicar que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá llevar a cabo consulta pública del impacto ambiental, cuando lo solicite cualquier persona de la comunidad. Igualmente la Secretaría estará obligada a organizar reunión pública de información cuando se trate de obras o actividades que puedan generar desequilibrios ecológicos graves, o daños a la salud pública o a los ecosistemas. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Javier Pinto Torres (NA) el 04 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 354 votos a favor, 1 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
338   Decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara el 3 de diciembre de cada año como el "Día Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Declarar el 3 de diciembre como El Día Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Melissa Torres Sandoval (PES) el 04 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos a favor y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.
339   Decreto por el que se reforma el artículo 66 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Establecer que con independencia de la situación migratoria de las personas migrantes, éstas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que sea parte el Estado mexicano. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Gonzalo Guízar Valladares (PES), el 16 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.
340   Decreto por el que se reforman los artículos 8°, 17 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Febrero-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
27-Febrero-2018

Indicar que se requiere permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el transporte de materiales y sustancias químicas tóxicas, peligrosas o explosivas y desechos peligrosos; asimismo, revocar concesiones y permisos por incumplir con las disposiciones legales sobre el manejo de los mismos. El autotransporte de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos que circulen en vías generales de comunicación se sujetará a los principios de responsabilidad social, seguridad pública, seguridad en las vías generales de comunicación, reposición equitativa de riesgo y daños sociales, corresponsabilidad, actualización y planeación adecuada. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (PRI) el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 358 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de febrero de 2018. Desechado en votación nominal por 77 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
341   Decreto por el que reforma el artículo 22 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Coordinar el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia con la Procuraduría General de la República, para garantizar a las personas adultas mayores víctimas de cualquier delito la atención psicológica gratuita. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Bello Otero (PAN), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 355 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4, Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.
342   Decreto por el que se reforman los artículos 110, 112 y la fracción VII del artículo 191 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
17-Octubre-2017
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
17-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2017
Eliminar la disposición que señala que el personal de tropa de dicho Cuerpo será de la Clase de Servicio. Establecer que el Comandante del Cuerpo deberá ser un General de Policía Militar, y determinar que los escalafones y los grados que comprenderán a este Cuerpo será de soldado a General de Brigada. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI), el 20 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 330 a favor, 5 en contra y 11 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Trasportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2017.
343   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo segundo de las disposiciones transitorias del artículo tercero del decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el Veintitrés de mayo de dos mil catorce.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Junio-2017
Establecer que la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a propuesta de la Sala Superior, determinará ponderando la viabilidad presupuestal, el inicio de las funciones de las salas regionales que se crean con motivo de la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Miguel Romo Medina (PRI), el 23 de marzo de 2017.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites emitido el 18 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 300 a favor, 1 en contra y 47 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.
344   Decreto por el que se reforman los artículos 2, 150, 180 y 242 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Mayo-2017
Establecer como atribuciones del Presidente de la Junta Directiva ordenar el envío de los dictámenes aprobados a la Secretaría de Servicios Parlamentarios para su publicación en el sitio electrónico de la Cámara; y exhortar a los diputados y diputadas integrantes que no asistan a las reuniones de la Comisión o Comité para que participen en las subsecuentes reuniones. Asimismo, comunicar a la Junta los casos en que se acumulen tres faltas consecutivas, sin causa justificada, para conocimiento de los coordinadores de los grupos y los efectos que corresponda. Incluir que en todos los casos, los dictámenes aprobados en las comisiones serán enviados a la Secretaría de Servicios Parlamentarios para efectos de su publicación en la Gaceta y en el sitio electrónico de la Cámara. Establecer que el sitio electrónico de la Cámara deberá difundir la información sistematizada de los dictámenes que hayan sido objeto de Declaratoria de Publicidad, así como las minutas que le sean turnadas a la Cámara. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD), el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 336 a favor, 0 en contra y 5 abstenciones.

3. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2017.
345   Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4; y se reforma el párrafo segundo del artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Incluir en los principios rectores del sistema penitenciario el interés superior de la niñez. El órgano jurisdiccional, el juez de ejecución y la autoridad penitenciaria, en el ámbito de sus atribuciones deberán garantizar en todo momento el interés superior de la niñez. Establecer la notificación del nacimiento de hijas e hijos de mujeres privadas de la libertad dentro de los Centros Penitenciarios a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o a sus equivalentes en las entidades federativas, con el fin de que estas coadyuven con la madre para realizar las gestiones conducentes en el registro correspondiente. 1. Iniciativa presentada por las Diputadas Angélica Moya Marín (PAN) y Mónica Rodríguez Della Vecchia (PAN), el 20 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 327 votos a favor, 4 en contra y 15 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
346   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 5 y 7 de la Ley de Ciencia y Tecnología.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Ciencia y Tecnología

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Establecer que el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación sesionará cuatrimestralmente durante el año en forma ordinaria, las sesiones y sus respectivas actas deberán ser públicas a través del portal de internet del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Establecer que como miembros del Consejo el Presidente de la República y los titulares de las Secretaría de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Economía, de Agricultura y Ganadería, Desarrollo, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, y de Salud, podrán designar a un representante con nivel mínimo de subsecretario u homólogo, privilegiando en dichas designaciones la paridad de género; el Presidente de la República, presidirá al menos una reunión anual. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Gutiérrez García (NA), el 29 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 331 votos a favor, 2 en contra y 12 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Ciencia y Tecnología y de Estudios Legislativos, Primera.
347   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del artículo 107 bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
27-Abril-2017

Establecer que no exista plazo de prescripción en cuanto a las sanciones como a la acción penal en los delitos de corrupción de menores, pornografía de personas menores de dieciocho años de edad, turismo sexual, lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad, pederastia, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación e incesto. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD), el 08 de marzo de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Claudia Sofía Corichi García (MC), el 13 de octubre de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Mariana Arámbula Meléndez (PAN), el 20 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por331 a favor, o en contra y 14 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
348   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Justicia
- Salud

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Junio-2017
Facultar a la Secretaría de Salud para diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol (THC), sus isómeros y variantes estereoquímicas, así como normar la investigación y producción nacional de los mismos; y, autorizar la importación de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre ellos el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas; integrar a la nabilona y el tetrahidrocannabinol como sustancia con escaso o nulo valor terapéutico y que por ser susceptibles de uso indebido o abuso constituyen un problema grave para la salud pública; hacer punibles las conductas que se relacionan con la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, exceptuando cuando la siembra, el cultivo o la cosecha de plantas de marihuana se lleven a cabo con fines médicos y científicos en los términos y condiciones de la autorización que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal. 1. Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por Ejecutivo Federal el 21 de abril de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del13 de diciembre de 2016 presentada en la Cámara de Senadores. Aprobado por 83 votos a favor y 2 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 374 votos a favor. 7 en contra y 11 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.
349   Decreto por el que se reforman los artículos 8; 9 incisos a), b), c), d) y Tercer párrafo; artículos 11 y 12, fracciones I, II, y III; artículos 13, 14; artículos 15, párrafos Primero y Segundo; artículos 16, 17, 18 y 19 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Abril-2018
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
5-Abril-2018

Publicación en el DOF:
18-Mayo-2018
Incrementar las penas y multas por delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos. Sustituir las referencias de "salario mínimo" por "unidades de medida y actualización". 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Eukid Castañón Herrera (PAN), el 28 de febrero de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Alejandro González Murillo (PES), el 28 de marzo de 2017.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (PRI), el 25 de abril de 2017.

d) Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela (PRI), el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 321 votos a favor. 18 en contra y 37 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia; Seguridad Pública y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018.
350   Decreto por el que se Expide la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Cultura y Cinematografía

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Junio-2017
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer los derechos fundamentales en materia de acceso y participación en la cultura, establecer los derechos culturales, establecer las bases y principios de la política cultural nacional y establecer las bases sobre las cuales los tres órdenes de gobierno coordinarán sus acciones en materia de cultura. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras y senadores Blanca Alcalá Ruiz, Arely Gómez González, Marcela Guerra Castillo, Ana Lilia Herrera Anzaldo, Graciela Ortiz González, Zoé Robledo Aburto y Juan Carlos Romero Hicks, el 30 de septiembre de 2014.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras y senadores Angélica de la Peña Gómez, José de Jesús Santana García, Luis Humberto Fernández Fuentes, Luz María Beristáin Navarrete, Iris Vianey Mendoza Mendoza, Alejandra Roldán Benítez, Carmen Dorantes Martínez, Fidel Demédecis Hidalgo y Fernando Mayans Canabal, el 29 de marzo de 2016.

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Rabindranath Sa lazar Solario, el 31 de marzo de 2016.

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por tos Senadores Gerardo Sánchez García, Emilio Gamboa Patrón, Miguel Romo Medina, Carlos Romero Deschamps, Carmen Dorantes Martínez, Hilda Flores Escalera, Francisco Yunes Zorrilla, Marco Antonio Olvera Acevedo, Ricardo Barroso Agramont, Marcela Guerra Castillo, Patricio Martínez García, Graciela Ortíz González, Sofía Ramírez Hernández, Mariana Gómez del campo Gurza, Sandra luz García Guajardo, Angélica de la Peña y Lu is Armando Melgar Bravo, Esteban Albarrán Mendoza, Carkis Alberto Puente Salas, Martha Tagle Martínez, María Elena Barrera Tapia, Francisco Salvador López Brito, Sylvia Leticia Martínez Elizondo, Octavio Pedroza Gaitán, Martha Palafox Gutiérrez, Michelle Arandine Barrón Vivanco, el 14 de marzo de 2017 .

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Cristina Ismene Gaytán Hernández y diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía el 21 de marzo de 2017.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos a favor y 3 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 366 votos a favor y 2 en contra.

6. Pasa a al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.
351   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para instituir el premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Pesca


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Pesca

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Instituir el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, otorgado por la SAGARPA, dicho premio tiene por objeto reconocer y premiar a las personas físicas o morales que cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes de innovación, impacto y mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ernesto Ruffo Appel (PAN) y del Dip. Próspero Manuel Ibarra Otero (PRI), el 14 de febrero de 2017.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores del 30 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 04 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 310 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Pesca y Acuacultura y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor y 1 abstención.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
352   Decreto por el que se reforma la fracción XXI del artículo 4 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Pesca


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Pesca

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Junio-2017
Modificar el nombre del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA) por el de Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura. 1. Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Salvador López Brito (PAN) y la Sen. Mariana Gómez del Campo Gurza (PAN), el 13 de octubre de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre, aprobado por 80 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para efectos del apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 341 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.
353   Decreto por el que se reforman los artículos 12 y 19 de Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-207
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Atribuir a las autoridades educativas locales llevar a cabo las medidas y acciones necesarias para promover el uso responsable, el aprovechamiento y la reutilización de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos para la educación básica. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Adriana del Pilar Ortiz Lanz y César Camacho Quiroz, (PRI) el 23 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 341 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos.
354   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Junio-2017
Apoyar la creación, operación o fortalecimiento de los refugios para las víctimas conforme al modelo de atención diseñado por el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; y, fortalecer los refugios para las víctimas, sus hijas e hijos conforme a las condiciones establecidas por la Ley. 1.Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Cristina Díaz Salazar, Hilda Flores Escalera, Lilia Guadalupe Merodio Reza, ltzel Sarahí Ríos de la Mora, Hilaria Domínguez Arvizu, Anabel Acosta Islas, Erika Ayala Ríos y Yolanda de la Torre Valdez (PRI) el 08 de marzo de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 14 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 336 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.
355   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de violencia obstétrica.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Informar a la mujer embarazada de las prácticas obstétricas y distintos métodos de atención en el embarazo, parto, post parto y puerperio, para estar en condiciones de decidir de manera libre e informada la opción que prefiera, a fin de salvaguardar su integridad y la del niño. Concientizar sobre el trato digno y respetuoso de los derechos humanos de los usuarios. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Diputada Maricela Contreras Julián (PRD), el 21 de abril de 2016.

b) Iniciativa suscrita por los Diputados José Clemente Castañeda Hoeflich, Claudia Sofía Corichi García y Marbella Toledo Ibarra (MC), el 04 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 342 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
356   Decreto por el que se reforma el párrafo primero de artículo 4o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
12-Julio-2018

Adicionar al concepto de persona con discapacidad, a los trastornos de talla o peso. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mirna Isabel Saldívar Paz (NA) el 25 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 342 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2018.
357   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de vacunación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Junio-2017
Establecer que toda persona residente en el territorio nacional tiene derecho a recibir de manera universal y gratuita en cualquier de las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, del Sistema Nacional de Salud, las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que constituyen el Sistema Nacional de Salud, deberán llevar a cabo campañas de comunicación permanentes, con el fin de informar a la población en general sobre los beneficios de las vacunas y el riesgo que representa la falta de inmunización oportuna.

La Cartilla Nacional de Vacunación será un documento gratuito, único, individual e intransferible, a través del cual se llevará el registro y el control de las vacunas que sean aplicadas a las personas.

La Secretaría de Salud determinará las características y el formato único de la Cartilla Nacional de Vacunación, misma que deberá ser utilizada en todos los establecimientos de salud de los sectores público, social y privado, en todo el territorio nacional; asimismo, promoverá la investigación, desarrollo y producción de vacunas en el territorio nacional, en coordinación con las instancias competentes.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras María Cristina Díaz Salazar; Diva Hadamira Gastélum Bajo, Hilda Esthela Flores Escalera, Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, Juna Leticia errera Ale e Itzel Sarahí Ríos de la Mora, (PRI) y la Senadora María Elena Barrera Tapia (PVEM), el 11 de diciembre de 2014.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 339 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.
358   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en materia de Subsistemas Nacionales de Información.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Población

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Crear el Subsistema Nacional de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia, con el objeto de producir, integrar, administrar, conservar y difundir la información e indicadores clave sobre la gestión y desempeño de las instituciones públicas que conforman al Estado y sus poderes, relacionados, como mínimo, con las funciones de gobierno, seguridad pública e impartición de justicia 1. Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), a nombre de integrantes del PVEM, el 07 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 344 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Población y Desarrollo y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor y 5 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
359   Decreto que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Indicar que, respecto de los menores, los alimentos comprenden además, los gastos necesarios para la educación básica y la media superior del alimentista. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (MORENA) el 22 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 278 votos a favor y 45 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia; Seguridad Pública y de Estudios Legislativos.
360   Decreto que reforma los artículos 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Septiembre-2021
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
29-Septiembre-2021

Garantizar la calidad de la educación a través de la integración de tecnologías de la información y la comunicación en el proceso educativo. Establecer que el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa considerará que los proyectos ejecutivos cumplan con los requerimientos necesarios que le permitan incorporar infraestructura en materia de tecnologías de la información y la comunicación. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Eloísa Talavera Hernández (PAN), el 15 de diciembre de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de abril de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 319 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativo, Segunda.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 29 de septiembre de 2021. aprobado en votación nominal por 82 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la CPEUM.
361   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia cotidiana.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Publicación en el DOF:
15-Septiembre-2017
Determinar que en los juicios en los que se establezca como regla la oralidad bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido; establecer que las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, siempre que no afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio; y, facultar al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar. 1. Iniciativa suscrita por Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016 (LXII Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016 (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2016. Aprobado por 90 votos a favor y 6 votos en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular porpor 324 votos a favor.

6. Pasa a la las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 23 de agosto de 2017.

8. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2017.
362   Decreto que adiciona el artículo 21 Bis a la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Turismo

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Establecer que la Secretaría de Turismo en coordinación con la Secretaría de Educación Pública establecerán con apego a sus competencias, criterios para promover, fomentar e incluir a la Cultura Turística, como un eje transversal dentro de los planes y programas de estudio, considerándola como un mecanismo de integración y desarrollo social fomentando los beneficios sociales y ambientales propiciando el desarrollo equitativo y democrático comunitario, resaltando su participación incluyente según sus propias características locales. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Alfredo Bejos Nicolas, (PRI) el 21 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 318 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y de Estudios Legislativos, Segunda.
363   Decreto por el que se reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Urbano y Metropolitano


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Noviembre-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
13-Noviembre-2018

Establecer que la acción de extinción de dominio será imprescriptible y se ejercitará a través de un procedimiento jurisdiccional y autónomo de la materia penal, sobre bienes que sean instrumento, objeto o producto de hechos de corrupción o de actividades ilícitas en perjuicio grave del orden público. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 30 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 314 votos a favor y 5 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de noviembre de 2018, aprobado el Proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 99 votos a favor. (LXIV Legislatura).

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
364   Decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de perdida de nacionalidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Establecer que la nacionalidad mexicana por naturalización, se pierde por hacerse pasar, en cualquier instrumento público dentro del territorio nacional, como extranjero al usar pasaporte u otro documento que le acredite tal calidad para la realización de cualquier acto jurídico dentro del territorio nacional o aquel en el que se encuentre involucrada una autoridad mexicana. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Agustín Basave Benítez (PRD) el 07 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 316 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera.
365   Decreto por el que se reforma la fraccion X del artículo 89 de la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Incluir a los principios normativos, observados por el titular del Poder Ejecutivo, para conducir la política exterior, la proscripción de acciones que degraden el medio ambiente global, así como la prevención y combate al cambio climático. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI) el 03 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 303 votos a facor, 3 en contra y 5 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
366   Decreto por el que se reforman las fracciones IX y X de artículo 7° de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Establecer que el Estado y los particulares deberán de fomentar la educación en materia de salud integral, así como crear conciencia sobre estilos de vida saludables. 1. Iniciativa suscrita por la Dips. Hortensia Aragón Castillo y Maricela Contreras Julián (PRD) el 27 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 308 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos.
367   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3, 143, 145 y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
9-Noviembre-2017
- Agricultura y Sistemas de Riego

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
9-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
22-Diciembre-2017
Incluir el concepto de figuras asociativas, asimismo como formas legales de organización económica y social, las reguladas también por la Ley de Organizaciones Ganaderas y por la Ley de Asociaciones Agrícolas. Indicar que las organizaciones de productores deberán ser representativas, transparentes y rendirán cuentas. Establecer en las Reglas de Operación de los programas de la SAGARPA los apoyos que se asignarán para impulsar preferentemente a los pequeños productores, con el objeto de fomentar el equilibrio entre las regiones y la competitividad del sector. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Francisco Javier Santillán Oceguera (PRI) el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 275 votos a favor, 38 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 09 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017.
368   Decreto por el que se reforma el artículo 3 de la Ley de Organizaciones Ganaderas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
- Ganadería

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Propiciar el fortalecimiento de la estructura y funcionamiento de las organizaciones ganaderas para el desarrollo de sus actividades garantizando la participación de mujeres y hombres en igualdad de oportunidades. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC), el 27 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 294 votos a favor 1 en contra y 10 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos , Primera.
369   Decreto por el que se declara el último día de febrero como el Día Nacional de las Enfermedades Raras.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
1-Marzo-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
28-Abril-2017

Aprobación en el Senado:
1-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
11-Abril-2018

Declarar el último día de febrero de cada año, "Día Nacional de las Enfermedades Raras". 1. Iniciativa presentada por la Dip. Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (PAN), el 07 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 188 votos a favor, 53 en contra y 45 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 01 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2018.
370   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 101 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Septiembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2022
- Deporte

Fecha de dictamen:
28-Septiembre-2017

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2022

Establecer que tratándose de servicios relacionados con la práctica de activación física, cultura física y deporte ofrecidos por organismos, personas físicas o morales de carácter privado, será indispensable que los mismos cuenten, en forma previa al inicio de sus operaciones, con las autorizaciones y certificaciones que contengan los debidos estándares de calidad, que garanticen las condiciones de eficiencia y eficacia en relación a los servicios ofrecidos, mismas que serán expedidas por las autoridades administrativas legalmente facultadas para ello. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Miriam Dennis Ibarra Rangel (PRI), el 11 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de septiembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 16 de febrero 2022.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2022. Aprobado en lo general y lo particular por 90 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la CPEUM.
371   Decreto por el que se adiciona un tercer párrafo a la fracción III del artículo 52 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Septiembre-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
28-Septiembre-2017

Establecer dentro de las características del Visitante Regional; que cuando el ingreso al territorio nacional sea la finalidad de recibir servicios de turismo de salud, el periodo de estancia podrá prolongarse siempre y cuando haya un certificado médico expedido en términos de lo que disponga el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Luisa Sánchez Meza (PAN), el 15 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de septiembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y Estudios Legislativos.
372   Decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Septiembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Abril-2018
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
28-Septiembre-2017

Aprobación en el Senado:
19-Abril-2018

Publicación en el DOF:
20-Junio-2018
Incluir programas de enseñanza de lenguas indígenas en las escuelas públicas de nivel básico, media superior y superior. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (MORENA), el 09 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de septiembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 367 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 93 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2018.
373   Decreto por el que se reforman los artículos 109 y 140 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Octubre-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
3-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Indicar que quienes ingresen a una estación migratoria también tendrán los derechos que señalen otras disposiciones jurídicas aplicables. Sancionar además de la destitución, con inhabilitación, al servidor público del Instituto Nacional de Migración, que haga uso indebido o proporcione a terceras personas documentación migratoria y por violaciones a los derechos humanos de los migrantes. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena Corona Valdés (PVEM) e integrantes de su Grupo Parlamentario el 16 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y Estudios Legislativos.

5. Dictamen presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2018.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2018
374   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Octubre-2017
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
3-Octubre-2017

Incorporar la gestión integral del riesgo como aspecto fundamental en la programación del desarrollo y ordenamiento territorial. Establecer estrategias focalizadas y adaptadas a las características de cada región que permitan mitigar la vulnerabilidad de la población, definir una metodología para investigar, estudiar, medir y evaluar continuamente los riesgos, realizar y actualizar el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil, integrar el Atlas con la información a nivel estatal, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para avisar oportunamente a la población y asegurar el financiamiento de proyectos preventivos y actualización a nivel nacional. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mirna Isabel Saldívar Paz (NA), el 06 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y Estudios Legislativos.
375   Decreto por el que se adiciona el artículo 10 Bis a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Octubre-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
10-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
22-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
11-Mayo-2018
Establecer que los profesionales, técnicos, auxiliares y prestadores de servicio social que formen parte del Sistema Nacional de Salud, podrán hacer valer la objeción de conciencia y excusarse de participar en todos aquellos programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia, con base en sus valores o principios éticos. El ejercicio de este derecho estará siempre supeditado a no poner en riesgo la salud o la vida del paciente y a que no constituye delito, en caso contrario incurrirá en causal de responsabilidad profesional. Facultar a la Secretaría de Salud para emitir las disposiciones y lineamientos para manifestar la objeción de conciencia, y tendrá la obligación de contar en todos los casos con personal no objetor que reciba y atienda al paciente cuando se haga efectiva esta facultad, sin que estas disposiciones puedan limitar el ejercicio de este derecho o generar discriminación en el empleo hacia quien lo haga valer. 1. Iniciativa presentada por las Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES), el 04 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto modificado por 313 votos a favor, 105 en contra y 26 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud, Derechos Humanos y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 22 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 53 votos a favor y 15 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018.
376   Decreto por el que se reforma el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Octubre-2017
- Comunicaciones

Fecha de dictamen:
10-Octubre-2017

Precisar que en los derechos de los usuarios de los servicios móviles, en cualquiera de las modalidades de su prestación, fijar el límite máximo de consumos para evitar el cobro adicional por usos excesivo de los servicios originalmente contratados, sin que la solicitud implique un costo adicional. Verificar cada dieciocho meses los estándares de calidad de los servicios móviles que deban de tomar en cuenta los concesionarios o autoridades en los contratos de adhesión y establecer los lineamientos en beneficio de los usuarios. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 02 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 427 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos Segunda.
377   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 15 y 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Octubre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
10-Octubre-2017

Prever que la política ambiental nacional deberá estar apegada a los criterios generales establecidos en los tratados internacionales suscritos en la materia por el estado mexicano para la protección del ambiente, los recursos naturales, los conocimientos tradicionales asociados a estos y las comunidades del país. Adicionar como principio de la política ambiental, causar la menor afectación posible a las personas que vivan o trabajen en el área, buscando no afectar su modo de vida y fuente de empleo, además el Estado buscará mitigar las afectaciones causadas a través de la capacitación para el empleo y la aplicación de programas sociales. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. José Antonio Estefan Garfias (PRD), el 07 de marzo de 2017.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Santos Garza Herrera (PRI), el 16 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor y 5 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos Segunda.
378   Decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Octubre-2017
- Justicia
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
12-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
17-Noviembre-2017
Crear un ordenamiento jurídico de orden público y observancia general, que tiene por objeto establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno para buscar a las Personas Desaparecidas y No Localizadas, y esclarecer los hechos; así como para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometidas por particulares, así como los delitos vinculados que establece esta Ley; establecer los tipos penales en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como otros delitos vinculados y sus sanciones; crear el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; crear la Comisión Nacional de Búsqueda y ordenar la creación de Comisiones Locales de Búsqueda en las Entidades Federativas; garantizar la protección integral de los derechos de las Personas Desaparecidas hasta que se conozca su suerte o paradero; así como la atención, la asistencia, la protección, y, en su caso, la reparación integral y las garantías de no repetición, en términos de esta Ley y la legislación aplicable; crear el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y establecer la forma de participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas; así como garantizar la coadyuvancia en las etapas de la investigación, de manera que puedan verter sus opiniones, recibir información, aportar indicios o evidencias. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 13 de febrero de 2014. (LXII Legislatura).

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN), el 18 de marzo de 2015. (LXII Legislatura).

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 24 de marzo de 2015. (LXII Legislatura).

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Omar Fayad Meneses (PRI), el 16 de abril de 2015. (LXII Legislatura).

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Angélica de la Peña Gómez (PRD), Adriana Dávila Fernández (PAN), Layda Elena Sansores San Román (PT) y Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN), el 17 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura).

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal, el 14 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura).

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto modificado por 396 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Fedeación el 17 de noviembre de 2017.
379   Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley del Registro Público Vehicular, y de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Octubre-2017
- Transportes

Fecha de dictamen:
17-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2017
Armoniza el texto de las Leyes con el cambio de denominación de "Distrito Federal" por "Ciudad de México". Sustituye "gobiernos de los estados y de la Ciudad de México" por "entidades federativas" 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 406 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de marzo de 2017.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 416 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2017.
380   Decreto por el que se reforma el artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
17-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Sustituir la denominación de "Secretaria de la Reforma Agraria" por "Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano". 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lucía Virginia Meza Guzmán (PRD) el 19 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor y 16 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
381   Decreto que reforma la fracción III del artículo 12 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Octubre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
17-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2017
Establecer que al inicio de cada ciclo lectivo, la Secretaría de Educación Púbica deberá poner a disposición de la comunidad educativa y de la sociedad en general los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, a través de plataformas digitales de libre acceso. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) el 11 de junio de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 430 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2017.
382   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
9-Febrero-2022
- Deporte

Fecha de dictamen:
17-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
9-Febrero-2022

Adicionar el principio de transparencia para el ejercicio y desarrollo del derecho a la cultura física y el deporte. Incluir en el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte mecanismos de rendición de cuentas y de transparencia en el ejercicio de los recursos. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Pedro Luis Noble Monterrubio (PRI) el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos Primera

5. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 01 de febrero 2022.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de febrero de 2022. Aprobado en lo general y lo particular por 100 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
383   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 12, 22 y 120 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
7-Marzo-2019
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
17-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
7-Marzo-2019

Atender las acciones de saneamiento forestal y control de plagas y enfermedades forestales de manera oportuna. Establecer un plazo no mayor de cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la fecha del aviso o alerta para la expedición de certificados y autorizaciones relacionadas con la aplicación de medidas fitosanitarias. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Érika Irazema Briones Pérez (PRD) el 08 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen en setido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2019, desechado en votación nominal por 86 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D) del artículo 72 de la CPEUM
384   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Octubre-2017
- Ganadería
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Octubre-2017

Señalar para esta ley qué se entiende por "Animales destinados para abasto", "Insensibilización o Aturdimiento" y "Sacrificio Humanitario". Modificar la referencia a días de salario mínimo por el de Unidades de Medida y Actualización. Sancionar con seis meses a dos años de prisión y multa de hasta tres mil veces la UMA a quienes ordenen o realicen el sacrificio de animales destinados para abasto, sin efectuar el adecuado procedimiento de insensibilización o aturdimiento. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Diputada Alejandra Gutiérrez Campos (PAN), e integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 07 de marzo de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Javier Herrera Borunda (PVEM) e integrantes de su Grupo Parlamentario, el 14 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 358 votos a favor y 2 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
385   Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2017
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
19-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
15-Noviembre-2017
En el ejercicio fiscal de 2018, la Federación percibirá 5 billones 279 mil 667 millones de pesos (5,279,667.0) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 3 billones 584 mil 918 millones 400 mil pesos (3,584,918.4); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 193 mil 373 millones 100 mil pesos (1,193,373.1); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 309 mil 302 millones 200 mil pesos (309,302.2). 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 12 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 19 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 399 votos a favor y 44 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2017, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 68 votos a favor; 25 votos en contra, 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Fedeación el 15 de noviembre de 2017.
386   Decreto que reforma las fracciones IX y X, así como, se adiciona la fracción XI al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Octubre-2017
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
24-Octubre-2017

Incluir como principio de la política de desarrollo social al Interés Superior de la Niñez, en los términos establecidos por la constitución y la Ley en la materia. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Salvador Valencia Guzmán (PRD) el 18 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.
387   Decreto que reforma el artículo 6; la fracción VII del artículo 19 y las fracciones V y VI del artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
24-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
22-Junio-2018
Precisar como derecho para el desarrollo social, la vivienda digna y decorosa. Considerar prioritarios y de interés público, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de una vivienda digna y decorosa. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Carmen Victoria Campa Almaral (NA) el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2018.
388   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Octubre-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
24-Octubre-2017

Sustituir el término de "salario mínimo" por el de "Unidades de Medida y Actualización". 1. Iniciativa presentada por el Dip. Gonzalo Guízar Valladares (PES), el 16 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.
389   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 79 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Octubre-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
8-Diciembre-2017
Incluir a la Terapia Física dentro de las actividades profesionales que requieren título profesional o certificado de especialización legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 17 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 349 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de diciembre de 2017.
390   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 20 y 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Octubre-2017
- Ganadería

Fecha de dictamen:
26-Octubre-2017

Procurar el máximo bienestar animal en materia de alojamiento, trato, seguridad y cuidado, garantizando un hábitat seguro y adecuado conforme a sus necesidades. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María García Pérez (PAN) el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos, Primera.
391   Decreto por el que se reforma el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Ganaderas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Octubre-2017
- Ganadería

Fecha de dictamen:
26-Octubre-2017

Garantizar el voto libre y secreto en la Asamblea de las Organizaciones Ganaderas. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Leonel Gerardo Cordero Lerma (PAN) e integrantes de la Comisión de Ganadería el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos, Segunda.
392   Decreto por el que se reforman los artículos 19, 92, 97 y 143 de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Octubre-2017
- Ganadería

Fecha de dictamen:
26-Octubre-2017

Procurar el uso adecuado de antibióticos y antimicrobianos, que el propietario o poseedor de animales debe proporcionarles. Realizar un plan que incluya un programa de monitoreo, vigilancia y control de productos para uso o consumo animal y acciones de promoción, capacitación y educación en salud y bienestar animal. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Marisol Vargas Bárcena (PAN) el 19 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 386 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos, Primera.
393   Decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Octubre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
26-Octubre-2017

Agregar el término "digital" a la definición de libro establecido en la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Luis Manuel Hernández León (NA), el 18 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de octubre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación, Cultura y de Estudios Legislativos.
394   Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 14 de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Abril-2018
- Turismo

Fecha de dictamen:
30-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
4-Abril-2018

Precisar que la Secretaría de Turismo establecerá y operará un enlace web que se vincule con los sitios de las secretarías estatales de cada entidad federativa, con el objeto de promocionar y difundir los atractivos y las actividades turísticas de cada destino. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Verónica Agundis Estrada (PAN), el 24 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 30 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 04 de abril de 2018. Desechado en votación nominal por 78 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2018.
395   Decreto por el que se Expide la Ley de Educación Naval.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Febrero-2019
- Marina

Fecha de dictamen:
30-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
19-Febrero-2019

Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto normar la educación pública que imparte la Secretaría de Marina a través de la Universidad Naval, en sus diversos niveles educativos, la cual está orientada al conocimiento, difusión, aplicación de la ciencia, la doctrina y cultura naval, a fin de contribuir con el desarrollo marítimo nacional. 1. Iniciativa suscrita por los diputados César Camacho y Carlos Federico Quinto Guillén (PRI), el 14 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 30 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Marina y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Seandores, el 19 de febrero de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 119 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
396   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Octubre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Abril-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
31-Octubre-2017

Aprobación en el Senado:
5-Abril-2018

Modificar la definición de "aeronave" para adicionar a los vehículos operados con el Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Jalisco, el 20 de octubre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN), el 29 de noviembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena del Carmen Alfaro García (PAN), 13 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
397   Decreto por el que se adiciona una fracción XXX al artículo 19 de la Ley General de Protección Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Octubre-2017
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
31-Octubre-2017

Publicación en el DOF:
22-Diciembre-2017
Incluir como atribución de la Coordinación Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Civil, la de coadyuvar con los gobiernos de las entidades federativas, así como con los de municipios y delegaciones, en la elaboración y actualización de protocolos de actuación para la atención de niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, en sus programas de protección civil. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Hilda Esthela Flores Escalera (PRI) el 13 de diciembre del año 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017.
398   Decreto que adiciona el artículo 322 Bis y un segundo párrafo al 328 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Octubre-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
31-Octubre-2017

Establecer que el Ministerio Público deberá atender de forma expedita las solicitudes del Coordinador Hospitalario para la donación a efecto que el procedimiento de procuración se lleve a cabo sin dilación asistiendo en todo momento al disponente secundario. Permitir el traslado del donante a un establecimiento con licencia a fin de que se pueda concretar la donación y se respete la voluntad del donador o del disponente secundario, para tal efecto el establecimiento deberá de contactarse con el Centro Nacional de Trasplantes quien coadyuvará con los Centros Estatales y Coordinaciones Institucionales según sea el caso. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez (PVEM) a nombre propio y de diversos diputados integrantes de su Grupo Parlamentario, el 06 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 31 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Saludy de Estudios Legislativos.
399   Decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y adiciona una fracción VII al artículo 214 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Noviembre-2017
- Justicia
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
7-Noviembre-2017

Establecer que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la concurrencia de entidades federativas y municipios, promoverá la participación social para vigilar que no se autorice la fundación de nuevos centros de población dentro de las áreas naturales protegidas de competencia federal.

Incluir como delito de ejercicio ilícito de servicio público, cuando el servidor público que, teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión, de autorizar asentamientos, vigilar lugares, instalaciones u objetos; incumpliendo su deber, autorice, permita u ordene la fundación de nuevos centros de población en áreas naturales protegidas o el establecimiento de algún asentamiento humano irregular.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Arturo Álvarez Angli (PVEM), el 24 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
400   Decreto por el que se adiciona una fracción XII al artículo 27 de la Ley General de Salud, en materia de cáncer de próstata.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Noviembre-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
7-Noviembre-2017

Establecer y promover acciones encaminadas a la prevención, tratamiento y fortalecimiento de programas de detección oportuna del cáncer próstata y testicular. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Alberto Couttolenc Buentello (PVEM) el 23 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
401   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 68 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
7-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Establecer que la denuncia popular podrá ser anónima, y se sujetará únicamente a lo dispuesto en la legislación aplicable en materia de responsabilidades administrativas. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Angie Dennisse Hauffen Torres (MC), el 02 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
402   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
24-Abril-2018
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
7-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
20-Junio-2018
Incluir un Capítulo Vigésimo denominado "Derecho de Acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación" para precisar el derecho universal de niñas, niños y adolescentes a las tecnologías de la información y comunicación, a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet como conforme a la Constitución y a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y establecer la obligación del Estado de garantizar que los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión se presenten con criterios de cobertura universal, calidad, inclusión y competencia. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA), el 06 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, y de Estudios Legislativos

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2018.
403   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Noviembre-2017
- Turismo

Fecha de dictamen:
7-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
22-Diciembre-2017
Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Ciudad de México".

Modificar la referencia a días de salario mínimo por el de Unidades de Medida y Actualización.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentada en la Cámara de Diputados el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 408 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de mayo de 2017.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 348 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017.
404   Decreto por el que se reforman los artículos 11, fracción XIX y 81, fracciones XVIII y XXXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Judicial (Leyes orgánicas de la Suprema Corte y Tribunales Federales)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
7-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Reglamentar por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el funcionamiento de los órganos que realicen las labores de compilación, sistematización y publicación de sus archivos históricos de la Suprema Corte de Justicia, juzgados de distrito y tribunales de circuito. Incluir a las atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, la organización, administración y resguardo de los archivos de los juzgados de distrito y tribunales de circuito, excepto los que corresponden a la Suprema Corte y administrar los documentos integrados al archivo judicial de juzgados de distrito y tribunales de circuito de todos los circuitos judiciales del país. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Hilda González Calderón (PRI), el 09 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 359 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
405   Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Egresos, Presupuesto, Cuenta Pública y Responsabilidad Hacendaria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Noviembre-2017
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
9-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
29-Noviembre-2017
Prevé un gasto neto total 5 billones 279,667 millones de pesos, asimismo, un déficit presupuestario de 466,684.4 millones de pesos. Para Ramos autónomos 117,532, Ramos administrativos 1,023,679, Ramos generales 2,938,115, Entidades sujetas a control presupuestario directo 961,917, Empresas productivas del estado 915,720. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 12 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 413 votos a favor y 49 en contra.

3. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017.
406   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Noviembre-2017
- Economía

Fecha de dictamen:
14-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
11-Enero-2018
Establecer que los proveedores no podrán incrementar injustificadamente precios por fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias, contempla lo relacionado a la infracción por obstaculizar o impedir las visitas de verificación. Otorgar mayores facultades a la PROFECO; aplicar medidas de apremio previo apercibimiento y medidas precautorias. Considerar como infracción de los proveedores de bienes, productos o servicios la consistente en obstaculizar o impedir, por sí o por interpósita persona, las visita de verificación, así como el procedimiento administrativo de ejecución que ordene la Procuraduría. Emitir alertas dirigidas a los consumidores de bienes, productos o servicios defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud o la seguridad. Retirar del mercado los bienes o productos que pongan en riesgo la vida o la salud del consumidor, y en su caso ordenar la destrucción de los mismos. Ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que representen un riesgo para la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor. Prohibir incluir información o publicidad que indique que los productos o servicios han sido avalados, aprobados o recomendados por sociedades o asociaciones profesionales, cuando éstas carezcan del debido soporte fehaciente y científico. El proveedor que ofrezca, comercialice o venda bienes, productos o servicios utilizando medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología se guiará por las disposiciones de la Noma Mexicana expedida por la Secretaría de Economía. Considerar las multas que imponga la Procuraduría Federal del Consumidor como créditos fiscales, y se ejecutarán por ésta en su carácter de autoridad fiscal bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación y su reglamento. Los proveedores podrán someter su publicidad a revisión (previa a su difusión) de la Procuraduría, a fin de que la misma emita una opinión no vinculante, se establece que los resultados de las investigaciones, encuestas y monitoreos publicados por la PROFECO podrán ser utilizados por los proveedores con fines publicitarios, se regulan las ventas a domicilio o fuera del establecimiento mercantil, lo relacionado a despachos de cobranza, comercio electrónico, garantías, plazos para emitir resolución a la solicitud de contratos de adhesión, diferencia entre contrato de adhesión registrado en la PROFECO y el utilizado en perjuicio de los consumidores, se incrementa la temporalidad de 1 a 3 años para que se configure la reincidencia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras y senadores Ana Lilia Herrera Anzaldo, Braulio Fernández Aguirre, Blanca Alcalá Ruíz, Graciela Ortiz González, Marcela Guerra Castillo, Miguel Romo Medina y Ricardo Urzúa Rivera (PRI); Héctor Larios Córdova (PAN) y Miguel Barbosa Huerta (PRD) el 15 de octubre de 2015.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Benjamín Robles Montoya (PRD) el 19 de noviembre de 2015.

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Rabindranath Salazar Solorio (PRD) el l 14 de diciembre de 2015.

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Miguel Romo Medina y Roberto Armando Albores Gleason (PRI) el 11 de febrero de 2016.

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Hilda Flores Escalera, Lilia Merodio Reza, Diva Gastélum Bajo, Hilaría Domínguez Arvizu, Cristina Díaz Solazar, ltzel Ríos de la Mora, Anabel Acosta Islas, Yolanda de la Torre Valdez, Erika Ayala Ríos (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM), el 08 de marzo de 2016.

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Óscar Román Rosas González (PRI) el 30 de marzo de 2016.

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jesús Casillas Romero (PRI) el 08 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018.
407   Decreto por el que se reforman los artículos 9º y 91 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Noviembre-2017
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
14-Noviembre-2017

Considera a los Municipios para asignar y administrar recursos destinados a la ejecución de acciones de adaptación y mitigación ante el cambio climático. Cambiar la denominación "distrito Federal" por Ciudad de México, e incluir a los Municipios, circunscribiéndose estrictamente al ámbito de sus competencias para diseñar, desarrollar y aplicar instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política nacional en materia de cambio climático. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Tomás Roberto Montoya Díaz (PRI), el 18 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
408   Decreto por el que se reforma el artículo 83 de la Ley General de Población.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Noviembre-2017
- Población

Fecha de dictamen:
14-Noviembre-2017

Atribuir al Gobierno Federal, en coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipales implementar programas que garanticen la atención integral de mexicanos repatriados, facilitar la acreditación de la nacionalidad, regularización migratoria y revalidación de estudios, impulsar programas que faciliten su inserción en el mercado laborar o actividades productivas, promover su reinserción social. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ulises Ramírez Núñez (PAN), el 23 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Población y Desarrollo y de Estudios Legislativos.
409   Decreto por el que se adiciona un artículo 47-K a la Ley Federal de Sanidad Vegetal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Noviembre-2017
- Agricultura y Sistemas de Riego

Fecha de dictamen:
14-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Diciembre-2017
Las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales promoverán, la reducción de riesgos de contaminación durante la producción primaria de vegetales, mediante la recolección de envases vacíos que contuvieron plaguicidas, con la finalidad de fortalecer las BPA¿s, proteger los recursos naturales, prevenir riesgos de daño en la salud animal, humana y al medio ambiente. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM) el 18 de noviembre 2015.

2. Dictamen a Discusión del 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 366 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017.
410   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Noviembre-2017
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
14-Noviembre-2017

Modificar la referencia que se hace de "representante de la Secretaría de Seguridad Pública" por "representante del Comisionado Nacional de Seguridad". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Alejandro González Murillo (PES) el 08 de agosto de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos, Primera.
411   Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Diciembre-2017
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
16-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
13-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
30-Enero-2018
Redefinir qué se entiende por Asociaciones Público-Privadas, y por Financiamiento Neto. Definir qué se entiende por Disponibilidades. Establecer los supuestos para considerar aquellos casos en los que las Entidades Federativas aprueben sus leyes de ingresos y presupuestos de egresos después de la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos de la Federación, para que se consideren los montos previstos en dichos ordenamientos, de no hacerlo, deberán realizar una estimación con base en los Criterios Generales de Política Económica, el monto nacional y la distribución realizada en ejercicios fiscales anteriores. Acelerar la atención a la población afectada por ocurrencia de desastres naturales, cuando la Entidad Federativa o Municipio afronte los gastos con sus ingresos de libre disposición. Precisar que tratándose de refinanciamientos y reestructuras sin autorización de la Legislatura Local, se tendrá un término de 15 días naturales siguientes a la celebración de dichas operaciones, para presentar la solicitud de inscripción ante el Registro Público Único. 1. Iniciativa suscrita por Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD el 19 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 317 votos a favor, 38 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de diciembre de 2017, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 64 votos a favor y 15 votos en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Fedeación el 30 de enero de 2018.
412   Decreto por el que se declara el tercer domingo de marzo de cada año, como "Día Nacional del Tequila".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
20-Marzo-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
21-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
20-Marzo-2018

Declarar el tercer domingo de marzo de cada año, como "Día Nacional del Tequila". 1. Iniciativa suscrita por la Diputada María Victoria Mercado Sánchez, (MC) el 05 de enero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 347 votos a favor y 21 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 20 de marzo de 2018, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.
413   Decreto por el que se adiciona un inciso d) al artículo 106 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Noviembre-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
21-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
7-Diciembre-2017
Crear la Unidad Técnica para la Igualdad de Género, adscrita a la Mesa Directiva del Senado de la República. La Comisión para la Igualdad de Género supervisará el cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y el Programa para la Igualdad de Género del Senado de la República. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Angélica de la Peña Gómez (PRD), Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) y Martha Elena García Gómez (PAN) el 22 de julio de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 14 de diciembre de 2015.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 1 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2016.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de diciembre de 2017.
414   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 11 y 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Noviembre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
21-Noviembre-2017

Establecer que los gobiernos de los estados y los municipios asumirán, en el ámbito de su jurisdicción, la prevención y el control de la contaminación generada por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación, que constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que sólo puedan utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obras. 1. Iniciativa suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, al 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda
415   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
1-Octubre-2019
- Marina

Fecha de dictamen:
23-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
1-Octubre-2019

Establecer los supuestos por los que no se considerará como vertimientos en las zonas marinas de tal forma que se delimitaran las categorías a las que deberán sujetarse los materiales a verterse a fin de otorgarse el permiso correspondiente; indicar que en materia de vertimientos del sector de hidrocarburos, la Secretaría de Marina y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente, implementarán mecanismos específicos de coordinación para su regulación y supervisión. La regulación en materia de prevención y control de la contaminación marina deberá contar con la opinión favorable de la SEMAR. 1. Iniciativa suscrita por los integrantes de la Comisión de Marina, el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 257 votos a favor, 38 en contra y 47 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Marina y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 01 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion E del artículo 72 de la CPEUM.
416   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de residuos sólidos urbanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2107
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
28-Noviembre-2017

Establecer la responsabilidad objetiva de los integrantes de los Ayuntamientos y Alcaldías, de los Alcaldes, Regidores y Presidentes Municipales y en general, cualquier autoridad de las entidades federativas o municipales, que en el marco de su competencia autoricen o bien, permitan formal o materialmente el establecimiento y funcionamiento de tiraderos a cielo abierto, así como la operación de sitios de disposición final que no cumplan con la normatividad vigente aplicable. Señalar qué se entiende por Tiradero a Cielo Abierto. Incluir como facultad de la Federación el verificar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en materia de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial e imponer sanciones y medidas que resulten aplicables en caso de incumplimiento. Señalar que las entidades federativas tienen a su cargo la gestión integral de los residuos de manejo especial y la autorización de su manejo integral. Indicar que el ayuntamiento tiene a su cargo la gestión integral de residuos sólidos urbanos, y la autorización de su manejo integral. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM) e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 14 de junio de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 294 votos a favor, 46 en contra y 18 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.
417   Decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de delitos carreteros.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
21-Febrero-2018
Establecer pena de 6 a 12 años de prisión, a quien cometa el delito de robo en contra de personas que presten o utilicen por si o por un tercero los servicios de auto transporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, cuando el objeto del robo sean las mercancías; establecer una pena de 2 a 7 años de prisión cuando se trate únicamente de equipaje o valores de turistas o pasajeros; la pena de prisión se aumentara en un tercio cuando exista apoderamiento del remolque o semirremolque y sea utilizado para cometer otro ilícito, y la pena de prisión aumentara en una mitad cuando, a sabiendas de sus funciones el servidor público, cometa o participe en el robo y esté tenga o desempeñe funciones de prevención, investigación, persecución del delito o ejecución de penas, con independencia de la sanción penal, se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión pública por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. Incluir el delito de Autotransporte Federal para que en este caso los jueces federales conozcan del mismo. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Alfredo Anaya Orozco (PRI), el 29 de abril de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge López Martín (PAN), el 29 de junio de 2016.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. José Luis Orozco Sánchez Aldana (PRI), el 07 de diciembre de 2016.

d) Iniciativa suscrita por los Diputados Xavier Nava Palacios, Maricela Contreras Julián y Arturo Santana Alfaro (PRD), el 30 de mayo de 2017.

e) Iniciativa suscrita por el Dip. Daniel Torres Cantú, el 08 de agosto de 2017.

f) Iniciativa suscrita por el Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), el 28 de septiembre de 2017.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena Corona Valdés (PVEM), el 31 de octubre de 2017.

h) Iniciativa suscrita por el Dip Jonadab Martínez García (MC), el 16 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 390 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 97 votos a favor y 10 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2018.
418   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley Nacional de Ejecución Penal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Noviembre-2017

Proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad y con posibilidades de ser discriminados por el hecho de tener a sus madres, padres, tutores o personas que tienen su guarda y custodia privados de la libertad legalmente. Establecer los derechos de niñas, niños y adolescentes con madres, padres, tutores o personas que tengan guarda y custodia, que se encuentren privados de la libertad. Incluir en los derechos del imputado que cuando esta no tenga otra persona que pueda hacerse cargo de los menores, el Ministerio Público o el órgano jurisdiccional deberá notificar a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños o Adolescentes competente a efecto que proceda en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para garantizar el interés superior de la niñez. Notificar por la Autoridad Penitenciaria a las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños o Adolescentes o sus equivalentes en el supuesto de que la madre no deseare conservar la custodia de sus hijas e hijos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) el 28 de abril de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Álvarez Máynez (MC) el 28 de abril de 2017.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Ma. Victoria Mercado Sánchez (MC) el 19 de julio de 2017.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Hilda González Calderón (PRI) y suscrita por el Dip. César Camacho (PRI) el 13 de septiembre de 2017.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES) el 12 de octubre de 2017.

f) Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia Sofía Corichi García (MC) el 24 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Jusiticia yde Estudios Legislatiivos.
419   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 420 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Noviembre-2017

Establecer pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente abandone algún ejemplar de las especies de fauna silvestre, posterior a haber realizado un aprovechamiento que implicara un manejo intensivo en condiciones de cautiverio o confinamiento. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM), el 26 de septiembre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Luis Ernesto Munguía González (MC), el 09 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Jusiticia yde Estudios Legislatiivos.
420   Decreto que reforma el artículo 303 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Noviembre-2017

Señalar que la pensión alimenticia derivada de una sentencia de reconocimiento de paternidad debe ser retroactiva al momento del nacimiento del menor. Igualmente indicar qué deberá tomar en cuenta el juez para determinar el monto retroactivo de los alimentos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. José Luis Orozco Sánchez Aldana (PRI) el 14 de noviembre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. María Eugenia Ocampo Bedolla (NA) el 14 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 362 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Jusiticia yde Estudios Legislatiivos.
421   Decreto por el que se reforman los artículos 264, fracción II y 289; y se derogan los artículos 158 y 334 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Noviembre-2017

Eliminar la disposición "La mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación" y eliminar las disposiciones relativas. Disponer que en virtud del divorcio, los cónyuges recobrarán su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio sin restricción alguna. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 25 de abril de 2017.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Guadalupe González Suástegui (PAN) el 28 de septiembre de 2017.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. German Ernesto Ralis Cumplido (MC) el 31 de octubre de 2017.

d) Iniciativa suscrita por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI) el 31 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 345 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Jusiticia yde Estudios Legislatiivos.
422   Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Noviembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
30-Noviembre-2017

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
21-Diciembre-2017
Expedir un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular la función del Estado para preservar la Seguridad Interior, así como establecer las bases, procedimientos y modalidades de coordinación entre los Poderes de la Unión, las entidades federativas y los municipios, en la materia. La seguridad Interior es la condición que proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobierno e instituciones, así como el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del orden constitucional, el Estado de Derecho y la gobernabilidad democrática en todo el territorio nacional. Comprende el conjunto de órganos, procedimientos y acciones destinadas para dichos fines, respetando los derechos humanos en todo el territorio nacional, así como para prestar auxilio y protección a las entidades federativas y los municipios, frente a riesgos y amenazas que comprometan o afecten la seguridad nacional en los términos de la presente Ley. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. César Camacho Quiroz (PRI) y por la Dip. Martha Sofía Tamayo Morales (pri), el 08 de noviembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Sofía González Torres (PVEM), el 14 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 248 votos a favor, 115 en contra y 48 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación, Defensa Nacional, de Marina y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2017. aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 76 votos a favor, 44 en contra y 3 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2017, se le dispensarón todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 262 votos a favor y 26 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.
423   Decreto por el que se reforma el artículo decimosexto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
5-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
27-Agosto-2018
Establecer que el Senado de la República designará al Fiscal General de la República, si este no estuviere reunido, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesión extraordinaria, asimismo, el Procurador General de la Republica que se encuentre en funciones, continuará en su encargo hasta tanto el Senado designe al Fiscal General de la República. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Marco Antonio Aguilar Yunes (PRI) el 28 de abril de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Gloria Himelda Félix Niebla (PRI) y suscrita integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PVEM, NA y PES el 12 de septiembre de 2017.

c) Iniciativa suscrita por el Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de septiembre de 2017.

d) Iniciativa suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 12 de septiembre de 2017.

e) Dos iniciativas suscritas por el Grupo Parlamentario del PRD, el 12 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 360 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación, de Reforma del Estado, de Estudios Legislativos Primera y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 101 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión de la comisión permanente el 15 de agosto de 2018.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 2018.
424   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 33 y 41 de la Ley General de Educación, en materia de estudiantes de altas capacidades intelectuales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Diciembre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
5-Diciembre-2017

Fortalecer la educación de las personas con aptitudes sobresalientes, es decir, con altas capacidades intelectuales, creativas, socio afectivas, artística y psicomotrices. Contar con escuelas de tiempo completo para estas personas. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Juana Aurora Cavazos Cavazos (PRI), suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para Impulsar a Estudiantes de Altas Capacidades Intelectuales, el 24 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
425   Decreto que expide el Reglamento de la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Diciembre-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
5-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
12-Diciembre-2017

Expedir un reglamento que regule la entrega de la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo. 1. Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se adiciona un numeral 2 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 373 votos a favor.

3. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2017.
426   Decreto por el que se declara el 25 de septiembre como Día del Estado Laico.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
5-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
4-Abril-2018

Declarar el Día 25 de septiembre de cada año, como el "Día del Estado Laico". 1. Iniciativa presentada por el Dip. David Gerson García Calderón (PRD) el 20 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 334 votos a favor, 5 en contra y 16 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 04 de abril de 2018. Desechado en votación nominal por 59 votos a favor, 16 en contra y 2 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2018.
427   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Diciembre-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
5-Diciembre-2017

Modificar el término "Migrante" por el de "Persona migrante". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Felipe Reyes Álvarez (PRD), el 19 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y Estudios Legislativos.
428   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Federalismo (Distribución de atribuciones entre la Federación y las Entidades Federativas)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
7-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Diciembre-2017
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
7-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
13-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
16-Febrero-2018
Indicar como objeto de la ley el establecer las bases para que el ejecutivo federal coordine las actividades de planeación de la Administración Pública Federal, así como la participación, en su caso, mediante convenio, de los órganos constitucionales autónomos y los gobiernos de las entidades federativas; establecer los órganos responsables del proceso de planeación; las bases de participación y consulta a la sociedad; y establecer las bases para que el Ejecutivo Federal concierte con los particulares las acciones a realizar para la elaboración y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo. La Planeación deberá considerar el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, considerando los principios de inclusión de participación de las personas con discapacidad, la no discriminación, garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y tratados internacionales. El Ejecutivo Federal elaborará el Plan Nacional de Desarrollo y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación; y le dará seguimiento a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño previsto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La Secretaría publicará la información del seguimiento en el Portal de Transparencia Presupuestaria. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá los criterios generales que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la elaboración de los programas derivados del Plan que tengan a su cargo. El Presidente de la República enviará el Plan Nacional de Desarrollo a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, a más tardar el último día hábil de febrero del año siguiente a su toma de posesión. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobará el Plan Nacional de Desarrollo dentro del plazo de dos meses contado a partir de su recepción. En caso de que no se pronuncie en dicho plazo, el Plan se entenderá aprobado en los términos presentados por el Presidente de la República. La aprobación del Plan por parte de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, consistirá en verificar que dicho instrumento incluye los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de que el Plan Nacional de Desarrollo no los incluya, la Cámara de Diputados devolverá el mismo al Presidente de la República, a efecto de que dicho instrumento sea adecuado y remitido nuevamente a aquélla para su aprobación en un plazo máximo de treinta días naturales. Indicar que es lo mínimo que debe contener el Plan Nacional de Desarrollo, señalar los elementos mínimos que deberán contener los programas derivados de él. Los programas sectoriales, regionales, especiales e institucionales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, en los plazos previstos por las disposiciones que al efecto emita el Ejecutivo Federal. En el caso de los programas sectoriales y los especiales que determine el Ejecutivo Federal, deberán publicarse dentro de los seis meses posteriores a la publicación del Plan. Serán revisados por el Ejecutivo Federal en los términos que determinen las disposiciones reglamentarias, considerando la participación social, incluyendo la de los pueblos y comunidades indígenas, las cuales establecerán el procedimiento para, en su caso, realizar las adecuaciones correspondientes a éstos. Para el caso de los programas institucionales, la revisión y, en su caso, adecuación, se realizará en los términos de esta Ley y sus disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de lo que establezca la Ley Federal de las Entidades Para estatales, así como aquellas disposiciones que regulen su organización y funcionamiento. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 12 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 331 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.
429   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
13-Julio-2018

Establecer las bases para que México contribuya al cumplimiento del Acuerdo de París, que tiene entre sus objetivos mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2 °C, con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir con los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5 °C, con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático. Referir que la Política Nacional de Mitigación de Cambio Climático deberá cuidar que la línea base a comprometer por México no limite el crecimiento económico del país y que en la elaboración de dicha línea deberán participar los sectores productivos. Incluir como instrumentos de planeación de la política nacional en la materia al Programa y a las contribuciones en comento; y resaltar que las acciones y metas de adaptación y mitigación tendrán como año meta 2050. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (PAN) el 2 de marzo de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. César Camacho (PRI) y por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y PVEM, el 30 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 360 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2018.
430   Decreto por el que se reforman los artículos 7o., 16, 70, 71 y 76 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Fomentar el conocimiento en los educandos de su derecho a la protección de sus datos personales. Armonizar con las reformas constitucionales para modificar la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México y de la desindexación del salario mínimo por valor diario de la unidad de medida y actualización. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Miriam Dennis Ibarra Rangel (PRI) el 25 de abril de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Rosa Guadalupe Chávez Acosta (PRI), el 14 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
431   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Incluir que todos los habitantes del país deben cursar la educación media superior, establecer como obligación de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas niños y adolescentes, asegurar que cursen la educación prescolar, la primaria, la secundaria y la media superior. Incluir los criterios de asequibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad, así como el interés superior de la niñez. Incluir el derecho a un ambiente libre de violencia y acoso escolar. Elaborar protocolos de actuación sobre situaciones de acoso o violencia escolar. Establecer como Educación Inclusiva el conjunto de acciones orientadas a eliminar o minimizar las barreras que limitan el acceso, tránsito, permanencia participación y aprendizaje de todas las niñas, niños y adolescentes, con especial énfasis en aquellos que estén excluidos, marginados o en riesgo de estarlo. Establecer como normalidad mínima el conjunto de condiciones indispensables que deben cumplirse en cada escuela para el buen desempeño de la tarea docente y el logro del aprendizaje de los educandos. Considerar como infracciones de quienes presten servicios educativos, contemplar, promover, propiciar, tolerar o no denunciar actos de acoso o violencia escolar. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María del Rosario Rodríguez Rubio (PAN) e integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 27 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 345 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
432   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Expedir un certificado de la calidad de la infraestructura física educativa por las autoridades en la materia. Establecer dentro de los derechos de quienes ejercen la patria potestad o tutela, el conocer los criterios y resultados de evaluaciones y de la certificación de la calidad de la infraestructura física de la escuela a la que asistan sus hijos o pupilos; requerir a las escuelas particulares la certificación de calidad de la infraestructura educativa para que las autoridades educativas otorguen las autorizaciones y los reconocimientos de calidez oficial de estudios. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), y por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 07 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 367 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
433   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 12 y 14 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Mantener actualizados los libros en formatos impresos y
digitales. Autorizar el uso de libros de texto con base en el
marco curricular común, para la educación media superior.
Promover la edición, producción y uso de libros de texto
gratuitos, en formatos accesibles, impresos y digitales.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Luis Manuel Hernández León (NA) el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
434   Decreto por el que se reforma el artículo 323 Ter del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Precisar que por violencia familiar se considera cualquier acto u omisión intencional que ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que afecte o ponga en riesgo su integridad física, psicológica, o cualesquiera de sus bienes o derechos, independientemente de que la conducta produzca o no un delito. Es violencia familiar aún y cuando la acción u omisión se presente fuera del domicilio en que cohabiten agresor y agredido e incluso si no cohabitan el mismo domicilio; siempre que entre ellos exista o haya existido, un vínculo familiar en los términos de este Código. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI), el 31 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
435   Decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Establecer que en todos los casos en que el Ministerio Público de la Federación hubiere ejercido la facultad establecida en el artículo 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales se deberán agotar las diversas líneas de investigación relativas a la afectación, limitación o menoscabo del derecho a la información o de las libertades de expresión o imprenta. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Brenda Velázquez Valdez (PAN), el 19 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
436   Decreto por el que se reforman los artículos 417 y 444 del Código Civil Federal y el artículo 323 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Establecer que el sujeto activo de la comisión del ilícito de
homicidio en perjuicio de la persona con quien comparta
derechos de carácter de patria potestad, tutela, guarda y
custodia, perderá dichos derechos, garantizando y tutelando en todo momento el interés superior del menor.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 30 de mayo de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Marbella Toledo Ibarra (MC) el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 368 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
437   Decreto por el que se adicionan un párrafo sexto al artículo 7 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, y un párrafo cuarto a la fracción XII del artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Establecer que las dependencias federales y locales
competentes deberán elaborar de manera coordinada y
anual, un Programa de Seguimiento y Atención del
Diagnostico Nacional de Supervisión Penitenciaria emitido
por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a fin de darle seguimiento de las políticas públicas que las
autoridades penitenciaria y demás competentes
implementen.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Armando Luna Canales (PRI) y suscrita por los diputados Sara Latife Ruiz Chávez (PRI), Emma Margarita Alemán Olvera (PAN), Waldo Fernández González (PRD), Sofía González Torres (PVEM) y Ana Guadalupe Perea Santos (PES) el 21 de junio de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC) el 14 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 388 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
438   Decreto por el que se adiciona una fracción XV al artículo 42, recorriéndose la subsecuente de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Establecer que la Secretaría de Gobernación propondrá los
lineamientos que deberán contener los Programas integrales y de reinserción social para agresores como medida para la prevención y sanción de la violencia contra las mujeres.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Lisbeth Hernández Lecona, Anabel Acosta Islas, Angélica Arauja Lara, Margarita Flores Sánchez, Ma. Del Rocío Pineda Gochi, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez y Mely Romero Celis (PRI) el 18 de marzo de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM. (LXIII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 388 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas para la igualdad de Género y de Estudios Legislativos.
439   Decreto por el que se adiciona un artículo 26 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Noviembre-2023
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
8-Noviembre-2023

Establecer que las entidades federativas y los municipios, se coordinaran para el diseño e implementación de programas de desarrollo social y empoderamiento económico para los dependientes y familiares de las víctimas de feminicidio. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 28 de abril de 2017.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 07 de diciembre de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las Comisiones Unidas de para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2023. Aprobado en votación nominal por 83 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
440   Decreto por el que se adiciona una fracción XIII al artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Incorporar en los lineamientos de la Política Nacional en
Materia de Igualdad entre mujeres y hombres, los principios de desarrollo sostenible, crecimiento económico, medio ambiente e igualdad de género, acordes con los
instrumentos internacionales de los que México sea parte.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (PVEM) y por diputados integrantes de su Grupo Parlamentario, el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Para La Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Primera.
441   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Economía

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
13-Marzo-2018
Incluir dentro de la Ley de la Propiedad Industrial la figura de las indicaciones geográficas, para fortalecer la protección de las denominaciones de origen nacionales, dotar de reconocimiento a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas en el extranjero, actualizar el sistema de protección de diseños industriales en México, conforme a los estándares internacionales y efectuar algunas modificaciones para optimizar el procedimiento de otorgamiento de las invenciones. 1. Iniciativa suscrita por el Sen. Héctor Larios Córdova, a nombre de diversos Senadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRI y PVEM, el 26 de abril de 2017.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 07 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de noviembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 13 de marzo de 2018.
442   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Economía

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
24-Enero-2018
Simplificar el proceso de disolución y liquidación de una empresa. Establecer que la causa de la disolución deberá ser inscrita de inmediato en el Registro Público de Comercio; esta disolución se podrá dar por resolución judicial o administrativa; y, el balance final de la empresa, una vez aprobado, deberá ser depositado en el Registro Público de Comercio y publicado en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Héctor Larios Córdova (PAN), Ricardo Urzúa Rivera (PRI), Ernesto Gándara Camou (PRI), Jorge Toledo Luis (PAN), Francisco de Paula Búrquez Valenzuela (PAN), José de Jesús Santana García (PAN), Jorge Aréchiga Ávila (PVEM), Mario Delgado Carrillo (PT) y Luis Armando Melgar Bravo (PVEM); y, las senadoras María de los Dolores Padierna Luna (PT), Hilda Esthela Flores Escalera (PRI), Ma. del Rocío Pineda Gochi (PRI), Rosa Adriana Díaz Lizama (PAN), el 28 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 400 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 24 de enero de 2018.
443   Decreto por el que se reforma el artículo 155 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Prohibir las emisiones de olores en cuanto rebasen los límites máximos establecidos en las normas oficiales mexicanas considerando los valores de concentración máxima permisibles para el ser humano de contaminantes en el ambiente. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Ximena Tamariz García (PAN), el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
444   Decreto por el que se reforman los artículos 7 y 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de la NOM de residuos sólidos urbanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Facultar a la Federación para expedir normas oficiales mexicanas en materia de manejo de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como su desempeño ambiental, sin perjuicio de las facultades de los municipios y entidades federativas en la materia. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM) y suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez y Diputados del Grupo Parlamentario del PVEM, el 16 de agosto de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
445   Decreto por el que se reforma el artículo 95 de la Ley Agraria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Reforma Agraria

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Establecer que en caso de que los ejidatarios o la Asamblea aprueben la ocupación previa de tierras por trámite de expropiación, deberá mediar convenio en el que se plasmen los acuerdos y compromisos a que habrán de obligarse ambas partes, que se inscribirá en el Registro Agrario Nacional con la Intervención de la Procuraduría Agraria. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Óscar García Barrón (PRI) el 24 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor y 5 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
446   Decreto que reforma los artículos 111, 113 y 114 de la Ley Agraria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Reforma Agraria

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Indicar que el acta constitutiva de una sociedad de producción rural debe inscribirse en el Registro Agrario Nacional, o en el Registro Público de Comercio. El Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la Administración Pública Federal expedirá los reglamentos para la inscripción de operaciones de las sociedades rurales. 1.Iniciativa suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC) el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos.
447   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
24-Abril-2018
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
21-Junio-2018
Actualizar las denominaciones de "Procurador General de Justicia Militar" por "Fiscal General de Justicia Militar"; del "Supremo Tribunal Militar" por "Tribunal Superior Militar"; del "Código de Justicia Militar" por "Código Militar de Procedimientos Penales"; del "Cuerpo de Defensores de Oficio" por "Defensoría de Oficio Militar"; el de "Policía Judicial Militar" por "Policía Ministerial Militar"; de la "Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales" por la "Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos" y de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público" por la "Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria". 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Fabiola Rosas Cuautle (PRI) el 16 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2018.
448   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Militar de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal y de la Ley para Conservar la Neutralidad del País.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Defensa Nacional
- Justicia

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
21-Junio-2018
Suprimir las patentes de corso, la figura de los corsarios y del barco destinado o armado para guerra de corzo. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Waldo Fernández González (PRD), el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor y 16 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2018.
449   Decreto por el que se reforman los artículos 46 y 138 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Pesca


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Pesca

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Actualizar el nombre de la "Ley de Navegación" a "Ley de
Navegación y Comercio Marítimos" Modificar la referencia a días de salario mínimo por el de Unidades de Medida y Actualización.
1.Iniciativa suscrita por el Dip. Antonio Tarek Abdala Saad (PRI) el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Pesca y Acuacultura y de Estudios Legislativos.
450   Decreto por el que se reforman los artículos 8o., 13, 20 y 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Pesca


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Pesca

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Promover el consumo regular de pescados y mariscos,
derivados de la actividad pesquera y acuícola.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Antonio López Rodríguez (PAN) el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 367 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Pesca y Acuacultura y de Estudios Legislativos.
451   Decreto por el que se reforma el numeral 2 del artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Diciembre-2017
Establecer que las reservas son propuestas de modificación, adición o eliminación de uno o varios artículos al proyecto. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Edgar Romo García (PRI), el 07 de febrero de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 23 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 362 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2017.
452   Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Gobernación (Armas de Fuego, Himno y Bandera, Cultos, Juegos y Sorteos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
3-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
3-Abril-2018

Publicación en el DOF:
11-Mayo-2018
Indicar que las instituciones y personas físicas, previa autorización de la SEGOB, podrán reproducir el escudo nacional cuando contribuya al culto y respeto de dicho símbolo patrio, así como a difundir su origen, historia y significado. Establecer que cuando las autoridades hagan uso oficial del escudo nacional en monedas, medallas, sellos, papel, edificios, vehículos y sitios de Internet, en la reproducción de dicho símbolo patrio sólo se podrán inscribir las palabras "Estados Unidos Mexicanos", las cuales deberán formar un semicírculo superior en relación con el escudo nacional. Puntualizar las fechas y recintos en los que se deberá izarse la bandera a toda hasta y a media asta. Determinar los lineamientos a los que habrá de sujetarse para el abanderamiento en eventos deportivos de carácter internacional, asimismo, resaltar que las personas físicas e instituciones no podrán usar la bandera nacional para promover su imagen, bienes o servicios. Facultar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para asesorar a los pueblos y comunidades indígenas en las traducciones que realicen del himno nacional a sus lenguas; referir que los concesionarios de uso comercial, público y social que presten servicios de radiodifusión estarán obligados a transmitir, dentro de los tiempos del estado, el himno nacional a las seis y 24 horas y, en el caso de la televisión, además, simultáneamente la imagen de la bandera nacional. Ampliar las infracciones y sanciones para quien haga mal uso de la bandera, el escudo y el himno nacional. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mercedes del Carmen Guillén Vicente (PRI) el 07 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 283 votos a favor, 16 en contra y 68 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018.
453   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de reforma integral.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Indicar que todas las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán desarrollar sus leyes y reglamentos con base en lo establecido en esta Ley. Incluir las definiciones de Atlas de Riesgos, Demarcaciones Territoriales, Fenómenos del Espacio Exterior, Plan de Continuidad de Operaciones, Plan de Contingencia, Programas de Protección Civil. Considerar como prioridad de las políticas públicas en materia de protección civil la perspectiva de género, la Igualdad, Equidad e Inclusión. Promover la homologación del diseño del uniforme de las Unidades de Protección Civil, incluir como atribución de la Coordinación Nacional, participar en coordinación con las dependencias y entidades responsables, el ordenamiento territorial y los asentamientos humanos, la planeación del desarrollo y la adaptación al cambio climático, de tal forma que se deberá promover un protocolo común para los mensajes de alerta a la población. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales impulsarán la profesionalización mediante la creación de opciones educativas en el marco del Sistema Educativo Nacional, e impulsarán el establecimiento de un sistema de certificación de competencias. Ampliar la concepción de la Escuela Nacional de Protección Civil. La Coordinación Nacional establecerá el protocolo de coordinación, colaboración y permanencia de voluntarios, con registro en las labores de protección civil ante la ocurrencia de un desastre. Los Fondos Municipales de Protección Civil y Gestión de Riesgos de Desastres se conformarán con recursos provenientes del propio ayuntamiento o demarcación territorial, subsidios, y en general, cualquier recurso que les sea aportado para este fin, conforme a la normativa administrativa correspondiente. Las autoridades de los diferentes órdenes de gobierno tienen la obligación de elaborar los planes de desarrollo urbano con base en la información de los respectivos Atlas de Riesgos. Las unidades de protección civil de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, realizarán a petición de la parte interesada de un asentamiento humano, un análisis de riesgos y definir medidas de mitigación para reducción de riesgos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Noemí Zoila Guzmán Lagunes (PRI) el 30 de marzo de 2017.

b) Iniciativa suscrita por los Diputados María Elena Orantes López (MC), Héctor Barrera Marmolejo (PAN) y Araceli Madrigal Sánchez (PRD) el 03 de octubre de 2017.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 10 de octubre de 2017.

d) Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRI) el 19 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 367 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor y 11 en contra.

6.Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
454   Decreto por el que se reforman los artículos 4 y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Ganadería

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Incluir a los animales de abasto dentro del concepto de
sanidad animal, asimismo, se deberán considerar en todo
momento las buenas prácticas pecuarias y las técnicas de
sacrificio humanitario.
1. Iniciativa suscrita por la Dip. Evelyng Soraya Flores Carranza (PVEM) el 19 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos, Primera.
455   Decreto por el que se reforma el artículo 3° de la Ley de la Comisión Nacional para el desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Fomentar el desarrollo sustentable para el uso racional de
los recursos naturales de las regiones indígenas sin arriesgar la biodiversidad.
1. Iniciativa presentada por la Dip. Ana Guadalupe Perea Santos (PES), y suscrita por el Dip. Alejandro González Murillo (PES), el 24 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 352 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos, Segunda.
456   Decreto por el que se adiciona una fracción III Bis al artículo 23 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Adicionar como requisito para ser visitador general de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el de contar con experiencia mínima de tres años en la materia. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lía Limón García (PVEM) y por integrantes de su Grupo Parlamentario, el 27 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 339 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
457   Decreto por el que se reforman los artículos 4 y 28 de la Ley de Asistencia Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
16-Noviembre-2022
- Salud

Fecha de dictamen:
12-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
16-Noviembre-2022

Publicación en el DOF:
6-Enero-2023
Armonizar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con la Ley de Asistencia Social, con el objeto de atender y garantizar el interés superior de la niñez. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA), el 28 de marzo de 2017.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de noviembre de 2017.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 345 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de enero de 2023.
458   Decreto por el que se decreta la procedencia de la petición de consulta popular en el tema del modelo actual de seguridad pública.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

PRIMERO. Se declara como asunto de trascendencia nacional y, por lo tanto procedente, la consulta popular relativa al modelo actual de seguridad pública suscrita por diversos diputados de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Verde Ecologista de México en razón de las consideraciones sexta, séptima y octava de este Dictamen.

SEGUNDO. Túrnese a la Mesa Directiva el presente dictamen para que en su oportunidad sea programado para su discusión ante el Pleno de esta Cámara.
1. Solicitud de consulta popular de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM recibida el 15 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 250 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
459   Decreto por el que se declara "Beneméritos de la Patria" a los Diputados Constituyentes de 1917.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Declarar "Beneméritos de la Patria" a los Diputados Constituyentes de 1917. 1. Iniciativa suscrita por los diputados. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM) y César Camacho (PRI), el 16 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Primera.
460   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
9-Marzo-2018
Señalar que corresponde a la Secretaría de Gobernación vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas y los videojuegos, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y a la moral pública, a la dignidad personal y al interés superior de la niñez, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público, igualmente, expedirá los lineamientos que establezcan criterios de clasificación de los videojuegos que se distribuyan, comercialicen o arrienden, por cualquier medio, y vigilará su cumplimiento. Los distribuidores de videojuegos deberán imprimir o adherir en la portada de los videojuegos y en su publicidad la clasificación que corresponda. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 09 de marzo de 2018.
461   Decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa del 50 aniversario de la aplicación del plan Marina.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
19-Junio-2018

Establecer las características de una moneda conmemorativa alusiva del 50 Aniversario del Plan Marina, que se conmemora el 9 de enero de cada año. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Carlos Federico Quinto Guillen y Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez (PRI), el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda yt Crédito Público y Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 91 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2018.
462   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Aduanera, del Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
17-Abril-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
17-Abril-2018

Publicación en el DOF:
1-Junio-2018
Fortalecer el mecanismo de control en toda la cadena de producción y comercialización de hidrocarburos y petrolíferos. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Charbel Jorge Estefan Chidiac (PRI), el 05 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 17 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 69 votos a favor. 18 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2018.
463   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Abril-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
19-Abril-2018

Publicación en el DOF:
22-Junio-2018
Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas autorizadas para operar este ramo, para el caso de riesgos que puedan afectar la persona del asegurado generándole una discapacidad ofrecerán como cobertura dentro de un producto o beneficio adicional, que ampare el pago de gastos derivados de la atención médica, programas de rehabilitación, terapias rehabilitadoras y los servicios médicos adicionales que requieran los asegurados que sean necesarios para la atención de dicha discapacidad, de acuerdo con las sumas aseguradas y coberturas contratadas, esto mediante el procedimiento de selección de riesgo correspondiente y diseño del producto o beneficio adicional que se ofrezca al mercado para la cobertura de riesgos futuros, que preserve las condiciones técnicas y financieras del seguro y la sustentabilidad de las mutualidades de las que formen parte.

Definir qué se entenderá por Discapacidad, Discapacidad Física, Discapacidad Mental, Discapacidad Intelectual, y Discapacidad Sensorial, para los efectos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Roberto Gil Zuarth (PAN), Arturo Zamora Jiménez (PRI), Luis Sánchez Jiménez (PRD), César Octavio Pedroza Gaitán (PAN), Luis Humberto Fernández Fuentes (PRD), Enrique Burgos García (PRI), Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM), Luis Armando Melgar Bravo (PVEM) y Héctor David Flores Ávalos, Armando Ríos Piter (PRD), Francisco Salvador López Brito (PAN), Daniel Amador Gaxiola (PAN) y Jorge Luis Lavalle Maury (PAN); y, las senadoras Rosa Adriana Díaz Lizama (PAN), Hilda Esthela Flores Escalera (PRI), María Elena Barrera Tapia (PVEM), Ana Gabriela Espinoza (PT), Gabriela Cuevas Barrón (PAN), Lilia Guadalupe Merodio Reza (PRI) y María Cristina Díaz Salazar (PRI), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de mayo de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

6.Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 93 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2018.
464   Decreto por el que la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, otorga la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente al Tercer Año de Ejercicio, a la Ciudadana María del Rosario Gloria Green Macías.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Diciembre-2017

Otorgar la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente al Tercer año de Ejercicio de la Legislatura, a la Ciudadana María del Rosario Gloria Green Macías. 1. Convocatoria emitida por la Cámara de Diputados el 16 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017.
465   Decreto por el que se crea la Medalla de Honor "Gilberto Rincón Gallardo".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Diciembre-2017

Crear la medalla de honor "Gilberto Rincón Gallardo". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Rogerio Castro Vázquez (MORENA), el 07 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 408 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017.
466   Decreto por el que se reforma el artículo 20 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
21-Junio-2018
Incluir dentro de las atribuciones del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, promover la prevención y erradicación del discurso del odio, en coordinación con las instituciones públicas, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados César Camacho y Gloria Himelda Félix Niebla (PRI) el 16 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 396 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2018.
467   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Ampliar la definición de discriminación, considerando como discriminación cualquier tipo de acoso; y el catálogo de las conductas consideradas como actos discriminatorios; establecer que cada uno de los poderes públicos federales adoptarán las medidas que estén a su alcance para erradicar las prácticas que establezcan diferencias, que no sean objetivas ni racionales, en atención a la recepción y resolución de cualquier trámite, solicitud, servicio y/o producto, en instalaciones públicas y privadas. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa Suscrita por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 06 de abril de 2017.

b) Iniciativa Suscrita por la Dip. Kathia María Bolio Pinelo (PAN), el 16 de noviembre de 2017.

c) Iniciativa Suscrita por el Dip. Benjamín Medrano Quezada (PRI), el 30 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 73 votos a favor y 1 bastención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
468   Decreto por el que se reforma el artículo 21 de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Turismo

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que la Secretaría de Turismo junto con la Secretaría de Cultura fomentará la cultura y el turismo para el desarrollo nacional. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Azul Etcheverry Aranda (PRI), el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y de Estudios Legislativos Primera.
469   Decreto por el que se adiciona una fracción VI, recorriendo las demás en orden subsecuente, al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Incluir como tipo de violencia contra las mujeres a la Violencia Simbólica: la que a través de patrones estereotipados, mensajes, iconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. 1. Iniciativa suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PVEM el 03 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.
470   Decreto que reforma y adiciona la fracción IV al artículo 28 de la Ley General Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Incluir como obligación a la formulación y ejecución de los planes de manejo, según corresponda que el comercio que en su operación incluya el uso y entrega de bolsas de plástico se establecerán programas para aprovechar su reutilización una vez que terminaron su vida útil, a efecto de que estas sirvan de contenedores de residuos, y que mediante distintivos se indique el tipo de residuos que se podrán envasar, clasificados por orgánicos, inorgánicos y reciclables; la fabricación de dichas bolsas de plástico, será con materiales y procesos Tecnológicos que permitan su ágil degradación. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Yerico Abramo Masso (PRI), el 28 de junio de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Rocío Nahle García (MORENA), el 05 de julio de 2017.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Verónica Delgadillo García (MC), el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
471   Decreto por el que se deroga el segundo párrafo del artículo 1679 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Derogar el supuesto en el que la mujer casada, mayor de edad, podrá ser albacea sin la autorización de su esposo. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Armando Luna Canales y Yerico Abramo Masso (PRI), el 26 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 402 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
472   Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Sustituir los términos Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa por el de Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa por el de Tribunal Federal de Justicia Administrativa. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. María Angélica Mondragón Orozco (PRI), el 24 de octubre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. María Angélica Mondragón Orozco (PRI), el 24 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 394 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
473   Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Precisar que no se considerarán días hábiles: el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; así como el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lucia Virginia Meza Guzmán (PRD), el 05 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
474   Decreto por el que se reforma el primer párrafo y se adiciona un segundo párrafo al artículo 168 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que los miembros de la familia debiéndose consideración, solidaridad y respeto, procurarán contribuir en la realización de las responsabilidades y tareas del hogar. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Marco Antonio Aguilar Yunes (PRI) el 14 de noviembre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Marco Antonio Aguilar Yunes (PRI) el 21 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
475   Decreto por el que se reforma el artículo 216 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que durante la investigación, tanto el imputado cuando haya comparecido o haya sido entrevistado, como su Defensor, así como la víctima u ofendido, podrán solicitar por escrito al Ministerio Público todos aquellos actos de investigación que consideraren pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos. El Ministerio Público ordenará que se lleven a cabo aquellos que sean conducentes. La solicitud deberá resolverse en un plazo máximo de tres días siguientes a la fecha en que se haya formulado la petición al Ministerio Público y notificarse personalmente de inmediato a las partes. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Cándido Ochoa Rojas (PVEM), y por diputados de su Grupo Parlamentario, el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
476   Decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que cuando el demandante tenga su domicilio fuera de la población donde esté la sede de la Sala, la demanda podrá enviarse a través de Correos de México, correo certificado con acuse de recibo, desde cualquier parte del territorio nacional, pudiendo señalar como domicilio para recibir notificaciones, el ubicado en cualquier parte del territorio nacional, salvo cuando tenga su domicilio dentro de la jurisdicción de la sala competente, en cuyo caso, el señalado para tal efecto, deberá estar ubicado dentro de la circunscripción territorial de la sala cuando el demandante tenga su domicilio fuera de la población donde esté la sede de la Sala, la demanda podrá enviarse a través de Correos de México, correo certificado con acuse de recibo, desde cualquier parte del territorio nacional, pudiendo señalar como domicilio para recibir notificaciones, el ubicado en cualquier parte del territorio nacional, salvo cuando tenga su domicilio dentro de la jurisdicción de la sala competente, en cuyo caso, el señalado para tal efecto, deberá estar ubicado dentro de la circunscripción territorial de la sala. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Bárbara Botello Santibáñez (PRI), el 05 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
477   Decreto por el que se reforma la fracción IV del artículo 214 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, el servidor público que Por sí o por interpósita persona, sustraiga, divulgue, altere, destruya, oculte, utilice, o inutilice, ilícitamente, información, documentación o que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Jisela Paes Martínez (PAN), el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
478   Decreto por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 149 Bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
9-Marzo-2018
Establecer que quien lleve a cabo ataques a la integridad corporal o a la salud de los miembros de las comunidades o se trasladaren de ellas a otros grupos menores de dieciocho años, empleando para ello la violencia física o moral, la sanción será de cinco a veinte años de prisión y multa de dos mil a siete mil pesos. 1. Iniciativa suscrita por el Sen. Raúl García Guzmán (PRD), el 09 de marzo de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 09 de marzo de 2018.
479   Decreto por el que se adiciona el artículo 288 Bis al Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que en los casos de divorcio de los matrimonios bajo el régimen de separación de bienes, si uno de los cónyuges fuera el que se dedicó preponderadamente a las labores del hogar, y en su caso, al cuidado de los hijos, y no hubiere generado bienes o habiéndolos generados estos no alcancen la proporción equivalente en valor a los generados por el otro, el juez declarará en la sentencia que el o la ex cónyuge podrá tener derecho a una compensación, y deberá decretarse mediante resolución, bajo los principios de equidad y solidaridad, mismas que podrá ser hasta del cincuenta por ciento del valor de dichos bienes, o en su caso, conforme a lo convenido por ambos cónyuges. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por los diputados Mirza Flores Gómez y Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC), el 31 de octubre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Sara Latife Ruiz Chávez (PRI), el 24 de octubre de 2017.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Édgar Romo García (PRI), el 23 de agosto de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
480   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 1168 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aclarar que la prescripción se interrumpe por la notificación de la demanda o de cualquier otro género de interpelación judicial al poseedor o al deudor en su caso. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Édgar Romo García (PRI) el 07 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
481   Decreto por el que se reforma el artículo 308 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Suprimir la referencia respecto a gastos adecuados al sexo del menor para proporcionarle alimentos 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Germán Ernesto Ralis Cumplido (MC) el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
482   Decreto por el que reforma la fracción I del artículo 1916 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que estarán sujetos a la reparación del daño moral de acuerdo a lo establecido por este ordenamiento y, por lo tanto, las conductas descritas se considerarán como hechos ilícitos el que comunique, a través de cualquier medio incluidos los electrónicos, a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien.. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Pablo Elizondo García (PRI), el 05 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
483   Decreto por el que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 58 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
9-Marzo-2018
Establecer que en todos los casos que se requiera, el juez del Registro Civil está obligado a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a las lenguas indígenas. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Zoe Alejandro Robledo Aburto (PRD) el 05 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de noviembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 09 de marzo de 2018.
484   Decreto por el que reforma el artículo 284 bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia física o moral, o la intimidación, ilícitos, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Edmundo Javier Bolaños Aguilar (PAN) el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
485   Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 52 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que bajo ninguna circunstancia el juzgador podrá tomar en consideración la personalidad del imputado para fijar la pena o medida de seguridad. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Benjamín Robles Montoya (PRD) el 20 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
486   Decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que no procederá la sustitución de pena privativa de la libertad por los delitos contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1. Iniciativa suscrita por los diputados José Hernán Cortés Berumen y Federico Döring Casar (PAN), el 12 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
487   Decreto por el que se reforma el artículo 423 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Quienes ejerzan la patria potestad o tengan personas menores bajo su custodia, tienen la facultad de corregirlos y la obligación de respetar su integridad física y psicológica, así como observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo. La facultad de corregir no implica por ningún motivo el uso de castigos corporales o tratos crueles, denigrantes o humillantes que atenten contra su integridad física o psíquica 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Pedro Luis Noble Monterubio (PRI), el 28 de abril de 2017.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 30 de mayo de 2017.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 23 de agosto de 2017.

d) Iniciativa suscrita por la Dip. Patricia Elena Aceves Pastrana (MORENA), el 23 de agosto de 2017.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Valeria Guzmán Vázquez (PRI), el 30 de octubre de 2017.

f) Iniciativa suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 30 de octubre de 2017.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. Paloma Canales Suarez (PVEM), el 07 de noviembre de 2017.

h) Iniciativa suscrita por la Dip. Juana Aurora Cavazos Cavazos (PRI), el 05 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
488   Decreto por el que se reforma la fracción IX y se adiciona una fracción X, recorriendo en su orden la subsecuente, al artículo 403 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Incluir dentro de los requisitos de la sentencia los sustitutivos de la pena de prisión o suspensión de la misma, que en su caso procedan. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Máximo García López (PAN) el 07 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
489   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Sustituir el termino días de salario mínimo vigente por el de Unidad de Medida y Actualización. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Zacil Leonor Moguel Manzur (PRI), el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 382 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
490   Decreto que expide la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
20-Marzo-2018
- Agricultura y Sistemas de Riego

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
20-Marzo-2018

Expedir un ordenamiento jurídico que tiene por objeto impulsar, fomentar, promover y difundir las actividades relacionadas al Sector, en concordancia con la Ley para impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y la Ley Federal de Desarrollo Rural Sustentable, y demás ordenamientos legales aplicables, para impulsar una mayor productividad y competitividad de la actividad. Además de establecer las bases para el impulso y desarrollo de la industria vitivinícola mexicana. 1. Iniciativa suscrita por el Sen. Héctor Lários Córdova (PAN), el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2017. Proyecto de decreto
aprobado por 90 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para
los efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de octubre 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 20 de marzo de 2018, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.
491   Decreto por el que se declara el 18 de noviembre de cada año como el "Día Nacional para Erradicar la Violencia Política contra las Mujeres".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Declarar el 18 de noviembre de cada año como el "Día Nacional para Erradicar la Violencia Política contra las Mujeres". 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Hortensia Aragón Castillo (PRD), el 26 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.
492   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 3 de la Ley General de Población.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Población

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Realizar programas de salud sexual y reproductiva vigilando y garantizando en todo momento el respeto, protección y promoción de los derechos humanos, la dignidad de las personas y la conformación de las familias, con el objeto de implementar estrategias acorde a la dinámica demográfica y las medidas necesarias para garantizar un desarrollo sustentable. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC), el 24 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Población y Desarrollo y de Estudios Legislativos.
493   Decreto por el que se reforman los artículos 7 y 127, y se adicionan los artículos 65 Quáter; 65 Quáter 1; 65 Quáter 2; 65 Quáter 3 y 65 Quáter 4 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Considerar a los particulares que presten servicios educativos como proveedores, estableciendo que dichos servicios se sujetarán a los lineamientos generales que expida la Secretaria de Economía con la participación de la SEP, la SE podrá realizar, a través de la PROFECO, visitas especiales de verificación y vigilancia a los planteles a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes. Establecer que los particulares deberán informar, previo a la inscripción para cada ciclo escolar, el costo total de la inscripción, reinscripción, colegiaturas, derechos por incorporación, exámenes extraordinarios, cursos de regularización y demás concepto. Determinar que se podrá suspender la prestación de servicios educativos en caso de falta de pago de tres o más mensualidades de colegiatura y la falta de pago de colegiaturas no mensuales que representen el equivalente a tres meses en un periodo de 6 meses. Prohibir el incremento de las colegiaturas durante el ciclo escolar, así como establecer cuotas o aportaciones extraordinarias, donativos en efectivo o en especie. 1. Iniciativa suscrita por los Dips. Adriana del Pilar Ortiz Lanz, César Camacho, Enrique Jackson Ramírez, Jorge Carlos Ramírez Marín, PRI; e integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, el 09 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 238 votos a favor, 96 en contra y 15 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 62 votos a favor, 17 en contra y 1 bastención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
494   Decreto por el que se adiciona el artículo Sexto transitorio al "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
7-Febrero-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
7-Febrero-2018

Indicar que para todas las entidades federativas, el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017, entrará en vigor seis meses después de los plazos previstos en los Transitorios Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el dip. Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), el 13 de diciembre de 2017.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Alvaro Ibarra Hinojosa (PRI), el 16 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 286 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las Comisiones Unidos de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018. aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
495   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, en materia de eliminación de bifenilos y policlorados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
Gaceta Cámara de Senadores:
20-Febrero-2020
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Aprobación en el Senado:
20-Febrero-2020

Reducir el uso de contaminantes orgánicos persistentes, denominados "bifenilos policlorados". Por lo que respecta a los contaminantes orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados, la secretaría integrará y mantendrá actualizado el inventario de los generadores de dichos contaminantes. Establecer que en ningún caso se autorizará la importación de materiales que sean o estén constituidos por compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados. 1. Iniciativa presentada por la dip. Martha Sofía Tamayo Morales (PRI) y el Dip. Cesar Camacho Quiroz (PRI), el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 290 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Sendores el 20 de febrero de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 103 votos a favor y 1 abstención. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
496   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que los refugios proporcionaran atención integral a la violencia familiar, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, promover la vivienda provisional y fomentar las alternativas laborales para las mujeres víctimas; brindar información para el acceso a programas sociales y de proyectos productivos a las víctimas residentes de los refugios. 1.Iniciativa presentada por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 289 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.
497   Decreto por el que se reforma el artículo 34 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Cambio Climático
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Establecer que se implementen medidas administrativas que promuevan el uso de la bicicleta. 1.Iniciativa presentada por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC), el 6 de abril de 2017

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 286 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
498   Decreto por el que se reforman los artículos 39-A, 39-B, 153-L, 153-Q, 514 y 899-E de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2017
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Armonizar las denominaciones de "Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento", por la de "Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad", la de "Comisión Nacional de Productividad" por la de "Comité Nacional de Productividad" y la de "Comisiones Estatales de Productividad" por la de "Comités Estatales de Productividad". 1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Gutiérrez García (NA), el 13 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 267 votos a favor, 8 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.
499   Decreto que reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Prohibir la comercialización de fauna silvestre, animales de compañía o mascotas en la vía pública, mercados, tianguis, puestos semifijos, puestos permanentes, temporales o ambulantes. 1. Iniciativa suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PVEM, el 07 de junio de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 271 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
500   Decreto por el que se adiciona una fracción V Bis al artículo 5; se reforma la fracción I del artículo 11; y, se reforma el artículo 72 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2017
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Indicar qué se entenderá por "Estrategia Nacional de Inclusión" para los efectos de esta ley. Señalar como objetivo de la Política Nacional de Desarrollo Social Implementar la Estrategia Nacional de Inclusión, indicando sus propósitos. Señalar que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social también revisará periódicamente las estrategias de la Política de Desarrollo Social. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, el 05 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 222 votos a favor y 46 en contra

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.
501   Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de manejo para la comercialización de mascotas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Facultar a los Estados y a la Ciudad de México para llevar a cabo la creación y administración del padrón estatal de mascotas o animales de compañía; establecer que los Municipios llevarán a cabo el control, inspección, vigilancia y , en su caso, imposición de sanciones, de los establecimientos de cualquier índole en donde se comercialicen mascotas o animales de compañía; prever las condiciones de espacio, seguridad, ventilación, iluminación, alimentación, así como las necesarias para la exhibición de ejemplares por medios remotos o a través de herramientas tecnológicas estableciendo que esta no podrá realizarse por periodos prolongados ni continuos. 1. Iniciativa suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 05 de julio de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 209 votos a favor, 42 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
502   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2017
- Igualdad de Género
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2017

Definir a la violencia política en razón de género como la acción u omisión que, en el ámbito político o público, tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo a su función del poder público. Además otorga al INE diversas atribuciones para: prevenir, atender, sancionar y en su caso erradicar la violencia política en razón de género; realizar la difusión en los medios de comunicación de las conductas, acciones u omisiones que conllevan a la violencia política en razón de género; la prevención, formas de denuncia y conciencia sobre la erradicación de ésta; capacitar al personal que labora en el INE, Organismos Públicos Locales Electorales y personas integrantes de mesas directivas de casillas para prevenir y en su caso erradicar la violencia política en razón de género; y garantizar la igualdad sustantiva y el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. 1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la senadora Lucero Saldaña Pérez (PRI) el 08 de noviembre de 2012.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Ma. Del Pilar Ortega Martínez y María Marcela Torres Peimbert (PAN) el 23 de octubre de 2014.

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora María del Pilar Ortega Martínez (PAN) el 07 de abril de 2015.

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI), Angélica de la Peña Gómez (PRD), Adriana Dávila Fernández y Martha Elena García Gómez (PAN) el 08 de abril de 2015.

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la senadora Martha Tagle Martínez el 12 de abril de 2016.

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Yolanda de la Torre, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Cristina Díaz Salazar, Hilda Flores Escalera, Anabel Acosta Islas, Itzel Ríos de la Mora, Lucero Saldaña Pérez, Ana Lilia Herrera Anzaldo, Margarita Flores Sánchez (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM) el 14 de abril de 2016.

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Angélica de la Peña Gómez (PRD) y Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 19 de abril de 2016.

h) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (PAN) el 26 de abril de 2016.

i) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) y Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 10 de agosto de 2016.

j) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la senadora Lucero Saldaña Pérez (PRI) el 06 de septiembre del 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores el 09 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de 2017.

5. Comunicación de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 28 de marzo de 2017, por la cual solicita modificación de turna de la minuta para quedar como sigue: Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Igualdad de Género, para dictamen, y a la Comisión Especial de Delitos cometidos por razones de Género, para opinión.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 262 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas para la igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda.
503   Decreto por el que se reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Febrero-2018
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
8-Febrero-2018

Facultar a las autoridades educativas, para coadyuvar en el cumplimiento de programas que tengan por objeto prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en términos de lo dispuesto por la normatividad aplicable. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Miriam Dennis Ibarra Rangel (PRI), el 25 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 305 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos.
504   Decreto por el que se reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Febrero-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Diciembre-2019
- Salud

Fecha de dictamen:
8-Febrero-2018

Aprobación en el Senado:
11-Diciembre-2019

Publicación en el DOF:
24-Enero-2020
Requerir que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas para el ejercicio de la actividad profesional en el campo de la farmacia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Patricia Elena Aceves Pastrana (MORENA), el 20 de abril de 2017.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Teresa de Jesús Lizarraga Figueroa (PAN), el 30 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 308 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 95 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 24 de enero de 2020.
505   Decreto por el que se reforman los artículos 104 y 105 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Febrero-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
8-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
15-Febrero-2018
Disponer de hasta cinco minutos para que un integrante de cada Grupo Parlamentario exponga su postura en las discusiones en lo general de los dictámenes con proyecto de ley o de decreto y de hasta tres minutos en las discusiones en lo general de las iniciativas y minutas que por vencimiento de plazos deban pasar al pleno en sus términos y elegir a un solo orador para que realice la presentación del proyecto en caso de que el dictamen a discusión haya sido aprobado de forma unánime por la Comisión dictaminadora; previo acuerdo con la Junta de Coordinación Política. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC), el 02 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 250 votos a favor, 31 en contra y 4 abstenciones.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2018.
506   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención del sobrepeso.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Febrero-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Noviembre-2020
- Salud

Fecha de dictamen:
13-Febrero-2018

Aprobación en el Senado:
4-Noviembre-2020

Publicación en el DOF:
22-Diciembre-2020
Promover e impulsar programas y campañas de información sobre los buenos hábitos alimenticios, una buena nutrición y la activación física, para contrarrestar el sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria. Incorporar la práctica de la cirugía bariátrica como tratamiento de la obesidad mórbida y sus comorbilidades, en las instituciones públicas que forman parte del Sistema Nacional de Salud; y tanto en las instituciones públicas como privadas procurarán contar con la infraestructura multidisciplinaria adecuada para dichos procedimientos de alta complejidad, y se establecerán sanciones a los establecimientos que no cumplan con la infraestructura necesaria. 1. 21 iniciativas presentadas por senadores de diversos grupos parlamentarios.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 20 de septiembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 313 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud, de Estudios Legislativos y de Estudios Legislativos Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2020, decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 22 de diciembre de 2020.
507   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 280 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Febrero-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Febrero-2018

Incluir la prohibición progresiva de los plaguicidas altamente peligrosos para transitar hacia la utilización de sustancias naturales, con base en las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Salud en materia de plaguicidas. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Guadalupe Hernández Alcalá (PRD), el 12 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 323 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
508   Decreto por el que se reforma el artículo 13 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de hostigamiento y acoso sexual.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Febrero-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
19-Abril-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
15-Febrero-2018

Aprobación en el Senado:
19-Abril-2018

Establecer el hostigamiento sexual como la conducta que comete una persona en contra de otra con fines lascivos, mediante el ejercicio del poder, el asedio reiterado y/o valiéndose de su posición jerárquica, derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualesquiera otra que implique subordinación; y el acoso sexual, como cualquier conducta que comete una persona en contra de otra mediante el ejercicio abusivo del poder, acoso o atosigamiento con el fin de incordiarla sexualmente, así como aquellas conductas con una connotación sexual que no son consentidas por quien las recibe y que pueden conllevar a un estado de riesgo o indefensión para la víctima. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Candelaria Ochoa Avalos (MC), el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 303 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 19 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
509   Decreto por el que se reforma la fracción IV del artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Febrero-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Marzo-2023
- Seguridad Pública

Fecha de dictamen:
20-Febrero-2018

Aprobación en el Senado:
14-Marzo-2023

Incluir dentro de las funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario el proponer mecanismos para implementar el respeto a los derechos humanos, la educación, la capacitación para el trabajo, la salud y el deporte como medios de reinserción social. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Carmen Victoria Campa Almaral (NA), el 15 de diciembre de 2015.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 13 de febrero de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 343 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos Primera.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2023, aprobado en votación nominal por 78 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la CPEUM.
510   Decreto porel que se reforma la fracción II del artículo 63 de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Febrero-2018
- Turismo

Fecha de dictamen:
20-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
13-Abril-2018
Orientar la profesionalización de los prestadores de servicios turísticos a las características de las líneas de producto y la demanda, la certificación en competencias laborales y fortalecimiento de la especialización del capital humano. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Diva Hadamira Gastélum Bajo, Cristina Díaz Salazar, Hilda Esthela Flores Escalera, Juana Leticia Herrera Ale, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza y Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (PRI) el 24 de marzo de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentada en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 331 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2018.
511   Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 53 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Febrero-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
10-Abril-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
22-Febrero-2018

Aprobación en el Senado:
10-Abril-2018

Publicación en el DOF:
24-Mayo-2018
Prever que las terminales de origen y destino de pasajeros deberán contar al menos con instalaciones adecuadas para el ascenso, espera y descenso de pasajeros, así como con instalaciones sanitarias de uso gratuito para todos aquellos pasajeros, de conformidad con los reglamentos respectivos. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Edgar Romo García (PRI), el 07 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 318 a favor, 3 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de febrero de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 10 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la federación el 24 de mayo de 2018.
512   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 34 de la Ley General de Protección Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Febrero-2018
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
27-Febrero-2018

Establecer como atribución del Comité Nacional de Emergencias considerar la evacuación prioritaria de las personas en zonas de riesgo, para lo cual gestionará la exención de peaje en casetas de cobro ubicadas entre la zona de evacuación y la zona inmediata segura. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rosa Alba Ramírez Nachis (MC), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 361 a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos Primera.
513   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Febrero-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
27-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
23-Abril-2018

Definir los ecosistemas costeros, entendidos como las playas, dunas costeras, acantilados, franjas intermareales, humedales costeros, arrecifes de coral, macroalgas, fondos marinos o bentos, y las costas rocosas que se localizan en la zona costera que pueden comprender porciones marinas, acuáticas y/o terrestres que abarcan en el mar a partir de una profundidad de menos 200 metros, hasta 100 km tierra adentro o 50 m de elevación; y determinar la zona costera nacional tomando en consideración las interacciones fisiográficas y biológicas particulares de la zona que se trate. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 21 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 402 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.


7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos en pro. (LXIII Legislatura)

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

11. Declaratoria de Publicidad emitida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2017.

12. Declaratoria de Publicidad emitida el 22 de febrero de 2018.

13. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 330 votos a favor, 9 en contra y 7 abstenciones.

14. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

15. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2018.
514   Decreto por el que se expide la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley del Mercado de Valores, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
1-Marzo-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
1-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
9-Marzo-2018
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular los servicios financieros que prestan las instituciones de tecnología financiera, así como su organización, operación y funcionamiento y los servicios financieros sujetos a alguna normatividad especial que sean ofrecidos o realizados por medios innovadores. 1. Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 09 de octubre de 2017.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 104 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta Recibida en la Cámara de Diputados el 07 de diciembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 01 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 286 votos a favor, 3 en contra y 63 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 09 de marzo de 2018.
515   Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Marzo-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
6-Marzo-2018

Modificar las disposiciones relativas al Distrito Federal por Ciudad de México conforme a la reforma política y las referencias a salario mínimo por la unidad de medida y actualización conforme a las reformas en materia de desindexación del salario mínimo. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Melissa Torres Sandoval (NA), el 07 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 340 a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
516   Decreto por el que se reforman los artículos transitorios segundo; tercero, primer párrafo; cuarto, primer párrafo; quinto; y se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo segundo transitorio del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Marzo-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
6-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
28-Marzo-2018
Establecer que las disposiciones del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral serán aplicables a los asuntos en los que el valor de la suerte principal sea igual o superior a la cantidad que establece el artículo 1339 para que un juicio sea apelable y hasta 650,000.00, sin que sean de tomarse en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición de la demanda; incorporar que a partir del 26 de enero de 2019, en los juicios ejecutivos mercantiles orales, se tramitarán todas las contiendas mercantiles cuyo monto por concepto de suerte principal sea igual o superior a la cantidad que establece el artículo 1339 para que un juicio sea apelable y hasta 1,000,000.00 sin tomar en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de presentación de la demanda; y, que a partir del 26 de enero de 2020, en los juicios ejecutivos mercantiles orales a que se refiere el presente transitorio, se tramitarán todas las contiendas mercantiles cuyo monto sea igual o superior a la cantidad que establece el artículo 1339 para que un juicio sea apelable y hasta 4,000,000.00, sin tomar en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de presentación de la demanda; puntualizar en el artículo tercero transitorio se considere el monto de hasta 650,000.00; establecer en el artículo cuarto transitorio hasta 1,000,000.00; destacar en el artículo quinto transitorio a partir del 26 de enero de 2020; y, puntualizar en el segundo transitorio los asuntos cuya demanda haya sido admitida a partir del 25 de enero de 2018 y hasta la entrada en vigor del presente Decreto se tramitarán conforme a las leyes aplicables en ese momento. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Enrique Dávila Flores (PRI) el 13 de diciembre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa el 13 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 286 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 74 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 13 de febrero de 2018.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 337 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Puyblicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2018.
517   Decreto por el que se Expide la Ley General de Mejora Regulatoria, y se derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Marzo-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
6-Marzo-2018

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
18-Mayo-2018
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno en materia de mejora regulatoria. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 12 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 280 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 67 votos a favor y 11 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018.
518   Decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Marzo-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
8-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
13-Abril-2018
Precisar que constituye violencia laboral el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia y todo tipo de discriminación por condición de género. 1. Iniciativa suscrita por los Dips. Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila (MC) el 14 de agosto de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión en la Cámara de Diputados el 13 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 393 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2014.

5. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2018.
519   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 9 y se adiciona una fracción XIII al artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Marzo-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
8-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
23-Abril-2018

Incluir el ámbito deportivo para proponer iniciativas y políticas de cooperación para el desarrollo de mecanismos de participación igualitaria de mujeres y hombres. Fomentar el desarrollo, participación y reconocimiento de las mujeres en las diferentes disciplinas deportivas, así como en la vida deportiva, en la Política Nacional en Materia de Igualdad entre mujeres y hombres. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC) el 09 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión en la Cámara de Diputados el 19 de febrero de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 351 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 24 de febrero de 2015.

5. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores del 19 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 26 de abril de 2016. (LXIII Legislatura).

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 356 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2018.
520   Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Marzo-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
8-Marzo-2018

Incluir dentro de las órdenes de protección de emergencia, la reubicación temporal física del agresor, dentro del centro de trabajo, en los casos en que se desempeñen en el mismo centro laboral que la víctima. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI), el 07 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 347 votos a favor y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera.
521   Decreto por el que se adiciona un numeral 4 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Marzo-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
8-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
13-Marzo-2018
Otorgar anualmente, por parte de la Cámara de Diputados, la medalla ¿Sor Juana Inés de la Cruz¿, para reconocer y premiar a las mujeres que hayan incidido y destacado en la lucha social, cultural, política, científica y económica a favor de los derechos humanos de las mujeres y de la igualdad de género. 1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por los Dips. Edgar Romo García y Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 01 de marzo de 2018.

b) Iniciativa suscrita por integrantes del PVEM el 06 de octubre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por integrantes de diversos Grupos Parlamentarios el 14 de diciembre de 2016.

d) Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 23 de febrero de 2017.

e) Iniciativa presentada por la Dip. Mirna Isabel Saldívar Paz (NA) y suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario, el 07 de marzo de 2017.

f) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 21 de junio de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 297 votos a favor.

3. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 13 de marzo de 2018.
522   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Marzo-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
3-Abril-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
13-Marzo-2018

Aprobación en el Senado:
3-Abril-2018

Publicación en el DOF:
18-Mayo-2018
Establecer que para la tramitación de patentes se tendrá un plazo adicional de dos meses para cumplir los requisitos, empezando este a partir del día hábil siguiente del vencimiento; establecer que cualquier persona física o moral podrá hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en servicios que presten; determinar la definición de marca; incluir a los signos holográficos en la constitución de una marca; señalar los supuestos para la negativa de registro de marca; Señalar que no será registrable como maraca la reproducción, ya sea total o parcial, de obras literarias o artísticas , sin la autorización correspondiente del titular de los derechos de autor, así mismo personajes de ficción o simbólicos, ni los personajes humanos de caracterización que tengan tal relevancia o reconocimiento; establecer la protección de las marcas colectivas e incluir las marcas de certificación; señalar las disposiciones aplicables a las marcas notoriamente conocidas y famosas; establecer certeza jurídica en el procedimiento de declaratoria de una marca notoria o famosa; modificar el plazo de dos a un mes para oponerse a una solicitud de marca, señalar los casos en que un registro de marca caducará 1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), el 04 de enero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 358 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2018, se turnó a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018.
523   Decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Marzo-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
13-Marzo-2018

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Establecer que en el caso de luminarias para la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales, las concesiones podrán requerir la utilización de materiales reciclados, así como el uso de energías renovables, y en general, toda clase de medidas sustentables y que contribuyan con la protección al medio ambiente. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 338 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 65 votos a favor y 14 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
524   Decreto por el que la Cámara de Diputados declara electo al ciudadano David Rogelio Colmenares Páramo como Auditor Superior de la Federación, para el período comprendido del 14 marzo de 2018 al 14 de marzo de 2026.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2018
- Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Fecha de dictamen:
15-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
22-Marzo-2018

PRIMERO. Los integrantes de esta Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 79, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como 84, fracción IV de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Base Octava de la Convocatoria, por consenso, proponen al Pleno de esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a los siguientes ciudadanos, para el efecto de que se proceda a designar al Titular de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2.018-2025:

1. SALIM ARTURO ORCÍ MAGAÑA

2. DAVID ROGELIO COLMENARES PÁRAMO

3. ÁNGEL JOSÉ TRINIDAD ZALDÍVAR
1. Acuerdo mediante el cual se aprueba la Convocatoria Pública para la designación de la o el titular de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2018-2025, publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados y en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2017.

2. Aprobado en la Cámara de Diputados el 15 de marzo de 2018, en votación por cédula por 377 votos a favor.

3. Désele formato de decreto y publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2018.
525   Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley de Vivienda.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2018
- Vivienda

Fecha de dictamen:
20-Marzo-2018

Establecer que participarán como invitados permanentes de la Comisión Intersecretarial: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca y Desarrollo; Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito; Institución de Banca de Desarrollo; el Instituto Nacional de las Mujeres; Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, y el Instituto Mexicano de la Juventud, los cuales tendrán derecho a voz pero sin voto en las sesiones. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Guadalupe González Suástegui (PAN) el 28 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 325 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Vivienda y Estudios Legislativos, Primera.
526   Decreto por el que se adiciona un inciso g) a la fracción II del artículo 9 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2018
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
20-Marzo-2018

Incluir dentro de las atribuciones de los municipios formular e instrumentar políticas y acciones en materia de alumbrado público sustentable y eficiente energéticamente. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Tomás Roberto Montoya Díaz (PRI), el 17 de enero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 302 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
527   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Relaciones Exteriores


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Marzo-2018
- Relaciones Exteriores

Fecha de dictamen:
22-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
19-Abril-2018
Fortalecimiento el Servicio Exterior Mexicano, en lo referente a responsabilidades administrativas, transparencia y rendición de cuentas, mejoras vinculadas a las etapas de ingreso, desarrollo profesional, plan de carrera y jubilación. 1. 14 iniciativas presentadas por Senadoras y Senadores de diversos grupos parlamentarios.

2. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Senadores el 20 de marzo de 2018, aprobado en lo general y en lo particular por 88 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de marzo de 2018.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 335 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de abril de 2018.
528   Decreto por el que se declara el 15 de noviembre de cada Año, como "Día Nacional Contra el Uso Nocivo de Bebidas Alcohólicas".


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Marzo-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
22-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018

Declarar el 15 de noviembre de cada año como "Día Nacional Contra el Uso Nocivo de Bebidas Alcohólicas" 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Verónica González Rodríguez (PRD) el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 69 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 278 votos a favor, 3 en contra y 39 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
529   Decreto por el que se reforman los artículos 314, fracción V, 348 y 419, y se adicionan el 348 Bis a 348 Bis 2 a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Diciembre-2019
- Salud

Fecha de dictamen:
3-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
11-Diciembre-2019

Publicación en el DOF:
24-Enero-2020
Fortalecer los lineamientos aplicables a los servicios funerarios tratándose del uso de ataúdes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 31 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 315 votos a favor y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor y 1 abstención. (LXIV Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 24 de enero de 2020.
530   Decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
3-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
22-Junio-2018
Establecer como principio de la política de Desarrollo Social al interés superior de la niñez: De conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y en los tratados internacionales aplicables de los que el Estado Mexicano sea parte. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Elena García Gómez (PAN), el 29 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Héctor Yunes Landa (PRI), Roberto Albores Gleason (PRI), Enrique Burgos García (PRI), Ismael Hernández Deras (PRI), Tereso Medina Ramírez (PRI), Raúl Pozos Lanz (PRI), Sofío Ramírez Hernández (PRI), Teófilo Torres Corzo (PRI), Ricardo Barroso Agramont (PRI); y, las senadoras Hilaria Domínguez Arvizu (PRI), Margarita Flores Sánchez (PRI), el 29 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen de Primera lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 12 de septiembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 310 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2018.
531   Decreto por el que se reforman los artículos 1 y 28 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2018
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
5-Abril-2018

Publicación en el DOF:
22-Mayo-2018
Señalar que la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos se aplicará en igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres. Asimismo, en el proceso de admisión a las Instituciones de Educación Militar se deberá promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 1, Iniciativa presentada por la Dip. Dora María Guadalupe Talamante Lemas (NA) el 21 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 03 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 329 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores del 20 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 27 de abril de 2017.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 299 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de mayo de 2018.
532   Decreto por el que se reforma el artículo 90 de la Ley General de Protección Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2018
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
5-Abril-2018

Precisar que la autorización de permisos de uso de suelo o de utilización por parte de servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno, que no cuenten con la aprobación correspondiente, se sancionará en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Abdíes Pineda Morín (PES) el 14 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 316 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos, Segunda.
533   Decreto por el que se expide la Ley General de Comunicación Social.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Radio, Televisión y Cine


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
10-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
11-Mayo-2018
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de establecer las normas a que deberán sujetarse los Entes Públicos a fin de garantizar que el gasto en Comunicación Social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Xochitl Hernández Colín (MORENA) el 27 de septiembre de 2017.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Verónica Delgadillo García (MC) y suscrita por el Dip. Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 16 de noviembre de 2017.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Isaura Ivanova Pool Pech (PAN), suscrita por los diputados del Grupo Parlamentario del PRD el 20 de febrero de 2018.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Mirna Isabel Saldívar Paz (NA) el 20 de febrero de 2018.

e) Iniciativa enviada por el Congreso del estado de Jalisco el 08 de marzo de 2018.

f) Iniciativa presentada por la Dip. Mercedes Del Carmen Guillén Vicente (PRI), suscrita por los Grupos Parlamentarios del PRI, del PVEM y de Nueva Alianza el 13 de marzo de 2018.

g) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Álvarez
Máynez (MC) el 20 de marzo de 2018.

h) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Triana Tena (PAN), el 21 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 205 votos a favor y 168 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2018. se turnó a las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía, y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 60 votos a favor, 46 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018.
534   Decreto por el que se expide la Ley de los Derechos de las Personas Usuarias de Perros Guía o Animales de Servicio.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
12-Abril-2018

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer y regular el derecho de accesibilidad de las personas usuarias de perros guía o animales de servicio para permanecer con ellos en todos los espacios en donde se desenvuelvan. 1. Iniciativa suscrita por los Diputados Kathia María Bolio Pinelo y Federico Döring Casar (PAN), y Brenda Borunda Espinoza (PRI) y Javier Octavio Herrera Borunda (PVEM), el 07 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 299 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos.
535   Decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Abril-2018
- Transparencia y Anticorrupción

Fecha de dictamen:
12-Abril-2018

Ampliar a cinco integrantes que formarán parte de la Sección Instructora en la Cámara de Diputados y a cinco integrantes en la Sección de Enjuiciamiento en la Cámara de Senadores. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Pablo Piña Kurczyn (PAN), el 03 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 310 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2018. se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participacion Ciudadana, y de Estudios Legislativos, Primera.
536   Decreto por el que adiciona una fracción X al artículo 7 de la Ley General para Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
12-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
12-Abril-2018

Indicar que la Secretaría de Salud debe establecer las disposiciones administrativas para que todos los productos farmacéuticos que su naturaleza lo permita, tengan integrado en Sistema de Escritura Braille el componente activo del medicamento. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (PRI) el 30 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 12 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 284 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2018. se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda.
537   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de estadística geográfica de turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Abril-2018
- Turismo

Fecha de dictamen:
17-Abril-2018

Crear el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica de Turismo, el cual tendrá como finalidad generar, difundir, promover, administrar, conservar y suministrar, información estadística y geográfica del sector turístico, de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Incluir como obligación de los prestadores de servicios turísticos el proporcionar los datos e informes que les soliciten las autoridades competentes para fines estadísticos, censales y geográficos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Roberto Guzmán Jacobo (MORENA) el 14 de diciembre de 2017.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Alfredo Bejos Nicolás (PRI) el 04 de enero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 344 votos a favor y 6 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y de Estudios Legislativos Primera.
538   Decreto por el que se expide la Ley General de Justicia Cívica e Itinerante.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Abril-2018
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Abril-2018

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las bases para la organización y el funcionamiento de la justicia cívica en las entidades federativas y las acciones para acercar mecanismos de resolución de conflictos, trámites y servicios a poblaciones alejadas, de difícil acceso y zonas marginadas. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, el 12 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 344 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de y de Estudios Legislativos, Segunda.
539   Decreto por el que se adiciona la fracción VIII al artículo 35 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Abril-2017
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
17-Abril-2018

Fomentar acciones encaminadas a que los establecimientos de alimentos y bebidas no promuevan el consumo de popotes, salvo que el usuario así lo disponga. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Arturo Álvarez Angli (PVEM) y suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario el 10 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 245 votos a favor y 70 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
540   Decreto por el que se derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2018
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
18-Abril-2018

Derogar el supuesto que establece el servicio militar para menores de 18 años. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, el 13 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 297 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos.
541   Decreto por el que se reforma el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Diciembre-2019
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
18-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
11-Diciembre-2019

Establecer que no se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se realicen cuando, para el cumplimiento de un trabajo específico, sea necesaria la habilidad o conocimiento que se solicite para ocupar una vacante o el cumplimiento de una labor determinada. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Gabriela Ramírez Ramos (PAN) el 14 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 298 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2019, desechado en votación nominal por 88 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D, del artículo 72 de la CPEUM.
542   Decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2018
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
18-Abril-2018

Modificar plazos para que el Instituto Nacional de Migración: no mayor de ocho días hábiles, determine sobre la situación regular de las personas extranjeras presentadas, estableciendo medidas cautelares y alternativas para que las personas extranjeras sujetas a un procedimiento administrativo migratorio no sean privados de su libertad; no mayor de ocho días hábiles para el alojamiento de extranjeros en las estaciones migratorias; y, no mayor a 20 días hábiles para otorgar la condición de estancia de visitante con permiso para recibir una remuneración en el país, siempre y cuando haya sido comprobada dicha condición. 1. Iniciativa suscrita por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 18 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM

5. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2016.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 299 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos Segunda.
543   Decreto por el que se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
18-Abril-2018

Señalar que el gobierno federal, los gobiernos de los estados, de la Ciudad de México y de los municipios se coordinarán con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y estarán obligados a regular el trato digno y respetuoso que deberá darse a los animales. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC) el 31 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 269 votos a favor y 27 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
544   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 12 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Abril-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
18-Abril-2018

Incluir dentro de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres, al titular de la Secretaría de Cultura. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Rafael Méndez Salas (NA) el 10 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 304 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Estudios Legislativos.
545   Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de los artículos 17, 61, 74, 108, 110, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Reforma del Estado


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
19-Abril-2018

Establecer que nadie podrá ser sancionado con pena privativa de libertad por deudas de carácter puramente civil, ni por las conductas que atenten contra el honor de las personas, tales como la difamación, la calumnia y la injuria. El Presidente de cada Cámara velará por el respeto y la inviolabilidad de los recintos parlamentarios. Las Constituciones de las entidades federativas precisarán, para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México sin establecerles prerrogativas o tratos procesales especiales cuando incurran en cualquier tipo de responsabilidad o en la probable comisión de delitos. Podrá ser sujeto de juicio político el Presidente de la República. Para la aplicación de las sanciones, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara, y para el caso del Presidente de la República, se requerirá de mayoría calificada, después de haber sustanciado el procedimiento respectivo y con audiencia del inculpado. Para imputar penalmente, durante el tiempo del encargo, al Presidente de la República, los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, el Consejero Presidente y los Consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral; así como a los Titulares de los Ejecutivos de las entidades federativas, Diputados locales, Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales; y a los Presidentes Municipales, Regidores, Alcaldes y Concejales, por la comisión de delitos, se observarán los principios, derechos y garantías procesales que la Constitución establece a toda persona. Cuando el Juez determine la vinculación a proceso a alguno de los servidores públicos señalados en este artículo se le podrá imponer cualesquiera de las medidas cautelares que señale el Código Nacional de Procedimientos Penales, salvo la prisión preventiva y la suspensión temporal en el ejercicio del cargo, hasta en tanto no se dicte sentencia condenatoria o bien termine el periodo para el cual fue electo o nombrado. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá a la persona privada de su libertad la gracia del indulto. En ningún caso se impedirá el ejercicio de las funciones y facultades inherentes a la deliberación o voto en los órganos colegiados del poder público al que pertenezca el servidor público imputado o acusado. En demandas del orden civil o cualquier otra distinta a la materia penal, que se entablen en contra de los servidores públicos, se observarán los procedimientos correspondientes. 1. 33 iniciativas presentadas por diversos diputados.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 370 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.
546   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 28 y 30 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
19-Abril-2018

Facultar al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, para consultar y dar la intervención que corresponda al Instituto Nacional de Geriatría, conforme al ámbito de su competencia, para lo cual deberán establecer los mecanismos de coordinación necesarios. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Ana Guadalupe Perea Santos (PES), el 27 de febrero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 354 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos.
547   Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
19-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Establecer que cuando se establezcan multas con base en el monto de las contribuciones omitidas, la autoridad aduanera, para la determinación de las mismas deberá considerar las contribuciones sin la actualización correspondiente. La firma electrónica avanzada o el sello digital amparados por un certificado vigente o cualquier otro medio tecnológico de identificación, que se utilice en la trasmisión o presentación de un documento electrónico digital, producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a la información que se presente con firma autógrafa. El SAT podrá otorgar autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos, contenidos en los pedimentos, siempre que los interesados acrediten solvencia moral y económica, así como estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, ser persona moral constituida de conformidad con las leyes mexicanas y cumplan con los requisitos que establezca el SAT en reglas. En ningún caso podrá expedirse autorización a quien actúe con el carácter de importador, exportador, agente aduanal o agencia aduanal. Quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional destinándolas a un régimen aduanero, están obligados a transmitir a las autoridades aduaneras, a través del sistema electrónico aduanero, en documento electrónico, un pedimento con información referente a las citadas mercancías, en los términos y condiciones que establezca el SAT mediante reglas, empleando firma electrónica avanzada, el sello digital u otro medio tecnológico de identificación. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Iriarte Mercado (PRI), el 20 de febrero de 2018.

b) 5 iniciativas presentadas por la Dip. Claudia Sánchez Juárez (PAN), el 01 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 307 votos a favor, 3 en contra y 37 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Hacvienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor y 7 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
548   Decreto por el que se reforman los artículos Cuarto y Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
19-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Ampliar el término establecido de 180 días a 18 meses para la entrada en vigor del procedimiento administrativo de ejecución, así como la expedición y reforma de los reglamentos correspondientes. 1. Iniciativa presentada por los diputados Jorge Enrique Dávila Flores y Carlos Iriarte Mercado integrantes del grupo parlamentario del PRI, el 17 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 341 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 72 votos a favor y 15 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
549   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, relativo a impulsar el turismo en nuestro país.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


- Turismo

Fecha de dictamen:
19-Abril-2018

Establecer que corresponde a la Secretaría de Turismo colaborar en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia Y tecnología para impulsar el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de investigación orientadas al sector turístico, además promoverá y coordinará acciones de fomento a la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para el sector turismo. 1. 5 iniciativas presentadas por la Dip. Gretel Culin Jaime (PAN), el 06 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 328 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y de Estudios Legislativos.
550   Decreto por el que se reforma el artículo 77 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Octubre-2021
- Salud

Fecha de dictamen:
19-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
12-Octubre-2021

Publicación en el DOF:
22-Noviembre-2021
Establecer que en caso de que el diagnóstico confirme la existencia de un trastorno mental y del comportamiento, que requiera el internamiento del menor, se deberán tomar las medidas necesarias a fin de proteger los derechos que consigna la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA) el 06 de febrero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 309 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria el 12 de octubre de 2021, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 97 votos a favor. (LXV Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021.
551   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Precisar que también será objeto de la ley regular la organización, funcionamiento y competencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Precisar que en lo no previsto por esta Ley, se aplicará de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley de Hidrocarburos y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y demás disposiciones que resulten aplicables. Incrementar y modificar las atribuciones de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Álvarez Angli (PVEM) el 08 de marzo de 2018.

b) Iniciativa suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN el 10 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 264 votos a favor, 72 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
552   Decreto por el que se reforma la facción IV del artículo 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Precisar como órdenes de protección de emergencia, la prohibición inmediata al agresor de intimidar o molestar por cualquier forma y medio, incluidos los electrónicos, a la víctima, así como a los integrantes de su familia. Iniciativa presentada por el Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI) el 17 de enero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 350 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos, Segunda.
553   Decreto por el que se reforman los artículos 7, 14 y 32 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Incluir dentro de los fines de la educación a cargo del Estado, el fomentar la convivencia escolar positiva para un mejor desarrollo psico-socio afectivo de los educandos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rosa Guadalupe Chávez Acosta (PRI) el 30 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 348 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos, Segunda.
554   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 5, 19, 21 y 41 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Deporte

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Establecer la condición de la tarifa al acceso de los aficionados a partir de los dos años de edad y en caso de que sea menor a esta edad no tendrá derecho a asiento y sólo podrá acceder cuando vaya en compañía de una persona mayor de edad. Determinar que la Junta Directiva, el director general de la CONADE, así como los tres órdenes de gobierno deberán vigilar y cumplir con las disposiciones aplicables en la materia. 1. Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Nuevo León el 24 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Juventus y Deporte y Estudios Legislativos.
555   Decreto por el que se adiciona el Título Octavo, denominado "De los Delitos, Capítulo Único de la Ley General para el Control del Tabaco.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
15-Junio-2018
Incorporar un título octavo, denominado ¿De los Delitos¿ para aplicar una pena de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien por sí o a través de otra persona a sabiendas de ello, adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de cualquier producto del tabaco en los términos de la Ley; y, de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien introduzca al país, exporte, almacene, transporte, expenda, venda o de cualquier forma distribuya productos de tabaco de los que hace mención esta ley, adulterados, falsificados, contaminados, alterados o mezclados. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Francisco Salvador López Brito (PAN), el 15 de diciembre de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 02 de mayo de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 350 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2018.
556   Decreto por el que se reforma el artículo 265 de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
30-Mayo-2018

Indicar que las disposiciones de Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal se apliquen al pilotaje o practicaje, que se efectúe a bordo de buques o en tierra, en los puertos, vías navegables, estaciones de ferrocarril y demás zonas bajo jurisdicción federal, al que se desarrolle en lanchas para prácticos, y a los trabajos complementarios o conexos. 1. Iniciativas presentadas en la Cámara de senadores:

a) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Barroso Agramont (PRI) el 01 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Barroso Agramont (PRI) el 03 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de octubre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2018.
557   Decreto por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
25-Junio-2018
Establecer que cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes procederá a notificar a los contribuyentes a través del buzón tributario de la página de internet del SAT, éstos contribuyentes podrán solicitar a través de ese buzón una prórroga de cinco días por única ocasión, para aportar la documentación e información respectiva, siempre y cuando la solicitud de prórroga se efectué dentro de dicho plazo. La prórroga solicitada en estos términos se entenderá concedida sin necesidad de que exista pronunciamiento por parte de la autoridad y se comenzará a computar a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo. Transcurrido éste término, la autoridad valorará las pruebas y defensas que se hayan hecho valer y notificará a través del buzón tributario, su resolución a los contribuyentes en un plazo que no exceda los cincuenta días. La autoridad podrá requerir documentación adicional al contribuyente dentro de los primeros veinte días de éste plazo. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo David García Portilla (PRI), el 10 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 325 votos a favor, 37 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda yt Crédito Público y Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor, 13 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018.
558   Decreto por el que se reforman los artículos 2,10 y 11 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Gobernación (Armas de Fuego, Himno y Bandera, Cultos, Juegos y Sorteos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
4-Diciembre-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
4-Diciembre-2018

Incluir dentro del objeto de la Lotería Nacional la celebración de sorteos con premios en especie de acuerdo a las bases del mismo. Señalar que los contratos con los expendedores de carácter fijo o vendedores ambulantes para la venta al público de los billetes se realizarán mediante un instrumento jurídico que deberá estar disponible en versión pública en su portal de internet, conforme a lo establecido por las leyes en la materia. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Alejandra Gutiérrez Campos (PAN) 23 de febrero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 107 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
559   Decreto por el que se adiciona el artículo 456 Bis a la Ley General de Salud, en materia de plaguicidas ilegales o falsificados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Establecer que al que elabore, introduzca, transporte, distribuya, comercialice, almacene, posea, deseche o en general realice actos con plaguicidas o nutrientes vegetales ilegales o falsificados, física o químicamente, se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Evelyng Soraya Flores Carranza (PVEM) e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 30 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 360 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Salud y Estudios Legislativos.
560   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 92 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Garantizar los derechos del consumidor, estableciendo que cuando aplique la devolución del importe de un producto, ésta se efectuará utilizando el mismo medio de pago con la que se formalizó la compra, pudiendo hacerse por una forma de pago distinta si el consumidor lo acepta al momento en que se efectúe la devolución. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM) y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 22 de febrero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento industrial y Estudios Legislativos.
561   Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 189 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Establecer que las entidades federativas cuenten con instituciones estatales especializadas en la procuración de justicia ambiental, cuya adscripción orgánica y naturaleza jurídica será determinada en términos de las disposiciones que para tal efecto emitan. 1. Iniciativa presentada por diputados integrantes del grupo parlamentario del PVEM, el 28 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 340 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Estudios Legislativos, Segunda.
562   Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 10 de la Ley Reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
30-Mayo-2018
Establecer que la persona que desee ejercer el derecho de réplica deberá presentar ante el sujeto obligado, en un plazo no mayor a quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación o transmisión de la información que se desea rectificar o responder, el escrito correspondiente. 1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 01 de marzo de 2018. (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica De la Peña Gómez (PRD) el 06 de marzo de 2018. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Angélica De la Peña Gómez (PRD) el 06 de marzo de 2018. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 04 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 60 votos a favor, 16 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2018.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 348 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2018.
563   Decreto por el que se reforma el artículo 45 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Pesca


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Pesca

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Establecer que en el caso de solicitudes de nuevas concesiones o permisos y en el caso de la renovación de permisos la la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación resolverá dentro de un plazo que no excederá de 60 días hábiles desde su fecha de presentación y estando debidamente integrado el expediente, en caso de que la autoridad omita dar a conocer al permisionario la resolución recaída a su solicitud, se considerará como afirmativa ficta ante lo solicitado. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Wenceslao Martínez Santos (PAN) el 14 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 331 votos a favor y 18 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Pesca y Acuacultura y Estudios Legislativos.
564   Decreto por el que reforma los artículos 38, 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Señalar que también se debe capacitar en materia de perspectiva de género al personal encargado de la procuración de justicia, policías y demás funcionarios encargados de las políticas de prevención, atención, sanción y eliminación de la violencia contra las mujeres. igualmente se deberá capacitar, formar y especializar a las y los policías, a las y los jueces y a las y los peritos, en materia de derechos humanos y género, y en perspectiva de género para la debida diligencia en la integración y conducción de las carpetas de investigación y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia y feminicidio; así como en la incorporación de la misma perspectiva en los servicios periciales; eliminación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) el 20 de febrero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 329 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos, Segunda.
565   Decreto por el que se reforma el artículo 4 de la Ley del Servicio Postal Mexicano.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Comunicaciones

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
31-Mayo-2018
Facultar al Servicio Postal Mexicano para la recepción, transportación y entrega de envíos distintos a la correspondencia contenida en sobre cerrado y tarjetas postales, por si o a través de asociaciones públicas o privadas aprovechando el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Humberto Domingo Mayans Canabal (PRI) el 13 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 28 de marzo de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 270 votos a favor, 62 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2018.
566   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
18-Junio-2018
Definir Aeronave no Tripulada, Aeronave Autónoma, Aeromodelo, Globos Libres no Tripulados, y Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia. Redefinir Aeropuerto. Usar los términos de Unidades de Medida y Actualización, y Aeródromos Civiles. Precisar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tendrá como atribuciones en materia de aviación civil y aeroportuaria expedir y aplicar NOMs en materia de seguridad operacional. Determinar que el establecimiento de fábricas de aeronaves y sus componentes requerirá de certificado de producción; indicar los tiempos para el otorgamiento de permisos para los servicios de transporte aéreo nacional no regular e internacional no regular. Establecer que las concesiones o los permisos se podrán revocar por infringir las condiciones de seguridad en materia de seguridad operacional; señalar que las aeronaves autorizadas para la prestación del servicio de taxi aéreo podrán ser de hasta 19 pasajeros, ante el Registro Aeronáutico Mexicano deberán inscribirse los documentos por los cuales se adquiera, transmita, modifique, grave o extinga la propiedad, la posesión y los demás derechos reales sobre las aeronaves civiles pilotadas a distancia y, se plantean sanciones más altas para los comandantes o pilotos de cualquier aeronave civil. 1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Jalisco, el 20 de octubre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN) el 29 de noviembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena del Carmen Alfaro García (PAN) 13 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados del 31 de octubre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 397 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 07 de noviembre de 2017.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores el 05 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida el 10 de abril de 2018.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 332 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos Constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2018.
567   Decreto por el que se reforma el artículo 46 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de verificación de quórum.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
3-Mayo-2018
Establecer que si durante la presentación y desahogo de un dictamen, algún legislador solicita la verificación de quorum, el Presidente procederá a comprobarlo de inmediato. Si se comprueba la falta de quórum, el Presidente declarará un receso hasta por quince minutos. Si al término del mismo se verificara que no existe quórum, levantará la Sesión. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Martínez Neri (PRD), el 14 de junio de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 334 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial d ela Federación el 03 de mayo de 2018.
568   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Economía

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
14-Junio-2018
Establecer la obligación de publicar la inscripción de las aportaciones y transmisión de las partes sociales en un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía; de igual manera, para el caso de las aportaciones de los accionistas miembros de una sociedad anónima, en cuyo caso la Secretaría deberá asegurar que el nombre, la nacionalidad y el domicilio del accionista contenido en el aviso se mantenga confidencial, excepto en los casos en que la información sea solicitada por autoridades judiciales o administrativas. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Héctor Larios Córdova (PAN) y Ricardo Urzúa Rivera (PRI) el 28 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida el 01 de marzo de 2018.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 336 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2018
569   Decreto por el que se reforma el artículo 176, fracción II, numeral 8 de la Ley Federal del Trabajo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2022
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
23-Febrero-2022

Publicación en el DOF:
5-Abril-2022
Precisar como labores peligrosas o insalubres, las que impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo (PRI), el 14 de diciembre de 2017.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 24 de abril de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 317 votos a favor y 38 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.

6. Dictamen de primera lectura el 22 de febrero de 2022.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de abril de 2022.
570   Decreto por el que se reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, en materia de profesionalización del personal que brinda atención médica pre-hospitalaria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Incluir a las ramas de atención médica prehospitalaria, como ramas que requieren título o certificados de especialización, así como conocimientos específicos para el ejercicio de sus actividades. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Refugio Trinidad Garzón Canchola (MC), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 359 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
571   Decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Agricultura y Sistemas de Riego

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
23-Mayo-2018
Expedir un ordenamiento jurídico que tiene por objeto impulsar, fomentar, promover y difundir las actividades relacionadas al Sector, en concordancia con la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y la Ley Federal de Desarrollo Rural Sustentable, y demás ordenamientos legales aplicables, para impulsar una mayor productividad y competitividad de la actividad. Además de establecer las bases para el impulso y desarrollo de la industria vitivinícola mexicana. 1. Iniciativas consideradas en la Cámara de Senadores.

a) Iniciativa suscrita por el Sen. Héctor Lários Córdova (PAN), el 25 de abril de 2017.

b) Iniciativa suscrita por integrantes de la Comisión Especial de la industria vinícola y berries, el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 24 de octubre de 2017.
Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de octubre de 2017.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 379 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2017.

8. Dictamen a discusión Presentado en la Cámara de Senadores el 20 de marzo de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos en pro.

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2018.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 351 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2018.
572   Decreto por el que se adiciona un Capítulo VI al Título Octavo del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de Sistema de Evaluación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018
Establecer que la Cámara de Diputados contará con un Sistema de Evaluación, el cual valorará el desempeño del trabajo legislativo. Indicar que deberá difundirse permanentemente en el sitio electrónico de la Cámara; señalar que la evaluación deberá contener y ponderar todas las actividades y encomiendas que desarrollan los legisladores en el ejercicio de su cargo; determinar que el Sistema se implementará a través de un Consejo Coordinador que fungirá como órgano colegiado institucional y de participación ciudadana; y, precisar que los integrantes del Consejo serán designados por la Junta de Coordinación Política. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Edgar Romo García (PRI) el 17 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 358 a favor, 2 en contra y 1 bastención.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
573   Decreto por el que se reforma el artículo 144 Bis de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la organización y realización del parlamento infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que el Congreso de la Unión organizará y coordinará el Parlamento de las Niñas y los Niños de México, el cual se realizará por lo menos una vez por legislatura. Los trabajos serán dirigidos intercaladamente entre las Cámara de Diputados y Senadores, a través de sus respectivas comisiones ordinarias de la materia. Incluir que la declaratoria final aprobada por los participantes del Parlamento de las Niñas y los Niños de México, será dada a conocer por ambas Cámaras quienes buscarán transformar este documento de trabajo legislativo. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por Diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez, el 05 de abril de 2018.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (PRI), el 21 de noviembre de 2017.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD), el 23 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 360 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Reglamento y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos.
574   Decreto, por el que se Expide la Ley General de Archivos.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
15-Junio-2018
Expedir un ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios. Así como determinar las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos y fomentar el resguardo, difusión y acceso público de archivos privados de relevancia histórica, social, cultural, científica y técnica de la Nación. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por las Sens. Cristina Díaz Salazar (PRI) y Laura Angélica Rojas Hernández (PAN); y, el Sen. Héctor Larios Córdova (PAN), el 17 de noviembre de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado del 13 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 92 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 351 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2018.
575   Decreto por el que se Expide el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018

Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de establecer los órganos, criterios y procedimientos institucionales para garantizar a las personas el derecho de acceso a la información pública y la protección de sus datos personales en posesión de la Cámara, en términos de lo previsto en la Constitución y los tratados internacionales sobre la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, la Ley General y la Ley Federal. Establecer los procedimientos para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas para fortalecer el escrutinio ciudadano sobre las funciones y el ejercicio de recursos públicos de la Cámara. Fijar las bases para la implementación de prácticas de parlamento abierto y transparencia proactiva en la Cámara. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Marisol Vargas Bárcena (PAN) el 18 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 319 votos a favor, 33 en contra y 2 abstenciones.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
576   Decreto por el que se expide la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia Para Personas Desaparecidas y se reforman diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional; de la Ley de Seguridad Social; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Agraria.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
22-Junio-2018
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de establecer el procedimiento federal para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia, mismo que no podrá exceder el plazo de seis meses a partir del inicio del procedimiento, así como señalar sus efectos hacia la Persona Desaparecida, los Familiares o personas legitimadas por ley, una vez que esta es emitida por el Órgano Jurisdiccional competente; reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la Persona Desaparecida; Brindar certeza jurídica a la representación de los intereses y derechos de la Persona Desaparecida, y Otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los Familiares. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Angélica de la Peña Gómez (PRD), María del Pilar Ortega Martínez (PAN) y María Cristina Díaz (PRI) el 08 de marzo de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del 19 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida el 24 de abril de 2018.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 282 votos a favor y 2 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2018.
577   Decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Pesca


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la pesca, de la acuacultura , de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, así como las actividades acuícola y pesquera en los cuerpos de agua existentes en el territorio nacional, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, acuícola y pesquera, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Próspero Manuel Ibarra Otero, el 22 de noviembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Próspero Manuel Ibarra Otero, el 14 de ciciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 327 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Pesca y Acuacultura y de Estudios Legislativos Segunda.
578   Decreto que se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Derogar la figura del arraigo. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip.Maricela Contreras Julián, el 10 de noviembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Rodrigo
Abdala Dartigues, el 19 de noviembre de 2015.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Álvarez Máynez, el 15 de diciembre de 2015.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Cristina Ismene
Gaytán Hernández, el 20 de octubre de 2016.

e) Iniciativa presentada por el Dip.Rodrigo Abdala Dartigues, el 29 de noviembre de 2016.

f) Iniciativa presentada por la Dip. María Concepción
Valdés Ramírez, el 06 de diciembre de 2016.

g) Iniciativa presentada por el Dip. Mario Ariel Juárez Rodríguez , el 20 de diciembre de 2016.

h) Iniciativa presentada por el Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco, el 02 de febrero de 2017.

i) Iniciativa presentada por el Dip. César Octavio
Camacho Quiroz, el 05 de abril de 2017.

j) Iniciativa presentada por los Dips. Cristina Ismene Gaytán Hernández y José de Jesús Zambrano Grijalva, el 27 de abril de 2017.

k) Iniciativa presentada por el Dip. Rodrigo Abdala
Dartigues, el 28 de abril de 2017.

l) Iniciativa presentada por la Dip.Maricela Contreras Julián , el 05 de julio de 2017.

m) Iniciativa presentada por la Dip. María Concepción Valdés Ramírez, el 30 de octubre de 2017.

n) Iniciativa presentada por el Dip. Víctor Manuel
Sánchez Orozco, el 31 de octubre de 2017.

o) Iniciativa presentada por el Dip. José Santiago
López, el 20 de marzo de 2018.

p) Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen, el 24 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 344 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.
579   Decreto por el que se reforman los artículos 102 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de fiscalías locales.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Federalismo (Distribución de atribuciones entre la Federación y las Entidades Federativas)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que las Constituciones de las entidades federativas establecerán la forma de organización de las Fiscalías Generales de los Estados, del mismo modo que deberán garantizar su autonomía.wse
Las Constituciones y leyes de los Estados establecerán que el Ministerio Público se organice en un órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Fiscalía General del Estado garantizando que las funciones de la procuración de justicia se realicen con base en los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, profesionalismo, responsabilidad y respeto a los derechos humanos.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip.Jesús Sesma Suárez (PVEM), el 26 de septiembre de 2017.

b) Iniciativa presentada por los Dips. Braulio Guerra Urbiola (PRI) y Lorena Corona Valdés (PVEM), el 28 de noviembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 328 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
580   Decreto por el que se reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Noviembre-2019
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
5-Noviembre-2019

Establecer que el Congreso tiene facultad para expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, electoral y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
La legislación única en materia de extinción de dominio, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
1. Iniciativa presentada por el Dip.José Hernán Córtes Berumen (PAN), el 14 de noviembre de 2017

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 326 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2019 en votación nominal por 102 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion D del artículo 72 de la CPEUM.
581   Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero, recorriéndose los subsecuentes al artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que el Estado mexicano reconoce el idioma español y las lenguas indígenas como nacionales, las cuales forman parte del patrimonio cultural intangible de la Nación, por lo que las leyes establecerán su promoción, estudio y preservación. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip.Vitalico Cándido
Coheto Martínez, el 16 de marzo de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip.Virgilio Dante
Caballero Pedraza, el 30 de marzo de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Dip.Juan Carlos
Ruíz García, el 15 de diciembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por el Dip.Juan Carlos Ruíz
García, el 06 de abril de 2017.

e) Iniciativa presentada por el Dip.Juan Carlos Ruíz
García, el 14 de septiembre de 2017

f) Iniciativa presentada por el Dip.Sergio López Sánchez, el 06 de abril de 2017

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 326 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
582   Decreto por el que se reforma y adiciona la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Trabajo y Previsión Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la federación, las entidades federativas y los municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes, en el momento de ingreso a las instituciones, señalen para permanecer en las mismas, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones, de acuerdo con la normativa aplicables al momento de la realización del acto. Incluir que la reincorporación no procederá cuando el servidor público haya sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Congreso del Estado de Jalisco, el 05 de julio de 2017.

b) Iniciativa presentada por la Dip.Liliana Ivette
Madrigal Méndez (PRI), el 14 de septiembre de 2017.

c) Iniciativa presentada por el Dip.Waldo Fernández
González (PRD), el 10 de octubre de 2017.

d) Iniciativa presentada por el Dip.Víctor Manuel Sánchez Orozco y Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC) , el 31 de octubre de 2017.

e) Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Mendoza Amezcua (PVEM) , el 07 de noviembre de 2017.

f) Iniciativa presentada por el Dip.Alvaro Ibarra
Hinojosa (PRI), el 14 de diciembre de 2017.

g) Iniciativa presentada por el Dip.José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 24 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 320 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.
583   Decreto por el que se adicionan las fracciones V y VI del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Febrero-2020
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
6-Febrero-2020

Incluir la educación especial como educación que deberá promover y atender el Estado y que los particulares podrán impartir. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mirna Isabel
Saldívar Paz , el 18 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 324 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Educación y de Estudios Legislativos Segunda.

5.. Dictamen en sentido negativo a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de febrero de 2020. Proyecto de decreto desechado en votación nominal por 76 a favor, 15 en contra y 2 abstenciones. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
584   Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Precisar que la ley tiene por objeto promover la integración e inclusión a la sociedad de las personas con la condición del espectro autista, mediante la protección de sus derechos humanos y garantías fundamentales que les son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte, favoreciendo en todo tiempo los principios de pro persona e interés superior de la niñez, y sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u otros ordenamientos. Establecer las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Impulsar el derecho a la igualdad de oportunidades. Garantizar el pleno cumplimiento del derecho a la salud. Crear y el fortalecer programas educativos especiales con enfoque inclusivo, derecho a vivienda de interés social y al trabajo. Precisar las funciones de la Comisión Intersecretarial. 1. Iniciativa presentada por las Diputadas y Diputados integrantes de la Comisión Especial para
Revisar y Analizar la Legislación y Políticas en Materia deAtención a la Niñez y Adolescencia con
Autismo y Otros Trastornos Generaiizados del Desarrollo, el 17 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 327 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
585   Decreto que adiciona una fracción XIII al artículo 6 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Incluir a los objetivos del Sistema Nacional de Salud, fomentar un enfoque intercultural en las políticas públicas y acciones en salud que permitan una mejor relación y entendimiento entre la población y los servicios de salud. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Pedro Luis Noble
Monterrublo, el 19 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 330 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
586   Decreto que adiciona una fracción I Bis al artículo 194, se reforma el artículo 194 Bis, se adiciona un "capitulo VII bis" al Título Décimo Segundo a ser denominado "Formulas par Regímenes Dietéticos Especiales y Formulas para Fines Médicos Especiales", así como los artículo 268 Bis 2, 268 Bis 3 y 268 Bis 4 y reforma el artículo 376 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Indicar qué se entiende para esta ley como ¿fórmulas para regímenes dietéticos especiales¿, y ¿fórmulas para fines médicos especiales¿, señalando que deberán suministrarse por vía oral o, en su caso, enteral en algún punto del tracto gastrointestinal mediante el uso de sonda. Asimismo, enlistar la clasificación de estas fórmulas e indicando que su composición debe estar basada en principios médicos y nutricionales aceptados, reconocidos o consensuados internacionalmente.
Señalar que el control sanitario también será aplicable al proceso, importación y exportación de fórmulas para regímenes dietéticos especiales y fórmulas para fines médicos especiales. Considerar estas fórmulas también como insumos para la salud.
1. Iniciativa presentada por el Dip.Elias Octavio íñiguez Mejia, el 14 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 333 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
587   Decreto que adiciona la Fracción I del Artículo 215 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Indicar que por alimento también se entiende a la leche y sus derivados. 1. Iniciativa presentada por el Dip.Elias Octavio íñiguez Mejia (PAN), el 13 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 327 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
588   Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 33, y una fracción XIII al artículo 34 Bis a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
14-Junio-2018
Establecer que será objetivo de la Política Nacional promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el uso y aprovechamiento de los derechos reales de propiedad, así como el uso, goce y disfrute de la tierra, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios.

Promover la participación de mujeres rurales en programas sectoriales en materia agraria.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Martha Lorena Covarrubias Anaya (PRI) el 30 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 434 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de marzo de 2018.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 292 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2018.
589   Decreto por el que se reforma el artículo 4° de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Septiembre-2021
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
23-Septiembre-2021

Publicación en el DOF:
21-Octubre-2021
Indicar que también, para lo no previsto por esta ley, se aplicará en forma supletoria y en los conducente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 1. Iniciativa presentada por la Dip.Angélica Reyes
Ávila (PAN), el 10 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 320 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 21 de septiembre de 2021.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de septiembre de 2021. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 99 votos a favor. (LXV Legislatura).

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2021.
590   Decreto que reforma el artículo 84 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Señalar que en el Fondo para el Cambio Climático participarán con voz, pero sin voto, tres representantes provenientes de los sectores académico, financiero y sociedad organizada su participación será de carácter honorífico, por lo que no recibirán percepción alguna y serán elegidos por el presidente del Comité Técnico. 1. Iniciativa presentada por la Dip.María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (PAN), el 22 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 310 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
591   Decreto que reforma el artículo 75 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Precisar que las autoridades estatales y municipales deberán proporcionar al Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) la información relacionada con las categorías de fuentes emisoras de generación y uso de energía. 1. Iniciativa presentada por la Dip.María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (PAN), el 22 de marzo de 2018

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 299 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
592   decreto que reforma el numeral 3 del artículo 177 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de distribución de dictámenes vía electrónica.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018
Establecer que a partir del momento en que una comisión o comisiones reciban una iniciativa y hasta antes de que se emita el dictamen correspondiente, la diputada o diputado iniciante, podrán ejercer de derecho de remitir por escrito información complementaria y adicional que se encuentre directamente relacionada con el objeto de la iniciativa presentada, y que haya surgido con posterioridad a su admisión por la Mesa Directiva. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Angélica Reyes Ávla (NA), el 29 de septiembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 305 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
593   Decreto que reforma el artículo 8, numeral 1, fracción XV del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018
Precisar que será obligación de los diputados y diputadas el contar con una oficina física y/o virtual de enlace legislativo. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (PAN), el 13 de febrero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 316 votos a favor y 2 abstenciones.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
594   Decreto por el que reforma el primer párrafo del artículo 259 Bis, se adiciona un Titulo Séptimo Bis con un Capítulo I; un artículo 199 septies; y una fracción V al artículo 266 Bis, del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Justicia

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
15-Junio-2018
Imponer de cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientos a mil días multa a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, contacte a una persona menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a persona que no tenga capacidad para resistirlo y le requiera imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual, o le solicite un encuentro sexual. Aumentar a ochocientos días multa al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación e inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año. Incluir que si el delito fuere cometido previa suministración de estupefacientes o psicotrópicos a la víctima, en contra de su voluntad o sin su conocimiento. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. César Octavio Camacho Quiroz (PRI) el 13 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI) el 04 de octubre de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Mariana Arámbula Meléndez (PAN) el 08 de septiembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por la Dip. María Eloísa Talavera Hernández (PAN) el 25 de mayo de 2016.

e) Iniciativa presentada por la Dip. Evelyng Soraya Flores Carranza (PVEM) el 24 de agosto de 2016.

f) Iniciativa presentada por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC) el 27 de julio de 2016.

g) Iniciativa presentada por la Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES) el 14 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 381 votos.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 103 votos en pro.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de Febrero de 2018.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 311 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2018.
595   Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del poder Judicial de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Judicial (Leyes orgánicas de la Suprema Corte y Tribunales Federales)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Justicia

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
18-Junio-2018
Establecer que el Consejo de la Judicatura Federal contará con un secretario ejecutivo de vigilancia, que fungirá como autoridad sustanciadora en los procedimientos disciplinarios en contra de servidores públicos adscritos a los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, para lograr un ejercicio responsable, profesional e independiente en la función jurisdiccional y evitar actos que la demeriten; y, la creación de la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, como autoridad investigadora, con la carga de prueba para demostrar la veracidad sobre los hechos que demuestren la existencia de faltas administrativas, así como la intervención de aquellos a quienes se imputen. 1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el Sen. Luis Humberto Fernández Fuentes (PT) el 17 de noviembre de 2016.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por los Sens. María del Pilar Ortega Martínez y Luis Humberto Fernández Fuentes (PAN), el 16 de agosto de 2017.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2018, decreto aprobado en lo general y en lo particular por 313 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2018.
596   Decreto por el que se abroga la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de febrero de 2003; expide la nueva Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y reforma el párrafo primero y adiciona un segundo párrafo al artículo 105 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
5-Junio-2018
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de regular y fomentar el manejo integral y sustentable de los territorios forestales, la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos; así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la federación, las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73, fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. Cuando se trate de recursos forestales cuya propiedad o legítima posesión corresponda a los pueblos y comunidades indígenas se observará lo dispuesto por el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Alma Lucía Arzaluz Alonso (PVEM) el 20 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 07 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 238 votos a favor, 94 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de marzo de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 17 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 60 votos a favor. 20 en contra y 3 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2018.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 211 votos a favor, 85 en contra y 13 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de junio de 2018.
597   proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 5°, fracción XV, 7°, fracción VII; 8°, fracción VI; 11, fracción VII y 111, fracción XIII y XIV; 155, párrafos primero y segundo; 156, párrafo primero, y se adicionan las fracciones VI Bis, XXI, recorriendo las siguientes en su orden al artículo 3°; un artículo 110 Bis; y las fracciones XV y XVI al artículo 111, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
21-Noviembre-2019
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
21-Noviembre-2019

Incluir los conceptos de contaminación lumínica y luz intrusa. Expedir en coordinación con la Secretaría de Energía, las normas oficiales mexicanas que establezcan y certifiquen los niveles máximos permisibles de la luz artificial en el medio ambiente, incluido en el impacto de la luz intrusa, que causen contaminación lumínica; y promover en coordinación con la Secretaría de Energía, a los gobiernos locales en la formulación y aplicación de programas para prevenir, reducir y controlar la contaminación lumínica, que tengan por objeto el cumplimiento de la normatividad aplicable. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip.Tania Victoria Arguijo Herrera, el 06 de febrero de 2018.

b) Iniciativa presentada por la Dip.Cecilia Guadalupe Soto Gonález, el 13 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 308 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de octubre de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales, Cambio Climático y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 21 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 102 votos a favor. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
598   Decreto que adiciona la fracción XIV, al artículo 96 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Señalar que la industria que en su proceso fabrique todo tipo de envases y embalajes plásticos, promoverá la valorización y gestión integral de los residuos sólidos urbanos, deberá incluir información en las etiquetas de sus envases de forma clara, visible y legible, imágenes, pictogramas o leyendas que indiquen las recomendaciones para su correcta disposición y aprovechamiento, conforme a la Norma Oficial Mexicana. 1. Iniciativa presentada por el Dip.Germán Ernesto Ralis Cumplido, el 31 de octubre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 309 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
599   Decreto que reforma y adiciona los artículos 55, 57 y 135 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Solicitar su permanencia o ingreso de la prestación de vivienda a la cónyuge, concubina o concubinario que adquiere el carácter de pensionista, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos que se fijen, en caso del fallecimiento del militar. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán, el 12 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 306 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
600   Decreto por el que se reforman los artículos 2, 3, fracción XII, 4, fracción II, 8, 18, 21, fracciones XV y XXXVII, 28, 43, 45, 50, 54 fracciones IV a VI y 55 de la Ley General de Cultura Física y Deporte


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Deporte

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que el Titular del Órgano Interno de Control y aquellos que funjan como titulares de las áreas de quejas, auditoría interna y auditoria de mejora de gestión se auxiliaran del personal adscrito al propio órgano. No serán registradas por la CONADE como asociaciones deportivas las personas morales bajo las denominaciones de cámaras empresariales y/o confederaciones similares. Debe indicarse con toda claridad que cualquiera de los asociados sin necesidad de acreditar un número mínimo de representación podrá solicitar al COVED su intervención para la renovación de dichos órganos cuando medie denuncia por incumplimientos firmes a resoluciones, en caso de que COVED convoque y coordine, las asambleas se llevaran a cabo en el lugar que este designe. El reconocimiento de la facultad del COVED de convocar a asamblea ordinaria o extraordinaria en caso de omisión o negativa del Consejo Directivo a petición de cualquiera de sus asociados a realizar las convocatorias relativas a la renovación de los órganos directivos. 1. Iniciativa presentada por el Dip.Ornar Corzo Olán, el 24 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 306 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
601   Decreto por el que se adiciona una fracción XVI-A al artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Comunicaciones

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Incluir como derecho de los usuarios el poder realizar con su saldo compras en línea en los servicios móviles de prepago. 1. Iniciativa presentada por el Dip.Claudia Sánchez
Juárez, el 01 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 305 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
602   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de donación de sangre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Salud
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que para garantizar la disponibilidad oportuna de sangre o sus componentes, la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, así como los municipios y las demarcaciones territoriales que lo convengan con el gobierno de su entidad federativa deberán establecer un sistema nacional orientado a fomentar, contribuir, promover, desarrollar, fortalecer e inculcar entre la población, el deber cívico y solidario de la donación de sangre. La donación de sangre es un proceso voluntario y altruista que en su transcurso puede ser de repetición. Los donantes no podrán ser sujetos de ningún tipo de discriminación racial, sexual, por origen social, económico, religioso, ni de ninguna otra índole. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Karina Sánchez
Ruiz, el 16 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 306 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
603   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 57 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Marina
- Transportes

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Incorporar en los requisitos para ser piloto de puerto, el contar con título profesional de Piloto Naval y de Capitán de Altura. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Barroso Agramon (PRI) el 05 de octubre de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de febrero de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2018, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 307 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de octtubre de 2018.

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 10 de febrero de 2022, desechado en votacion nominal por 75 votos a favor.

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la CPEUM.
604   Decreto por el que se reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
18-Octubre-2022
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
18-Octubre-2022

Sustituir la palabra ¿individuo¿ por ¿persona¿. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mirna Isabel Saldívar Paz (NA), el 14 de diciembre de 2017.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 26 de abril de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 312 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de octubre de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2022, aprobado en votación nominal por 78 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
605   Decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Ciencia y Tecnología.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Ciencia y Tecnología

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que en su informe anual, el Secretario Ejecutivo del Consejo General deberá especificar los resultados y el impacto del gasto en ciencia, tecnología e innovación, destinado a apoyar al sector productivo que permita identificar los cambios en la eficiencia, economía, eficacia, y calidad del mismo. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Rafael Méndez
Salas, el 12 de julio de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 312 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
606   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el artículo 26 de la Ley de Comercio Exterior, y adiciona el artículo 242 Ter al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Economía
- Justicia

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Precisar que Ley regirá en toda ia República y sus disposiciones son de orden público e interés social, sin perjuicio de lo dispuesto por ios tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte. Su apiicación y vigilancia corresponde ai Ejecutivo Federai por conducto de las autoridades competentes que conforme a sus atribuciones emitan normas oficiales mexicanas. Precisar el objeto de la ley en materia de normalización, acreditación, evaluación de la conformidad y verificación. Definir los conceptos de ¿Aprobación¿, ¿Autoridades¿, ¿Verificación de autoridad¿. Redefinir ¿Evaluación de ia conformidad¿. Agregar como atribución del Centro Nacional de Metrología coadyuvar, a solicitud de las autoridades, en la elaboración de normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, decretos y reglamentos técnicos. Incluir como integrades del Consejo Directivo del Centro Nacional de Metrología a los subsecretarios de las Secretarías de Salud de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Precisar que corresponde a las autoridades competentes según sus atribuciones. Señalar que cuando las normas mexicanas o, en su caso, las normas internacionales relevantes no constituyan un medio eficaz o apropiado para cumplir con las finalidades establecidas en el artículo 40, la autoridad competente deberá justificarlo en la manifestación de impacto regulatorio conforme a la ley de la materia y demás disposiciones jurídicas aplicables en materia de mejora reguiatoria, o bien, señalar y justificar las desviaciones o discrepancias a las mismas conforme a los tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte. Precisar el procedimiento a que se ajustarán los proyectos de normas oficiales mexicanas. Precisar como se integra el Programa Nacional de Normalización. Precisar a que deben ajustarse las autoridades competentes para poder aprobar a las personas acreditadas que se requieran para la evaluación de la conformidad de sus normas oficiales mexicanas. Precisar lo referente a las visitas de verificación de las autoridades competentes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Jorge Enrique Dávila Flores, el 24 de enero de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 312 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
607   Decreto por el que se declara el 1 de junio "Día Nacional del Balance Trabajo- Familia".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Declarar el 1 de junio de cada año ¿Día Nacional del Balance Trabajo- Familia¿. 1. Iniciativa presentada por integrantes diversos de los Grupos Parlamentarios , el 14 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 278 votos a favor, 21 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
608   Decreto que declara el tercer sábado de marzo de cada año como "Día Nacional del Tequila".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
29-Mayo-2018

Declarar el tercer sábado de marzo de cada año como ¿Día Nacional del Tequila¿. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada María Victoria Mercado Sánchez, (MC) el 05 de enero de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 347 votos a favor y 21 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 20 de marzo de 2018, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de marzo de 2018.

8. Dictamen a discusion presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2018, aprobado en lo general y en lo particular por 297 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2018.
609   Decreto que declara el 15 de agosto de cada año, como el "Día Nacional del Cine Mexicano".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Gobernación

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
29-Mayo-2018

Declarar el 15 de agosto de cada año, como el ¿Día Nacional del Cine Mexicano¿ 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores María del Rocío Pineda Gochi (PRI), Blanca Alcalá Ruiz (PRI), Marcela Torres Peimbert (PAN), Gerardo Sánchez García (PRI) y Zoé Robledo Aburto (PT) el 15 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a Discusión del 20 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2017.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2018, aprobado en lo general y en lo particular por 286 votos a favor, 3 en contra y 8 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2018.
610   Decreto por el que se declara el 02 de septiembre de cada año, como "Día Nacional del Cacao y el Chocolate".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Marzo-2019
- Gobernación

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
13-Marzo-2019

Publicación en el DOF:
11-Octubre-2019

Declarar el 13 de septiembre de cada año como el ¿Día Nacional del Cacao y el Chocolate¿. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Leonardo Rafael Guirao Aguilar (PVEM) y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 30 de mayo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 275 votos a favor, 9 en contra y 16 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de octubre de 2018.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 13 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos Constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2019.
611   Decreto por el que se reforman y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de alerta de violencia de género.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Septiembre-2021
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
23-Septiembre-2021

Elaborar un plan de acción estratégico sobre alerta de violencia de género, el cual deberá hacerse del conocimiento público, de tal forma que las entidades federativas, municipio o alcaldías deberán asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la contingencia y emisión de la declaratoria de alerta de violencia de género. Sancionar a los servidores públicos omisos u o negligentes que violenten los derechos humanos de las víctimas, propiciando la impunidad. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Maria Candelaria Ochoa Avales (MC), el 20 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 298 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 21 de septiembre ded 2021.

6. Considerada en el dictamen por el que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de septiembre de 2021. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 103 votos a favor. (LXV Legislatura).

8. Se devuelve a la Cámara de Duputados para los efectos del inciso E del artículo 72 de la CPEUM.
612   Decreto que reforma los artículos 172 al 174 y adiciona los artículos 176 y 177 a la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Ganadería

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Establecer que al que sin autorización de las autoridades zoosanitarias competentes, importe, posea, transporte, almacene, comercialice o en general realice actos con Clembuterol o cualquier otra sustancia cuyo uso esté prohibido para la alimentación de animales, se le impondrá una pena de cinco a ocho años de prisión y multa de quinientos hasta tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización. 1. Iniciativa presentada el Dip. Ramón Villagómez Guerrero, el 05 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 302 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
613   Decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo séptimo transitorio del decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Julio del 2014.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Dispensa de Trámites

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
15-Junio-2018
Establecer que las solicitudes de prórroga de concesiones de radiodifusión sonora presentadas con anterioridad a la fecha de terminación de la vigencia original establecida en los títulos correspondientes se resolverán en términos de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, sin que resulte aplicable el plazo previsto para la solicitud de prórroga de que se trate. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Raúl Aarón Pozos Lanz (PRI), Héctor Larios Córdova (PAN) y Rubén Antonio Zuarth Esquinca (PRI), el 13 de marzo de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentada en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2018.

5. Se le dispensaron todos los trámites y se sometio a discusión y votación de inmediato.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 256 votos a favor, 35 en contra y 4 abstenciones.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2018.
614   Decreto por el que se adiciona el artículo 470 Bis a la Ley General de Salud, en materia de descriminalización del acto médico.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Octubre-2022
- Salud

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Aprobación en el Senado:
12-Octubre-2022

Señalar que cuando la conducta delictuosa sea realizada por profesionales, técnicos, auxiliares o personal relacionado con las disciplinas de la salud en cualesquiera de sus ramas, conforme a la Lex Artis Ad Hoc y disposiciones jurídicas aplicables a los procedimientos médicos, y se tenga como resultado alguna lesión o perdida de la vida del paciente, se estará a lo dispuesto por el Libro Primero, Titulo Tercero, Capitulo II del Código Penal Federal. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Elías Octavio Íñiguez Mejía (PAN), el 19 de abril de 2018. (LXIII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 26 de abril de 2018. Proyecto de Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 280 votos a favor y 6 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de octubre de 2018, se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 08 de septiembre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 12 de octubre de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor y 1 abstención.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
615   Decreto por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para modificar el nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Modificar la denominación de la Comisión de ¿Atención a Grupos Vulnerables¿ a ¿Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad¿. 1. Iniciativa presentada por los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, el 12 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 276 votos en pro, 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.
616   Decreto por el que se reforma el numeral 1 del artículo 177 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de envío de información complementaria para dictámenes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018
Precisar que el presidente de la Junta Directiva de una Comisión deberá circular vía electrónica la propuesta de dictamen entre sus integrantes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI), el 05 de abril de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 271 votos a favor y 1 abstención.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
617   Decreto por el que se reforman los artículos 48 y 49 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de paternidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018
Incluir a la paternidad como causa por la que podrán justificarse las inasistencias de los diputados a las sesiones del Pleno o de reuniones de comisiones o Comités, misma que deberá tramitarse ante la Mesa Directiva, con una constancia médica avalada por los servicios médicos de la Cámara. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD), el 14 de diciembre de 2017.

b) Iniciativa presentada por el Dip.Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), el 14 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 274 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
618   Decreto por el que se expide el Reglamento de la Medalla de Honor Sor Juana Inés de la Cruz que otorga la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018

Emitir un reglamento con objeto de establecer los órganos, requisitos y procedimientos para la entrega de la medalla ¿Sor Juana Inés de la Cruz¿, que otorga la Cámara de Diputados. 1. Artículo Segundo Transitorio del dictamen que adiciona un numeral 4 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, aprobado el 08 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 268 votos a favor y 1 abstención.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
619   Decreto que crea la Medalla Sor Juana Inés de la Cruz.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Sesiones y Ceremonias Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Publicación en el DOF:
8-Mayo-2018

Crear la medalla ¿Sor Juana Inés de la Cruz¿ para reconocer en Sesión Solemne a aquella ciudadana que se haya distinguido sirviendo a la colectividad nacional y a la República, por sus actos en pro de la lucha social, cultural, política, científica y económica a favor de los derechos humanos de las mujeres y de la igualdad de género. Asimismo entregar a la galardonada una suma de dinero equivalente a 3 veces la dieta mensual de una ciudadana o ciudadano diputado. 1. Iniciativa presentada por integrantes de la Comisión de Equidad de Género el 01 de marzo de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 260 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2018.
620   Decreto por el que se expide la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Conciliación Comercial.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2018
- Justicia

Fecha de dictamen:
26-Abril-2018

Crear un ordenamiento jurídico con objeto de homologar y establecer los principios y bases en materia de Mecanismos alternativos de solución de controversias, con excepción de la materia penal, en todos los órdenes de gobierno. 1. Iniciativa presentada el Poder Ejecutivo Federal, el 11 de diciembre de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 200 votos a favor, 57 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.